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Donacion no declarada

11 respuestas
Donacion no declarada
Donacion no declarada
#1

Donacion no declarada

Le hicimos mi marido y yo una donacion a mi hija de 25.000 euros cada uno ante notario y liquidamos el impuesto.
La cuenta donde le hicimosn a transferencia estaba a nombre de su pareja y de ella, no estan casados ni son pareja de hecho.
Ese dinero lo utilizaron para darlo de entrada en la compra de un piso a nombre de los dos. Ellos llevan viviendo juntos 5 años y tienen dos hijos en comun. Ahora les dice el gestor que eso es una donacion de ella a su pareja y que tiene que pagar el impuesto sobre la donacion de 25000 euros. El piso lo compraron en el mes de agosto, vivimos todos en la Comunidad de Madrid, cuanto deberia pagar del impuesto y de recargos.
Podria hacer como si fuera un prestamo aunque este fuera de plazo para hacerlo.
#2

Re: Donacion no declarada

Ya sé que es tarde y no sirve de nada, pero... es que nadie pensó en que si tu le donas a una hija un dinero (a ella sola) y luego ella lo da para la entrada de un piso a nombre de dos le está donando la mitad de lo que recibió a su pareja ya que esta no pone un duro??? Y encima no son ni pareja de hecho, lo cual por cierto, con dos hijos no tiene sentido que se mantenga sin regularizar. En fin...
La donación se produjo el día que ella pagó esa cantidad a nombre de los dos, y ambos firmaron como compradores. Si se quiere regularizar simplemente hay que presentar la autoliquidación, que llevará recargo extemporáneo, mayor según el tiempo que haya pasado, pero sin sanción. Si ha pasado menos de un año, sin interés de demora.

 
Artículo 27 Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo


1. Los recargos por declaración extemporánea son prestaciones accesorias que deben satisfacer los obligados tributarios como consecuencia de la presentación de autoliquidaciones o declaraciones fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria.


A los efectos de este artículo, se considera requerimiento previo cualquier actuación administrativa realizada con conocimiento formal del obligado tributario conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento o liquidación de la deuda tributaria.


2. Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa dentro de los tres, seis o 12 meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación e ingreso, el recargo será del cinco, 10 ó 15 por ciento, respectivamente. Dicho recargo se calculará sobre el importe a ingresar resultante de las autoliquidaciones o sobre el importe de la liquidación derivado de las declaraciones extemporáneas y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse y los intereses de demora devengados hasta la presentación de la autoliquidación o declaración.


Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 20 por ciento y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse. En estos casos, se exigirán los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado. 

Un saludo

#3

Re: Donacion no declarada

Se podria hacer como un prestamo entre particularez y presentar ahora la documentacion.
Ellos pensaron que ella ponia la entrada y el paga la hipoteca porque el tiene mas sueldo
#4

Re: Donacion no declarada

Ya, si razón lógica habrá, pero hay que saber cómo se hacen las cosas para no sufrir consecuencias desagradables. Supongo que en la hipoteca pretenderán que aparezacan los dos al 50% pero solo la pagará uno, el mismo problema, no se pueden hacer las cosas de cualquier manera.
Se puede hacer lo del préstamo, pero puede que no cuele, los indicios les van a decir que era una donación no liquidada que se intenta pasar por préstamo. No te puedo decir qué va a pasar con eso.

Un saludo

#5

Re: Donacion no declarada

Intentaremos lo del prestamo, porque realmente la cosa iba de ese palo, no se me ocurrio, porque su padre y yo en su dia hicimos lo mismo, yo puse la entrada y su padre,  entonces mi novio pago las letras.
De cualquier forma muchas gracias por la pronta respuesta. Un saludo.
#6

Re: Donacion no declarada

Estando fuera de plazo, yo me plantearía muy en serio no hacer nada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Donacion no declarada

No hacer nada que significa, no hacer prestamo y hacer la donacion fuera de plazo o no,presentar ningun documrnto y arriesgarse a que nos reclamen.
#8

Re: Donacion no declarada

No hacer nada es eso: ni préstamo ni donación. Hay un crédito a favor de tu hija, como sucede en muchas parejas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Donacion no declarada

Y eso que consecuencias podria traer.Tengo entendido, que si le reclaman por no hacer la donacion en lugar de 5000 € que es poco mas o menos lo que deberia pagar ahora con un recargo del 15%, tendria que abonar un recargo del 20%, una sancion que puede ser hasta de un 50% y unos intereses de demora. Eso seria asi.
#10

Re: Donacion no declarada

Vamos a ver, cuando las cosas no se hacen, desde el principio, del mejor modo, puede suceder que haya problemas, aunque también puede suceder que no.
Al final, hay que decidir si es mejor levantar la liebre fuera de plazo o callarse teniendo argumentos para ello.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Donacion no declarada

Cuando existe una traslación dineraria entre dos particulares, la presunción legal, a falta de otras evidencias, es que se trata del negocio jurídico menos oneroso, o sea, un simple préstamo.
Otra cosa es que a consecuencia de esa traslación dineraria de A a B, ambos dos particulares adquieran un inmueble al 50 %, cuando los fondos inicialmente solo pertenecen a A.
Ahí, y solo a partir de ahí, existiría algún posible indicio de donación, y no ya de mero préstamo.
Pero tal indicio puede ser destruido mediante otras evidencias:
La existencia de algún tipo de documento o contrato, aunque sea privado, que acredite que A solo le dejo, pero no le regaló a B ese dinero, y espera su devolución o compensación.
La existencia de un documento de reconocimiento de deuda por parte de B hacia A.
La existencia de una serie de mayores pagos de B que puedan corresponder o interpretarse como una devolución hacia A. Por ejemplo, con mayores pagos por la hipoteca.

Para que exista donación deben darse varios supuestos.
El primero es lo que se conoce como "animus donandi", la verificación explícita que esa y no otra es la voluntad del supuesto donante. El que da, quiere dar sin esperar retorno.
El segundo es la aceptación explícita de esa donación por parte del donatario. El que recibe acepta recibir sin sentirse obligado a retornar o dar nada a cambio.
Y tercero, en esa traslación patrimonial debe verificarse un empobrecimiento en el donante correlativa a un enriquecimiento en el donatario.

Si andando el tiempo, y concluido todo el negocio jurídico de la adquisición mediante préstamo hipotecario resulta que tanto A como B han puesto unos caudales equivalentes, que se corresponden con sus cuotas ideales del 50 %, entonces aquí no hay ni voluntad de dar, ni aceptación de recibir, ni empobrecimiento de A ni enriquecimiento de B. Hay una simple y mera operación financiera intra-pareja afectiva.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#12

Re: Donacion no declarada

Buenas noches:

Se supone que los hijos los tienen registrados.

Viven en el mismo domicilio y se prestan ayuda mutua. 

Son pareja de hecho, aunque no se registren administrativamente.

Pueden declararse objetores de conciencia y son amparados por la Constitución Española.

Por lo tanto, son pareja de derecho, aunque no hayan hechos los trámites administrativos.

Saludos.