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Jubilación autónomos

20 respuestas
Jubilación autónomos
Jubilación autónomos
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#9

Re: Jubilación autónomos

Hola Fran, Muchas gracias por todo amigo!
No quiero molestarte más, bastante estas haciendo. De verdad que te agradezco mucho tu ayuda, pero sigo sin entender lo de Lagunas. Te digo que llevo cotizados mas de 42 años, yo no si esto (Lagunas) tendrá algo que ver con migo?
Solo te pediría el ultimo favor, que me respondas a esto:
1, Si cumplo los 65 años el 22 de Enero del 2013... Puedo solicitar la baja en Diciembre del 2012?. Esto lo digo por ahorrarme hacer la renta del 2013.
2, Tendré que darme de baja de la Licencia Fiscal también no?. Esto me imagino que será en el Ayuntamiento, en mi caso, en Fuenlabrada?.
3, y después de todo esto... donde tengo que ir para que me empiecen a pagar?

Muchas gracias amigo !

#10

Re: Jubilación autónomos

Buenar tardes, aunque tengas cotizados 42 años, eso solo te da derecho al 100% de la pensión, la cual se saca como te indique del promedio de tus cotizaciones de los últimos 15 años, independientemente de los que tengas cotizados.
La baja de licencia fiscal ( baja del censo ) tienes que hacerlos el la Agencia Tributaria (Hacienda) no tiene que ver nada con el ayuntamiento ( tendras que ver si en tu población hay oficina de la Agencia o en que población tienes la que te corresponde, es ahí donde debes presentarla ( o por internet )
Si cumples los 65 en Enero 2013 puedes presentar las bajas desde el 22 de Octubre 2012 al 22 de Abril 2013, ( tres meses antes o despuesde la fecha de jubilacón. sin perder ningun derecho.
Lo mismo que en el caso de la Agencia tributaria, deberas acudir a la oficina de Tesoreria que corresponda tu zona y lo cobras en la cuenta bancaria que du designes

ojo. si tienes previsto cobrar un plan de pensiones depende de la cantidad te interesa iniciar todos los tramites teniendo en cuenta que te interesa recibir una parte dentro de 2012, por aquello de repartir los efectos negativos fiscales en dos ó más ejercicios según te interese,

Lo de las lagunas Si los últimos quince años has cotizado ininterrumpidamente no hagas caso,

Otro motivo para que presenteslos papeles en el ejercicio 2012 es que a partir 1 de enero 2013 entra en vigor la ueva ley y en vez de los últimos 15 años, te cojerian los últimos 16 ( eso significa una pequeña baja en tu pensión)

saludos y suerte

#11

Re: Jubilación autónomos

Muchas gracias Fran,!
Eres muy amable, y además sabes
Ahora ya me he enterado mejor, jeje.
Si, claro, llevo 33 años cotizando ininterrumpidamente.
Solo una duda...
El orden de las oficinas
1º Tesoreria (Baja Autonomo)- lo realizare en Diciembre, por que así podre seguir vendiendo para liquidar el genero, tengo una Ferreteria
2º Baja Licencia Fiscal (censo) Lo mismo, en Diciembre.
3º Tesoreria para solicitar el cobro, esto me imagino que será a partir de cuando cumpla los 65 (22 de Enero del 2013) es así? o tendré que esperar un mes más?
Saludos y Muchas gracias!

#12

Re: Jubilación autónomos

1º - Baja licencia fiscal
2º y 3º - Baja autonomo solicitar prestación jubilación
Para evitar prisas puedes presentar la baja censal por ejemplo el 26 o 27 de Diciembre con fecha día 31 diciembre. y luego presentar la baja de autonomos el 2 o 3 de Enero con fecha de 31 de Diciembre, aqui por lo menos si que puedes hacerlo asi.

suerte

#13

Re: Jubilación autónomos

Me vas a mandar por hay, jeje.
A ver, parece ser que hasta que no cumpla los 65 años no puedo solicitar la prestacion?. Por lo tanto seria el 22 de enero que es cuando los cumplo.
Otra cosa, si me doy de baja tanto fiscal como de autonomo el 26 o 27 de Diciembre del 2012, ya no podré seguir vendiendo?, o puedo seguir hasta un plazo determinado para seguir liquidando el genero que me quede?.
Muchisimas gracias de nuevo!
Saludos!

#14

Re: Jubilación autónomos

La solicitud de la prestación de jubilación tienes un margen para realizarla desde TRES meses antes de cumplir los 65 hasta TRES meses despues de haberlos cumplidos, antes o despues con los derechos y condiciones de cuando cumples los 65,
el problema es que a partir de enero 2013 empieza o surten efectos las nuevas modificacones y aqui es donde no se enteran los funcionarios, porque ni ellos a día de hoy lo tienen claro, unos te dicen lo que ellos interpretan y los más honrados te dicen claramente que no lo saben y que a fin de año vayas y te informaran mejor, por eso te indicaba por si acaso moverlo antes de acabar el ejercicio, pero basicamente son dos, una que a partir de 2013 te computan los ultimos 16 años en vez de 15, con lo que el promedio te saldra un pelin más bajo. y la otra es que te atrasaran posiblemente un mes la jubilación asi, hasta año a año llegar a los 67.
en cuanto a la liquidación teoricamente en e momento estas de baja no puedes tener actividad, de todas formas yo una vez en la Agencia tributaria lo preguntaria pero ojo, si puede ser la contestación por escrito ( para que sea vinculante ) sino estamos como antes, cada funcionario tiene su interpretación de ley, y ten en cuenta que en caso de duda el inspector de turno va a por ti ( presa facil ) no contra el Banquero que nos roba y encima con nuestros impuestos tapamos sus agujeros.

saludos y bonanit

#15

Re: Jubilación autónomos

Muchsimas gracias de nuevo Fran!
Bueno, pues he quedado enterado. Por cierto, saliendome un poco del tema, no seras del Barça?, jeje, lo digo por lo de Bonanit.
Saludos!

#16

Re: Jubilación autónomos

jajaja, soy de Valencia, y el futbol no me interesa lo mas minimo, solo sirve para entretener a las masas ( poco pensantes ) y distraerlas de problemas más importantes,
saludos y buen verano