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Obligación de declarar cuentas en el extranjero

20 respuestas
Obligación de declarar cuentas en el extranjero
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Obligación de declarar cuentas en el extranjero
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#1

Obligación de declarar cuentas en el extranjero

CUENTAS EN EL EXTRANJERO

A partir del 1 de enero de 2013, se establece la obligación de informar a la administración tributaria sobre los bienes situados en el extranjero: cuentas en entidades financieras, bienes inmuebles, valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionados u obtenidos fuera de España. Se excluye de esta obligación de declarar cuando el valor de los mismos no supere los 50.000 euros por cada tipo de bien o derecho. La presentación en años sucesivos de la declaración informativa sólo será obligatoria cuando el citado límite hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros.

Esta medida obliga a los ahorradores considerados fiscalmente residentes en España y, también, a los que se han acogido al régimen de impatriados.

Además, esta nueva obligación tributaria es meramente informativa si bien es importante destacar que su no cumplimiento tiene un régimen sancionador severo en términos económicos.

¿A quién afecta esta medida?

Afecta a todos aquellos contribuyentes con cuentas corrientes o otras y inversiones financieras o inmobiliarias en el extranjero.

Fuente,Invertia

Lo que se debate en otros foros aunque aqui no lo he visto ,es si los fondos de inversión que la mayoria de inversores tiene domiciliados en Luxenburgo,están tb sujetos a dicha obligación...

Si alguien puede aportar algún dato......

#2

Re: Obligación de declarar cuentas en el extranjero

Buenos días,

Una de las novedades fiscales para 2013 es la Obligación de declarar los bienes del extranjero. La nueva disposición adicional 18ª de la Ley General Tributaria obliga a los contribuyentes a informar sobre los bienes y derechos que se encuentren depositados o situados en el extranjero, uando el valor de los mismos no supere los cincuenta mil euros por cada tipo de bien.. Como te he comentado, esta obligación afecta a el titular, representante, autorizado, beneficiario, persona o entidad con poderes de disposición o titular real, que tenga,

  • cuentas en entidades financieras

  • valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero

  • bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero
  • Siempre que suma de los bienes de cada uno de los 3 grupos comentados supere los 50.000 euros.

    La declaración de información se presentará mediante la cumplimentación del Modelo 720 durante los meses de marzo y abril de 2013.

    Te dejo estos dos artículos donde se comenta la obligación de declarar los bienes del extranjero: Modelo 720: qué es y cómo rellenarlo y Novedades para la Declaración de la Renta de 2013.

    Saludos.

    Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

    #3

    Re: Obligación de declarar cuentas en el extranjero

    Parece que hay que declarar todo lo que exceda de 50.000 euros....Pues no entiendo que se tengan que declarar los fondos de inversión que se comercializan aqui en España desde plataformas como Inversis, Renta4,etc.,yo creo que Hacienda ya sabe lo que cada contribuyente tiene en dichas entidades.
    Saludo,gracias

    #4

    Re: Obligación de declarar cuentas en el extranjero

    ¿Si el fondo de inversión está comercializado en España se debe de declarar?

    Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

    #5

    Re: Obligación de declarar cuentas en el extranjero

    Como en la vieja canción unos "decían que sí.... otros decían que no",ya leí opiniones en los dos sentidos.
    Se comercializan aqui,pero el depositario en algunos casos de fondos internacionales son entidades extranjeras.
    En fin , habrá que seguir al tanto.
    Supongo que en la propia Agencia Tributaria tb pueden informar.

    #6

    Re: Obligación de declarar cuentas en el extranjero

    ¿Se sabe algo de este tema? Depositario extranjero y operando desde comercializador español con una cuenta de terceros.
    Yo es que por más que leo lo del modelo 720 no llego a entenderlo.

    #7

    Obligación de declarar cuentas en el extranjero

    Desde hoy, Hacienda obliga a declarar los bienes y cuentas en el extranjero

    La nueva disposición adicional 18ª de la Ley General Tributaria obliga a los contribuyentes con bienes y cuentas en el extranjero a 31/12/12 a informar sobre estos si el total de las cuentas pasa de 50.000 euros. Se deberán declarar todas las cuentas situadas en entidades financieras, todo tipo de bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles, así como valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.

    La declaración de información se presentará mediante la cumplimentación del Modelo 720 "Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero" desde este viernes y hasta el próximo 30 de abril, y el incumplimiento de esta conllevará sanciones de hasta el 150% del valor del bien no declarado.

    Se deberá informar a la Agencia Tributaria sobre:


  • Las cuentas abiertas en entidades financieras extranjeras (cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito y cualesquiera cuentas o depósitos dinerarios), los saldos de las mismas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.


  • Inmuebles situados en el extranjero, figurando la fecha y el valor de adquisición, y la fecha de apertura o cancelación.


  • Valores, derechos, seguros y rentas depositadas o gestionadas en el extranjero, donde se deberá aportar el saldo a 31 de diciembre de cada año.
  • Esta nueva obligación no supone ningún pago adicional de impuestos, sino que se trata de una mera declaración informativa.

    Esta es una más de las novedades para la Declaración de la Renta de 2013.

    Saludos.

    Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

    #8

    Re: Obligación de declarar cuentas en el extranjero

    Mi pregunta es ¿Esto se refiere a cuentas bancarias o afecta tambien a cuentas de trading? Porque por ejemplo yo tengo Broker de saxobank, que es del FGD danes, luego hay quien usa Swissquote que es un broker de trading suizo ¿En el caso de que se llegase a tener mas de 50.000 en esas cuentas, habría que declararlo?

    Saludos