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Duda Rescate Plan de Pensiones

24 respuestas
Duda Rescate Plan de Pensiones
Duda Rescate Plan de Pensiones
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#1

Duda Rescate Plan de Pensiones

Hola a todos, tengo muchas dudas en el rescate del plan de pensiones:

A) Si rescato el plan de pensiones en forma de rentas de seguro: es decir, me han dicho en el banco que recibiré una pension mensual vitalicia, a mi muerte el capital garantizado, y que además, lo puedo rescatar cuando quiera y aun tengo la opción de si lo hago por el total tener la exención del 40%.- ¿esto es cierto?
Sólo tengo un plan de pensiones y es aportado antes del 2007 todo.-

B) Por otro lado, me dicen que el banco en el momento del rescate aplica una retención ....¿? del 100% de lo rescatado en función de una información que le comunica hacienda...independientemente de la deducción del 40%.- Es decir, pagaré al rescatar de inmediato por el 100% una retención que no puedo saber?? y luego en la renta, tengo que volver a poner el 60% en las rentas del trabajo?? y pagar otra vez??? esto es verdad?? y como puedo saber la retención que me van a aplicar??

Me han dejado con muchas dudas, por favor, agradecería si alguien conoce el tema, muchas gracias de antemano!!!

#2

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

El rescate del plan de pensiones tributa como si fuera una renta de trabajo personal.

Tanto si lo rescatas en forma de renta mensual como si lo haces de una sola vez en forma de capital.

Si lo haces en forma de capital, tendrás una bonificación del 40%.

Y como cualquier rendimiento de trabajo personal, tendrás unas retenciones de acuerdo con la cantidad que percibas por el plan de pensiones.

Y tienes que tener en cuenta que si al rescatarlo te aplican una retención, luego cuando hagas la declaración del IRPF, las cantidades retenidas se te descuentan como ya pagadas. Por lo tanto no lo vuelves a pagar.

Saludos.

#3

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

Muchas gracias!! y otra cosa, si lo destino a rentas de seguros, como se queda la cantidad en el plan de pensiones, aunque perciba la pension mensual que es renta de trabajo, tengo la posibilidad en el rescate total de la bonificación del 40% al hacer la renta??

#4

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

No entiendo a qué llamas "renta de seguros". Dentro de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los tipos de rentas por los que se tributa, son los siguientes:

-Rentas de trabajo.
-Rentas de capital inmobiliario.
-Rentas de capital mobiliario.
-Rentas de actividades económicas.
-Imputación y atribución de rentas.
-Ganancias y pérdidas patrimoniales.

El rescate de un plan de pensiones, tanto si se rescata el forma de renta mensual o se rescata en forma de capital (todo de golpe), tributa dentro de las rentas de trabajo.

La única diferencia es que si se hace en forma de capital, tiene una bonificación del 40%. Bonificación que es lógica porque el año que se cobra, también se paga el impuesto de una sola vez y con un mayor tipo impositivo.

Si lo haces en forma de renta mensual, no tendrías la bonificación, pero el importe del impuesto estaría diluido entre todos los años en que se cobra y con menor tipo impositivo.

Saludos.

#5

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

Me refiero a la forma de rescatarlo, según el banco, puedo sacarlo en forma de capital, en forma de renta financiera (es decir saco del plan de pensiones una cantidad mensual hasta que se acabe. Y una tercera que se parece a una renta vitalicia, el producto se llama Rentas Plan. No toco el dinero del plan de pensiones pero recibo una pension mensual (que tributa como rentas del trabajo), pero se mantiene mi dinero del plan intacto asegurado a mi muerte para herederos, y además puedo rescatar el dinero cuando quiera.
Y es por eso, que mi pregunta hace referencia a ese rescate. Entiendo que si nunca he rescatado el plan en forma de capital siempre me quedará esa opción.
Me gusta la opcion de no sacar dinero del plan de pensiones y disfrutar de la rentabilidad, pero no quiero perder la opcion de la deducción del 40% si necesito el dinero.

Espero que me entiendas ahora, no se si conoces el producto que me ofrecen, una vez más gracias !

#6

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

Lo siento, no conozco el producto del que hablas. Lo que te he expuesto, es como tributan en general los planes de pensiones. De todas formas si tu crees que la mejor forma es rescatarlo en forma de renta mensual, pues adelante...No te beneficias de la bonificación del 40%, pero sin embargo tienes la ventaja fiscal de pagar el impuesto a lo largo de muchos años.

Saludos.

#7

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

de todas formas muchas gracias por contestar! Saludos!!

#8

Re: Duda Rescate Plan de Pensiones

Hola, Serenity .. Entiendo que lo propuesto por el Banco a lo que llama "renta de seguro", es en definitiva,un producto donde no se rescata el Fondo de Pensiones, sino que este Capital sirve de una especie de deposito donde se paga un interes mensual, sin tocar el Saldo Consolidado de este Fondo. No llega a ser una renta vitalicia, con opcion de rescate, pero se le parece.

Deberias enterarte en algun medio oficial(Direccion de Seguros, AEAT) distinto de la Entidad Financiera que te propone esta opcion, si este modelo, admite el rescate en un determinado momento del Saldo del Fondo en forma de Capital con su reduccion del 40%.

Con independencia de este modelo novedoso , el normal rescate en forma de Capital en un solo ejercicio , o de rentas temporales, siempre que los Saldos Consolidados correspondan a aportaciones anteriores al 31-12-2006, es fiscalmente mas rentable el rescate en forma de Capital con la reduccion del 40%.

Esta forma de rescate se ha de realizar todo el Saldo Consolidado (Aportaciones anteriores al 31-12-2006), en el mismo ejercicio, para obtener esta reduccion del 40% , y si se deja alguna parte del saldo sin rescatar , este saldo ya no podra tener la reduccion del 40%.

La retencion ha realizar por el Banco en el rescate en forma de Capital, se obtiene aplicando el programa de retenciones, tomando el Capital rescatado como rentas del trabajo y el importe de la reduccion ( 40% del Captal), obteniendose de esta forma su retencion , y se obtiene con independencia de otras rentas del trabajo del ejercicio.

En la pagina de la AEAT , dispones del programa de retenciones , con la que puedes obtener que retencion te ha de aplicar el Banco ( No es cierto que no se tenga en cuenta la reduccion del 40%, ya que se ha de poner en el programa para calcular la retencion). Como te ha dicho Empty, las retenciones son entregas a cuenta de la Liquidacion final (Declaracion) y lo que ya tengas pagado a cuenta, minora tu cuota a pagar.

Saludos