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Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

19 respuestas
Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.
Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.
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#1

Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Buenos días.

Os expongo el caso y mi duda, por si alguien me puede ayudar.

Se trata de un piso del que tengo el 25% en Nuda Propiedad desde 2.010, siendo mi madre la usufructuaria (y propietaria del 50%) y mi hermano el propietario del otro 25% (también en nudo usufructo), todo ello a raíz de mi padre hace 9 años.

Mi madre no vive en el piso, si no con mi hermana desde 2.010, pues aunque no está incapacitada acude a un Centro de Día y necesita supervisión diaria, pues acaba de cumplir 90 años.

Por todo ello, el día que fallezca mi madre voy a renunciar a la herencia de mi madre (únicamente el 50% de ese piso), en favor de mi hermana.

Mi duda es: ¿qué gestiones debo realizar ante notario cuando fallezca mi madre para que desaparezca la Nuda Propiedad? ¿Por defecto, en el Registro de la Propiedad desaparece el usufructo?

En la Aceptación de Herencia de mi padre, en 2.010, figuro como propietario del 25% del piso en Nuda Propiedad, pero como voy a renunciar a la herencia de mi madre a favor de mi hermana, supongo que no me darán documento alguno de aceptación de herencia.

En la Declaración de la Renta ya tributó en IRPF como propietario del 25% de ese inmueble y ya pague en 2.010 el Impuesto de Plusvalía Municipal.

 Gracias.

#2

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Si entendí bien

Con tu 25% de propiedad, seguramente incurriras en el Impuesto de Donaciones donde tu tributaras plusvalías por la diferencia del precio que conste en la adquisición (supongo que por herencia de tu padre) y la valoración que se admita ahora en la tramitación del pago de impuestos de sucesiones. Y tu hermana, tributara al mismo tiempo como ganancia patrimonial el importe de esa donación. Con estos costes, seguramente tienes mejores opciones de formalizar tus deseos.

Por lo que se refiere a la fecha de fallecimiento de tu madre, tendras que estar a sus ultimas voluntades. Y después de ver que derechos tienes sobre la nueva parte de esa herencia decir y firmar ante notario el día de la adjudicación que renuncias a tu parte en favor de tu hermana. Para no entrar en tema fiscales donaciones, etc etc, yo considero seria bueno dejar constancia en el documento notarial de adjudicación  que lo haces graciosamente por los cuidados dispensados gratuitamente durante xx años por tu hermana a vuestra madre. El usufructo se extingue siempre con el fallecimiento sin mas requisitos.

No obstante en Notaria te informaran con todas las opciones, sin duda con mejor criterio y fiabilidad que yo.

#3

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Creo que la respuesta de Poseidón es un pelín confusa e incorrecta. Si bien la donataria tributa efectivamente en donaciones, el donante tributa por la plusvalía generada (diferencia entre valor de transmisión y de adquisición) en el IRPF.

Dicho esto, tú puedes efectivamente renunciar al otro cuarto de la casa que te toca (y al resto de su herencia si la hay) cuando fallezca tu madre, pero no puedes renunciar al cuarto que ya tienes, ese se lo tendrás que transmitir por donación. Y lo transmitirás en pleno dominio puesto que al fallecer tu madre, se consolida el dominio y se extingue automáticamente el usufructo (y se paga el resto del impuesto de sucesiones si lo hubo). Por lo tanto, de la consolidación no te libra nadie. Te esperan dos escrituras, la de la herencia de tu madre donde se consolida el dominio de la primera mitad y luego se adjudica su herencia (y tu renuncias pura y simplemente, nunca en favor de nadie), y la donación. También lo puedes hacer todo en la misma.

En la notaria te lo explican todo.

Un saludo

#4

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Corrijo tu corrección. ¿Dónde la confusión y donde la correccion? Que parte no entendiste siendo que repites lo que yo ecribi, Repito que hay mejores formas fiscales de que la hermana sea la propietaria de ese 25% que le cede el hermano. El resto va via herencia de la madre según ultimas voluntades con renuncia ante notario EN FAVOR de la hermana no comotu dices en favor de nadie.

Obviamente no voy discutir contigo.  Como bien dije, al interesado en Notaria estarán al tanto que además es donde debe plantear su caso o ante Hacienda porque como se ve, parece que los foros solo sirven para generar controversias absurdas..

 

#5

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Gracias por las respuestas, pero no me explique bien.

Yo NO renuncio a lo que heredé de mi padre: el 25% del piso por el que ya pagué Impuesto de Plusvalía Municipal y todos los años tributo al hacer la Declaración de la Renta por el 2% del Valor Catastral.

Yo voy a renunciar, cuando fallezca, a los bienes de la herencia de mi madre, entendiendo por tal todos los bienes y propiedades que posee en la actualidad, y que se reducen al 50% del piso, del cual me correspondería el 25%. A cambio, mi hermana se va a hacer cargo del todas las necesidades de mi madre hasta el momento de su fallecimiento, y yo renunciaré en favor de ella.

Así, ella se quedará con el 75% del piso, y yo con el 25%, pero mi duda es si tengo que hacer algo con mi 25%, al estar éste en Nuda Propiedad y siendo mi madre usufructuaria.

Sé que es un tema árido. Siento no haberme explicado mejor en el primer post.

#6

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Yo tampoco quiero discutir, que el interesado decida qué respuesta le gusta mas

Un saludo

#7

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Pues entonces simplemente olvida la parte de la donación, al fallecimiento de tu madre, consolidas el dominio de tu 25% y renuncias a la herencia. Ojo, pura y simplemente, con lo que esa parte la recibe el resto de herederos, en este caso, tu hermana. Si renuncias a favor de tu hermana, se considera que has aceptado la herencia y luego se la donas, con lo que se devengaría una donación hacia tu hermana que tributa y mucho. Es un pequeño detalle muy importante.

Un saludo

#8

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Gracias.

Y en ése supuesto, me refiero a que en el caso de que se considerase donación, ¿pagaría ella sola ó yo también.

¿Entiendo que cuando fallezca mi madre NO debo decir "renuncio a favor de mi hermana", sino "renuncio a la herencia pura y simplemente", y de ésta forma no se consideraría donación, es así?

Y en cualquier caso, ¿yo deberé "consolidar" ese 25% que ahora tengo en Nudo Usufructo? ¿Es un trámite complejo? ¿Qué ocurre si no lo hago? ¿Sanciones económicas?

#9

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Solo pagaría ella como donataria, impuesto de donaciones.

Si, renuncias pura y simplemente. El notario te puede confirmar eso, están hartos de verlo. Si hubiera mas herederos si sería un problema, pero habiendo solo uno, todo lo que renuncias lo va a recibir ella.

Un saludo

#10

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

El usufructo se extingue con el fallecimiento de tu madre, eso es impepinable, otra cosa es si se formaliza en escritura y cuando, y si se paga el impuesto correspondiente.

Si no haces escritura simplemente habrá una discrepancia entre los papeles (que dicen que eres nudo propietario) y la realidad (eres propietario en pleno dominio). Tendrías que tenerla en cuenta para numerosas cuestiones, por ejemplo el impuesto de la renta, que por cierto, no debes declarar el 2% ese que dices del valor catastral mientras seas nudo propietario, el rendimiento lo declara el usufructuario o el pleno propietario.

Y si sale cuota en el impuesto de sucesiones al consolidar, te pueden hacer la complementaria y sancionarte si no lo declaras y pagas.

Es un trámite super sencillo donde simplemente en la escritura se menciona el fallecimiento y que con él, consolidas el pleno dominio, luego eso se debe inscribir en el registro de la propiedad para que tenga efectos plenos. Lo lógico es que se aprovechara la escritura de adjudicación y renuncia, puesto que esa renuncia debes hacerla en escritura o tu hermana no podrá adjudicarse esa parte.

Repito, consulta en el notario

Un saludo

#11

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Gracias.

Pues éste año, en el borrador de la Declaración de la Renta, ya figuro como propietario de ese 25% del piso

#12

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Entonces, ¿entiendo que en la misma escritura puedo "consolidar el dominio" sobre el 25% que heredé de mi padre (del que ahora soy Nudo Propietario), y mi "renuncia pura y simplemente" a la herencia de mi madre?

#13

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Ahora si que te ha liado.  volvere a explicártelo , con la salvedad de que no le vas a ceder tu 25% que te lego tu padre con lo cual, no procede que pagues por plusvalía ni ella por incremento de patrimonio.

Si tu madre no tiene mas bienes que el piso, con seguridad pagareis 0 -cero- euros de impuesto de sucesiones.

La propiedad del piso dependerá del testamento de tu madre porque el total de la herencia se divide en 3 partes(tercios)

Hay una premisa de obligado cumplimiento que dice que no puede haber hijo desheredado, salvo por haberlo solicitado el testador ante el Juzgado de forma razonada y acreditada y que el Juez se lo haya concedido. No será el caso. Supongamos herencia valorada en 33.000 euros. Cada tercio 11.000 €.

El 1º tercio se reparte entre los 3 herederos a partes iguales.3.666,66 cada uno.

El 2º tercio se le denomina de mejora. O sea 11.000 euros para el heredero/s que resulte beneficiario en el testamento.

El 3º tercio, los otros 11.000  se le denomina de libre disposición. El testador se lo pudo haber legado al Sr. Trump.

Asi que habrá de esperarse a abrir ese testamento que por cierto, es el único documento notarial, que yo conozca, que lleva la hora exacta en que se firma. De tal forma que el testador puede salir de esa Notaria de firmarlo y entrar en la de al lado a firmar otro testamento diferente, media hora mas tarde, obviamente que el anterior. Los Notarios están obligados a enviar con diligencia la comunicación a la Oficina de ultimas voluntades. El que tiene validez es únicamente el ultimo firmado de ahí que haya que solicitar las ultimas voluntades ante la Oficina UNICA  de Madrid del certificado de esas ultimas voluntades que acreditara que es el ultimo. Para ello, hay que dejar pasar 3 semanas a partir del fallecimiento para evitar que haya un ultimo testamento en camino de recibirse en esa Oficina.

Este ultimo párrafo es para aclarar que puedes tener una copia del testamento pero haber otro posterior.

Si el testamento esta a partes iguales y renuncias a tu parte debes indicar en favor de quien  la cedes ya que en otro caso seria repartida entre todos los herederos

Como consejo para evitar problemas, tu madre debería hacer un testamento indicando el beneficiario concreto del 2º y del 3º tercio. Si el actual es a partes iguales a los 3 hermanos vendría tu renuncia expresa.

En notaria te lo contaran mejor.

PD . No te lies o no te dejes liar. No tienes nada que consolidar del 25% que te lego tu padre. Eso es tuyo plenamente desde el mismo día en que falleció por un 25% y una carga de usufructo en favor de tu madre. Otro 25% de tu hermano con la misma carga y el 50% de tu madre con el derecho añadido del uso y disfrute que se repartirá según su testamento.

 

#14

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Si

Un saludo

#15

Re: Nuda Propiedad Vs. Renuncia Herencia.

Pues está mal hecha, a los nudo propietarios no les debe aparecer renta imputada ninguna.

Un saludo