Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

16 respuestas
Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares
1 suscriptores
Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares
Página
1 / 2
#1

Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Buenas tardes compañeros,

Alguien podria decirme si mi Padre quiere transferirme, a traves de una venta, unas  acciones que no cotizan en Bolsa(Infarco), ¿solo hay que realizar un documento privado y la transferencia bancaria?. ¿Haria falta realizar dicha transferencia ante notario?.Teniendo en cuenta que mi padre tiene estas acciones desde hace mas de 30 años, ¿como calculo el precio al que debe venderme dichas acciones?,¿ como calculo la plusvalia de dichas acciones para que el sepa que debe abonar en la declaracion del IRPF?.

Muchisimas gracias

#2

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

@Batiscafo, ¿sabrias decirme algo sobre esto? jejeje

#3

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Me imagino que lo preguntas por curiosidad porque fiscalmente una compraventa de hijo a padre, no  veo mucho sentido a la operación.

La fiscalidad, lo tienes explicado en el artículo 37, apartado 1, letra b de la Ley del IRPF.

Sobre todo lo demás, en principio con un contrato privado debería bastar. Pero quien mejor te puede informar es la entidad donde están depositadas las acciones, preguntando por la documentación que hace falta para que os las cambien de titular.

Un saludo.

 

#4

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Como dices es poco interesante fiscalmente hablando, pero la unica razon por la que se haria (ahora ya no, ya que mi madre falleció y me llegaran acciones para proceder a mi entrada) es que no se pueden comprar dichas acciones, y solo pueden acceder hijos, parientes de farmaceuticos, por lo que si mi madre no llega a fallecer, las unicas dos opciones eran obtenerlas por transferencia o por herencia. Y siempre me gusta informarme bien de todo antes de dar cualquier paso...

Muchisimas gracias

#5

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Según comentas, entonces no hay compraventa y por tanto no hay ganancia que tributar en IRPF ya que se heredan.

Y si es así, habrá que valorararlas para el Impuesto de Sucesiones, generalmente según el último balance aprobado por la empresa.

Una vez que se hayan adjudicado a los herederos y hechos todos los trámites sucesorios, habrá que ir a la entidad donde están depositadas y cambiar las acciones a sus nuevos titualares.

Un saludo.

 

#6

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Exacto. Actualmente la transferencia entre mi padre y yo queda en suspenso, ya que para él no era interesante fiscalmente hablando (lo hacia por mi, para que pudiese empezar yo sin esperar a su herencia).

Ahora veremos que ocurre con las acciones de mi madre, que si influyen en el impuesto de sucesiones.

Un saludo y muchisimas gracias por tu ayuda, tus comentarios, y tu tiempo.

#7

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Buenos días:

Si te las transfiere a cambio de nada es una donación. Entonces el que las dona no tiene impuesto, pero el que las recie paga el impuesto de Sucesiones y Donaciones. 

Si se las compras entonces la ganancia se divide en dos partes proporcionales una hasta 2006, que están exentas por los coeficiente de abatimiento, y la otra que está sujeta. No sé si a pertir de ahí le puedes aplicar la inflación para calcular el beneficio de la segunda parte, que tributa en función de la cantidad a partir del 19 %.

Saludos.

#8

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Buenos dias compañero,

Seria una venta no una donacion. ¿Hasta 2006 estarian exentas?, es decir, ¿solo pagaria por la plusvalia desde 2007 hasta 2017?

Gracias

Un saludo

#9

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Buenas tardes:

Si es una venta entonces solamente pagaría el incremento que corresponda desde 2006 hasta 2017. 

Eso viene porque en el 2006 finalizaron la aplicación de los abatimientos que estuvieron vigentes hasta 1996.

Esto es que hasta 1996, los coeficientes hacían que los inmuebles con más de 20 años no tenían IRPF y las acciones creo que antes. Para finalizar multiplicaron los años por dos de tenencia. Pero el efecto acabó en 2006.

A partir de ahí la ganancia se divide en reparte de forma proporcional.

Si son 30 años de tenencia entonces como son más de 30 años: casi 2/3 o más de esa ganancia estaría exenta y el resto 1/3 sería la que se somete al IRPF.

A partir de 2006, no sé si se tiene en cuenta la inflación. Pero podría SER utilizando la analogía con una vivienda. Pongo un enlace donde hay unos coeficientes de actualización

https://cursos.com/impuestos-venta-piso/

Saludos

#10

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Muchas gracias compañero, es bueno saberlo

#11

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Buenas tardes compañero,

Ya tenemos las acciones heredadas a nuestro nombre, si ahora quiero sacar, por ejemplo, 100.000 euros en acciones que no cotizan, ¿como puedo calcular que tendre que pagar por hacerlo liquido y que impuesto en concreto seria?

Muchisimas gracias

#12

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

No importa tanto lo que vas "a sacar", sino del beneficio que vas a obtener en la operación.

En términos generales, será la diferencia entre el precio de adquisición (valoración al día del fallecimiento de vuestro padre) y el importe de la transmisión de las acciones. Y digo en general, por si hubiese que aplicar el artículo 37. 1.c. Es decir que vas a vender unos títulos por un importe de venta de 100.000 euros, pero que tienen un precio de adquisición y por esa diferencia y tal como sea de grande o pequeña es por la que se va a tributar.

Sobre la ganancia que se obtenga, se aplica la tarifa de la base liquidable del ahorro:

-Hasta 6.000 euros al 19%.

-Los 44.000 euros siguientes al 21%.

-A partir de 50.000 euros, al 23%.

Un saludo.

#13

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Entiendo entonces que si actualmente las vendiese, ya que tienen el mismo precio de venta que el dia del fallecimiento de mi madre (se actualiza el precio en Mayo 2018), no tendria que pagar nada por hacer liquidas las acciones hasta 100.000 euros, no?.

Ademas de pagar por la ganancia que se obtenga (si la hubiese), ¿habria que pagar mas en la declaracion del IRPF de ese año como aumento de patrimonio?

Muchisimas gracias por la ayuda siempre inestimable

#14

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Si el precio de adquisición  y el de transmisión es el mismo, no hay ganancia/pérdida en IRPF. Ya pagaste en Sucesiones.

El Impuesto de Patrimonio, no sé si tendrás que hacerlo. Generalmente no hay obligación si tus bienes no superan los 700.000 euros y teniendo en cuenta que tu vivienda habitual tiene una exención hasta los 300.000. Pero existen comunidades autónomas que han bajado ese límite.

Un saludo.

#15

Re: Venta Acciones INFARCO (No cotizadas) - Entre particulares

Muchisimas gracias. Entonces si hubiese ganancia, unicamente pagaria por esa ganancia en el IRPF, y por la cantidad que haga liquida.

Eres un crack, vaya ganancia que tiene este foro con gente como tu

Un saludo