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Washington Mutual demanda a la FDIC por 17 billones US$ + daños

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DEMÁS DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO VIII DEL CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN AMPLIADO Y REPARADO DE LA COMPAÑÍA, SE DEBE PROPORCIONAR CADA TITULAR DE LA COMPAÑÍA DE CUALQUIER PROYECTO AVISO ESCRITO A LA JUNTA DIRECTIVA PROPUESTA DE COMUNICACIÓN PROPUESTA DE TRANSFERENCIA RESTRINGIDA DE UN INTERÉS EN UNA ENTIDAD A TRAVÉS DE LO QUE TAL PARTE TIENE, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, SU ACCIÓN COMÚN. PARA LOS PROPÓSITOS DE LA ANTERIOR, LA "TRANSFERENCIA RESTRINGIDA" SE REFIERE A CUALQUIER MEDIO DE TRANSPORTE DE REGISTRO, BENEFICIOS O PROPIEDADES DE IMPUESTOS (APLICANDO, EN EL CASO DE LA PROPIEDAD DE IMPUESTOS, SE APLICAN REGLAS DE ATRIBUCIÓN PARA LOS PROPÓSITOS DE LA SECCIÓN 382) ENMENDADO), SI TAL MEDIO ES DIRECTO O INDIRECTO, VOLUNTARIO O INVOLUNTARIO, QUE REQUIERE EL CONSENTIMIENTO O APROBACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMPAÑÍA DE CONFORMIDAD CON LA SECCIÓN 2 DEL ARTÍCULO VIII DEL CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN INCORPORADO Y RESUMIDO DE LA COMPAÑÍA.

 

4. Dividendos participantes .            

 

(a) Sin el consentimiento por escrito de los Tenedores de una mayoría en la Preferencia de Liquidación agregada de las Acciones Preferidas de la Serie B, la Corporación no declarará ni pagará dividendos, distribuciones u otras emisiones a todos o sustancialmente a todos los tenedores de acciones comunes ( ya sea por pagar en efectivo, valores u otra propiedad o activos), a menos que los Tenedores de acciones de Acciones Preferentes Serie B en circulación reciban simultáneamente dividendos, distribuciones u otras emisiones participantes, según corresponda (colectivamente, “ Dividendos Participantes ”), que tales Los tenedores tendrían derecho si las acciones de las Acciones Preferentes Serie B se hubieran convertido en Acciones Comunes utilizando el Precio de Conversión aplicable inmediatamente anterior a la fecha de registro para determinar los accionistas elegibles para recibir dichos dividendos de Acciones Comunes, incluyendo, para evitarlos. de duda, cualquier acción ordinaria emitible con respecto a los Dividendos Regulares acumulados pero no pagados. Para evitar dudas, no se requerirá el consentimiento por escrito de los Tenedores de una mayoría en la Preferencia de Liquidación agregada de las Acciones Preferidas Serie B modificadas para declarar o pagar ningún dividendo en el cual los Tenedores tengan derecho a participar de acuerdo con esta Sección 4 ( a) .            

 

(b) Los dividendos participantes se pagarán a medida que se paguen a los tenedores de acciones comunes. La fecha de registro de los Dividendos Participantes será la misma que la fecha de registro de los pagos de dividendos, distribuciones u otras emisiones a los Tenedores de Acciones Comunes. Los Dividendos Participantes no pagados o hechos a los tenedores de acciones de Acciones Preferentes Serie B se considerarán como dividendos acumulados y no pagados de las Acciones Preferentes Serie B.            

 

5. Conversión obligatoria en la fecha de conversión obligatoria .            

 

(a) En la fecha de cierre de una Adquisición (A), el número de acciones en circulación de Acciones Preferentes Serie B, respecto de las cuales los ingresos netos de la Oferta se utilizaron en dicha Adquisición, de forma prorrateada, se convertirá automáticamente en un número de acciones ordinarias igual a la Preferencia de liquidación de la misma dividida por el Precio de Conversión y (B) la Corporación emitirá 19.04762 acciones ordinarias (una " Distribución Especial ") por acción de las Acciones Preferentes de la Serie B que se convierte automáticamente en de acuerdo con la cláusula (A), según se pueda ajustar equitativamente según lo determine la Corporación para cualquier división, división inversa, reclasificación u otro evento transformativo, dilutivo o antidilutivo similar que afecte a las Acciones Comunes, redondeado a la parte entera más cercana. No obstante lo anterior, en la fecha de cierre de una Adquisición que constituye una Adquisición Calificada, todas y cada una de las acciones en circulación de la Serie B (X) en circulación se convertirán automáticamente en una cantidad de acciones comunes igual a su Preferencia de Liquidación dividida por la El precio de conversión y (Y) la Corporación emitirá una Distribución especial por cada acción de las Acciones preferidas de la Serie B que se convertirá automáticamente de acuerdo con la cláusula (X), según se pueda ajustar equitativamente según lo determine la Corporación para cualquier división, división inversa , reclasificaciones u otros eventos transformativos, dilutivos o anti-dilutivos similares que impacten las Acciones Comunes, redondeados a la parte entera más cercana. No obstante lo anterior, en el caso de que el Consejo de Administración determine, de conformidad con el Artículo VIII, que la recepción de acciones comunes en relación con una Distribución Especial causaría que dicho Titular se convierta en un Titular Sustancial y / o aumente el porcentaje de Propiedad de Acciones. de un Titular Sustancial, el Consejo de Administración, a su discreción de conformidad con el Artículo VIII , puede determinar que cualquiera o toda de dicha Distribución Especial constituya un Exceso de Valores (y, según dicha determinación, entregará dicho Exceso de Valores a un Agente para la venta de todos esos Exceso de Valores de acuerdo con el Artículo VIII con el producto de la venta de dichos Exceso de Valores que se distribuirán de acuerdo con las disposiciones de la Sección 3 del Artículo VIII , con el Tenedor que será tratado como el Sindicado de dichos Excesos de Valores para todos propósitos del mismo). Cada fecha de cierre de una Adquisición (incluida una Adquisición Calificada) será una “ Fecha de Conversión Obligatoria ” . La Corporación emitirá un comunicado de prensa relacionado con cada Adquisición (incluida una Adquisición Calificada) tan pronto como sea posible, pero en cualquier caso a más tardar La fecha de cierre de dicha Adquisición.            

 

(b) El Precio de Conversión estará sujeto a ajustes, si corresponde, de conformidad con las disposiciones de la Sección 11 de este Artículo VI .            

 

(c) Además de las acciones ordinarias emitibles tras la conversión obligatoria, los tenedores de las acciones preferentes de la Serie B tendrán derecho a recibir en cada Fecha de conversión obligatoria en acciones ordinarias una cantidad igual a cualquier dividendo acumulado y no pagado de la las acciones de las Acciones Preferentes de la Serie B que se convertirán en dicha Fecha de Conversión Obligatoria a partir de dicha Fecha de Conversión Obligatoria, estén o no declaradas (excepto los dividendos previamente declarados pagaderos a los Tenedores registrados a una fecha anterior), en la medida en que la Corporación sea legalmente permitido para emitir dichas acciones en ese momento;siempre , sin embargo , que en el caso de que el Consejo de Administración determine de conformidad con el artículo VIII que la recepción de acciones adicionales de acciones comunes con respecto a tales dividendos causaría dicho Tenedor para convertirse en un titular sustancial y / o aumentar el porcentaje de la Propiedad de un Tenedor Sustancial, el Consejo de Administración, a su discreción de conformidad con el Artículo VIII , puede determinar que cualquiera o todas de tales Acciones Comunes constituyen un Exceso de Valores (y, según dicha determinación, entregará dicho Exceso de Valores a un Agente para la venta de todos esos Exceso de Valores de acuerdo con el Artículo VIII con el producto de la venta de dichos Exceso de Valores que se distribuirán de acuerdo con las disposiciones de la Sección 3 del Artículo VIII , con el Tenedor que será tratado como el Sindicado de dichos Excesos de Valores para todos propósitos del mismo).            

 

6. Redención obligatoria .            

 

(a) Excepto como se describe en la Sección 6 (b) de este Artículo VI , la Corporación deberá rescatar todas las acciones en circulación de las Acciones Preferentes de la Serie B (incluidas las acciones no convertidas de las Acciones Preferentes de la Serie B remanentes después de cualquier conversión obligatoria), en su caso, a menos que dichas acciones de las Acciones Preferentes Serie B hayan sido recompradas previamente a opción del Titular de conformidad con un Evento de Cambio de Control o se hayan convertido obligatoriamente, el 5 de octubre de 2019 (la “ Fecha de Reembolso Obligatorio ”), sin fondos. disponible legalmente para el pago, a un precio igual a $ 1,000 por acción de las Acciones Preferidas de la Serie B, más las acciones comunes iguales a la porción prorrateada del Dividendo Regular por el Período del Dividendo Regular parcial terminado inmediatamente después del 5 de octubre de 2019, más Acciones de Acciones Comunes con respecto a cualquier otro dividendo acumulado y no pagado, si lo hubiera, declarado o no (el " Precio de Reembolso Obligatorio ").            

 

(b) Si, antes de la Fecha de Reembolso Obligatorio, la Corporación ha anunciado públicamente que ha celebrado un acuerdo definitivo para una Adquisición, la Fecha de Reembolso Obligatorio se extenderá a la fecha anterior de:            

 

(A) 5 de abril de 2020; y            

 

(B) el día inmediatamente posterior a (x) la fecha de finalización de dicho acuerdo definitivo o (y) la fecha de cierre de dicha Adquisición.            

 

(c) La Corporación deberá presentar un certificado al Agente de Depósito en Garantía (dentro del período de tiempo requerido por el Acuerdo de Fideicomiso (a menos que el Agente de Fideicomiso lo exima)) para solicitar el desembolso de fondos suficientes para pagar el Precio de Reembolso Obligatorio en la Fecha de Reembolso Obligatorio. Si el Agente de Pagos mantiene fondos disponibles inmediatamente suficientes para pagar el Precio de Reembolso Obligatorio en la Fecha de Reembolso Obligatorio, cada acción de las Acciones Preferentes Serie B dejará de estar pendiente y los dividendos dejarán de acumularse en la Fecha de Reembolso Obligatorio, ya sea o no Las Acciones Preferidas Serie B se entregan al Agente de Pagos, y todos los demás derechos de los Tenedores se extinguirán (aparte del derecho a recibir el Precio de Reembolso Obligatorio).            

 

7. Recompra a la Opción del Titular en un Evento de Cambio de Control .            

 

(a) Si un cambio de control de eventos se produce en cualquier momento en Acciones Preferentes Serie B de la son excepcionales, cada tenedor de B Preferentes Serie Stock tendrá el derecho, a opción de dicho tenedor, para requerir la Corporación para la recompra (un “ Cambio de la Oferta de recompra del evento de control ") por dinero en efectivo, fondos no disponibles legalmente para el pago, todas las acciones preferentes en circulación de la Serie B de dicho Titular, o cualquier parte de las mismas que sea igual a $ 1,000 o un múltiplo entero de la misma, en la fecha especificada por la Corporación en el Aviso de Corporación de Evento de Cambio de Control que no sea menor a 20 días calendario o más de 35 días calendario posteriores a la fecha del Aviso de Corporación de Evento de Control de Control (la “ Fecha de Recompra del Evento de Cambio de Control ”) en el “ Cambio de Control Precio de recompra del evento ", que será igual a $ 1,750 por acción de las acciones preferentes de la Serie B, más los dividendos acumulados y no pagados en forma de acciones comunes, si las hubiera, declaradas o no.            

 

(b) Se producirá un “ Evento de cambio de control ” si, antes de la consumación de una Adquisición Calificada, cualquier “persona” o “grupo” de personas relacionadas (como se usan dichos términos en la Sección 13 (d) y 14 (d) ) de la Ley de Intercambio) se convierte en el propietario beneficiario (según se define en las Reglas 13d-3 y 13d-5 según la Ley de Intercambio, excepto que se considerará que dicha persona o grupo tiene "propiedad beneficiaria" de todas las acciones que dicha persona o grupo El grupo tiene derecho a adquirir, ya sea que dicho derecho se pueda ejercer inmediatamente o solo después del transcurso del tiempo), directa o indirectamente, de más de la mayoría del poder de voto total de todas las clases de capital social de la Corporación en circulación y normalmente con derecho. Votar en la elección de consejeros.            

 

(c) A más tardar 20 días calendario después de cualquier Evento de Cambio de Control, la Corporación enviará un aviso de dicho Evento de Cambio de Control (el “ Aviso de Corporación del Evento de Cambio de Control ”) por correo de primera clase, con una copia al Agente de Transferencias. , a cada Titular de las Acciones Preferidas de la Serie B a la dirección de dicho Titular que aparece en el registro de seguridad con una copia al Agente de Transferencia (o de otro modo de acuerdo con los procedimientos de DTC), con la siguiente información:            

 

(A) que se haya producido un Evento de Cambio de Control y que se esté realizando una Oferta de recompra de Evento de Cambio de Control y que la Corporación acepte todas las acciones de Acciones Preferentes Serie B debidamente ofertadas de conformidad con dicha oferta;            

 

(B) el Precio de canje del Evento de Cambio de Control y la Fecha de Recompra del Evento de Cambio de Control;            

 

(C) que cualquier acción de Acciones Preferentes Serie B que no se ofrezca adecuadamente permanecerá en circulación y continuará acumulando dividendos y conservará sus derechos de conversión;            

 

(D) que, a menos que la Corporación incumpla con el pago del Precio de Recompra del Evento de Cambio de Control, todas las acciones de Acciones Preferentes Serie B aceptadas para el pago de conformidad con la Oferta de Recompra del Evento de Cambio de Control dejarán de acumular dividendos y sus derechos de conversión terminar en la fecha de recompra del evento de cambio de control;            

 

(E) que los Tenedores que elijan que se recompren acciones de la Serie B de Acciones Preferidas conforme a una Oferta de Recompra del Evento de Cambio de Control deberán entregar dichas acciones, con el formulario titulado “Opción del Titular para Elegir Recompra” en el reverso de dichos acciones completadas, al Agente de Transferencia especificado en el Aviso de la Compañía de Eventos de Cambio de Control en la dirección especificada en el Aviso de Corporación de Eventos de Cambio de Control antes de las 5:00 pm, hora de la Ciudad de Nueva York, en el Día Hábil inmediatamente anterior al Cambio de Control Fecha de recompra del evento;            

 

(F) que los Tenedores tendrán derecho a retirar la totalidad o una parte de sus acciones ofrecidas para recompra; siempre que el Agente de Transferencias reciba, a más tardar a las 5:00 pm, hora de la Ciudad de Nueva York, un telegrama, télex, transmisión por fax o carta que indique el nombre del Titular de las acciones, el número de acciones ofrecidas para recompra y un declaración de que dicho Titular está retirando sus acciones ofertadas; y            

 

(G) que si se recompran menos de todas las acciones de un Titular, la Corporación emitirá al Titular nuevas acciones con una Preferencia de Liquidación agregada igual a la porción no recomprada de las acciones de dicho Titular; La Preferencia de Liquidación agregada de dichas acciones debe ser igual a $ 1,000 o un múltiplo entero de $ 1,000 en exceso.            

 

La Corporación deberá (dentro del período de tiempo requerido por el Acuerdo de Fideicomiso (a menos que sea eximido por el Agente de Fideicomiso)) enviar un certificado al Agente de Fideicomiso para solicitar el desembolso de fondos suficientes para pagar el Cambio de Control del Precio de Recompra del Evento de Cambio del Control Fecha de recompra.

 

Si las acciones de las Acciones preferidas de la Serie B se emiten en forma de registro contable a través de DTC o una instalación similar, el Tenedor debe ofrecer sus acciones de las Acciones preferidas de la Serie B para recompra de acuerdo con los procedimientos aplicables de DTC o de dichas instalaciones similares.

 

Al mismo tiempo que proporciona dicha notificación, la Corporación publicará la información en su sitio web o mediante un comunicado de prensa u otro medio público que la Corporación pueda usar en ese momento.

 

 

(d) La Corporación cumplirá con los requisitos de la Regla 14e-1 en virtud de la Ley de Intercambio y cualquier otra ley y regulación de valores en virtud del mismo, en la medida en que dichas leyes o regulaciones sean aplicables en relación con la recompra de acciones de la Serie de Acciones Preferentes Serie B de conformidad con a una oferta de recompra de evento de cambio de control. En la Fecha de recompra del evento de cambio de control, la Corporación deberá, en la medida en que lo permita la ley:            

(A) aceptar para el pago todas las acciones debidamente ofrecidas de conformidad con la Oferta de Recompra del Evento de Cambio de Control;            

 

(B) depositar con el Agente de Pagos una cantidad igual al Cambio agregado del Precio de Recompra del Evento de Control con respecto a todas las acciones así ofrecidas; y            

 

(C) entregar, o hacer que se entregue, al Agente de transferencias para la cancelación de las acciones así aceptadas.            

 

8. Procedimientos de conversión .            

 

(a) En la Fecha de Conversión Obligatoria aplicable, los dividendos de cualquier acción de Acciones Preferentes Serie B convertidas en Acciones Comunes dejarán de acumularse, y dichas acciones convertidas de Acciones Preferentes Serie B dejarán de estar vigentes, en cada caso, sujeto al derecho de los Tenedores de dichas acciones de Acciones Preferentes de la Serie B a recibir acciones de Acciones Comunes (o unidades de Propiedad de Intercambio, si corresponde) en las cuales dichas acciones de Acciones Preferentes de la Serie B eran emulables al momento de dicha conversión y cualquier dividendo acumulado y no pagado de dichas acciones (pagaderas en acciones ordinarias), a las que dichos Tenedores tienen derecho en virtud de la Sección 5 (c) de este Artículo VI .            

 

(b) La Persona o Personas con derecho a recibir las Acciones comunes que se pueden emitir tras la conversión obligatoria de las Acciones preferidas de la Serie B se tratarán como el Tenedor del Registro o los Tenedores de registros, según sea el caso, de dichas acciones comunes a partir de 5: 00 pm, hora de la ciudad de Nueva York, en la Fecha de conversión obligatoria aplicable. Antes de las 5:00 p. M., Hora de la Ciudad de Nueva York, en dicha Fecha de Conversión Obligatoria aplicable, las acciones ordinarias que se pueden emitir tras la Conversión Obligatoria de cualquier acción de la Serie B de Acciones Preferentes no se considerarán en circulación para ningún fin, y los Tenedores de acciones Las acciones preferentes de la Serie B no tendrán derechos con respecto a dichas acciones comunes, incluidos, entre otros, los derechos de voto, los derechos para responder a ofertas de compra de acciones comunes y los derechos para recibir dividendos u otras distribuciones de acciones comunes. En virtud de la tenencia de acciones de Acciones Preferentes Serie B.            

 

(c) En el caso de que un Titular no debe, mediante notificación escrita, designar el nombre con el cual se deben emitir las Acciones Comunes que se emitirán tras la Conversión Obligatoria de las Acciones de la Serie B de Acciones Preferentes de dicho Titular, en la Fecha de Conversión Obligatoria aplicable, el La Corporación tendrá derecho a registrar dichas acciones comunes a nombre del Tenedor de dichas acciones de Acciones Preferentes Serie B como se muestra en los registros de la Corporación. En el caso de que las acciones de la Serie B de Acciones Preferentes se mantengan en forma certificada, en el caso de que un Titular no deberá, mediante notificación escrita a la Corporación, elegir recibir acciones de Acciones Comunes que se emitirán tras la Conversión Obligatoria en forma certificada, el nombre en el que se deben registrar dichas acciones comunes y la dirección a la que deben enviarse el certificado o los certificados que representan dichas acciones comunes, la Corporación tendrá derecho a registrar dichas acciones en forma de registro contable, a nombre de Titular de dichas acciones de Acciones Preferentes Serie B como se muestra en los registros de la Corporación.            

 

(d) Según lo dispuesto en la Sección 22 de este Artículo VI , si el Tenedor especifica que las acciones comunes se emitirán a una Persona distinta del Titular de las acciones de la Serie B de Acciones Preferentes que se están convirtiendo obligatoriamente, el Titular pagará o hacer que se pague cualquier transferencia o impuestos similares pagaderos en relación con las acciones comunes.            

 

9. Reserva de acciones comunes .            

 

La Corporación deberá en todo momento reservar y mantener disponible fuera de sus Acciones Comunes autorizadas y no emitidas, (i) únicamente para su emisión a partir de la Conversión Obligatoria de las Acciones Preferidas Serie B como se proporciona en este documento, el número de acciones comunes que se emitirán una vez la Conversión Obligatoria de todas las acciones de la Serie B de Acciones Preferentes en circulación en ese momento, calculada utilizando el Precio de Conversión aplicable en ese momento, (ii) únicamente con respecto a las Distribuciones Especiales, esa cantidad de acciones comunes que se emitirán como Distribuciones Especiales, utilizando el número de acciones de Acciones Preferentes Serie B emitidas y en circulación y (iii) únicamente para emisión con respecto al pago de Dividendos Regulares como se proporciona en este documento, el número de acciones comunes que se emitirán en cada Dividendo Regular con respecto a todas las acciones de Serie B de acciones preferentes en circulación.

 

 

(a) No obstante lo anterior, la Corporación tendrá derecho a entregar mediante Conversión Obligatoria de Acciones Preferentes Serie B, con respecto a una Distribución Especial o con el pago de un Dividendo Regular o con respecto a un Dividendo Regular, en cada caso, como se proporciona en este documento, las acciones comunes recuperadas y mantenidas en la tesorería de la Corporación (en lugar de la emisión de acciones comunes autorizadas y no emitidas), siempre que dichas acciones de tesorería estén libres de todo gravamen, reclamaciones, cargos, intereses de seguridad o gravámenes (que no sean gravámenes, reclamos, cargos, intereses de seguridad y otros gravámenes creados por los Tenedores).            

 

(b) Todas las acciones comunes emitidas y entregadas al momento de la conversión obligatoria de las acciones preferentes de la Serie B, con respecto a una Distribución especial o mediante el pago de un dividendo regular, en cada caso, deberán estar debidamente autorizadas, emitidas válidamente, pagadas en su totalidad y no imputables, libres de todos los gravámenes, reclamaciones, cargos, intereses de seguridad y otros gravámenes (distintos de los gravámenes, reclamaciones, cargos, intereses de seguridad y otros gravámenes creados por los Tenedores).            

 

(c) La Corporación hará todos los esfuerzos razonables para tomar todas las acciones que sean necesarias para garantizar que todas las acciones comunes sean emitidas tras la conversión obligatoria de las Acciones Preferentes de la Serie B, con respecto a una Distribución Especial o con respecto a los Dividendos Regulares, en cada caso, pueden emitirse sin violar ninguna ley aplicable o regulación gubernamental o cualquier requisito de cualquier bolsa de valores nacional en la que puedan cotizarse las Acciones Comunes (excepto por el aviso oficial de emisión que se entregará inmediatamente por la Corporación sobre cada una de dichas emisiones).            

 

10. Acciones fraccionarias .            

 

(a) No se emitirán acciones fraccionarias de acciones comunes a los tenedores tras la conversión obligatoria (incluso en el caso de una conversión inferior a todas las acciones en circulación de las acciones preferentes de la Serie B), a partir de una Distribución especial o al pago de una Dividendo.            

 

(b) en lugar de cualquier parte fraccionada de Acciones Comunes que de otra manera se pueda emitir luego de una Conversión Obligatoria, una Distribución Especial o el pago de un Dividendo Regular o un Dividendo Participante, según corresponda, ese Titular tendrá derecho a recibir una cantidad en efectivo (computada para el centavo más cercano) basado en el VWAP por acción de Acciones Comunes en el Día de Negociación inmediatamente anterior a la Fecha de Conversión Obligatoria aplicable (excepto como se describe en la Sección 5 (c) de este Artículo VI ), la fecha de dicha Distribución Especial, el Dividendo Regular Fecha de pago o la fecha de pago de un Dividendo Participante, según corresponda.            

 

(c) Si más de una acción de las Acciones Preferidas de la Serie B se convierte obligatoriamente por o para el mismo Tenedor, el número de acciones ordinarias que se puede emitir luego de la Conversión Obligatoria de las mismas se computará sobre la base del número total de acciones de Las acciones preferentes de la serie B se convirtieron obligatoriamente.            

 

11. Ajustes de precios de conversión .            

 

(a) El Precio de Conversión se ajustará de vez en cuando como se establece en esta Sección 11 de este Artículo VI , siempre que no se realicen ajustes con respecto a los dividendos y distribuciones a los tenedores de Acciones Comunes en la medida en que los Tenedores de Las acciones preferentes de la Serie B participaron en dicho dividendo o distribución en una base prorrateada, según se convierta, como se describe en la Sección 4 de este Artículo VI .            

 

(A) Si la Corporación efectúa una subdivisión o combinación (incluyendo, sin limitación, una división de acciones o una división de acciones inversa) de las Acciones Comunes, el Precio de Conversión se ajustará con base en la siguiente fórmula:            

 

CP 1 = CP 0   x    OS 0
 

 OS 1


 

dónde,

 

 

CP 0

 

=

 

el Precio de Conversión vigente inmediatamente antes de las 9:00 am, hora de la Ciudad de Nueva York, en la fecha efectiva para dicha subdivisión o combinación;

 

 

CP 1

 

=

 

el Precio de la Conversión vigente inmediatamente después de las 9:00 am, hora de la Ciudad de Nueva York, en dicha fecha efectiva;

 

 

OS 0

 

=

 

el número de acciones ordinarias en circulación inmediatamente antes de las 9:00 am, hora de la Ciudad de Nueva York, en la fecha efectiva (y antes de dar efecto a dicho evento); y

 

 

 

 

OS 1

 

=

 

el número de acciones comunes que estarían en circulación inmediatamente después, y únicamente como resultado de dicha subdivisión o combinación.

 

 

 

Cualquier ajuste hecho bajo esta Sección 11 (a) (A) de este Artículo VI entrará en vigencia inmediatamente después de las 9:00 am, hora de la Ciudad de Nueva York, en la fecha de vigencia de dicha subdivisión o combinación. Si se declara cualquier subdivisión o combinación del tipo descrito en esta cláusula (A), pero no se hace así, el Precio de Conversión se reajustará de inmediato, a partir de la fecha (a) anterior a la fecha en que la Junta Directiva determine no realizar tales subdivisión o combinación y (b) la fecha en que la subdivisión o combinación debió haber sido efectiva, al Precio de Conversión que estaría en vigencia si dicha subdivisión o combinación no hubiera sido declarada.

(A) Si la Corporación o una o más de sus Subsidiarias compran Acciones Comunes de conformidad con una oferta pública o una oferta de canje (excepto lo dispuesto en la Sección 11 (c) (B) de este Artículo VI ) y el efectivo y el valor de cualquier otro La contraprestación incluida en el pago por acción de acciones comunes válidamente ofertadas o canjeadas excede un VWAP promedio por acción ordinaria durante el período de 10 días de negociación consecutivos que comienza el día de negociación siguiente a la última fecha en que las ofertas o intercambios pueden se realizará de conformidad con dicha oferta o oferta de canje (la " Fecha de vencimiento"), el precio de conversión se reducirá según la siguiente fórmula            

 

CP 1 = CP 0      x ( SP 1 x      (OSo)
 

(FMC + (SP 1    x (OS 1 ))


 

dónde:

 

 

CP 0

 

=

 

el Precio de Conversión vigente inmediatamente antes de las 5:00 pm, hora de la Ciudad de Nueva York, en el décimo Día de Negociación que sigue inmediatamente, e incluyendo, el Día de Negociación siguiente a la Fecha de Vencimiento;

 

 

CP 1

=

el Precio de la Conversión en vigencia inmediatamente después de las 5:00 pm, hora de la Ciudad de Nueva York, en el décimo Día de Negociación que sigue, incluido el Día de Negociación siguiente a la Fecha de Vencimiento;

 

FMV

 

=

 

el valor justo de mercado (según lo determine de buena fe el Consejo de Administración) a la Fecha de vencimiento del valor agregado de todo el efectivo y cualquier otra contraprestación pagada o pagadera por acciones de las Acciones comunes válidamente ofrecidas o canjeadas y no retiradas a partir de la Fecha de Vencimiento (las “ Acciones Compradas ”);

 

 

OS 1

 

=

 

el número de acciones ordinarias en circulación al momento de la última vez que se realicen ofertas o canjes de conformidad con dicha oferta o oferta de canje (el " Tiempo de vencimiento "), menos las Acciones adquiridas;

 

 

OS 0

 

=

 

el número de acciones ordinarias en circulación al momento del vencimiento, incluidas las acciones compradas; y

 

 

SP 1

 

=

 

el VWAP promedio por acción de las Acciones Comunes para el período de 10 Días de Negociación consecutivos que comienza en, e incluye, la siguiente Día de Negociación que sigue a la Fecha de Vencimiento.

 

 

El ajuste al Precio de Conversión bajo esta Sección 11 (a) (B) de este Artículo VI se realizará a las 5:00 pm, hora de la Ciudad de Nueva York, en el décimo Día de Negociación consecutivo inmediatamente después, incluido el Día de Negociación inmediatamente posterior la Fecha de vencimiento, pero se hará efectiva a partir de las 9:00 am, hora de la ciudad de Nueva York, en la Fecha de vencimiento. La Corporación demorará la liquidación de cualquier conversión de Acciones Preferentes Serie B si la Fecha de Conversión Obligatoria aplicable ocurre durante dicho período de 10 Días de Negociación consecutivos. En tal caso, la Corporación entregará las acciones ordinarias emitibles con respecto a dicha conversión (según el precio de conversión ajustado) el primer día hábil inmediatamente posterior al último día de negociación de dicho período de 10 días de negociación consecutivos.

 

 

Para los propósitos de esta Sección 11 (a) de este Artículo VI , el número de acciones comunes en cualquier momento en circulación no incluirá las acciones mantenidas en la tesorería de la Corporación, sino que incluirá las acciones emitibles con respecto a los certificados emitidos en lugar de Fracciones de acciones comunes.

 

 

(b) Ajuste voluntario por razones fiscales . La Corporación puede hacer tales disminuciones en el Precio de Conversión si el Consejo de Administración lo considera conveniente para evitar o disminuir cualquier impuesto a la renta a los tenedores de Acciones Comunes resultantes de cualquier dividendo o distribución de las acciones de la Corporación (o la emisión de derechos o garantías). para adquirir acciones) o de cualquier evento tratado como tal a efectos del impuesto a la renta o por cualquier otra razón;siempre que se deba hacer el mismo ajuste proporcional al Precio de Conversión. Si cualquier ajuste al Precio de conversión se trata como una distribución a un Tenedor no estadounidense que está sujeto a la retención de impuestos, la Corporación (o el Agente de transferencias o cualquier agente de pago en nombre de la Corporación) puede compensar cualquier retención de impuestos que se requiera para ser cobrado con respecto a dicha distribución estimada contra pagos en efectivo y otras distribuciones que de otra manera se entregarían a dicho Titular no estadounidense. Cualquier disminución en el Precio de Conversión de acuerdo con las disposiciones de esta Sección 11 (b) de esteArtículo VI que reduce el Precio de Conversión por debajo de $ 1.08 por acción, según se pueda ajustar equitativamente según lo determine la Corporación para cualquier división, división inversa, Las reclasificaciones u otros eventos transformativos, dilutivos o antidilutivos similares que afecten a las Acciones Comunes, requerirán la aprobación previa de los accionistas de la Corporación en la medida requerida por y de acuerdo con las reglas del Mercado de Valores de Nasdaq.            

 

(c) Cálculo de Ajustes .            

 

(A) El precio de conversión no se ajustará, excepto como se establece en este documento. Sin limitar lo anterior, el Precio de Conversión no se ajustará por:            

 

(i) la emisión de cualquier acción ordinaria de acuerdo con cualquier plan presente o futuro que prevea la reinversión de dividendos o intereses pagaderos sobre los valores de la Corporación y la inversión de montos opcionales adicionales en la acción ordinaria bajo cualquier plan;            

 

(ii) la emisión de cualquier acción de Acciones Comunes u opciones o derechos para comprar esas acciones de conformidad con cualquier plan de beneficios de empleado, director o consultor presente o futuro, acuerdo o acuerdo o programa para empleados de la Corporación o cualquiera de las Subsidiarias de la Corporación;            

 

(iii) la emisión de cualesquiera acciones ordinarias de conformidad con cualquier opción, garantía, derecho o garantía de ejercicio, canjeable o convertible vigente a la Fecha de Emisión; y            

 

(iv) un cambio únicamente en el valor nominal de las Acciones Comunes.

 

(d) Aviso de Ajuste . Cada vez que se ajuste el Precio de Conversión, la Corporación deberá: (i) calcular el Precio de Conversión ajustado y preparar y transmitir al Agente de Transferencias un Certificado de Oficial que establezca el Precio de Conversión ajustado, el método de cálculo del mismo con un detalle razonable y los hechos que requieren dicho ajuste y en el que se basa dicho ajuste; (ii) tan pronto como sea posible después de la determinación del Precio de Conversión revisado, proporcionar o hacer que se proporcione una notificación por escrito a los Tenedores de la ocurrencia de tal evento y (iii) tan pronto como sea posible después de la determinación de la Conversión revisada El precio, la provisión o la causa que se proporcionará a los Tenedores de una declaración que establezca con razonable detalle el método por el cual se determinó el ajuste del Precio de Conversión y que establece el Precio de Conversión revisado.            

 

(e) Recapitalizaciones, reclasificaciones y cambios de las acciones comunes . En el caso de:            

 

(A) cualquier recapitalización, reclasificación o cambio de las Acciones Comunes (que no sean cambios solo en el valor nominal o que resulten de una subdivisión o combinación);            

 

(B) cualquier consolidación o fusión de la Corporación con otra Persona o cualquier intercambio legal o intercambio de acciones vinculante; o            

 

(C) cualquier venta, transferencia, arrendamiento o traspaso a otra Persona de todos o sustancialmente todos los bienes y activos de la Corporación y sus Subsidiarias;            

 

en cada caso como resultado de lo cual las acciones comunes se intercambian por, o se convierten en, otros valores, propiedad o activos (incluido el efectivo o cualquier combinación de los mismos) (cualquier evento, un " Evento de Reorganización "), luego, en En el momento efectivo de dicho Evento de Reorganización, cada parte de las Acciones Preferentes Serie B en circulación inmediatamente antes de dicho Evento de Reorganización se convertirá, sin el consentimiento de los Tenedores, en el tipo y monto de dichos otros valores, propiedad o activos (incluido efectivo o cualquier combinación de los mismos) que los tenedores de las Acciones Comunes recibidos en dicho Evento de Reorganización (la “ Propiedad de Intercambio ”) sobre la base del número de acciones comunes que dicho Titular hubiera tenido sobre una base como convertida determinada, asumiendo el Precio de Conversión aplicable en ese momento y, en el momento efectivo de dicho Evento de Reorganización, la Corporación enmendará este Artículo VI (o, si corresponde, causa la emisión de un certificado de designación) para que vide para dicho cambio en las disposiciones de conversión de las Acciones Preferentes Serie B; siempre que el tipo y la cantidad de la Propiedad de Intercambio por cobrar en dicho Evento de Reorganización no sea la misma para cada acción de Acciones Comunes mantenidas inmediatamente antes de tal Evento de Reorganización por una Persona, entonces la Propiedad de Intercambio por cobrar en dicho Evento de Reorganización se considerará el promedio ponderado de los tipos y montos de contraprestación recibidos por los tenedores de Acciones Comunes que hacen una elección afirmativamente (o de todos esos tenedores si ninguno hace una elección).

 

Las disposiciones anteriores de esta Sección 11 (e) de este Artículo VI se aplicarán de manera similar a sucesivos eventos de reorganización y la Corporación hará los ajustes correspondientes a los ajustes de antidilución como la Junta Directiva (o la junta directiva de cualquier sucesor de la Corporación) lo considerarán oportuno.

 

La Corporación (o cualquier sucesor) deberá, tan pronto como sea razonablemente posible (pero en cualquier caso dentro de los 20 días) después de la ocurrencia de cualquier Evento de Reorganización, notificar por escrito a los Tenedores de tal ocurrencia de dicho Evento de Reorganización y del tipo y monto del efectivo, valores u otra propiedad que constituya la Propiedad de Intercambio. La falta de entrega de dicha notificación no afectará el funcionamiento de esta Sección 11 (e) de este Artículo VI .

 

 

12. Derechos de liquidación .            

 

(a) Liquidación voluntaria o involuntaria . En el caso de cualquier liquidación, disolución o liquidación de los asuntos de la Corporación, ya sea voluntaria o involuntaria, cada Tenedor tendrá derecho a recibir por cada acción de las Acciones Preferentes de la Serie B, de los activos de la Corporación o de sus ganancias ( ya sea capital o excedente disponible para distribución a los accionistas de la Corporación, sujeto a los derechos de cualquier acreedor de la Corporación, antes de que cualquier pago o distribución de dichos activos o ganancias se haga o se reserve para los tenedores de Acciones Comunes y cualquier otro Acciones Junior de la Corporación, el pago completo en una cantidad en efectivo igual a la mayor de (i) la suma de (x) $ 1,000 por acción de las Acciones Preferidas de la Serie B (la “ Preferencia de Liquidación ”) y (y) una cantidad igual a los dividendos acumulados y no pagados de cada acción de las Acciones Preferidas Serie B, declaradas o no declaradas y designadas para ser pagadas en efectivo o en acciones ordinarias, pero sin incluir, la fecha fijada para liquida ción, disolución o liquidación y (ii) la cantidad que tal titular recibiría en forma de conversión en una distribución proporcional al tenedor de Acciones Comunes en una liquidación (tales cantidades en (i) o (ii) colectivamente, el " Preferencia de liquidación total ”).            

 

(b) Pago parcial . Si en alguna de las distribuciones descritas en la Sección 12 (a) de este Artículo VI, los activos de la Corporación o el producto de la misma no son suficientes para pagar en su totalidad las cantidades pagaderas con respecto a todas las acciones en circulación de las Acciones Preferentes Serie B y cualquier Acción de Paridad como a Dicha distribución, los Tenedores y los tenedores de dichas Acciones de Paridad compartirán de manera proporcional en dicha distribución en proporción al monto total de la Preferencia de Liquidación y los dividendos acumulados y no pagados a los que tienen derecho.            

 

(c) Distribuciones residuales . Después del pago del monto total de la Preferencia de Liquidación Total a la que tienen derecho, los Tenedores no tendrán derecho ni reclamarán ninguno de los activos restantes de la Corporación (o el producto de la misma).            

 

13. No hay fondo de hundimiento . Las Acciones Preferidas de la Serie B no estarán sujetas a ningún canje obligatorio, fondo de amortización u otras disposiciones similares, a excepción de lo dispuesto en las Secciones 6 y 7 de este Artículo VI .            

 

14. Estado de las acciones convertidas, redimidas o recompradas . Las acciones de acciones preferentes de la Serie B que se conviertan debidamente de conformidad con el presente documento, o sean rescatadas, recompradas o adquiridas de otra manera por la Corporación, se revertirán a acciones autorizadas pero no emitidas de acciones preferentes, no designadas como series y disponibles para futuras emisiones; siempre que cualquiera de las acciones canceladas de Acciones Preferentes Serie B pueda ser reemitida solo como acciones de cualquier serie de Acciones Preferentes que no sean Acciones Preferentes Serie B.            

 

15. Derechos de voto .            

 

(a) General . Los tenedores de votos votarán sobre una base convertida, calculada utilizando el Precio de Conversión entonces aplicable, con los tenedores de Acciones Comunes. Además, se requerirá el consentimiento afirmativo de los Tenedores de al menos una mayoría en el poder de voto de las acciones en circulación de las Acciones Preferentes de la Serie B, votando como una clase separada, para:            

 

(A) la modificación o alteración de las disposiciones del Artículo VIII ;            

 

(B) la modificación o alteración de este Artículo VI ;            

 

(C) la modificación o alteración de este Certificado de Incorporación para autorizar o crear o aumentar la cantidad autorizada, o emitir, cualquier clase o serie de acciones de mayor rango a las Acciones Preferentes de la Serie B con respecto a cualquiera o ambos del pago de dividendos y la distribución de activos en cualquier liquidación, disolución o liquidación; y            

 

(D) la modificación, alteración o revocación de cualquier disposición de este Certificado de Incorporación que afecte adversamente los derechos, preferencias, privilegios o poder de voto de las Acciones Preferentes de la Serie B.            

 

(b) Directores preferidos . Además de los derechos de voto en la Sección 15 (a) de este Artículo VI , si la Corporación no:            

 

(A) pagar dividendos regulares o dividendos participativos pagaderos sobre las acciones de las acciones preferentes de la Serie B por tres (3) Períodos de dividendos regulares consecutivos o fechas de pago de los dividendos participantes, según corresponda;            

 

(B) pagar el Precio de reembolso obligatorio en su totalidad en la Fecha de reembolso obligatorio; o            

 

(C) recomprar las acciones de las acciones preferentes de la Serie B ofrecidas para recompra pagando en su totalidad el Precio agregado de Recompra del Evento de Control para todas las acciones ofertadas en la Fecha de Recompra del Evento de Control            

 

(cada uno, un " Evento de No Pago "); luego (en la medida permitida por este Certificado de Incorporación y los Estatutos) inmediatamente antes de la próxima reunión anual o reunión especial de los accionistas de la Corporación, el número autorizado de directores en la Junta Directiva se incrementará automáticamente en dos y los Tenedores tienen el derecho, votando como una clase separada, a elegir dos directores (juntos, los " Directores Preferidos " y cada uno, un " Director Preferido ") para llenar los directores recientemente creados en dicha reunión de los accionistas de la Corporación y en cada reunión anual subsiguiente o junta extraordinaria de accionistas de la Corporación hasta:

 

(x) en el caso de falta de pago de dividendos ordinarios acumulados y no pagados y dividendos participativos, todos los dividendos regulares acumulados y no pagados y dividendos participativos se han pagado en su totalidad;            

 

(y) en el caso de falta de pago del precio de rescate obligatorio, el precio de reembolso obligatorio de todas las acciones de las acciones preferentes de la serie B se ha pagado en su totalidad; o            

 

(z) en el caso de que no se pague el Cambio agregado del Precio de recompra del Evento de Control para todas las acciones de la Serie B de Acciones Preferentes ofrecidas para recompra, el Precio agregado de la Recompra del Evento de Control de dichas acciones ofrecidas se pagó en su totalidad;            

 

 

en el momento en que, según corresponda, dicho derecho terminará de inmediato, salvo que se disponga lo contrario en el presente documento o expresamente lo estipule la ley, sujeto a revestimiento en el caso de todos y cada uno de los Eventos de Incumplimiento.

 

Tras la rescisión del derecho establecido en el párrafo inmediatamente anterior, los Directores Preferidos dejarán de ser calificados como directores, el mandato de todos los Directores Preferidos que se encuentren en su cargo terminará de inmediato y el número autorizado de directores se reducirá por Número de Directores Preferidos elegidos según lo descrito anteriormente.

 

Cualquier Director Preferido puede ser removido en cualquier momento, con o sin causa, y cualquier vacante creada de ese modo puede ser ocupada, solo en una reunión de accionistas de la Corporación en la cual esta sea una acción permitida por el voto afirmativo de los Tenedores de una mayoría en poder de voto de las acciones de la Serie B de acciones preferentes en el momento de la votación pendiente por separado como clase. Si la oficina de cualquier Director Preferido queda vacante por cualquier otro motivo que no sea la destitución de la oficina como se describe anteriormente, el Director Preferido restante puede elegir un sucesor que ocupará el cargo por el término no vencido con respecto al cual se produjo dicha vacante.

 

En cualquier momento después de que el derecho de los Tenedores a elegir Directores Preferidos se haya otorgado y continúe, pero aún no se ha celebrado una reunión de los accionistas de la Corporación para elegir a dichos Directores Preferidos, o si existiera una vacante en la oficina de cualquiera de dichos Directores Preferidos que no haya sido ocupado por el Director Preferido restante, la Junta Directiva puede, pero no se le debe exigir, convocar una reunión especial de Tenedores con el fin de elegir a los Directores Preferidos que dichos Tenedores tienen derecho a elegir; siempre que, en el caso de que la Junta Directiva no llame a esa reunión especial, dicha elección se llevará a cabo en la próxima reunión anual. En cualquier reunión de este tipo celebrada con el fin de elegir a dicho Director Preferido o Directores Preferidos, según sea el caso, (ya sea en una reunión anual o reunión extraordinaria), la presencia en persona o por poder de los Tenedores de acciones que representan al menos una Se requerirá que la mayoría del poder de voto de las acciones preferentes de la serie B constituya un quórum de las acciones preferentes de la serie B. El voto afirmativo de los Tenedores que constituyen la mayoría del poder de voto de las acciones presentes en dicha reunión, en persona o por poder, será suficiente para elegir a cualquier Director Preferido.

 

 

(c) Procedimientos de votación y consentimiento . Las reglas y procedimientos para convocar y llevar a cabo cualquier reunión de los Tenedores (incluida, sin limitación, la fijación de una fecha de registro relacionada con esto), la solicitud y el uso de representantes en dicha reunión, la obtención de consentimientos por escrito y cualquier otro aspecto o aspecto. los asuntos relacionados con dicha reunión o dichos consentimientos se regirán por cualquier regla que el Consejo de Administración, a su discreción, pueda adoptar periódicamente, las reglas y procedimientos que se ajusten a los requisitos de este Certificado de Incorporación, los Estatutos, la ley aplicable y las reglas de cualquier bolsa de valores nacional u otra facilidad de negociación en la cual las acciones preferentes de la Serie B estén cotizadas o comercializadas en ese momento.            

 

16. Los titulares de registro . En la máxima medida permitida por la ley aplicable, la Corporación y el Agente de transferencias pueden considerar y tratar al Titular del Registro de cualquier parte de las Acciones Preferentes de la Serie B como el propietario absoluto, verdadero y legítimo de la misma para todos los fines, incluidos, entre otros, los propósitos de realizar pagos y liquidar las conversiones, en la medida máxima permitida por la ley y ni la Corporación ni el Agente de transferencias se verán afectados por ninguna notificación en contrario.            

 

17. Avisos . Todos los avisos o comunicaciones con respecto a las acciones preferentes de la Serie B se entregarán de manera suficiente si se entregan por escrito y se entregan en persona o por correo de primera clase, con franqueo pagado, o si se brindan de la manera que se permita en este documento, en los Estatutos o por ley aplicable. Sin perjuicio de lo anterior, si las acciones de la Serie B de Acciones Preferentes se emiten en forma de registro contable a través de DTC o una instalación similar, dichos avisos se pueden entregar a los Tenedores de cualquier manera permitida por dicha instalación.            

 

18. No hay derechos preferentes . Ninguna acción de acciones preferentes de la serie B o acciones ordinarias emitidas tras la conversión obligatoria de las acciones preferentes de la serie B tendrá ningún derecho de preferencia sobre cualquier valor de la Corporación, o cualquier garantía, derecho u opción emitida o otorgada con respecto al mismo. , independientemente de cómo dichos valores, o tales garantías, derechos u opciones, pueden ser designados, emitidos o otorgados.            

 

19. Reemplazo de certificados de acciones .            

 

(a) Si se emiten certificados físicos, y cualquiera de los certificados de acciones preferentes de la Serie B se mutilarán, perderán, robarán o destruirán, la Corporación emitirá, a expensas del Titular de los mismos, a cambio y en sustitución de Cancelación del certificado mutilado de acciones preferentes de la serie B, o en lugar de una sustitución de las acciones perdidas, robadas o destruidas de la serie B, un nuevo certificado de acciones preferentes de la serie B de igual tenor y que representa una cantidad equivalente de acciones de las acciones preferentes de la serie B Stock, pero solo después de recibir la evidencia de dicha pérdida, robo o destrucción de dicho certificado de Serie B Preferred Stock y la indemnización, si se solicita, satisfactoria para la Corporación y el Agente de transferencias.            

 

(b) La Corporación no está obligada a emitir ningún certificado que represente las Acciones Preferentes de la Serie B en o después de la Fecha de Conversión Obligatoria. En lugar de la entrega de un certificado de reemplazo después de dicha Fecha de Conversión Obligatoria en relación con una Adquisición Calificada, el Agente de Transferencia, al momento de la entrega de la evidencia e indemnización descritas en la cláusula (a) anterior, deberá (sujeto a la Sección 5 (d) de este Artículo VI ) entrega las acciones ordinarias emitibles, junto con cualquier otra contraprestación pagadera o entregable, de conformidad con los términos de las Acciones Preferentes Serie B anteriormente evidenciadas en el certificado.            

 

20. Agente de transferencias, registrador, agente de conversión y agente de pagos . El Agente de Transferencia, el Registrador, el Agente de Conversión y el Agente de Pagos de la Acción Preferente Serie B debidamente designados será Computershare Trust Company, NA. La Corporación puede, a su entera discreción, retirar al Agente de Transferencia de acuerdo con el acuerdo entre la Corporación y la Transferencia. Agente; siempre que la Corporación designe un agente de transferencia sucesor que deberá aceptar dicho nombramiento antes de la efectividad de dicha remoción. Tras cualquier remoción o nombramiento, la Corporación enviará un aviso por correo de primera clase, con franqueo pagado, a los Tenedores.            

 

21. Forma . Las Acciones Preferidas de la Serie B pueden emitirse en forma de registro contable a través de DTC o cualquier otra instalación similar.            

 

22. Transferencia de acciones e impuestos de sellos . La Corporación pagará todos los impuestos de transferencia de acciones y sellos documentales que puedan pagarse con respecto a cualquier emisión o entrega de acciones de Acciones Preferentes Serie B o Acciones Comunes emitidas a cuenta de Acciones Preferentes Serie B de conformidad con el presente documento o certificados que representen tales Acciones o valores. Sin embargo, a la Corporación no se le exigirá que pague ningún impuesto que pueda pagarse con respecto a cualquier transferencia involucrada en la emisión o entrega de acciones de Acciones Preferentes o Acciones Comunes Serie B en un nombre distinto al de las acciones de Las Acciones Preferentes Serie B con respecto a las cuales se emitieron o entregaron dichas acciones se registraron, o con respecto a cualquier pago a cualquier Persona que no sea un pago al Titular del mismo, y no se requerirá que realicen ninguna emisión, entrega o pago a menos que y hasta que la Persona que tiene derecho a dicha emisión, entrega o pago haya pagado a la Corporación la cantidad de dicho impuesto o haya establecido, a satisfacción de la Corporación, que dicho impuesto ha sido pagado o no es pagadero.            

 

23. Listado .            

 

(a) La Corporación acuerda y acuerda usar sus esfuerzos razonables para registrar acciones comunes en una bolsa de valores nacional después de ser elegible para hacerlo y luego de la aprobación de la Junta Directiva.            

 

(b) La Corporación acuerda y acuerda que, si en cualquier momento las Acciones Comunes se cotizan o cotizan, según corresponda, en cualquier bolsa de valores nacional, sistema de cotización automatizada u otro mercado, la Corporación, si lo permiten las reglas de dicho intercambio, sistema o mercado, realiza esfuerzos razonables para enumerar o cotizar y mantenerse en la lista o cotizado, según corresponda, siempre que las Acciones comunes sean así cotizadas o cotizadas, según corresponda en dicho intercambio, sistema o mercado, todas las acciones comunes. Las acciones se pueden emitir tras la conversión obligatoria de las acciones preferentes de la serie B, calculadas utilizando el precio de conversión aplicable en ese momento; sin embargo, siempre que las reglas de dicho intercambio, sistema o mercado permitan a la Corporación diferir la cotización de dichas Acciones Comunes hasta la primera Conversión Obligatoria de Acciones Preferidas Serie B a Acciones Comunes de acuerdo con las disposiciones del presente documento, la Corporación acuerda a realice esfuerzos razonables para enumerar o cotizar, según corresponda, las Acciones comunes que puedan emitirse tras la conversión obligatoria de las Acciones preferidas de la Serie B, si las normas de dicho intercambio, sistema o mercado lo permiten en ese momento.            

 

24. Ranking . Las Acciones Preferidas de la Serie B serán, con respecto a los derechos de dividendos o derechos sobre la liquidación, disolución o liquidación del rango de la Corporación (i) senior de cualquier Acción Junior, (ii) en paridad con cualquier Acción de Paridad y (iii) Junior a cualquier acción senior y el endeudamiento existente y futuro de la Corporación (incluidas las cuentas por pagar comerciales).            

 

25. Informes de información . La Corporación acuerda y acuerda usar sus mejores esfuerzos razonables para presentar oportunamente todos los informes requeridos bajo la Sección 13 o 15 (d) de la Ley de Intercambio.            

 

Si, en cualquier momento, la Corporación no está sujeta a la Sección 13 o 15 (d) de la Ley de Intercambio, la Corporación deberá, siempre que cualquiera de las Acciones Preferentes de la Serie B o Acciones Comunes emitidas tras la Conversión Obligatoria, en ese momento , constituyen “valores restringidos” en el sentido de la Regla 144 (a) (3) según la Ley de Valores, a petición escrita de un tenedor, beneficiario efectivo o posible comprador de las Acciones Preferentes o Acciones Comunes de la Serie B, según sea el caso proporcione a dicho titular, beneficiario efectivo o posible comprador la información requerida para ser entregada de conformidad con la Regla l44A (d) (4) bajo la Ley de Valores para facilitar la reventa de las Acciones Preferentes o Acciones Comunes de la Serie B, según sea el caso ser, de conformidad con la Regla l44A en virtud de la Ley de Valores, como tal regla puede ser modificada de vez en cuando. La Corporación tomará las medidas necesarias que cualquier titular o beneficiario real de las Acciones Preferidas o Acciones Comunes de la Serie B, según sea el caso, puede solicitar razonablemente en la medida en que sea necesario para permitir que dicho titular o beneficiario real venda sus acciones. Acciones de Acciones Preferentes o Acciones Comunes de la Serie B, según sea el caso, de conformidad con la Norma 144A de conformidad con la Ley de Valores.

 

 

26. Otros derechos . Las acciones de la Serie B de Acciones Preferidas no tendrán ningún derecho, preferencia, privilegio o poder de voto ni derechos especiales relativos, de participación, opcionales u otros, ni calificaciones, limitaciones o restricciones de los mismos, aparte de lo establecido en el presente documento o según lo dispuesto por la ley aplicable. .            

 

Artículo VII NO HAY VALORES DE EQUIDAD NO VOTANTES

 

De conformidad con la Sección 1123 (a) (6) del título II del Código de los Estados Unidos (el " Código de Bancarrota "), a pesar de cualquier otra disposición contenida en este documento en sentido contrario, la Corporación no emitirá valores de capital sin derecho a voto.

 

Artículo VIII RESTRICCIONES A LA TRANSFERENCIA DE VALORES.

 

Es en el mejor interés de la Corporación y sus accionistas que ciertas restricciones a la transferencia u otra disposición de acciones comunes, en relación con la preservación de ciertos atributos fiscales, se establezcan como se establece más detalladamente en este Artículo VIII .

 

1. Definiciones . Tal como se utiliza en este Artículo VIII , los siguientes términos en mayúscula tendrán los siguientes significados respectivos (y cualquier referencia a cualquier parte de la Sección 1.382-2T del Reglamento del Tesoro incluirá cualquier disposición sucesora):            

 

" Adquirir " significa la adquisición, directa o indirecta, de la propiedad de Corporation Securities por cualquier medio, incluyendo, sin limitación, (i) el ejercicio de cualquier derecho bajo cualquier opción, warrant, garantía convertible, prenda u otro interés de garantía o derecho similar para adquirir acciones, (ii) la celebración de cualquier swap, cobertura u otro acuerdo que resulte en la adquisición de cualquiera de las consecuencias económicas de la propiedad de Corporation Securities, o (iii) cualquier otra adquisición o transacción tratada según las normas aplicables bajo La Sección 382 del Código como una adquisición directa o indirecta (incluida la adquisición de una participación en la propiedad de un Titular Sustancial), pero no incluirá la adquisición de tales derechos a menos que, como resultado, el adquirente se considere un propietario dentro del Significado de las leyes fiscales. Los términos “ adquiere ” y “ adquisición ” tendrán el mismo significado.

 

" Junta " significa la junta directiva de la Corporación.

 

“ Código ” significa el Código de Rentas Internas de 1986, según se modifique de vez en cuando.

 

“ Valores de la Corporación ” significa (i) acciones de Acciones Comunes, (ii) cualquier otro interés que se trataría como “acciones” de la Corporación de conformidad con la Sección 1.382-2T (f) (18) y (iii) de garantías del Reglamento del Tesoro , derechos u opciones (incluso dentro del significado de la Sección 1.382-4 (d) (9) del Reglamento del Tesoro) para comprar Corporation Securities, pero solo en la medida en que dichas garantías, derechos u opciones se consideren como ejercidas de conformidad con la Sección 1.382 del Reglamento del Tesoro 4 (d).

 

" Disposición " se refiere a la venta, transferencia, canje, cesión, liquidación, traspaso, prenda u otra disposición o transacción tratada según las normas aplicables bajo la Sección 382 del Código como una disposición directa o indirecta (incluida la disposición de una participación en la propiedad en un titular sustancial). Los términos " Eliminar " y " Disposición " tendrán el mismo significado.

 

" DTC " significa The Depository Trust Company.

 

" Fecha de vigencia " significa la fecha de vigencia del Plan, que fue el 19 de marzo de 2012.

 

“ Porcentaje de propiedad de acciones ” significa el porcentaje de acciones de acciones según se determina de acuerdo con la Sección 1.382-2T (g), (h) del Reglamento del Tesoro (sin tener en cuenta la regla que trata las acciones de una entidad respecto de las cuales ya no se aplican las reglas de propiedad constructiva propiedad de esa entidad), (j) y (k), y la Sección de Regulación del Tesoro 1.382-4.

 

" Persona " significa un individuo, corporación, patrimonio, fideicomiso, asociación, compañía de responsabilidad limitada, sociedad, empresa conjunta u organización similar o "entidad" en el sentido de la Sección 1.382-3 de la Regulación de Tesorería (incluido, sin limitación, cualquier grupo de Personas tratado como una entidad única en virtud de dicho reglamento).

 

" Plan " significa el Séptimo Plan Conjunto Enmendado de Washington Mutual, Inc. y WMI Investment Corp. de conformidad con el Capítulo 11 del Código de Quiebras.

 

“ Transferencia Prohibida ” significa cualquier transferencia pretendida de Valores de Corporación en la medida en que dicha Transferencia esté prohibida y / o anulada en virtud de este Artículo VIII .

 

“ Fecha de publicación de restricción ” significa la fecha más temprana de (i) cualquier fecha posterior a la Fecha de vigencia si el Directorio determina de buena fe que es lo mejor para la Corporación y sus accionistas por las limitaciones de propiedad y transferencia establecidas en este Artículo VIII. al vencimiento, (ii) el comienzo de un año contributivo de la Corporación a partir del cual no hay beneficios fiscales disponibles, o (iii) el 31 de diciembre de 2030.

 

“ Titular Sustancial ” significa una Persona (incluyendo, sin limitación, cualquier grupo de Personas tratadas como una “entidad” en el sentido de la Sección 1.382-3 del Reglamento del Tesoro) que posee Valores de Corporación, ya sea a partir de la Fecha de Vigencia, después de dar efecto al Plan, o posteriormente, representando una Propiedad de Porcentaje de Acciones (incluida la propiedad indirecta, según lo determinado en los Reglamentos del Tesoro aplicables) en la Corporación de al menos 4.75%.

 

“ Beneficios fiscales ” se refiere a las prórrogas netas por pérdidas operativas, las prórrogas de capital, las prórrogas de crédito comercial general, las prórrogas de créditos impositivos mínimos alternativos y las prórrogas de créditos impositivos extranjeros, así como cualquier “pérdida neta incorporada no realizada” en el sentido de la Sección 382 de El Código, de la Corporación o cualquier subsidiaria directa o indirecta del mismo.

 

“ Transferencia ” significa cualquier Adquisición o Disposición directa o indirecta de Valores Corporativos.

 

“ Reglamento del Tesoro ” significa un reglamento del Tesoro promulgado bajo el Código.

 

2. Limitaciones de propiedad .            

 

En la máxima medida permitida por la ley, desde y después de la Fecha de entrada en vigencia y antes de la Fecha de publicación de restricción:

 

no se permitirá a ninguna Persona realizar una Adquisición, ya sea en una sola transacción o en una serie de transacciones relacionadas, y cualquier Adquisición pretendida será nula ab initio , en la medida en que después de dar efecto a dicha Adquisición (i) el adquirente pretendido o cualquier otra Persona en razón de la supuesta Adquisición del adquirente se convertiría en Titular Sustancial, o (ii) la Porcentaje de propiedad de acciones de una Persona que, antes de dar efecto a la supuesta Adquisición, es un Tenedor Sustancial se incrementaría; y

 

ningún Titular Sustancial deberá disponer de los Valores de la Corporación sin el consentimiento de la Junta, según lo dispuesto en la Sección 2 (b) de este Artículo VIII , y cualquier Disposición supuesta será anulada ab initio .

 

La oración anterior no pretende impedir que los Valores de la Corporación sean elegibles para DTC y no debe impedir la liquidación de cualquier transacción en los Valores de la Corporación a través de las instalaciones de una bolsa de valores nacional, pero dicha transacción, si está prohibida por la sentencia anterior Sin embargo, será una transferencia prohibida.

 

Las restricciones establecidas en la Sección 2 (a) de este Artículo VIII no se aplicarán a una Transferencia propuesta, y dicha Transferencia se permitirá sin perjuicio de lo contrario en la Sección 2 (a) , si el cedente o el cesionario, al proporcionar en Por lo menos quince (15) días antes de la notificación por escrito de dicha transferencia propuesta a la Junta, obtenga la aprobación por escrito o el consentimiento a la transferencia propuesta de la Junta. La Junta considerará si la Transferencia propuesta, cuando se considera sola o con otras Transferencias propuestas o planificadas, afectará los Beneficios fiscales de la Corporación y puede, a su discreción, determinar si permitir la Transferencia propuesta, o no permitir la Transferencia propuesta, en Para proteger los Beneficios Tributarios de la Corporación. Si un Titular Sustancial propone Desechar el stock en una transacción que de otra manera estaría limitada por la Sección 2 (a) (B) de este Artículo VIII , la Junta aprobará dicha Disposición propuesta, a menos que la Junta determine de buena fe que la Disposición propuesta , ya sea considerado solo o con otras transacciones (incluyendo, sin limitación, transacciones pasadas o transacciones contempladas), crearía un riesgo importante de que los beneficios fiscales de la Corporación puedan estar en peligro. La Junta procurará informar a la parte solicitante de su determinación dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de dicha notificación por escrito; siempre que , sin embargo , el hecho de que la Junta no responda durante ese período de diez (10) días no se considere consentimiento de la Transferencia. Como condición para otorgar su consentimiento (y en el caso de Disposiciones, sujeto a la norma establecida en la tercera oración de esta Sección 2 (b) ), la Junta puede, a su discreción, requerir y / o obtener (a la a cargo del cedente y / o el cesionario) tales representaciones y / o acuerdos del cedente y / o el cesionario, las opiniones de los abogados deben ser emitidas por abogados reconocidos a nivel nacional y aprobados por la Junta (que para evitar dudas pueden incluir los abogados regulares). para el cedente o el cesionario), y cualquier otro consejo, en cada caso, en relación con los asuntos que la Junta considere apropiados. La Junta puede renunciar a las restricciones impuestas en este Artículo VIII , en su totalidad o en parte, en circunstancias en las que considere que sería beneficioso para los accionistas de la Corporación en su conjunto.

 

3. Tratamiento del exceso de valores .            

 

(a) Ningún empleado o agente de la Corporación registrará ninguna Transferencia Prohibida, y el supuesto cesionario (el “ Defendente Supuesto ”) de una Transferencia Prohibida no será reconocido como un accionista de la Corporación para ningún propósito con respecto a la Corporación. Valores que son objeto de la Transferencia Prohibida (el " Exceso de Valores "). Hasta que el Exceso de Valores sea adquirido por otra Persona en una Transferencia que no sea una Transferencia Prohibida, el Entidad Cedida no tendrá derecho con respecto a dichos Exceso de Valores a ningún derecho de los accionistas de la Corporación, incluido, sin limitación, el derecho de voto. dichos Exceso de Valores y recibir dividendos o distribuciones, ya sean de liquidación o de otro tipo, con respecto a los mismos. Una vez que los Exceso de Valores se hayan adquirido en una Transferencia que esté de acuerdo con esta Sección 3 de este Artículo VIII y no sea una Transferencia Prohibida, dichos Valores de la Corporación dejarán de ser Exceso de Valores.            

 

(b) Si la Junta determina que ha ocurrido una Transferencia Prohibida, dicha Transferencia Prohibida y, si corresponde, el registro de dicha Transferencia Prohibida, deberá, en la medida máxima permitida por la ley, ser anulada ab initio y no tendrá ningún efecto legal y, a solicitud por escrito de la Corporación, el cesionario se transferirá o hará que se transfiera cualquier certificado u otra prueba de propiedad de los valores excedentes dentro de la posesión o el control del cesionario, junto con los dividendos u otras distribuciones que se hayan recibido de la transferencia pretendida de la Corporación con respecto a los Exceso de Valores (las " Distribuciones Prohibidas "), a un agente designado por la Junta (el " Agente ").            

 

(A) En el caso de una Transferencia Prohibida descrita en la Sección 2 (a) (A) de este Artículo VIII , el Agente le venderá a un comprador o compradores, el Exceso de Valores transferido a este en una o más transacciones de longitud completa. (incluso en una bolsa de valores nacional en la cual los Valores de la Corporación pueden ser negociados, si es posible); siempre que , sin embargo , el Agente, a su entera discreción, efectuará dicha venta o ventas de manera ordenada y no se le exigirá que realice dicha venta dentro de un período de tiempo específico si, a discreción del Agente, dicha venta o venta interrumpir el mercado de los Valores de la Corporación o de lo contrario afectaría de manera adversa el valor de los Valores de la Corporación. Si el Supuesto Entendedor ha revendido el Exceso de Valores antes de recibir la demanda de la Corporación de entregar el Exceso de Valores al Agente, se considerará que el Adjudicado Sindicato ha vendido el Exceso de Valores por el Agente, y será requerido, en la medida máxima permitida por ley, transferir al Agente cualquier Distribución Prohibida y el producto de dicha venta, excepto en la medida en que la Corporación otorgue un permiso por escrito al Contratado Propuesto para retener una parte de dicho producto de ventas que no exceda la cantidad que el Receptor Autorizado hubiera recibido de el Agente de conformidad con la Sección 3 (c) de este Artículo VIII, si el Agente, en lugar del Contratante Propuesto, hubiera revendido el Exceso de Valores.            

 

(B) En el caso de una Transferencia Prohibida descrita en la Sección 2 (a) (B) de este Artículo VIII , el cedente de dicha Transferencia Prohibida (el “Transferidor Presunto ”) también entregará al Agente el producto de las ventas de la Prohibida Transferencia (en la forma recibida, es decir, ya sea en efectivo o en otra propiedad), y el Agente entonces venderá cualquier contraprestación que no sea en efectivo a un comprador o compradores en una o más transacciones de longitud completa (incluso a través de una bolsa de valores nacional, si posible). Si el cesionario se puede determinar (aparte de una transacción realizada a través de las instalaciones de una bolsa de valores nacional), el Agente deberá, en la medida de lo posible, devolver las Distribuciones prohibidas al Depositante Portador, y deberá reembolsar al Patrocinado. de los ingresos de ventas recibidos del Depositante Requerido (o los ingresos de la disposición de cualquier contraprestación no monetaria) por el costo de cualquier Exceso de Valores devueltos de acuerdo con la Sección 3 (c) de este Artículo VIII . Si el Supuesto Entendedor no es determinable, o en la medida en que los Exceso de Valores hayan sido revendidos y, por lo tanto, no puedan ser devueltos al Representante Propuesto, el Agente utilizará los ingresos para adquirirlos en nombre del Representante Autorizado, en uno o más transacciones (incluyendo en una bolsa de valores nacional en la cual los Valores de la Corporación pueden ser negociados, si es posible), una cantidad igual de Valores de la Corporación en reemplazo del Exceso de Valores vendidos; siempre , sin embargo , que, en la medida de la cantidad de ingresos no es suficiente para financiar el precio de compra de dicha corporación Valores y los costos y gastos del agente (como se describe en la Sección 3 (c) de este artículo VIII ), el Purported cedente Financiar puntualmente dichos montos a solicitud del Agente.            

 

(c) El Agente aplicará cualquier producto o cualquier otra cantidad recibida por él y de acuerdo con la Sección 3 de este Artículo VIII de la siguiente manera:            

 

(A) primero , dichos montos se pagarán al Agente en la medida necesaria para cubrir sus costos y gastos incurridos en relación con sus deberes en virtud del presente documento;            

 

(B) en segundo lugar , cualquier monto restante se pagará al Supuesto Entidad Cedida, hasta la cantidad realmente pagada por el Propuesto Entendedor, por el Exceso de Valores (o en el caso de cualquier Transferencia Prohibida por donación, dispositivo o herencia o cualquier otra Prohibida) Transferencia sin consideración, el valor justo de mercado, (x) calculado sobre la base del precio de mercado de cierre para los Valores de la Corporación el día anterior a la Transferencia Prohibida o (y) si los Valores de la Corporación no están listados o no son admitidos a cotización en cualquier acción se intercambian, pero se negocian en el mercado de venta libre, calculada en función de la diferencia entre la oferta más alta y los precios más bajos solicitados, ya que dichos precios son informados por la Asociación Nacional de Operadores de Valores a través de su sistema NASDAQ o cualquier sistema sucesor en el día antes de la Transferencia Prohibida o, si no hay, en el último día para el que existen dichas cotizaciones, o (z) si los Valores de la Corporación no están listados ni son admitidos a negociación en cualquier bolsa de valores que no se negocie en el mercado extrabursátil, según lo determine de buena fe la Junta, cuya cantidad (o valor justo de mercado) se determinará a discreción de la Junta); y            

 

(C) tercero , cualquier monto restante, sujeto a las limitaciones impuestas por la siguiente condición, se pagará a una o más organizaciones que califican bajo la Sección 501 (c) (3) del Código (o cualquier disposición sucesora comparable) (“ Sección 501 (c) (3) ”) seleccionado por la Junta; siempre , sin embargo , que, si los Valores exceso (incluidos los valores exceso derivadas de una previa transferencia prohibido no vendidos por el agente en una venta o ventas antes) representan un porcentaje de interés de la Propiedad 4.75% o mayor en la Corporación, a continuación, tales restante los montos se pagarán a dos o más organizaciones que califican bajo la Sección 501 (c) (3) seleccionada por la Junta, de manera que ninguna organización que califique bajo la Sección 501 (c) (3) deberá poseer una Propiedad de Porcentaje de Acciones en la Corporación en exceso de 4.74 %.            

 

El recurso de cualquier supuestamente transferido con respecto a cualquier transferencia prohibida se limitará a la cantidad pagadera al contratado de conformidad con la cláusula (B) anterior. Salvo que lo exija la ley, en ningún caso el producto de una venta de Exceso de Valores de conformidad con este Artículo VIII se aplicará en beneficio de la Corporación.

 

(c) Si el cesionario declarado o el cedente no entregan el exceso de valores (según corresponda) o el producto de una venta del mismo al agente dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha en que la Corporación realiza una demanda de conformidad con la Sección 3 (b) de este Artículo VIII , entonces la Corporación hará sus mejores esfuerzos para hacer cumplir las disposiciones de este documento, incluida la institución de procedimientos legales para obligar a la rendición.            

 

4. Obligación de facilitar información .            

 

(a) A solicitud de la Corporación, cualquier Persona que sea beneficiaria, legal o titular de registro de Corporation Securities, y cualquier cedente o cesionario propuesto y cualquier Persona que controle, esté controlada por o bajo el control común con el cedente o cesionario propuesto, deberá: proporcionar la información que la Corporación pueda solicitar razonablemente según sea necesario de vez en cuando para determinar el cumplimiento de este Artículo VIII o el estado de los Beneficios fiscales de la Corporación.            

 

5. Estatutos; Leyendas Cumplimiento .            

 

(a) Los estatutos de la Corporación pueden establecer disposiciones apropiadas para cumplir con los requisitos de este Artículo VIII .            

 

(b) Hasta la Fecha de publicación de la restricción, todos los certificados que representen los Valores de la Corporación deberán llevar una leyenda conspicua como sigue:            

 

"LA TRANSFERENCIA DE LOS VALORES REPRESENTADOS AQUÍ ESTÁ SUJETO A RESTRICCIONES DE PROPIEDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO VIII DEL CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN DE WMIH CORP. REPRINTADO EN PARTE SUSTANCIAL ANTE ESTE CERTIFICADO. "LA CORPORACIÓN AMORRARÁ UNA COPIA DE SU CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN AL TITULAR DEL REGISTRO DE ESTE CERTIFICADO SIN CARGO POR UNA SOLICITUD ESCRITA DIRIGIDA A LA CORPORACIÓN EN SU LUGAR PRINCIPAL DE NEGOCIOS".

 

(c) La Corporación tendrá la facultad de hacer anotaciones apropiadas en sus registros de transferencia de acciones e instruir a cualquier agente de transferencia, registrador, intermediario de valores o depositario con respecto a los requisitos de este Artículo VIII para cualquier Valores de Corporación no Certificados o Valores de Corporación mantenidos en un sistema de tenencia indirecta, y la Corporación deberá notificar las restricciones de transferencia y propiedad a los tenedores de acciones no certificadas de acuerdo con la ley aplicable.            

 

(d) La Junta tendrá la facultad de determinar todos los asuntos necesarios para determinar el cumplimiento de este Artículo VIII , incluyendo, sin limitación, determinar (A) la identificación de los Tenedores Sustanciales, (B) si una Transferencia es una Transferencia Prohibida, (C ) el porcentaje de propiedad de acciones de cualquier titular sustancial u otra persona, (D) si un instrumento constituye un valor de la Corporación, (E) la cantidad (o el valor justo de mercado) debida a un cesionario de acuerdo con la cláusula (B) de la Sección 3 ( c) de este Artículo VIII , y (F) cualquier otro asunto que el Consejo determine que es relevante. La determinación de buena fe de la Junta sobre tales asuntos será concluyente y vinculante para los fines de este Artículo VIII .            

 

ARTICULO IX JUNTA DIRECTIVA.

 

1. Los asuntos y asuntos de la Corporación serán administrados por o bajo la dirección de la Junta Directiva. El Consejo de Administración puede ejercer todas las facultades y poderes de la Corporación y realizar todos los actos legales y las cosas que no se encuentran en los estatutos o en este Certificado de Incorporación dirigido o requerido para ser ejercido o hecho únicamente por los accionistas.            

 

2. El número de directores que constituirá la totalidad de la Junta no será mayor de once (11), o la cantidad mayor que determine la Junta. Sujeto a la oración anterior, el número exacto de directores, aparte de aquellos que puedan ser elegidos por los tenedores de una o más series de Votación de Acciones Preferenciales por separado por clase o serie, se fijará de vez en cuando exclusivamente de conformidad con una resolución adoptada por el consejo.            

 

3. Sujeto a los derechos de los titulares de cualquier serie de Acciones Preferentes que estén en circulación, las juntas directivas de nueva creación resultantes de cualquier aumento en el número de directores o cualquier vacante en el Consejo de Administración que resulte de muerte, renuncia, retiro, descalificación, remoción de a menos que la DGCL o los estatutos de la Corporación lo cubran, la Junta de Directores, siempre que la junta directiva constituya un cargo menor que un quórum de la Junta, puede llenar la vacante por el voto afirmativo de la mayoría de los directores en ejercicio. Los directores elegidos para ocupar un cargo directivo de nueva creación u otras vacantes ocuparán el cargo hasta que el sucesor de dicho director haya sido debidamente elegido o hasta su muerte, renuncia o remoción anticipada según lo dispuesto en este Certificado de Incorporación.            

 

4. Sujeto a los derechos de los titulares de cualquier serie de Acciones Preferentes en circulación, cualquier director puede ser removido, con o sin causa, de su cargo en cualquier momento, en una reunión convocada para ese propósito o en una reunión anual, y solo por el voto afirmativo de los tenedores de una mayoría del poder de voto de las acciones emitidas y en circulación de Acciones Comunes y las acciones emitidas y en circulación de Acciones Preferidas, si las hubiera, con derecho a votar para la elección de directores.            

 

5. Las elecciones para los directores no tienen que ser por boleta escrita a menos que los estatutos de la Corporación establezcan lo contrario.            

 

6. El Consejo de Administración está expresamente autorizado para adoptar, enmendar o derogar los estatutos de la Corporación; siempre que , sin embargo , cualquier enmienda a la Sección 3.2 o la Sección 3.4 de los estatutos requerirá el consentimiento unánime de toda la Junta. Los accionistas también tendrán el poder de adoptar, enmendar o derogar los estatutos de la Corporación; siempre , sin embargo , que, además de cualquier voto de los tenedores de cualquier clase o serie de acciones de la Sociedad requerido por la DGCL, en el presente Certificado de Constitución o por los estatutos, el voto favorable de los titulares de más del 50% del poder de voto de las acciones ordinarias emitidas y en circulación y de las acciones preferentes emitidas y en circulación, si las hubiera, con derecho a voto en general con las acciones comunes en todos los asuntos en los que los tenedores de acciones comunes tengan derecho a voto, votando juntas como una sola clase, deberán adoptar, enmendar o derogar los estatutos de la Corporación.            

 

7. El derecho a acumular votos en la elección de directores no existirá con respecto a las acciones de la Corporación.            

 

ARTICULO X RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES; INDEMNIZACIÓN

 

1. Un director de la Corporación no será personalmente responsable ante la Corporación o sus accionistas por daños monetarios por incumplimiento del deber fiduciario como director, a excepción de la responsabilidad:            

 

(a) por cualquier incumplimiento del deber de lealtad de dicho director hacia la corporación o sus accionistas;            

 

(b) por actos u omisiones que no sean de buena fe o que impliquen mala conducta intencional o una violación de la ley a sabiendas;            

 

(c) bajo la Sección 174 de la DGCL, que se refiere a pagos ilegales de dividendos, compras de acciones o reembolsos; o            

 

(d) para cualquier transacción de la que dicho director haya obtenido un beneficio indebido.            

 

Si la DGCL se modifica para autorizar una acción corporativa que elimine o limite la responsabilidad personal de los directores, entonces la responsabilidad de un director de la Corporación se eliminará o limitará en la medida máxima no prohibida por la DGCL, según sea así enmendada.

 

2.            

 

(a) En la medida máxima permitida por la DGCL, en la medida en que exista o se modifique en lo sucesivo, la Corporación indemnizará y eximirá de responsabilidad a cada persona que sea o haya sido parte o haya sido amenazada a ser parte o de lo contrario involucrado en cualquier acción, demanda o procedimiento amenazado, pendiente o finalizado, ya sea civil, penal, administrativo o de investigación (un " procedimiento ") por el hecho de que él o ella es un director o funcionario de la Corporación o es o prestó servicios a solicitud de la Corporación como director, funcionario, empleado o agente de otra corporación o sociedad, empresa conjunta, fideicomiso, otra empresa o entidad sin fines de lucro, incluido el servicio con respecto a un plan de beneficios para empleados (una “ indemnización ” ), ya sea que la base de dicho procedimiento sea una supuesta acción en calidad de director, funcionario, empleado o agente, o en cualquier otra capacidad mientras se desempeñe como director, funcionario, empleado o agente, en contra de todos los gastos, lia bilidad y pérdida (incluyendo, sin limitación, honorarios de abogados, sentencias, multas, impuestos especiales ERISA y multas y montos pagados en la liquidación) razonablemente incurridos o sufridos por dicha indemnización en relación con dicho procedimiento. El derecho a la indemnización conferido por esta Sección 2 de esteArtículo X incluirá el derecho a que la Corporación pague los gastos incurridos para defender o participar de otro modo en dicho procedimiento antes de su disposición final; sin embargo, siempre que, si la DGCL así lo requiere, se realice un adelanto de los gastos solo después de la entrega a la Corporación de un compromiso, por parte del beneficiario o en su nombre, para reembolsar todos los montos tan adelantados si finalmente se determinará mediante una decisión final. decisión judicial de la cual no existe otro derecho de apelar que el beneficiario no tiene derecho a ser indemnizado por los gastos conforme a esta Sección 2 de este Artículo X o de otra manera. Los derechos de indemnización y adelanto de los gastos conferidos por esta Sección 2 de este Artículo X serán derechos contractuales y tales derechos continuarán en cuanto a una persona que ha dejado de ser director, funcionario, empleado o agente y se beneficiará de los beneficios de Sus herederos, ejecutores y administradores. Sin perjuicio de las disposiciones anteriores de esta Sección 2 de este Artículo X , a excepción de los procedimientos para hacer cumplir los derechos de indemnización y adelanto de gastos, la Corporación deberá indemnizar y adelantar gastos a un beneficiario en relación con un procedimiento (o parte del mismo) iniciado por tal indemnización. solo si tal procedimiento (o parte del mismo) fue autorizado por la Junta.            

 

(b) Los derechos de indemnización y adelanto de los gastos conferidos a cualquier indemnización en virtud de esta Sección 2 de este Artículo X no serán exclusivos de ningún otro derecho que cualquier indemnizado pueda tener o en lo sucesivo en virtud de la ley, este Certificado de Incorporación, los estatutos, un acuerdo, voto de accionistas o directores desinteresados, o de otra manera.            

 

(c) Cualquier derogación o modificación de esta Sección 2 de este Artículo X por los accionistas de la Corporación o por cambios en la ley, o la adopción de cualquier otra disposición de este Certificado de Incorporación que sea incompatible con esta Sección 2 de este Artículo X , , a menos que la ley exija lo contrario, ser prospectivo solamente (excepto en la medida en que dicha modificación o cambio en la ley permita a la Corporación otorgar derechos de indemnización más amplios en forma retroactiva a los permitidos anteriormente), y no deberá en modo alguno disminuir o afectar adversamente a ninguna derecho o protección existente en el momento de dicha revocación o enmienda o adopción de dicha disposición inconsistente con respecto a cualquier acto u omisión que ocurra antes de dicha derogación o enmienda o adopción de dicha disposición inconsistente.            

 

(d) Esta Sección 2 de este Artículo X no limitará el derecho de la Corporación, en la medida y en la forma autorizada o permitida por la ley, de indemnizar y adelantar gastos a personas que no sean indemnizadas.            

 

Artículo XI ENMIENDA

 

La Corporación se reserva el derecho de enmendar, alterar, cambiar o derogar cualquier disposición contenida en este Certificado de Incorporación, en la forma actual o en el futuro prescrita por ley, y todos los derechos conferidos a los accionistas en este documento se otorgan sujetos a esta reserva. Sin perjuicio de cualquier otra disposición de este Certificado de Incorporación o los estatutos de la Corporación, y no obstante el hecho de que la DGCL, este Certificado de Incorporación, o de otro modo, especifique un porcentaje menor o voto de clase separado, pero además de cualquier voto afirmativo de los tenedores de cualquier clase o serie en particular del capital social requerido por la DGCL, este Certificado de Incorporación, o de otra manera, el voto afirmativo de los tenedores de al menos el 80% del poder de voto de las acciones ordinarias emitidas y en circulación y las acciones emitidas y en circulación de acciones preferentes, si las hubiera, con derecho a voto en general con las acciones comunes en todos los asuntos sobre los cuales los tenedores de acciones comunes tienen derecho a votar, votando juntas como una clase, deberán adoptar cualquier disposición inconsistente. con, o para enmendar o derogar cualquier disposición de los Artículos X , XI o XII de este Certificado de Incorporación.

 

Artículo XII OPORTUNIDADES DE NEGOCIO

 

1. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, en la medida máxima permitida por la ley, (i) ninguno (x) ningún accionista original (como se define a continuación) (ni ninguno de los funcionarios, directores, empleados, miembros del consejo asesor, agentes, accionistas) , miembros, socios, afiliados y subsidiarias de cualquier accionista original o cualquiera de sus afiliados (en conjunto, los " afiliados originales ")) ni (y) el accionista de KKR (como se define a continuación y, junto con los accionistas originales, los "accionistas exentos ") ) (ni ninguno de los funcionarios, directores, empleados, miembros del consejo asesor, agentes, accionistas, socios, afiliados y subsidiarias del Accionista de KKR o cualquiera de sus afiliados (colectivamente, los " Afiliados de KKR " y, junto con los Afiliados originales , los " Afiliados Exentos ")) tendrán el deber (fiduciario o de otro tipo) u obligación, si existe, de abstenerse de (a) participar en actividades o líneas de negocio iguales o similares a las de la Corporación, (b) hacer hacer negocios con cualquier cliente, cliente o proveedor de la Corporación o (c) celebrar y realizar uno o más acuerdos (o modificaciones o suplementos a los acuerdos preexistentes) con la Corporación, incluyendo, sin limitación, en el caso de cualquiera de las cláusulas (a), (b) o (c), los asuntos que puedan ser oportunidades corporativas, y (ii) no se considerará que ningún Accionista Exento ni ningún Afiliado Exento ha incumplido ninguna obligación (fiduciaria o de otro tipo), si corresponde, para la Corporación o sus accionistas por razón de cualquier Accionista Exento o Afiliado Exento que se involucre en cualquier actividad de ese tipo o que realice dichas transacciones, incluidas, entre otras, cualquier oportunidad corporativa.            

 

2. Si cualquier Accionista Exento o Afiliado Exento adquiere el conocimiento de una oportunidad corporativa o está utilizando cualquier oportunidad corporativa, la Corporación no tendrá ningún interés en dicha oportunidad corporativa y no se le ofrecerá ninguna expectativa de que se le ofrezca dicha oportunidad corporativa renunciado, de modo que (i) dicho Accionista Exento o Afiliado Exento tenga, en la medida en que lo permita la ley, el derecho de poseer y utilizar cualquier oportunidad corporativa por su propia cuenta (y por cuenta de sus funcionarios, directores, empleados). , miembros del consejo consultivo, agentes, accionistas, miembros, socios, afiliados y subsidiarias (que no sean la Corporación) o para dirigir, vender, asignar o transferir dicha oportunidad corporativa a cualquier persona que no sea la Corporación y (ii) dicho Accionista Exento o El Afiliado Exento no tendrá la obligación de comunicar u ofrecer tal oportunidad corporativa a la Corporación y, en la medida de lo posible, no lo permitirá Por ley, infringir cualquier deber (fiduciario o de otro tipo) a la Corporación o cualquiera de sus accionistas o ser responsable ante la Corporación, o cualquiera de sus accionistas por el incumplimiento de cualquier deber (fiduciario o de otro tipo) como director, funcionario o accionista de la Corporación debido al hecho de que cualquier Accionista Exento o Afiliado Exento adquiere, utiliza o busca dicha oportunidad corporativa para sí misma, dirige dicha oportunidad corporativa a otra persona, o de lo contrario no comunica información relacionada con dicha oportunidad corporativa a la Corporación o cualquiera de ellos. sus accionistas; siempre que , sin embargo , la Corporación no renuncie a ningún interés o expectativa que pueda tener en cualquier oportunidad corporativa que (i) se ofrezca a cualquier director o funcionario de la Corporación (según se define en la Regla de intercambio de valores, Regla 16a-1 (f)) que también es un Afiliado Original si dicha oportunidad se ofrece expresamente a dicha persona en su calidad de director o funcionario de la Corporación (según se define en la Regla 16a-1 (f) de la Ley de Intercambio de Valores), (ii) se presentó por primera vez a cualquier director de la Corporación que también es un Afiliado de KKR únicamente en calidad de director como director de la Corporación, o (iii) es identificado por el Accionista de KKR o cualquier Afiliado de KKR únicamente a través de la divulgación de información por parte de la Corporación o en su nombre.            

 

3. Para los fines de este Artículo XII , (i) el término "oportunidad corporativa" significará una inversión, oportunidad de negocio o posible ventaja económica o competitiva, incluyendo, sin limitación, cualquier asunto (a) en el que la Corporación pueda tener un interés o la expectativa, (b) que la Corporación tiene capacidad financiera para asumir, o con respecto a la cual la Corporación podría razonablemente obtener financiamiento de deuda o capital, y (c) que se encuentra, por su naturaleza, en la línea o líneas de negocio de la Corporación o expansión razonable de la misma, (ii) el término "Corporación" significará la Corporación y todas las corporaciones, sociedades conjuntas, empresas conjuntas, asociaciones y otras entidades en las cuales la Corporación posee (directa o indirectamente) el 50% o más de los acciones con derecho a voto pendientes, poder de voto, intereses de asociación o intereses de voto similares, (iii) el término "persona" significa una persona, sociedad, corporación, sociedad de responsabilidad limitada, unincoorganización organizada, fideicomiso o empresa conjunta, o una agencia gubernamental o subdivisión política de la misma, u otra entidad de cualquier tipo, (iv) el término "accionista original " significará cada uno de los tenedores de las acciones ordinarias de los predecesores de la Corporación. interés, WMI Holdings Corp., a partir de la Fecha de entrada en vigencia (según se define en el Artículo VIII de este Certificado de Incorporación) y cada una de sus respectivas afiliadas (según se define en la Regla 405 de la Ley de Valores de 1933, según sus enmiendas de vez en cuando y cualquier disposición sucesora de la misma); siempre que , sin embargo , para los fines de esta definición de "Accionista original " , y la definición de " Afiliado original " anterior, ninguno de los Accionistas originales, por un lado, y la Corporación, por otro lado, se considerarán ser un afiliado entre sí, y (v) el término " Accionista de KKR " significará KKR Fund Holdings LP; siempre , sin embargo , que para efectos de esta definición de “ KKR para los accionistas ”, y la definición de “ KKR afiliado ” anterior, el KKR los accionistas, por un lado, y de la Corporación, por el contrario, no se considerará para ser un afiliado el uno del otro.            

 

4. Ni la alteración, modificación o derogación de este Artículo XII ni la adopción de ninguna disposición de este Certificado de Incorporación que sea incompatible con este Artículo XII eliminará o reducirá el efecto de este Artículo XII con respecto a cualquier asunto que ocurra, o cualquier causa de acción, demanda o reclamo que, pero para esteArtículo XII , se acumularía o surgiría antes de dicha alteración, enmienda, derogación o adopción.            

 

Artículo XIII APROBACIÓN DEL ACCIONISTA POR CONSENTIMIENTO EN LUGAR DE LA REUNIÓN

 

De conformidad con la Sección 228 de la DGCL, cualquier acción corporativa requerida o permitida para ser aprobada por el voto de un accionista en una junta de accionistas se puede tomar sin una reunión o un voto si la acción corporativa es aprobada por el consentimiento de un solo accionista o un accionista de contraparte múltiple Consentimientos ejecutados por los accionistas que tienen un registro, o que de otra manera tienen derecho a votar, en total, no menos que los votos mínimos que serían necesarios para aprobar dicha acción corporativa en una reunión en la que todas las acciones con derecho a votar en la acción corporativa estaban presentes y votaron .

 

 

 

 

 

 

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Sección 3: EX-99.1 (EXHIBIT 99.1)

 

Anexo 99.1

WMIH Corp. completa la división de acciones inversas y el cambio de nombre para Mr. Cooper Group Inc.

DALLAS - (BUSINESS WIRE) - 10 de octubre de 2018 - WMIH Corp. (NASDAQ: WMIH) ("WMIH") anunció hoy la finalización de su división de acciones inversa previamente anunciada de 1 en 12. La división de acciones inversa, que fue autorizada por la junta directiva de WMIH el 16 de agosto de 2018, fue aprobada por sus accionistas el 9 de octubre de 2018. La división de acciones inversa reduce el número de acciones ordinarias de WMIH en circulación de aproximadamente 1,089,738,735 acciones a partir de 9 de octubre de 2018, a aproximadamente 90,811,562 acciones en circulación después de dar efecto a la división inversa de acciones. Al mismo tiempo que la división de acciones inversa, WMIH también cambió su nombre a Mr. Cooper Group Inc. ("Mr. Cooper").

El Sr. Cooper continuará cotizando en el mercado de valores de Nasdaq (NASDAQ). Las acciones ordinarias de Mr. Cooper se negociarán hoy, 10 de octubre de 2018, bajo el símbolo "WMIH" sin dar efecto a la división inversa de acciones. Las acciones ordinarias de Mr. Cooper comenzarán a cotizarse de forma dividida ajustada mañana, 11 de octubre de 2018, con un nuevo número CUSIP (62482R 107) bajo el símbolo "COOP", que reemplazará su antiguo símbolo "WMIH". Como resultado de la división inversa de acciones, se espera que el precio de negociación inicial de las acciones ordinarias de Mr. Cooper aumente proporcionalmente inmediatamente después de la división inversa de acciones; sin embargo, otros factores pueden afectar adversamente el precio de nuestras acciones comunes, y la división inversa de acciones puede no aumentar el precio de negociación de nuestras acciones comunes.

“Hoy marca un nuevo capítulo para nuestro negocio a medida que continuamos construyendo sobre nuestra sólida base financiera con el mejor servicio y originaciones para nuestros más de tres millones de clientes y servicios basados ​​en transacciones para nuestros clientes de Xome. Nuestro nuevo nombre: Sr. Cooper Group Inc.: refleja la posición estratégica de la compañía combinada luego de la fusión de WMIH con Nationstar Mortgage ”, dijo Jay Bray, Presidente y Director Ejecutivo del Sr. Cooper. "Estamos entusiasmados con las oportunidades que tenemos por delante para aumentar el valor para los accionistas y esperamos que se complete la división inversa de acciones para mejorar el atractivo de nuestras acciones comunes para la comunidad financiera, incluidos los inversores institucionales y el público general que invierte".

No se requerirá que los accionistas que mantengan sus acciones en cuentas de corretaje o en "nombre de la calle" tomen ninguna acción para efectuar el intercambio de sus acciones. Los accionistas registrados al 10 de octubre de 2018, que poseen certificados de acciones recibirán instrucciones del agente de transferencia del Sr. Cooper, Computershare, explicando el proceso para obtener nuevos certificados de acciones posteriores a la división. Computershare actuará como agente de intercambio a los fines de implementar el intercambio de certificados de acciones.

Acerca del Sr. Cooper Group Inc.

El Sr. Cooper Group Inc. (NASDAQ: COOP) brinda servicios de calidad, originación y servicios basados ​​en transacciones relacionados principalmente con residencias unifamiliares en los Estados Unidos con operaciones bajo sus marcas principales: Sr. Cooper® y Xome®. El Sr. Cooper es uno de los mayores prestadores de servicios de préstamos hipotecarios en el país, centrado en brindar una variedad de servicios, servicios y tecnologías de préstamo. Xome ofrece soluciones de tecnología y datos mejorados para compradores de vivienda, vendedores de casas, agentes de bienes raíces y compañías hipotecarias. Para obtener más información, visite mrcoopergroup.com.

Declaraciones a futuro

Este comunicado de prensa contiene declaraciones a futuro dentro del significado de la Ley de Reforma de Litigios de Valores Privados de 1995, que incluyen, entre otras, las expectativas o predicciones del futuro Cooper sobre el desempeño o las condiciones financieras o comerciales. Todas las declaraciones que no sean declaraciones de hechos históricos o actuales incluidas en este comunicado de prensa que abordan actividades, eventos, condiciones o desarrollos que esperamos, creemos o anticipamos que ocurrirán o pueden ocurrir en el futuro son declaraciones a futuro. Las declaraciones a futuro muestran nuestras expectativas y proyecciones actuales relacionadas con nuestra condición financiera, resultados de operaciones, planes, objetivos, desempeño futuro y negocio, y estas declaraciones no son garantías de desempeño futuro. Las declaraciones a futuro pueden incluir las palabras "anticipar", "estimar", "esperar", "proyectar", "intentar", "planear", "creer", "estrategia", "futuro", "oportunidad", "puede , "Debería", "será", "sería", "será", "continuará", "será probable que resulte" y expresiones similares. Dichas declaraciones prospectivas implican riesgos e incertidumbres que pueden hacer que los eventos reales, los resultados o el rendimiento difieran materialmente de los indicados por dichas declaraciones. Algunos de estos riesgos se identifican y analizan en los documentos que el Sr. Cooper ha presentado o presentará de vez en cuando con la SEC. Estos factores de riesgo serán importantes a la hora de determinar los resultados futuros y se deben revisar en su totalidad. Estas declaraciones a futuro se expresan de buena fe, y el Sr. Cooper cree que existe una base razonable para ellas. Sin embargo, los eventos, resultados o tendencias identificados en estas declaraciones prospectivas pueden no ocurrir o lograrse. Las declaraciones a futuro solo se refieren a la fecha en que se realizan, y el Sr. Cooper no tiene ninguna obligación, y rechaza expresamente cualquier obligación, de actualizar, alterar o revisar de cualquier otra manera cualquier declaración a futuro, excepto cuando lo exija la ley. Los lectores deben revisar cuidadosamente las declaraciones establecidas en los informes que el Sr. Cooper ha presentado o presentará de vez en cuando con la SEC.

Además de los factores previamente divulgados en los informes del Sr. Cooper presentados ante la SEC y los identificados en otra parte de este comunicado de prensa, los siguientes factores, entre otros, podrían causar que los resultados reales difieran materialmente de las declaraciones a futuro o del rendimiento histórico: la posibilidad de que la división inversa de acciones, la reducción autorizada de acciones y el aumento en el valor nominal pueden no tener los efectos previstos; y la posibilidad de que factores no relacionados con la división inversa de acciones, la reducción autorizada de acciones y el aumento en el valor nominal puedan afectar el precio de negociación por acción de las acciones comunes del Sr. Cooper.

 

CONTACTO: 
Sr. Cooper Group Inc. 
Richard Delgado, 214-687-4844 
[email protected]

 

 

#26458

Re: resumen

 

WMIH Corp. completa la división de acciones inversas y el cambio de nombre para Mr. Cooper Group Inc.

DALLAS - (BUSINESS WIRE) - 10 de octubre de 2018 - WMIH Corp. (NASDAQ: WMIH) ("WMIH") anunció hoy la finalización de su división de acciones inversa previamente anunciada de 1 en 12. La división de acciones inversa, que fue autorizada por la junta directiva de WMIH el 16 de agosto de 2018, fue aprobada por sus accionistas el 9 de octubre de 2018. La división de acciones inversa reduce el número de acciones ordinarias de WMIH en circulación de aproximadamente 1,089,738,735 acciones a partir de 9 de octubre de 2018, a aproximadamente 90,811,562 acciones en circulación después de dar efecto a la división inversa de acciones. Al mismo tiempo que la división de acciones inversa, WMIH también cambió su nombre a Mr. Cooper Group Inc. ("Mr. Cooper").

El Sr. Cooper continuará cotizando en el mercado de valores de Nasdaq (NASDAQ). Las acciones ordinarias de Mr. Cooper se negociarán hoy, 10 de octubre de 2018, bajo el símbolo "WMIH" sin dar efecto a la división inversa de acciones. Las acciones ordinarias de Mr. Cooper comenzarán a cotizarse de forma dividida ajustada mañana, 11 de octubre de 2018, con un nuevo número CUSIP (62482R 107) bajo el símbolo "COOP", que reemplazará su antiguo símbolo "WMIH". Como resultado de la división inversa de acciones, se espera que el precio de negociación inicial de las acciones ordinarias de Mr. Cooper aumente proporcionalmente inmediatamente después de la división inversa de acciones; sin embargo, otros factores pueden afectar adversamente el precio de nuestras acciones comunes, y la división inversa de acciones puede no aumentar el precio de negociación de nuestras acciones comunes.

“Hoy marca un nuevo capítulo para nuestro negocio a medida que continuamos construyendo sobre nuestra sólida base financiera con el mejor servicio y originaciones para nuestros más de tres millones de clientes y servicios basados ​​en transacciones para nuestros clientes de Xome. Nuestro nuevo nombre: Sr. Cooper Group Inc.: refleja la posición estratégica de la compañía combinada luego de la fusión de WMIH con Nationstar Mortgage ”, dijo Jay Bray, Presidente y Director Ejecutivo del Sr. Cooper. "Estamos entusiasmados con las oportunidades que tenemos por delante para aumentar el valor para los accionistas y esperamos que se complete la división inversa de acciones para mejorar el atractivo de nuestras acciones comunes para la comunidad financiera, incluidos los inversores institucionales y el público general que invierte".

No se requerirá que los accionistas que mantengan sus acciones en cuentas de corretaje o en "nombre de la calle" tomen ninguna acción para efectuar el intercambio de sus acciones. Los accionistas registrados al 10 de octubre de 2018, que poseen certificados de acciones recibirán instrucciones del agente de transferencia del Sr. Cooper, Computershare, explicando el proceso para obtener nuevos certificados de acciones posteriores a la división. Computershare actuará como agente de intercambio a los fines de implementar el intercambio de certificados de acciones.

#26459

Re: A Inmigrante

Bueno amigo desarraigado o inmigrante esta ud servido, esas son las ultimas y ud tiene el privilegio  de saberlas y yo con esto   ya salgo de esta pesadilla maratonica  digna de una odisea bursatil del  siglo XXI ,ante todo te pido disculpas por ser ameno , ajajjaja   en la vida  hay que tener  humor , correa, reir de lo que  sucede en esta  vida corta  y pasajera , por que al  final  TODO ES UN JUEGO MIENTRAS  VIAJAMOS POR EL UNIVERSO y recuerda  que  " lo unico que no cambia es que todo cambia" en otras palabras  en este universo nada es inmovil , todo se mueve y cambia de espacio  en un  tiempo  por mas pequeño que sea, tambien me despido de todos los amigos de este  importante foro, a los que se fueron y a los que permanecieron,  sigo pensando que  la constancia, de seguir y seguir ,con paciencia , en otras palabras  las personas que  se manifestaron y actuaron  con conviccion , firmeza , tenacidad,,empeño, insistencia y persistencia,valor,fortaleza,firmeza,teson y legitimidad,perseverancia,energia,dureza y inaltenarabilidad tal  como lo hizo Cristobal Colon al descubrir un nuievo  continente, son los que logran objetivos  previamente  estudiados , analizados.  adios amigos  ahora me ire a un luigar llamado los  viejos  muchachos a tomar  piscos sour y  y licor de pisco  con algarrobina  , tragos bien peruanos que  fortaalecen el cuerpo y  alimentan el alma

#26460

Re: Quizas,Quizas,Quizas

 Estar atento a la audiencia del dia  16 de Octubre, esa fecha  quiza indiquen  lo que hemor esperado muchos años·····$$$$$$

https://www.youtube.com/watch?v=rDGgUGBD-90

 

#26462

Re $$$$$$$$ dividendos por recibir

#26463

Re:Estimados a recibir pronto

ht rader Lunes, 15/10/18 12:50:15 PM 
Re: azcowboy post # 541932 0

Az, crees que el "embarque" de 65 mil millones  en nuevo rpa para la nueva compañía tiene algo que ver con fideicomisos o abdominales o rmbs? Me he puesto en contacto con ir y he preguntado si los 65 mil millones tuvieron algo que ver con los activos heredados de wmi y dijo que no, pero por su razonamiento si vienen de los fideicomisos él estaba diciendo la verdad. Además, el cuerpo dijo que 50 mil millones iban a ser abordados el último trimestre o temprano este trimestre, dado el retraso en el embarque y nuestra fecha de corte mañana, estoy empezando a pensar que los dos están relacionados (embarco de 65 mil millones y fecha de la corte) . También me he puesto en contacto con ir y he preguntado si todavía esperan los 65 mil millones en embarque temprano este trimestre y él dijo correcto. Gracias por toda tu ayuda!!!


Figura 60 millones de valor facial. El valor real sería alrededor del 30 % o 18 bil. Coop tiene 100 millones de autorizados pero de aún nos daría un valor contable aproximado de $ 180 a $ 240 epa

 · 

como AZ dijo mañana, veremos si finalmente Walrath finaliza todas las reclamaciones y disputas de los empleados para que PIERS reciba su último pago y la catarata continúe. AZ debe poder decirnos si las notas de WMB clase 17 obtienen un pago. Después de eso estamos en la sonrisa de la cascada. 
265 mil millones x 26.24% = 15,744,000,000 mil millones, $ 13.12 por fideicomiso con solo ese capital. El rendimiento de la OMI más los intereses sobre las hipotecas más los 50 mil millones que ya están administrando, 115 mil millones en total = 30,176,000,000 mil millones restantes en el patrimonio en el mismo porcentaje (26.24%) o $ 25.15 por depósito más los intereses sobre la duración del préstamo. Imho 😎

 

 

#26464

Re: A Inmigrante

YA se acabo todo el asunto o sea WTF ?? please take care of me.! How's the way?

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