Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Álquilar primero y despues vender

12 respuestas
Álquilar primero y despues vender
Álquilar primero y despues vender
#1

Álquilar primero y despues vender

Buenas noches:
Vendo un local y el comprador pide que primero le haga un contrato de alquiler, todo de forma legal segun su gestor y pagando su alquiler y fianza, al mes y medio hacer ya el contrato de compraventa, escrituras y se quedaria con el local, la explicacion es que el comprador ahorraria en impuestos a pagar, creo que el comprador le corresponde pagar el ITP.
Esto es correcto? El gestor dice que al vendedor no le perjudica es cierto?
Agradeceria respuesta. Gracias
un saludo

#2

Re: Álquilar primero y despues vender

Creo que lo quiere hacer por el tema de la renuncia a la exención del IVA. Si estás alquilando el local, se te considera empresario a efectos del IVA, por lo que la transmisión posterior del mismo estaría sujeta pero exenta de IVA, entonces, tributaría en TPO, pero con la posibilidad de que el comprador renuncie a la exención y vuelva a tributar por IVA, en ese caso, puede recuperar el IVA soportado. Esa renuncia no se puede hacer si el vendedor no es empresario o profesional.

Efectivamente, le beneficia al comprador y mucho, pero a ti te obliga a darte de alta en el IVA y en lo que toque.

Es en principio legal y no te perjudica salvo por las molestias que te digo, pero... no deja de ser un enmascaramiento de la realidad o simulación para pagar menos impuestos. A ver que dicen los demás.

Un saludo

#3

Re: Álquilar primero y despues vender

Buenos días: si es una CB que alquilaba el local, la CB ya estaba hecha no se hace de propio

#4

Re: Álquilar primero y despues vender

Si el que vende no es empresario, me temo que no cabe la renuncia.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Álquilar primero y despues vender

Al ser arrendador, se le considera empresario a efectos del IVA según el art. 5 de la Ley del IVA.

Un saludo

#6

Re: Álquilar primero y despues vender

Pues el empresario es la CB, si vende uno solo de los dueños no sé si procede la historia esta, yo diría que no, que actúa como persona física no empresaria.

Un saludo

#7

Re: Álquilar primero y despues vender

No puede vender solo uno de los dueños, tienen que vender todos los que forman la CB. Entonces no se si es empresa o particulares los que venden

#8

Re: Álquilar primero y despues vender

Pues no te se decir yo tampoco...

Un saludo

#9

Re: Álquilar primero y despues vender

Planteó otra duda: El inquilino del local debe de llevar un tiempo alquilado para cuando compre el local pueda renunciar al pago ITO y apuntarse al IVA, o no hay límite de tiempo de estar pagando alquiler antes de comprar dicho local? Eso podría tener consecuencias para la o vendedor?

#10

Re: Álquilar primero y despues vender

Yo no he visto que existan límites expresos, pero... como dije antes, empezar a alquilar para vender el mes siguiente huele mucho a simulación, a efectuar una operación ficticia (el alquiler) para pagar un impuesto en vez de otro. Pero vamos, que yo no digo nada. ¿Consecuencias para el vendedor?, pues si bien en principio los líos serían para el comprador, está claro que la operación no puede hacerse si no consiente y colabora el vendedor... No sé si no podría caerle también algo.

Un saludo

#11

Re: Álquilar primero y despues vender

Tienes razón. Creía que se trataba de una vivienda.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: Álquilar primero y despues vender

Buenas tardes: La respuesta a este tema "alquilar primero y despues vender" esta en una simple rebaja del ITP creo que es del 8% al 3%, no estoy muy seguro, eso es como para compensar los gastos de haber estado pagando un alquiler. Si alguien lo puede explicar un poco mas. Gracias

#13

Re: Álquilar primero y despues vender

Creo que a lo que te refieres es el tipo reducido de TPO que se aplica a "transmisión de inmuebles urbanos con derecho a la renuncia a la exención del IVA, sin efectuar dicha renuncia". Es decir, operaciones exentas de IVA pero susceptibles de renunciar a la exención, al no hacerla tributa por TPO, pero a ese tipo reducido. Es un matiz adicional de lo que ya hemos visto, pero los requisitos son los mismos, hay que poder renunciar a la exención del IVA, es decir, tanto el vendedor como el comprador actuan como empresarios. Para mi las implicaciones de simulación son practicamente las mismas.

Ojo que no es para compensar nada de nada, simplemente para favorecer que se tribute por TPO (aunque sea a tipo reducido) antes que por IVA. Ten en cuenta que es un tipo establecido por la CA, que es la que recauda ese impuesto para intentar que algunas de las  muchas operaciones que se declaran por IVA acaben en su saco y no en la AEAT.

Un saludo