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En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

9 respuestas
En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!
En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!
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#1

En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Hola a todos. En el apartado "Información sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, con ejercicio de devengo anterior al 2011" me consta como PERCEPCIONES DINERARIAS la cantidad de -406'78, es decir, que me sale un importe en negativo. Según me han dicho por teléfono (901 33 55 33), no tengo que hacer una declaración complementaria, sino presentar un escrito, pero no han sido capaces de decirme qué es exactamente lo que debe constar en ese escrito, y me dice que debo informar de dónde sale ese importe, y no tengo ni idea, ya que en la declaración de la renta del año pasado no hay ningún importe que se le parezca.

Resumiendo, ¿alguien sabe cómo debe ser el escrito a redactar y si es imprescindible explicar de dónde o por qué proviene este importe?
Muchísimas gracias, estoy bastante desorientado a pesar del asesoramiento telefónico de Hacienda.

#2

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Tienes que hacer una solicitud "Devolución ingresos indebidos".

Entiendo que es una minoración de ingresos de trabajo personal del año 2010. Por lo tanto, y si es así, harías una declaración del año 2010 descontando esa cantidad. La diferencia del resultado nuevo y el resultado de tu declaración del año pasado, es la cantidad a solicitar.

Puedes emplear un formulario como el del enlace o similar:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Modelos_y_formularios/Formularios/Formularios_para_Tramites_ante_la_Agencia_Tributaria/comunica.pdf

Saludos.

#3

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Muchísimas gracias, Empty. Tu respuesta me resulta muy útil.

Si no es mucha molestia, y dada mi ignorancia en temas fiscales, quería hacer unas preguntas más al respecto:

-este rendimiento del trabajo en negativo con devengo en 2010 debe venir dado por una cantidad que se me pagó por error y que tuve que devolver, ¿estoy en lo cierto o no tiene nada que ver?
-si el supuesto anterior es correcto, ¿debo solicitar a mi empresa un justificante en el que conste que devolví ese dinero que se me había pagado de más y adjuntarlo con el formulario de solicitud?
-¿tengo que hacer la declaración de la renta de 2010 de nuevo o de calcular la diferencia se engargarán en la agencia tributaria?
-¿es necesario que el formulario de solicitud esté impreso a color?

Saludos.

#4

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Efectivamente, yo creo que es una cantidad que has tenido que devolver por algún ingreso indebido en tus nóminas. Quizás en la empresa donde trabajas, podrían darte alguna pista y explicarte con más detalle como fue la operación.

Si las cantidades devueltas corresponden al año 2010, puedes con el programa PADRE 2010 confeccionar una nueva declaración con los nuevos datos. La diferencia obtenida con este método y la que presentaste el año pasado, será el importe al que tienes derecho que se te devuelva. Incluso puedes aprovechar la declaración confeccionada de 2010, para demostrar la cantidad que te corresponde que se te devuelva y prsentarla como prueba.

Y el impreso si no utilizas el que te pasé en el enlace, se puede presentar uno similar.

Saludos.

#5

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

¡Muchas gracias de nuevo!

Solucionado el tema de donde proviene esta "diferencia", y viniendo el problema de rendimientos del trabajo EN NEGATIVO,

-¿es obligatorio confeccionar la declaración complementaria con PADRE 2010 (el año pasado hice una y me resultó muy farragosa), o presentando la solicitud es suficiente (¿se encarga Hacienda de hacer los cálculos?)?
-¿tengo que adjuntar justificantes de la empresa (en mi caso la administración pública)?

Si puedes responderme, genial. Y si no, ¡muchas gracias por las respuestas anteriores!

#6

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Tienes que especificar cuál es la cantidad que reclamas. Por eso te indicaba que quizás el sistema más sencillo de calcular la cantidad a devolver, es hacer una nueva declaración.

Y debes adjuntar los justificantes de la empresa.

Saludos.

#7

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

¡Gracias de nuevo!

¿Y cómo puedo calcular la cantidad a devolver sin usar el programa PADRE? Tengo la declaración en papel de ese año...
¿Y sabes qué plazo tengo para presentar la reclamación?

¡Mil gracias!

#8

Re: En apartado "Información(...)con ejercicio de devengo anterior al 2011"(complementaria)¡sale importe en negativo!

Vamos a intentarlo sin tener que hacer la declaración. La casilla que nos va a variar es la 620, Base liquidable sometida a gravamen. Esa casilla determina que si la modificamos, asimismo nos cambiarán las casilla 689 y 690.

Primero tienes que aplicar en la declaración a modificar, las tarifas estatal y autonómica que se especifican en la página 414 y 415 del enlace:

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/ManualRenta2010_es_es.pdf

Cuando en tu declaración sepas cómo se ha calculado las casillas 689 y 690, lo que tienes que hacer es restar a la casilla 620 el importe de 406,78 y obtendrás la nueva Base liquidable sometida a gravamen.

Aplicando nuevamente la tarifa sobre la base liquidable, te debe dar dos nuevos importes para las casilla 689 y 690. La diferencia entre los importes antiguos y nuevos, es la cantidad que te tienen que devolver.

Y por el plazo no te preocupes ya que son cuatro años.

Saludos.