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Tributación ganancias en operativa CFDs

28 respuestas
Tributación ganancias en operativa CFDs
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Tributación ganancias en operativa CFDs
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#1

Tributación ganancias en operativa CFDs

 Hola,
 He tenido ganancias a lo largo del año operando con CFDs de CMC MARKETs, y me pregunto como arreglar cuentas con hacienda. ¿Alguien puede informarme?
 Gracias,
#2

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

Con los cfd's lo que tienes son liquidaciones diarias, que suponen una ganancia o una pérdida patrimonial a integrar en tu base del ahorro, ya que se entienden procedentes de transmisión. En su calidad de instrumentos financieros, en el caso de pérdidas, no se ven afectados por la normativa antiaplicación.

Tendrás que tener en cuenta que lo que no puedes restar es el margen financiero que pagues en posición compradora.

Sé que es larga, y puede que un poco rollo, pero pongo enlace a una consulta vinculante que explica perfectamente la fiscalidad de los cfd's:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=9700&Consulta=cfd&Pos=0&IP=0&IC=1&UD=1

Saludos.

#3

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

Muchísimas gracias por tu respuesta.

Y felices fiestas!!

#4

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

Hola Rodrigo,
Tengo 2 preguntas:
1. si entiendo bien tu explicacion, si un dia tengo ganancia de 300 euros, y el siguiente perdida de 200, tengo que pagar 18 % sobre los 300 euros, y los 200 no se tomaran en cuenta. o sea, de los 100 euros ganados en total tendre que pagar 54 euros impuestos...es verdad?

2. es lo mismo para divisas?

3. si la empresa no tiene sede en españa, aunque si atencion al cliente en español (como alpari uk para divisas por ejemplo), se tiene que hacer declaracion de renta en UK, dado que no pienso ni pisar alli?
Saludos,
Haide3

#5

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

Las pérdidas obtenidas en liquidaciones diarias sí se tienen en cuenta. En tu caso, para 2009, pagarías el 18% sobre los 100 euros de ganancias netas, 18 euros. En cfd's el único gasto que no puedes considerar fiscalmente es el margen financiero pagado en posición compradora.

Para divisas es parecido, pero éstas sí están afectadas por la normativa antiaplicación de pérdidas en caso de recompra.

Y por último, no tendrás que declarar en UK (en este caso, en otros sí). Como contribuyente del IRPF, estás obligado a declarar en este impuesto toda tu renta mundial. En caso de que se te aplicase alguna retención fiscal en UK, tendrás que rellenar en el IRPF la casilla de deducción por doble imposición internacional.

Saludos.

#6

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

Hola Rodrigo,
Gracias por la respuesta.
Igual la "normativa de antiaplicacion" no la entiendo muy bien, asi que simplificando con el primer ejemplo - si sustituimos el ejemplo de los CFDs con divisas: en un dia gano 300 euros de una operacion y el otro pierdo 200 de operacion con el mismo par de divisas, sobre cual cantidad se deben 18%-los 300 o los 100 de balance entre ganancia y perdida.
Esta pregunta es la mas importante,te agradeceria que me lo aclararas.

.........................
y las menos importantes

Entiendo que la misma empresa-broker me tiene que decir si en su pais debo declarar algo, o esta seguro que en UK no debo declarar?
si la cuenta esta abierta en un banko extranjero - es informe de esta cuenta el cual se presenta a la hacienda o hay documento especial que emite el broker?
con alemania tambian hay convenio de evitar doble tributacion?
saludos
Haide

#7

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

La normativa antiaplicación consiste en que cuando realizo una venta con pérdidas, esta pérdida no puedo aplicarla en compensación de ganancias si en determinado período de tiempo he vuelto a comprar ese elemento vendido con pérdidas. Esa pérdida se podrá aplicar cuando venda definitivamente el elemento recomprado.

En el caso de las divisas, si por ejemplo lo que he vendido con pérdidas son dólares, si no he recomprado dólares, podré aplicar la pérdida, y el tipo lo aplicaré sobre los 100 euros. Si he recomprado dólares y les sigo manteniendo es cuando aplicaré el tipo sobre los 300 euros.

Lo lógico es que el broker informase sobre las operaciones realizadas, pero creo que no está obligado a ello. Y de la cuenta abierta en el extranjero, te tendrán que remitir la correspondiente información.

Con Alemania sí existe convenio, aquí tienes todos los países con los que hay firmado convenio:

http://www.meh.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Normativa/CDI/Paginas/CDI_Alfa.aspx

Saludos.

#8

Re: Tributación ganancias en operativa CFDs

Hola Al.Rodrigo,
Te acuerdas el tema de arriba? Te pido una aclaricion mas:
Claro que pienso comprar dolares pronto, quizas el mismo dia o el siguinte - hablo de operaciones a muy corto plazo.

Entonces tu exprecion:
" Esa pérdida se podrá aplicar cuando venda definitivamente el elemento recomprado."
...quiere decir que si no tengo ninguna operacion abierta el 31 de diciembre (el final del año fiscal) podre descontar las perdidas de las ganancias para todos los pares de divisas con que he operado?
(... pero si tengo abierto EURUSD no podre descontar las perdidas de las dos monedas hechos dentro de todo el año?)

Al.Rodrigo, Me puedes recomendar a un asesor para estos asuntos en Barcelona? No sabria que seria tan dificil a encontrar uno, pero ya he hablado con varios asesores financieros y se quedan quietos cuando menciono "Normativa Antiaplicacion" o incluso CFD o algo semejante...
Saludos,
Haide