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Recursos y reclamaciones IVA

1 respuesta
Recursos y reclamaciones IVA
Recursos y reclamaciones IVA
#1

Recursos y reclamaciones IVA

Hola a todos, a ver si me podéis ayudar porque se está cometiendo una injusticia conmigo y quiero luchar por mis derechos.

En el período 4T 2016 y 1T 2017 no facturé nada y se me olvidó declarar el IVA a 0. Procedí a hacer todo fuera de plazo y me imponen una multa por ello de 75 euros por período. 

Me gustaría saber como puedo ganarles la batalla, yo no voy a pagar ninguna multa, encima de que no tengo trabajo, no facturo, no voy a tener que pagar encima una multa de 150 euros que es lo que me correspondería que me devolviesen por el IRPF retenido de mis anteriores facturas.

Sancionan mi olvido, pues yo declarar, he declarado el IVA aunque fuera de plazo. Si comprobasen mis movimientos bancarios, verían que efectivamente, no sé cómo he podido vivir sin ingresos. 

¿A qué artículo de la ley puedo acogerme? ¿O creéis que puede valerme un certificado médico por incapacidad para mis obligaciones tributarias en este período por ataques de ansiedad y depresión, que es realmente lo que me pasó?

Gracias

#2

Re: Recursos y reclamaciones IVA

Artículo 198. Infracción tributaria por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico, por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal o por incumplir las condiciones de determinadas autorizaciones.

La infracción prevista en este apartado será leve.

La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 200 euros

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si las autoliquidaciones o declaraciones se presentan fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria, la sanción y los límites mínimo y máximo serán la mitad de los previstos en el apartado anterior.

Este es el Art 198 de la Ley General Tributaria que te aplican con algun tipo de descuento, por lo que parece (75 euros), no creo que tengas posibilidades de eludir esta sancion.

Aunque no se tenga actividad los Modelos Trimestrales se deben presentar obligatoriamente  o bien te has dado de baja de la actividad mediante el Modelo 036.

Saludos