Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Dividendos Acciones francesas

19 respuestas
Dividendos Acciones francesas
Dividendos Acciones francesas
Página
2 / 3
#9

Re: Dividendos Acciones francesas

Te adjunto algunos links antiguos de Rankia en los que se habla sobre el tema, a lo mejor somos capaces de descubrirlo.

https://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/121460-irpf-dividendos-valores-extranjeros

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/499606-dividendos-declaracion-renta-doble-imposicion-internacional#respuesta_499610

No se si esto te ayudará, yo los leo y la verdad es que me hago un lío. Pero me los vuelvo a leer y los comento.

Saludos

#11

Re: Dividendos Acciones francesas

Por lo que entiendo por los links que te adjunto, el broker con el que trabajes le comunica a las autoridades del país que no eres residente, por ejemplo USA, y tu después lo recuperas con la declaración de la renta, no se si me estoy liando o es que ya voy cansadito...¿como escribes tan rápido?, no puedo seguirte de foro en foro, jejejeje

S2

#12

Re: Dividendos Acciones francesas

Tienes que incluir esos dividendos en tu declaración, poniendo en retención cero. Y tienes que rellenar la casilla de deducción por doble imposición internacional.

En la retención en origen has tenido un exceso. Como residente en España deberían de haberte retenido el 15% y no el 25%. Puedes solicitar la devolución de este exceso a la hacienda gala, para ello tendrás que rellenar un impreso que te pueden facilitar en tu Delegación de Hacienda.

Pero deberías enviar una comunicación a tu banco indicándole tu condición de residente en España.

Saludos.

#13

Re: Dividendos Acciones francesas

Perdona que te moleste al.rodrigo, pero es que no me he aclarado del todo. Imaginemos que mi broker ha realizado la comunicación pertinente a la hacienda del país "de que no soy residente", en este caso Francia, por lo que entiendo por tus palabras es que ellos me harán una retención del 15%, por lo tanto cuando haga la declaración aquí le tendré que pagar el 4% restante para completar el 19% a la hacienda española, es así? ¿o te lo quitan también cuando cobras el dividendo?
¿por cierto sabes la retención o como funciona el tema con USA?

Saludos y gracias por adelantado

#14

Re: Dividendos Acciones francesas

No es ninguna molestia. Lo explico mejor con un ejemplo. Supón que los dividendos pagados (el importe bruto) son 100 euros. Sobre ellos te aplicarán una doble retención: el 15% en origen (retención francesa) y el 19% en destino (la retención española), por tanto, neto, percibirás 100 - 15 - 19 = 66 euros.

Cuando hagas tu declaración, los 100 euros los incluyes en rendimientos íntegros del capital mobiliario (puede que acaben sumándose a la base del ahorro, o puede que no, recuerdo que existe una exención de hasta 1.500 euros), y también incluyes la retención nacional, 19 euros, para que lo reste del impuesto final.

Además deberás rellenar la casilla de deducción por doble imposición internacional (el mecanismo ideado por el legislador español para que sólo pagues impuestos en un Estado, aunque algún pelo puede quedarse en la gatera). Esta deducción es la menor de dos cifras: impuesto pagado en el extranjero (los 15 euros retenidos en Francia), o el importe de aplicar el tipo medio de gravamen a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero. Esto último soy consciente de la dificultad de entenderlo, pero no encuentro nunca otras palabras para explicarlo. Las situaciones pueden ser:

1.- Los 100 euros de dividendos estén exentos. Para ello tienes que haber tenido las acciones en cartera al menos dos meses antes del pago del dividendo (recuerdo que estamos hablando de acciones negociadas en un mercado oficial de la UE), o si las has comprado dentro de ese plazo de los dos meses, deberás mantenerlas, al menos, dos meses después de ese pago. En este caso la parte de la base liquidable gravada en el extranjero es cero (no están sumando esos 100 euros en la base liquidable, porque están exentos). La deducción por doble imposición internacional es cero. Como esos dividendos tampoco están sumando en la base del ahorro, no tributan, y el resultado final es que has pagado sólo el impuesto francés, 15 euros.

2.- Los 100 euros no están exentos en su totalidad, suman en la base del ahorro. Por tanto tributarán en la base del ahorro. El tipo de esta base es el 19 - 21%, pero recuerdo que hay reducciones que pueden traspasarse a minorar esta base, o que el propio mínimo personal y familiar puede restarla. En el supuesto de ser el tipo medio de gravamen de esta base superior al 15% (es lo habitual), la deducción por doble imposición internacional saldrá 15 euros (lo pagado en el extranjero) y sólo pagaremos el impuesto español. Si el tipo medio de gravamen de esta base es inferior al 15%, esa deducción será menor a 15 euros, habremos pagado parte del impuesto español y parte del francés.

3.- Sólo queden exentos parte de esos 100 euros (es muy habitual cuando todos los dividendos que cumplen los requisitos para quedar exentos superan los 1.500 euros). Al igual que al final de la situación 2, pagaremos parte del impuesto español y parte del impuesto francés.

Saludos.

#15

Re: Dividendos Acciones francesas

Menuda respuesta, jejeje. Déjamelo que me lo estudie con calma porque los temas fiscales se me atragantan un poco, porque estoy seguro que me aparecerán dudas o nuevas preguntas sobre esto de los dividendos internacionales.
Si surgen mas preguntas ,en este foro te las consulto.

Por lo tanto, muchas, gracias, es una gran ayuda para un inversor entender mejor la fiscalidad

#16

Re: Dividendos Acciones francesas

Debe haber un fino matiz que se me escapa pero no consigo ver la diferencia entre los casos 2 y 3.

Por otro lado, en el caso de acciones USA el plazo de tenencia en cartera de las acciones para que los dividendos estén exentos si no me equivoco es de un año antes o un año después del pago.

¿Sabría alguien explicarme cual es la razón fiscal de este tratamiento de los dividendos en general y el por qué de esta discriminación particular en contra de las acciones de fuera de la UE?

Un saludo.

Guía Básica