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Exención pago plusvalía municipal herencia

19 respuestas
Exención pago plusvalía municipal herencia
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Exención pago plusvalía municipal herencia
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#1

Exención pago plusvalía municipal herencia

Hola, voy a aceptar la herencia de mi padre que estaba pendiente de aceptar desde hace 23 años. En el momento del fallecimiento yo era menor y lo único que se realizó es la liquidación del impuesto de sucesiones donde la cuota resultante a ingresar fue cero. Ahora tengo que gestionar toda la herencia realizando la declaración de herederos, adjudicación... Mi consulta es si al haber pasado tantos años estoy exento de pagar la plusvalía municipal al Ayuntamiento.

#2

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Sí, prescribe a los 5 años desde el fallecimiento.

#3

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Gracias, ¿y si ahora acepto la herencia y antes de que pase un año vendo la vivienda estaría exento de pagar plusvalía municipal al realizar la venta, o tendría que pagar plusvalía municipal? En el caso de tener que pagar plusvalia municipal en la venta ¿que fecha se cogería para calcular el importe de la plusvalía municipalee la venta, quizá la fecha que se produjo el fallecimiento?

#4

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Mi caso por ejemplo fue parecido al tuyo, adjudicamos la herencia, 20 años después, el mismo día que la venta, y tuvimos que pagar la plusvalía de venta dado que la fecha de adquisición que se tiene en cuenta es la de fallecimiento. Si no fuera así todo el mundo retrasaría el tema hasta la venta con tal de no pagar.

A tener en cuenta:

- la plusvalía ahora mismo está puesta en cuestión y en revisión en el caso de que se demuestre que no ha habido una ganancia real, a lo mejor te libras.

- lo que pagues por plusvalía, así como otros gastos de la herencia, hacen que el precio de adquisición a la hora del IRPF suba, con lo cual la ganancia patrimonial a declarar será menor.

#5

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Buenas tardes:

El período de la nueva plusvalía empieza a contar desde la fecha de fallecimiento.

Pero suceden una cosa, en estos momentos:

- Solamente está sujeta la nueva plusvalía si lo vendes o transmites en el período o intervalo de 1 a 20 años: intevalo (1, 20).

  Ni antes de 1 año, ni después de 20 años las ventas  o transmisiones está sujetas al IIVTNU.

Podeis verlo en los párrafos 3 y 4 del fundamento 3 de la STC 59/2017. 

Puesto que se desprecian las fracciones de año, solamente sucede en un día que la plusvalía son 20 años. El día que cumple exactamente 20 años. Un día después no está sujeta.

También podéis verlo en las respuestas 3 y 17 del enlace siguiente:

-https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3777914-herencia-plusvalia?page=3#respuesta_3874612

En la respuesta 37 tenéis la documentación y comparación con la reforma que se está tramitando en el Congreso de los Diputados.

La plusvalía municipal, salvo error, no incrementa el precio de la herencia para el IRPF, ya que se trata del impuesto a un incremento de valor y no son gastos de la herencia.

Saludos.

 

 

#6

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Buenas tardes;

Por si no te llega el aviso, mira la respuesta a  almujul, anterior.

Saludos.

#7

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Gracias por toda la información, la he visto por encima y entonces en resumen según la legislación actual ¿podemos asegurar que en estos momentos al aceptar la herencia pasados más de 20 años no he de pagar plusvalía municipal por herederar la vivienda, y también que si una vez aceptada la herencia vendo la vivienda dentro del año siguiente también estaría exento de pagar plusvalía municipal por la venta?

#8

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

¿podemos asegurar que en estos momentos al aceptar la herencia pasados más de 20 años no he de pagar plusvalía municipal

No, no se puede, eso es lo que dice ese sujeto, la mayoría no pensamos lo mismo, y mientras no se cambie la normativa, de momento, se paga, salvo que se haya transmitido con pérdidas.

si una vez aceptada la herencia vendo la vivienda dentro del año siguiente también estaría exento de pagar plusvalía municipal por la venta?

Eso sí, las transmisiones en menos de un año no están sujetas a la plusvalía municipal.

Un saludo

#9

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Gracias, cuando indicas trasmitido con pérdidas a la hora de heredar, ¿como veo si me estoy adjudicando la vivienda con un valor de perdidas? ¿Qué valores tendría que comparar para comprobar si la vivienda tiene un valor a pérdidas y no he de pagar plusvalía al heredar?

#10

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

En caso de herencia, no procede ese punto, no puedes adjudicarte nada en pérdidas, por lo que no hay que calcular nada. Cuando lo transmitas a tu vez, entonces se calcula por diferencia entre valor de venta menos gastos y valor en herencia mas gastos.

Un saludo

#11

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Buenos días:

No lo digo yo. Lo dice el Tribunal Constitucional. La plusvalía municipal es una ficción que el legislador puso durante el período que va de 1 a 20 años. 

Ni antes ni después hay ficción de la plusvalía. Lo dice un ciudadano con conocimiento. Ya se te ha demostrado reiteradamente. 

Cuando piensas y dices que después de 20 años, en estos momentos, las transmisiones, salvo pérdidas, están sujetas al IIVTNU estás transmitiendo un inormación falsa. No la puedes transmmitir, ya que no tienes derecho según el art. 20-d de la Constitución Española.

"d)  A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades."

Lo tuyo no es veraz. Estudia. Lo cierto es que muchos tienen que estudiar, porque durante 28 años fueron engañados por por responsables de IIVTNU de los Ayuntamientos. Ahora también, algunos responsables de los ayuntamientos siguen y están cometiendo delitos.

Estos son unas personas antisociales. Así pues, no te incluyas entre ellas

Saludos.

 

#12

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Algún día se verá quién es el que transmite información falsa, mientras tanto, olvídame.

Un saludo

#13

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Buenos días:

"¿podemos asegurar que en estos momentos al aceptar la herencia pasados más de 20 años no he de pagar plusvalía municipal por herederar la vivienda, y también que si una vez aceptada la herencia vendo la vivienda dentro del año siguiente también estaría exento de pagar plusvalía municipal por la venta?"

La herencia la aceptas después de 20 años. 

- La plusvalía de la herencia, si es que la hubo,  está prescrita a los 5-4,5 años del fallecimiento.

Al aceptar la herencia, el período impositivo no comienza cuando aceptas la herencia sino cuando falleció. 

Desde la fecha del fallecimiento han pasado más de 20 años.

Luego tampoco está sujeta la venta, en estos momentos.

Si aprueban la Propuesta de Ley que se está tramitando en el Congreso, ya no. Entonces tendrías que demostrar que no has tenido ese incemento de valor. Ahora no tienes que demostrar nada, en estos momentos. 

Puedes estar completamente segura.

Si lo que digo no fuera cierto, ya habría venido a por mí la Policía. 

Sigo siendo un ciudadano libre, protegido por el art. 20-d de la Constitución Española. Transmito infomación cierta. 

Disculpa si soy demasiado brusco. Pero es que esto me enerva.

Saludos. 

#14

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

Buenos días:

Ya se ha visto.

Aunque la minoría sea uno, no por ello deja de llevar razón (Gandhi)

Saludos.

#15

Re: Exención pago plusvalía municipal herencia

No entiendo muy bien soy un ignorante en la materia, tengo un caso parecido heredamos yo y mis 2 hermanos el 50 por ciento de una casa de mi padre fallecido en 2008 mi madre tiene el ptro 50 por ciento por regimen gananciales y estaban separadaos judicialmente, hicimos acta de notoriedad y liquidamos el impuesto de sucesiones con documento privado, no hicimos adjudicacion de herencia por notaria ni nada. Y no pagamos la plusvalia en el ayuntamiento.

Considero que ya el ayuntamiento no nos puede hacer nada porque esta prescrita el pago de la plusvalia de la muerte de mi padre

Lo que dices de que si se aprueba la propuesta de ley que se esta tramitando en el congreso... a que te refieres al tema de la prescripcion tambien? Si se aprueba no prescribiria desde el momento de fallecimiento a los 5 años??.

Espero su respuesta estoy un poco perdido