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Plusvalia

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Plusvalia
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Plusvalia
#1

Plusvalia

Hola

He entregado mi segunda vivienda al banco en dacion en pago por problemas economicos

Se conmuto la deuda y no hubo dinero por el medio

Hacienda me reclama ahora  una cantidad importante en concepto de plusvalia

Tengo oido que eso son perdidas o minusvalia

Es licito?...

Gracias

 

#2

Re: Plusvalia

 

Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio

Artículo 122. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:

Uno. Con efectos desde 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos, se añade una nueva letra d) al apartado 4 del artículo 33, que queda redactada de la siguiente forma:

«d) Con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor o garante del deudor, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma, contraídas con entidades de crédito o de cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios.

Asimismo estarán exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de la vivienda en que concurran los requisitos anteriores, realizada en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.

En todo caso será necesario que el propietario de la vivienda habitual no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda y evitar la enajenación de la vivienda.»

Presentas una alegación haciendo referencia a este Art que tienes transcrito, siempre que la vivienda haya sido la tuya habitual

Saludos

#3

Re: Plusvalia

Si no se trata de la vivienda habitual y al parecer es una segunda vivienda, en este caso no existe la aplicación del articulo 122 y por tanto si tienes que tributar por las posibles plusvalías en función de los valores de adquisición y de venta( dación).

Y también tendrás la Plusvalía Municipal que en este caso, tampoco esta exenta.

Saludos

#4

Re: Plusvalia

Gracias

#5

Re: Plusvalia

Buenas tardes:

Aunque no creo que se dé el caso, si has tenido la segunda vivienda más de 20 años no tienes plusvalía municipal.

Saludos.