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Requisitos Subsidio mayores de 52 años

7 respuestas
Requisitos Subsidio mayores de 52 años
Requisitos Subsidio mayores de 52 años
#1

Requisitos Subsidio mayores de 52 años

Buenos días a todos  , expongo mi caso por si con los datos que os doy se puede saber si puedo optar al subsidio  de mayores  de 52 años .
- 22 años cotizados (13 autónomo y 9 cuenta ajena )
- último trabajo autónomo , baja abril 2017
- ha cobrado una vez la RAI Y ahora mismo no cobro ningún subsidio 
- Llevo desde el 9 de mayo del  2019 apuntado al paro de forma continuada 
- en menos de 2 años cumplo 52 y no estoy encontrando trabajo 
Si llego en esta situación tendría opción al subsidio de mayores de 52 años ? 
Gracias y saludos 
#2

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

Como le dijimos en otra conversación, con estos datos parciales es imposible saber si tiene derecho.
Hay que tener 15 años cotizados en la vida laboral, 2 cotizados en los últimos 15 y además 6 años cotizados a desempleo. Estos tres requisitos parece que los cumple.
Pero además, en el momento de cumplir los 52 años, si no se está cobrando subsidio, se tiene que haber permanecido inscrito como demandante de empleo desde que se estuvo en alguna de las situaciones enumeradas en el artículo 274 de la Ley general de la seguridad social (haber finalizado un contrato teniendo al menos 90 días cotizados sin usar en los últimos 6 años, finalizar el paro y hacer un mes de espera, estar cobrando subsidio, ser emigrante retornado con derecho a subsidio, perdida de una pensión por incapacidad permanente por mejora de la incapacidad, liberado de prisión habiendo estado al menos 6 meses...). A este respecto no se considera interrumpida la inscripción si duró menos de 90 días y el tiempo trabajando (incluso como autónomo), obviamente, no se requiere esta inscripción.
Con los datos que proporciona es imposible saber cuando fue la última vez que estuvo en una de las situaciones enumeradas en el artículo 274 y si ha permanecido inscrito desde ese momento.
En la web del SEPE puede encontrar las instrucciones del SEPE para el subsidio de mayores de 52, donde probablemente pueda encontrar su caso concreto.
 https://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/consulta_ficha_criterio.pdf

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

hola, gracias por la respuesta, he revisado el pdf y tengo algunas dudas sobre en que situacion en concreto estoy, me lio con algunos conceptos.
Desde que cerre mi negocio de autonomo en abril 2017 he estado inscrito en desempleo hasta la actualidad (excepto un año entre abril 2018 y mayo 2019) y cuando cumpla los 52 estare supuestamente inscrito en desempleo y a punto de finalizar el cobro de la segunda RAI.
no se si con estos datos extras podria decirme algo mas sobre mi situacion, saludos 
#4

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

Si durante un año no ha estado inscrito como demandante de empleo, sea cuando sea que haya estado en una de las situaciones reflejadas en el artículo 274 de la Ley General de la Seguridad Social (salvo que haya trabajado 90 días posteriormente a esta inscripción), no tendrá derecho al subsidio para mayores de 52 años.
Deberá volver a trabajar por cuenta ajena al menos 90 días para tener una nueva causa de acceso al subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

Hola, se me va a terminar el paro en dos semanas. Cuándo tengo que pedir ese subsidio? Puedo hacerlo por la sede electrónica. Cumplo todos los requisitos.
Y otra cosa, sabéis qué papeles me van a pedir? Gracias
#6

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

Hola,   puedes hacerlo a través de la sede electrónica sin problema alguno. 
Debes cumplir el mes de espera. A partir de ahí, 15 días hábiles.

#7

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

Gracias, pero... un mes de espera a contar desde el día que hace dos años que solicité la prestación?
#8

Re: Requisitos Subsidio mayores de 52 años

El mes de espera empieza a contar el día en que se termina el periodo de reconocimiento.
No lo confundas con el último día de cobro,  como que como sabes el SEPE paga a mes vencido.