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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #8600
    27/09/17 19:53

    Subasta CANCELADA!!!!!!!!
    Oeeeeeeeee, oe, oe, oeeeeeeee

    Nuva, vaya piropazo, muchas gracias!!!
    La suerte de tener un Sensei como Tristán, es que aparte de estrategias nos enseña ética. Yo en su día le escuché que "jamás compraba a prestamistas", y se me quedó grabado.

    La historia de esta mujer además es de traca, ella no conoce al prestamista (y mucho menos le ha firmado nada). Y ese desgraciado reaparece de vez en cuando con una supuesta deuda cuyo origen desconoce. Le he dicho que se ponga en contacto con un abogado de oficio... aunque no se yo si los de oficio controlan mucho....
    Por cierto, si alguien sabe de un abogado experto en prestamistas, por favor que me lo pase por privado!!

  2. #8599
    27/09/17 15:04

    Eseeeeeee que va y dice, siete caballos vienen de bonanzaaaaaaaaa, ese par de viejecillos desamparados que están en su casa y llaman a la puerta, la señora María mira por la mirilla y no ve a nadie, por lo que vuelve a sus quehaceres, y al rato, ese fistro que vuelve a llamar a la puerta, María vuelve a mirar y no ve a nadie, pero esta vez abre la puerta y se encuentra encima del felpudo una maceta con un pequeño brote verde, y una tarjeta en la que reza “Reciba como regalo esta flor de LOTO para que sus días sean más agradables y llevaderos”.

    María recoge la maceta y la adentra a la cocina colocándola en la repisa junto a la ventana, y le dice al marido, mira José lo que nos han regalado, una flor de loto, ignorantes ellos de que ese tipo de flores solo crecen en estanques de agua.

    María comienza a regarla cada día, pasadas unas semanas, José le dice a su esposa, María esa planta tiene muchas espinas, y esta le responde, calla insensato que sabrás tú, acaso los tallos de las rosas no tienen espinas, y mira cuando florecen lo bellas que son.

    Meses después los vecinos nada saben de los ancianos, ante la ausencia prolongada, llaman a la policía y se personan junto a la autoridad competente, abren la puerta y no encuentran a nadie, solo una planta monstruosamente enorme, se trataba de una planta carnívora. Acaban concluyendo, que la planta les engullo y diluyo en sus jugos ácidos.

    Moraleja: No te fíes de las plantas sin conocerlas, si llevan espinas, no son flor de loto. En definitiva, abuelitos/as no os fíes de los aparentes buenos/as samaritanos/as, por que pueden no serlo, y más aún cuando hay cuestiones económicas de por medio.

  3. en respuesta a reydmus
    -
    #8598
    27/09/17 14:53

    Pues, mira a mi se me dio el caso, me persone ante la Administradora de fincas y le di la información de donde se habia subastado la vivienda, pense que no haría nada, pero acudió e hizo entrega de la certificación de deuda correspondiente a la vivienda.

    Contestación de la SJ, que solo podia atender cargas inscritas en el registro. Lo cual, a mi modesto entender, salvo mejor criterio, es falso, porque al personarse un acreedor, la SJ puede abrir una incidencia en el reparto del sobrante, abriendo un periodo de alegaciones a las partes, y en caso de discrepancias, derivarlo a un juicio sumario, pudiendo el acreedor solicitar entonces el embargo de la cantidad reclamada para el caso de la futura responsabilidad del deudor.

    Pero en este País, parece que tiene un complejo con los deudores y les trata con suma benevolencia, así que olvidate, lo más probable es que tengas que acudir a juicio verbal donde el Juez falle a tu favor, que lo hará, pero si te pasa como a mí, el procedimiento de ejecución de sentencia recayo en la misma SJ y me dilato el procedimiento, de tal forma, que el deudor diluyo o desvio los fondos cobrados tras el reparto y todavía estoy a verlas venir.

    Saludos, y suerte.

  4. #8597
    27/09/17 13:44

    ¿Alguno ha logrado que los ibis pendientes se los cobre el ayuntamiento del sobrante de la subasta? ¿Es mision imposible? Por otra parte entiendo que el adjudicatario solo tendria que pagar las cuotas rasas sin el incremento por intereses de demora ya que no es el sujeto pasivo de esos intereses.

    Tambien entiendo que las deudas de la comunidad se las podrian cobrar del sobrante hasta la fecha del registro de la propiedad.

    Me ha tocado la funcionaria que va a heredar el ayuntamiento y la tia convencida de que podia cobrar los ibis de cuando Franco era corneta. Lo de los cuatro ultimos años no iba con ella.

  5. #8596
    26/09/17 19:47

    SUB-JA-2017-71711
    Cantidad reclamada 104.864,52 €
    Lotes Sin lotes
    Anuncio BOE BOE-B-2017-54335
    Valor subasta 17.460.453,00 €
    Tasación No consta
    Puja mínima Sin puja mínima
    Tramos entre pujas Sin tramos
    Importe del depósito 873.022,65 €
    A la retención la divides por 100 y al tipo de subasta también.

    En esta subasta, al igual que otros días no podremos participar, irá diréctamente para el acreedor.
    Soy muy pesado poniendo ejemplos como esta subasta pero es que no hay "derecho" ni tienen idea de lo que se traen entre manos los LAJs.

    Así todo en los juzgados, siguen lo mismo o empeorando día a día y cuando les llamas te dicen: por teléfono no podemos decir nada.

    Saludos

  6. #8595
    26/09/17 19:27

    Como se ha hablado tanto y tiene tanta difusión y propaganda el sniper V2 de Inversius, le diría lo siguiente:
    Estimado Inversius:
    Para que haya un V2 ha tenido que haber un V1 y por tanto estar muy desarrollado y pulidos sus fallos.
    Lo primero que deberías dar es el precio por unidad, si voy a comprar un coche me ofrecen muchas opciones, incluso el de renting, leasing, cambiarlo, alquilarlo, comprarlo, etc, en tus modelos aún no he escuchado que precio tiene y que es lo que realmente vendes, cambias, alquilas, etc.
    Esto es un blog de subasteros y por tanto temas relacionados con subastas y entraría muy bien un sniper, pero no sólo la promoción y difusión, sino, y principalmente, precios y condiciones, garantías de funcionamiento, periodos de pruebas (si los hay), muestras, etc.

    Sin malgastar más tu tiempo:
    ¿cuanto vale un sniper?
    ¿me lo vendes o me lo cedes para su utilización?
    ¿ hay servicio de mantenimiento?, ¿serán por tiempo limitado o indefinido, previo pago mensual?.
    ¿En cuantas subastas puedo participar por jornada? o tendré que comprar fichas para su funcionamiento.

    Tristán ha vendido e impartido un curso sobre subastas, para ello puso un precio y ya lleva unos pocos meses dando clases y demostraciones.
    ¿Cuanto vale tu sniper?
    ¿Es programa cerrado o abierto y por tanto modificable por el usuario?

    A la espera de tu respuesta, como siempre un cordial saludo de tu estela plateada.

  7. en respuesta a loto10
    -
    #8594
    26/09/17 16:18

    Loto, gente como tú me inspira. Una cosa es participar en subastas para enriquecernos y otra muy distinta es traspasar los límites, que en mi caso es pegarles un disgusto de colosales dimensiones a los abuelillos. Es más, es que como la vivienda esté ocupada por una persona mayor no participo. Es más, aúnque no viva allí, tampoco participo.

    Ayer ví una subasta muy interesante, empecé a investigarla por la mañana, con la buena suerte que contacto con la vecina que era la hermana de la deudora; bién, pués la señora muy amable me dió el teléfono de la deudora, la cual estaba viviendo con la hija, la llamé y al igual que muchos deudores me dijo que su piso no estaba embargado y que cuando los hijos querían la llevaban a ver su casita. Segúramente, todos los ahorros de esta abuela estaban empleados en comprar esa casa. Qué cara se le quedaría a la pobre abuela cuando le dijesen que ya no tenía casa. No, yo en ésas subastas no participo. Y, mira que esta podía haber sido una buena inversión. Pero, ante todo hay que ser persona. Y, lo que no me gustaría que les pasase a seres queridos, procuro no hacerlo. Sin más.

    Saludos,

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #8593
    25/09/17 19:56

    Graciaaaaaaas!!!!!!!

  9. en respuesta a loto10
    -
    Top 100
    #8592
    25/09/17 19:46

    Si depositas el principal y lo que está presupuestado de intereses y costas la subasta se suspende. Luego la parte actora presentará sus facturas y el secretario judicial te dirá a cuánto asciende el resto que tienes que pagar para saldar la deuda completa.

  10. #8591
    25/09/17 18:43

    En breve hay una subasta de lo que parece ser uno de esos prestamistas-hijos-de-su-p.madre-estafadores-de-abuelillos-que-pierden-su-casa.
    (para los que seguís las subastas de Madrid, es el de la señora que ha estado a punto de perder su vivienda por 2k)

    Me he ofrecido a ayudar a la pobre señora, que está más perdida que una aguja en un pajar.

    ¿Me podríais confirmar si la subasta se suspende al ingresar en la cuenta del juzgado el dinero que figura en el edicto como "CANTIDAD RECLAMADA"?
    ¿O tengo averiguar a cuánto ascienden intereses y costas para depositarlo también?

    Hemos preguntado a la funcionaria y no sabe responder.

    Gracias!!

    PD: si alguno tenía pensado participar en la subasta, que se olvide que se va a suspender ;)

  11. en respuesta a mfmelo
    -
    #8590
    25/09/17 18:34

    Vuelta al cole tras las vacaciones!
    Y qué mejor que empezar con un post del señor mfmelo con una nota de "sólo apto para frikis"! Genial!!

  12. #8589
    24/09/17 11:15

    Para los frikis:
    SUB-JV-2017-71592
    División de la cosa común, sin admisión de extraños.

    Abtenerse los no frikis.
    Saludos.

  13. #8588
    24/09/17 06:38

    Buenos días, reydmus, el único criterio es el del 643 LEC: lo más conveniente para la ejecución.
    Puede haber casos muy claros (piso y párking juntos, para obtener mayor precio, por ejemplo), pero la mayoría son inexplicables.
    Y, más que por lotes en una sola subasta, lo lógico sería subastas sucesivas, porque así es mucho más fácil aplicar el resultado a la deuda.
    Saludos,

  14. #8587
    24/09/17 01:42

    ¿Sabeis si siguen algun criterio legal a la hora de poner un lote a subasta de forma cojunta o separada? Es que el algunas puede tener sentido pero en otras parece que hayan llamado a un chaman porque no tiene sentido poner de forma conjunta bienes diversos y de distintas zonas de España. Esas quedan desiertas o es que se han juntado varios subasteros para repartirselas.

  15. en respuesta a mfmelo
    -
    #8586
    22/09/17 09:38

    SUB-JA-2017-68584

    Repetición de la anterior, los tontos e incompetentes se hacen virales y supuestamente esta preparados para su trabajo.

    Decir que la publicación válida es el edicto, pero la máquina BOE.ES no lo sabe y las normas de participación y retención las impone ella.

    Saludos.

  16. #8585
    22/09/17 07:47

    BOE.ES
    Hace tiempo que no me meto con lo publicado en portal de subastas, pues toca.

    SUB-JA-2017-66276
    Esta subasta debería ser anulada de inmediato, se vulneran los intereses del deudor ya que no habrá licitador alguno, seguro, seguro.
    El tipo es de 3.232.100 € y por tanto su retención será de 161.605 €. Hasta ahí todo bien, el problema viene que mirando el edicto, el valor del bien es de 32.000 € y no creo haya nadie que haga una retención por ese importe para comprar algo valorado en ese tipo.
    Por supuesto los gastos los va a pagar el de siempre: el deudor, me he vuelto posemista

    Saludos.

  17. en respuesta a reydmus
    -
    #8584
    22/09/17 00:31

    Si también lo veía mucho: los procuradores (al final de las presenciales también era obligatorio que estuviera el abogado) no tenían, la mayoría de las veces, ni puta idea de lo que se traían entre manos y muchas veces delegaban sus funciones en otros "colegas".
    Otras, cuando se superaba el tope que tenían autorizado, pedían al LAJ que les dejaran llamar por teléfono para pedir instrucciones.

    Saludos.

  18. en respuesta a reydmus
    -
    #8583
    22/09/17 00:25

    He visto edictos equivocados respecto a lo que se publicitaba o que no tenía nada que ver con lo que el perito tasaba. Esas subastas las dejo pasar, no tengo tiempo para esos líos.

    Saludos.

  19. en respuesta a Aranmanoth
    -
    #8582
    22/09/17 00:22

    Si la ley se aprueba como dice la noticia,
    Los subasteros diremos: ¡¡DE PUTA MADRE!!
    Bancos y acreedores diran: ¡¡SU PUTA MADRE!!.

    Sigamos así, que poco a poco y entre todos terminaremos de hundir a los pocos bancos que nos quedan y será entonces cuando cumpliré la ilusión de mi vida: SER PRESTAMISTA y sacarle los ojos al que no pague.

    Saludos.

  20. #8581
    22/09/17 00:17

    ¿Habeis tenido experiencias con errores en los edictos? Ponen a subastar unas cosa y luego resulta que es otra. Me ha pasado. No es gran cosa pero ahora toca comunicarme con el LAJ y aclarar el asunto.

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