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¿Hasta cuánto te pueden embargar?

25 respuestas
¿Hasta cuánto te pueden embargar?
¿Hasta cuánto te pueden embargar?
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#9

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Entonces si estás ahogado pagando más de 1500 euros al mes y sabes que va a ser así durante los próximos 30 años y quieres romper con todo y cambiar de vida prescindiendo de los bancos totalmente y haciendo cuentas que tampoco podrás pedir un crédito nunca más y en caso de ahorrar hacerlo debajo de una baldosa o comprando oro físico a quien lo venda y meterlo debajo de esa baldosa o mejor dicho practicar la economía gitana. ¿Saldría a cuenta dejar de pagar todo?

#10

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Si vale la pena o no vivir al margen del "sistema" ya es una decisión personal.

Pero si alguien ha "caído" en la necesidad de endeudarse por encima de sus posiblidades nadie le garantiza que no lo vuelva a hacer y esta segunda vez fuera de los cauces para la obtención de crédito habituales.

Un saludo

#11

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Buenas noches.
Tengo un par de preguntas porque previsiblemente me embargarán de aquí a un mes....
1ª.- Estoy divorciado desde Octubre/2009 y en el auto del Juez se redacta que acordamos (mi ex y yo) atribuir la vivienda a ella y que "será ella la que abonará la totalidad de la quota mensual del préstamo hipotecario que grava la vivienda, así como los impuestos y cualquier otro gasto relacionado con el inmueble. Asimismo, a partir del 1 de mayo del 2011 (es decir ya) mi ex-mujer podrá optar por adjudicarse la mitad indivisa del piso, subrogándose en el préstamo hipotecario concedido por Banesto y CON TOTAL INDEMNITAD DEL SR. (un servidor), o bien proceder a su venta adjudicándose mi ex la totalidad del precio de la compra-venta".
Mi pregunta es si me pueden embargar ante una ejecución judicial de embargo cuando el Juez ha firmado que estoy exento de pagar el préstamo al desvincularme del piso con el consentimiento de mi ex. (a día de hoy se deben 2 cuotas)
2ª.- Si me pueden embargar el sueldo (no tengo nada más en propiedad descontando el "CLIO") me gustaría saber si, partiendo del ejemplo del comentario anterior (el del que cobraba 1100 €), también entraría la manutención de 280 € que le paso a mi ex por mi hijo y si el Juez tendría en cuenta que para ver a mi hijo me tengo que trasladar de Barcelona a Girona cada miercoles/viernes y fines de semana alternos.

Saludos

Sin nada más y disculpándome por la extensión del comentario os doy las gracias por anticipado.

#12

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Si no he entendido mal la situación es la siguiente: 1) Existe un convenio de divorcio, que el juez ratificó, por el cual ella se queda con el piso asumiendo todas las obligaciones derivadas (pago de hipoteca, impuestos, etc…). 2) A partir del 1-05-2011 ella puede, si quiere, subrogarse en tu parte del crédito hipotecario o vender la finca y quedarse con todo el importe. 3) Actualmente hay dos cuotas impagadas de la hipoteca por lo que se puede iniciar un proceso de embargo. Entiendo que el acuerdo que firmasteis, y que el juez ratificó, es un acuerdo inter partes, es decir os obliga únicamente a vosotros dos, no al banco que concedió la hipoteca. La subrogación de ella en tu parte del crédito hipotecario no será posible si el banco no lo acepta. El banco puede denegar una subrogación si considera que la persona subrogada ofrece menos garantías o es menos solvente que el anterior titular. Si existen impagos en la hipoteca tú sigues siendo, ante el banco, responsable de la misma, por lo que puede iniciar proceso de embargo contra tus bienes. En todo caso, el documento ratificado por el juez serviría para que, en el supuesto que el banco te embargara bienes y se cobrase toda o parte de la deuda, pudieras reclamar a tu ex-esposa. En cuanto a la parte de tu salario que te podrían embargar, la ley establece unos porcentajes en función del salario que se percibe y, en todo caso, también prevé tener en cuenta las cargas familiares. El artículo 607.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (y que cito en el segundo post de este hilo) establece:

En atención a las cargas familiares del ejecutado, el Secretario judicial podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a un 15 % en los porcentajes establecidos en los números 1, 2, 3 y 4 del apartado 2 del presente artículo.
Resumiendo y, salvo mejor opinión, el tema que planteas quedaría de la siguiente manera: 1) El banco puede embargar tus bienes por el impago de la hipoteca, aunque conste en el convenio de divorcio que tu ex se hace cargo de la misma. 2) La cantidad que te pueden embargar del sueldo, en función de los porcentajes establecidos por la ley, se puede ver rebajada atendiendo a tus cargas familiares. Un saludo
#13

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Muchas gracias Baldufa.......has entendido perfectamente lo que te expuse y has resuelto mis dudas (para mi desgracia). El viernes tenemos una reunión con el Director del Banco a ver si podemos solucionar algo.......

Una pregunta más si no es mucha molestia: hablando con el director del Banco en conversación telefónica me llegó a comentar si estaría dispuesto a "ceder", "dar", "entregar", "liquidar" (no sé cual es la palabra correcta) mi parte de la hipoteca a lo que le dije que por mí no habría problema......pero me extraña mucho la proposición porque mi ex está en el paro y yo soy funcionario por lo que me tienen cogido de....
Y el último tema es el de la Subasta del piso: fue tasado en 250.000 € en su día y se debe 153.000 €......¿es cierto que la tasación del piso en la subasta empezaría por 125.000 € (el 50% de su valor inicial cuando lo compramos)?.

Gracias anticipadas de nuevo

#14

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Tengo entendido que una diligencia judicial a un banco no tiene en cuenta la nómina, ya que el embargo se está ejecutando sobre saldos bancarios, por tanto, se puede embargar todo el saldo que corresponda al titular embargado. Y Que para embargar la nómina se debe acudir a la empresa del trabajador

¿es correcto?

#15

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Te felicito por tus intervenciones, cada día te superas, de lo mejor de rankia sin ninguna duda.

Un saludo Baldufa

Método, disciplina y tiempo

#16

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Correcto.

Para embargar la nómina la orden se ha de dirigir al pagador de la misma.

El embargo de la nómina implica una retención periódica, es decir que cada mes te han de descontar X euros del salario hasta cubrir toda la deuda existente. Una única orden de embargo es suficiente, es decir el juzgado no ha de enviar cada mes la orden para que se cumpla.

Una orden de embargo de cuentas sirve para una única vez. Se da la orden al banco y este retiene lo que en ese momento exista. Una vez que el banco envía el dinero trabado al juzgado las cuentas quedan libres y si se quiere volver a embargar se ha de enviar nueva orden.

Un saludo