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Las cuentas públicas mantienen rumbo hacia el desorden

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Las cuentas públicas mantienen rumbo hacia el desorden

 
Antes del próximo 30 de Noviembre, la Comisión Europea debe aprobar un dictamen sobre el proyecto de plan presupuestario para el año 2020 que el Gobierno remitió a las instituciones europeas el pasado 15 de Octubre (ampliación en https://elgorgojorojo.wordpress.com/2019/10/26/plan-presupuestario-de-2020-resena/). 

Como es sabido, desde el 28 de Abril pasado, fecha de celebración de las últimas elecciones generales, el Gobierno está “en funciones” lo que, entre otras cosas, le impide la aprobación del “Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado”. 

Ante la situación comentada, el “Plan Presupuestario 2020” se ha planteado considerando las tendencias de sus agregados macroeconómicos y bajo la premisa de la ausencia de nuevas medidas de índole fiscal.

No obstante, en la determinación de las previsiones que contiene proyecto de plan presupuestario, sí se han tomado en consideración tres asuntos: 

a) la subida de salario de los empleados públicos de, en todo caso, un 2% que fue acordada en el ejercicio de 2018 por el Gobierno de Partido Popular 

b) el incremento de las pensiones contributivas en un 0,9% con el que se pretende cubrir el compromiso electoral de PSOE de actualizar estas prestaciones en consonancia con la evolución de IPC 

c) el ahorro en el monto del gasto en farmacia, en la contratación y en subvenciones derivado de la aplicación de las recomendaciones realizadas por Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal 

Bajo las premisas anteriores, el Gobierno considera que las necesidades de financiación de las Administraciones Públicas (AAPP) se elevarían al 1,7% del PIB para el que se prevé un crecimiento nominal del 3,6%. 

El déficit previsto para 2020 con la hipótesis del mantenimiento de la política económica, del 1,7% del PIB, difiere del planteado en el último Plan de Estabilidad que fue del 1,1% del PIB y, por supuesto, contraviene el legalmente aprobado por las Cortes que es del 0,5% PIB

Por otro lado, el Consejo de la Unión Europea, en su recomendación del pasado 9 de Julio, pidió a nuestro país que tomara medidas para garantizar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto no exceda del 0,9% en el ejercicio 2020, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 0,65 % del PIB. Las previsiones contenidas en el “Plan Presupuestario 2020” son que el gasto computable neto crezca a una tasa nominal del 5,1% y que no se produzca corrección alguna del saldo estructural de la necesidad de financiación de las AAPP que se estima es del 2,6% de PIB

En este sentido, debe recordarse que al año que viene entra en vigor la previsión establecida en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera que prohíbe el que las AAPP incurran en déficit estructural, salvo en caso de reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo, en cuyo caso podrá alcanzarse en el conjunto de Administraciones Públicas un déficit estructural del 0,4% del PIB. 

En fin, lo expuesto pone de manifiesto la comprometida situación hacia la que van evolucionando la cuentas de las AAPP nacionales sin que, en mi opinión, haya ninguna formación política dispuesta a llevar a cabo medidas para enderezar el rumbo. 

Es posible que, en el corto plazo, sean las instituciones europeas las que tomen la responsabilidad que evitan los políticos patrios. Prueba de lo anterior, es la carta remitida por la Comisión Europea el pasado 22 de Octubre, con motivo del envío proyecto de plan presupuestario, en la que insinúa que España puede incurrir en una “desviación significativa” respecto de trayectoria de ajuste recomendada hacia el objetivo presupuestario a medio plazo que, como se ha dicho, es el equilibrio. 
 
El entrecomillado del párrafo anterior obedece a que la ocurrencia de una desviación calificada de significativa, para lo que un criterio a tomar en cuenta es que su importe sea de al menos el 0,5% del PIB en un solo año o de al menos el 0,25% del PIB como promedio anual en dos años consecutivos, podría dar lugar al inicio de un procedimiento contra España para corregir la situación que, en caso de incumplimientos, deriva en la imposición de sanciones.