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Vivienda habitual deshabitada

11 respuestas
Vivienda habitual deshabitada
Vivienda habitual deshabitada
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#9

Re: Vivienda habitual deshabitada

Hola "Raver" tu interpretacion de vivienda habitual a efectos fiscales , es muy ingeniosa , pero me temo que no es compartida por la Administracion Tributaria.

Leyendo detenidamente el Articulo 53 del Reglamento del IRPF - RD 1775/2004, se concluye que tu interpretacion no esta de acuerdo ni con la letra ni con el espititu del citado Art.

Este Art tiene TRES puntos, con sus excepciones .

El primer punto determina que hasta que no haya transcurrido al menos TRES años de residencia continuada en dicha vivienda , esta no toma esta condicion , solo a efectos de abandono de la misma antes de este plazo, para que deje de ser considerada como vivienda habitual desde el primer dia de su adquisicion, salvo las excepciones descritas en dicho punto.

El segundo punto determina que la vivienda adquirida debe ser habitada de manera efectiva y con caracter permanente en un plazo maximo de DOCE meses desde su adquisicion , salvo determinadas excepciones descritas en dicho punto.

El tercer punto del cual no has hablado , te lo transcribo :

3. Cuando sean de aplicacion las excepciones previstas en los apartados anteriores, la deduccion por adquisicion de vivienda se practicara hasta el momento en que se den las circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda o impidan la oculacion de la misma, salvo cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razon de cargo o empleo, en cuyo caso podra seguir practicando deducciones por este concepto mientras se mantenga dicha situacion y la vivienda no sea objeto de utilizacion.

A mi entender y creo que de la Administracion , tu ingeniosa interpretacion no es compartida.

Saludos

#10

Re: Vivienda habitual deshabitada

Evidentemente, si todos opinais lo mismo, es que soy yo el equivocado. En definitiva la conclusión es que si dejas tu piso vacío y te vas a vivir con tu pareja p.ej., aunque sigas pagando la hipoteca, no te la puedes desgravar.

Gracias,

#11

Re: Vivienda habitual deshabitada

Y encima tienes que incluir como ingresos el 1,10% de su valor catastral, al encontrarse a disposición de su propietario.

Saludos.

#12

Re: Vivienda habitual deshabitada

Hola mi caso es similar pero distinto a la vez, me explico, yo compre una vivienda en 2006 en Toledo, he estado viviendo allí hasta 2011 que nos hemos trasladado a madrid, pero seguimos viviendo periodos en la de Toledo, en Madrid en 2011 compramos otra vivienda ya que los trabajos estan en la capital y actualmente vivimos en Madrid, nosotros hemos estado deduciendo por la de Toledo, y ahora nos vemos en el dilema, sabemos que podemos deducir por la de Madrid cuando hayamos llegado a la cantidad que deducimos por la de Toledo, pero tambien nos dijeron que podiamos seguir deduciendo por la de Tolero porque seguimos viviendo allí, no tanto como antes pero seguimos estando.
Tengo varias preguntas
1. Puedo seguir deduciendome la de Toledo o debo esperar los años necesarios y empezar a deducirme la de Madrid.
2. En el caso que siga deduciendome la de Toledo, si pongo en la renta la direccion habibitual la de Madrid, pasaria algo, ademas de cambiar las deducciones por comunidad autónoma, cambiándolas a las de Madrid.
3. Si sigo habitando en Toledo casi lo mismo que la de Madrid, podría seguir deduciendo la de Toledo.
4. en el caso 3, sigo poniendo en la renta la dirección de Toledo o puedo cambiarlo por lo de Madrid sin problema, actualmente estoy empadronado en Madrid desde hace unos meses.

Me podéis indicar lo que debería hacer de cara a la renta de este año.

Un saludo y gracias.