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Reparto de herencia en vida

20 respuestas
Reparto de herencia en vida
Reparto de herencia en vida
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#1

Reparto de herencia en vida

Hola buenos, días me llamo Jorge y me gustaría que me asesoraseís sobre el reparto en vida de los bienes de mis padres.
Quisiera saber que tendriamos que pagar mis dos hermanos y yo a la hora de repartir dos propiedades, una casa en cantabria valorada en unos 240.000€ y un piso en el pais vasco valorado en 150.000€. No sabemos como sería mejor: una donación o una compra-venta.
Yo tengo 35 años, estoy casado y tengo dos hijos. Mis hermanos están solteros y tienen más de 37 años.
En cualquier caso, mis padres serían usufructuarios de ambas propiedades,(El menor tiene 69 años).
Tambien quisiera saber como les repercute fiscalmente a mis padres.
Cualquier orientacion será agradecida, ya que estoy mas perdido que un pulpo en un garaje.

Un saludo Jorge

#2

Re: Reparto de herencia en vida

Te voy a comentar lo poco que sé sobre el tema. Pienso que lo que debéis hacer es una donación de la nuda propiedad con reserva del usufructo vitalicio para tus padres.
El impuesto de donaciones, que correría a cargo de los hermanos, depende de vuestra Comunidad Autónoma, por lo cual en cada una tiene una legislación diferente.
Además, en la operación se generaría una ganancia o pérdida patrimonial, resultante de la diferencia entre el precio de adquisición de los inmuebles y el declarado a efectos del impuesto sobre donaciones, que tendrían que liquidar tus padres en la próxima declaración del Impuesto sobre la Renta.
Creo que para saber de importes a pagar, deberías consultar en alguna notaría.
Espero haberte ayudado en algo.
Saludos.

#3

Re: Reparto de herencia en vida

Gracias por contestar, hemos estado en el notario y nos comenta que deberiamos pagar un 7.65% por donacion Y un 7% por compra-venta.Esto nos parece una pasada ya que luego hay que pagar otro 7% al escriturar las viviendas, mas el palo que le pegan a mis padres en la declaracion de la renta.
He visto en algunos foros que mas o menos se parece a nuestra situacion, que hay una serie de bonificaciones si no supera cada inmueble donado el valor de 300000€ y si la donacion es de padres a hijos, solo tendrias que pagar el 1% de la cantidad que te saldría a pagar.(si te sale a pagar 21500€ solo pagaría 215€).
Tambien hemos ido a un asesor fiscal que nos recomienda, que mis padres modificen el testamento con los bienes que quieran dejar a cada hijo y que luego hagamos un documento privado en el cual ponga que el testamento dictado en la fecha tal, nº tal y a la hora tal. No puede ser modificado bajo ningun concepto y que mis padres son usofructuarios de las propiedades de dicho testamento.
No lo tenemos nada claro no se si lo que nos recomienda el asesor es legal o no.
Si cara a un juicio tendría validez o no. Espero que no se llegue a esos extremos, pero para la tranquilidad de mis padres y la nuestra ya que hoy en día se oye cada cosa, que mejor dejar las cosas claras.
Bueno muchas gracias por contestar,y a ver si alguien más colabora y salimos de este lio.
Un saludo jorge

#4

Re: Reparto de herencia en vida

Estoy de acuerdo contigo: es para pensárselo mucho y sobre todo en la declaración de tus padres el "premio"puede ser temeroso. Y lo malo de ésto es que en cuestión de impuestos, no sabemos por dónde nos van a salir, cualquier día te cambian la legislación y quizás a peor...
Ten en cuenta otro impuesto que quizás tengas que hacer frente y que es municipal: el llamado Impuesto de plusvalía.
Saludos.

#5

Re: Reparto de herencia en vida

Lo del documento privado que impida la modificación no es que sea legal o no, es que no sirve para nada. Se ha de considerar siempre nulo.

El testamento es un acto esencialmente revocable, y asi aparece en Código Civil:

Artículo 737.

Todas las disposiciones testamentarias son esencialmente revocables, aunque el testador exprese en el testamento su voluntad o resolución de no revocarlas

Se tendrán por no puestas las cláusulas derogatorias de las disposiciones futuras, y aquellas en que ordene el testador que no valga la revocación del testamento si no la hiciere con ciertas palabras o señales.

Es decir, que el testador, aunque exista un documento de ese tipo, puede hacer y deshacer testamentos a su antojo.

http://www.iurisconsultas.com/3-Materias/284-Herencia-El-testamento-La-revocacion

S2

PD: No sé si te aclarará algo...Es un artículo de Ocu sobre dejar herencia en vida, de septiembre de 2010 (recientito)

http://www.adrive.com/public/188433f01fd6247a85f6d815f3c2f95fed70dec2b1e481574942fc1125cc2a1a.html

#6

Re: Reparto de herencia en vida

Hola,
Estoy en una situación parecida a la de Yakoator y si alguien puede ayudarme un poco se lo agradecería.
Yo tengo varias dudas que ahora os cuento :
Vivo en Madrid, y mi suegro quiere donar a mi mujer (donarnos) una parcela con una casa. Yo estoy casado y con hijos y tengo mi vivienda habitual (con hipoteca, por supuesto..je,je,je). Queremos vender mi vivienda e irnos a vivir a esta casa que nos donan.
Esta casa hay que reformarla y con lo que saquemos del piso, pretendemos pagar la escrituración de la casa y la reforma.
Mis dudas son :
Cuanto cuesta la escrituración de la nueva casa donada ???? (7% de lo escriturado, igual que cuando compré la mía ???)
Cuanto es el porcentaje en la declaración de la renta que han de pagar por la donación tanto el donante como el donado ???
Con lo que saque de la casa que vendo y al utilizarlo para mi primera vivienda no tendré que pagar nada hacienda por lo que saque porque lo estoy utilizando para lo que será mi primera vivienda (creo que tengo 3 años para gastármelo en otra vivienda sin pagar nada ha hacienda...)
Bueno, si podéis hacer un poco de luz en este tortuoso túnel os lo agradecería, por lo menos para ir haciéndome una idea...
Muchas gracias a todos...

#7

Re: Reparto de herencia en vida

Aparte de lo que se ha comentado en este hilo, deberías tener en cuenta que la reforma de una casa que vaya a constituir la vivienda habitual, no da derecho a desgravación. Lo que si da derecho es la "adquisición y REHABILITACIÓN de la vivienda que constituya o vaya constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan reglamentariamente". Artículo 68, ley IRPF.
Saludos.

#8

Re: Reparto de herencia en vida

Gracias Empty por la respuesta.
Pero mi intención es no pagar el 18% por no emplear lo ganado con la venta del piso en vivienda habitual. Creo que con lo que he leído de las leyes IRPF por el momento, donde voy a vivir SI se va ha considerar vivienda habitual por lo tanto no pago ese 18%...
Pero aún me quedan las otras dudas por resolver :
Cuanto cuesta la escrituración de la nueva casa donada ???? (7% de lo escriturado, igual que cuando compré la mía ???)
Cuanto es el porcentaje en la declaración de la renta que han de pagar por la donación tanto el donante como el donado ???
Muchas gracias de nuevo a todos ¡¡¡

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