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El derecho a la plena propiedad es mío, lo he comprado

Lo que me ha sucedido esta mañana ha sido el colmo de los colmos.

Estaba tranquilamente examinando unos expedientes en un juzgado de la capital cuando veo que la expropietaria de un piso que me adjudiqué en julio entra en el juzgado y, tras preguntar brevemente a uno de los funcionarios, se dirige con paso resuelto a la tramitadora del expediente de la subasta en la que perdió su vivienda.

Breve inciso. A esta señora la visité por segunda vez la semana pasada y le ofrecí una salida digna de la casa y una pequeña oferta económica.

Esta fue su respuesta:

 

Mira listillo, ambos sabemos que el juzgado va a tardar al menos doce o dieciocho meses en echarme y con lo que tu me ofreces no tengo ni para tres meses de alquiler, así que o me das el alquiler de veinticuatro meses o me ofreces un alquiler social de diez años a 250 euros al mes, que es lo que yo puedo pagar, o yo no me muevo de aquí hasta que venga el juzgado a echarme.

 

Eso fue lo que me dijo esta señora que ahora se dirigía directamente hacia la funcionaria que estaba tramitando el procedimiento judicial.

Yo estaba a menos de cinco metros de ambas, así que he puesto los radares en marcha y he dejado de escribir.

La expropietaria le estaba contando a la funcionaria que un subastero (y aquí cuchichearon en voz baja) se había presentado en su casa y la había conminado a que hiciera las maletas diciéndole que si no lo hacía por las buenas lo acabaría haciendo por las malas.

(Mentira podrida. Yo jamás actúo de esa manera y es precisamente porque nunca hago cosas parecidas por lo que hasta hoy jamás me han hecho destrozos vandálicos en las casas que me he adjudicado. La clave está en tratar con respeto a los demandados).

¡¡Será lianta!!

No importa, yo he seguido callado mordiéndome la lengua.

Pero lo que ya no he podido tragar es cuando la funcionaria ha elevado la voz para que yo y todos los presentes la oyéramos (es o era así de chula) y le ha dicho a la demandada que ella no tenía por qué abandonar su casa antes de tiempo, que el subastero que se había adjudicado la subasta no tenía ningún derecho a entrar en esa casa hasta que el juzgado le entregara la posesión y que ella tenía el derecho a permanecer allí hasta el último minuto anterior a la fecha del lanzamiento y que aún faltaba mucho tiempo para eso. Meses, según ella, quizás años.

Y aquí es cuando he saltado:

 

Eso no es cierto. Todo lo que aquí se está diciendo es falso.

Lo cierto es que tu no eres nadie para asesorar a esta señora. Tu trabajo es sacar adelante el procedimiento a las órdenes del secretario y no estás aquí para asesorar a nadie, lo primero, porque no eres abogada y puedes meterles en un buen lío y lo segundo porque como funcionaria del juzgado debes ser escrupulosamente neutral y no puedes andar compadreando con los demandados en contra de las otras partes.

Y lo que te está diciendo esta señora también es falso.

Porque lo que yo hice la semana pasada y tengo perfecto derecho a hacer, dado que soy el legítimo propietario de esa casa, es ofrecerle dinero a cambio de que me entregase la posesión, porque para tu información, y aquí he mirado a la funcionaria, el juzgado no es el único que me puede poner en posesión de ese piso sino que, si quien la tiene, que es esta señora, me la quiere entregar, por la cara o a cambio de dinero, es un medio tan legítimo como otro cualquiera de obtenerla. 

Digo esto para que veas que no estás cualificada para asesorarle a nadie.

Esta señora tiene la posesión y si ella lo desea me la podría entregar ahora mismo.

                                                          

Si la funcionaria se hubiera callado, la cosa no habría pasado a mayores y ahora podría dormir más tranquila, pero le ha podido la soberbia de no poder soportar que un usuario de la Justicia, habitualmente tan acongojaditos ellos, le haya puesto por una vez en su sitio.

De manera que ha respondido, persistido en sus anteriores errores y añadiendo algunas dosis del rencor social que lleva dentro.

Conclusión, que como yo soy una persona muy educada y no me gustan las discusiones a voces he bajado el volumen de mi voz y le he pedido que me entregue inmediatamente los impresos para realizar una reclamación ante el Consejo General del Poder Judicial.

Ostras, se ha quedado de piedra. Se le ha ido el color de la cara.

Me he mantenido firme porque a estas alturas ya me importaba más el fuero que el huevo y aunque normalmente soy muy pragmático y suelo medir mucho las consecuencias de mis actos, en esos momentos ya solo me importaba defender mis derechos.

A los dos minutos ha salido el secretario y me ha pedido que le acompañase a su despacho, donde le he contado lo que había pasado y, como he persistido en presentar la reclamación contra la empleada pública, no le ha quedado más remedio que darme el impreso. Lo he rellenado, firmado y listo.

Ignoro si esto me va a perjudicar con los trámites de esta subasta o si, al contrario, ahora que conocen mi lado malo todo va a ir como la seda, pero ya empiezo a estar bastante harto de que funcionarios, que deberían ser más asépticos en su trato con las partes, se dediquen a llenar la cabeza de los demandados y okupas con falsedades acerca de derechos inexistentes. 

Los demandados NO TIENEN DERECHO a permanecer en la vivienda hasta el último minuto.

No se trata de un derecho de ellos.

El derecho es nuestro, de los adjudicatarios.

De lo que se trata es de que los adjudicatarios NO podemos echarles a palos sino que si ellos no respetan NUESTRO DERECHO a tomar pacíficamente posesión de la vivienda, en tal caso no nos queda más remedio que esperar a que sea la Justicia quien lo haga.

Y eso, en España, toma su tiempo.

Meses... a veces años.

Supongamos que un macarrilla entra en mi casa y se lleva la moto de mi hijo. Yo no puedo ir a su casa, entrar en ella, darle de hostias y quitarle la moto.

¿Significa eso que el macarrilla tiene derecho a disfrutar de la moto hasta que la autoridad policial o judicial decida quitársela?

No, el macarrilla no tiene ese derecho.                                                   

El derecho a disfrutar de la moto sigue siendo de mi hijo.                        

Lo que no significa que yo pueda liarme a hostias y recuperarla.

O sea, que mucho ojo con llenarle la cabeza de pájaros a los demandados acerca de sus derechos.

El derecho es nuestro, de los adjudicatarios.                             

¿O no?

 

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  1. en respuesta a akapipola
    -
    Top 100
    #20
    28/10/15 08:50

    Hola Akapipola. A mi no me parece mal que informen a los usuarios de la Justicia, pero decirle a la demandada que no tiene por qué irse de la casa hasta que el juzgado la eche, cuando la funcionaria debería saber que eso no es así y que el lanzamiento es solo el último acto cuando el ocupante no se ha ido previamente por las buenas. Eso me parece el colmo.

    ¿Demandarla? no creo que pudiera porque la expropietaria tampoco está en posesión por mala fe sino que simplemente el título que tenía ha perdido validez. Y bueno, tampoco yo haría sangre con eso. Me basta con que se vayan antes o después.

  2. en respuesta a daniki
    -
    #19
    28/10/15 01:41

    Vamos por partes. Te comento lo que yo tengo entendido.

    En el caso de un arrendatario, éste solo tiene derecho a permanecer en la vivienda si tiene un contrato legal. Además hay que tener en cuenta la fecha de firma de ese contrato. Si es actual, de después de junio 2013, debe estar registrado y con anterioridad a la carga ejecutada, pues sino ese inquilino se tendrá que ir sí o sí. Si es más antiguo hay que respetarlo hasta los 5 años generalmente. También tienen derecho a retracto.

    Los deudores expropietarios tienen pocos/ningún derecho después de la subasta. Si no pagaron lo que debían antes ya poco pueden hacer. Creo que sólo en el caso de vivienda habitual y si se la adjudica el acreedor, podrán acogerse a la ley 1/2013, con un tiempo de moratoria hasta mayo de 2017. Y si cumplen una serie de requisitos que indica la ley, porque sino tampoco tienen ese plazo de moratoria.

  3. #18
    27/10/15 23:01

    Buenas. Soy funcionario de Justicia, a mi entender la funcionaria actuó mal, los funcionarios podemos informar pero no asesorar, pero muchas veces la línea entre asesorar e informar es muy delgada, y mas cuando somos conscientes que la jurisdicción civil esta enfocada para abogados y entendidos.

    ¿Podrías poner una demanda de daños y perjuicios para que la antigua inquilina te page por el tiempo que ha habitado la casa sin titulo alguno?, supongo que si, pero claro seria insolvente, aunque no siempre.

  4. en respuesta a Marco Porcio Catón
    -
    Top 100
    #17
    27/10/15 20:38

    Con los gitanos hemos topado, Catón. Vaya historia.

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #16
    27/10/15 20:27

    Cuando digo "los malos"...me refiero a los funcionarios ( aunque sorprendentemente no todos lo son) que llevan sus ideas personales al trabajo....
    En Bilbao por ejemplo suelen ser competentes no tienen tanto rencor social .......suelen tener claro el concepto de BIEN hecho o MAL hecho.....hasta que les rascas en su vena nacionalista....por ahí muchos no pasan y la claridad de conceptos se acaba.
    Que quede claro que no tengo nada en contra de las convicciones intimas de las personas ........pero hay cada uno..........

  6. en respuesta a Pecks
    -
    #14
    27/10/15 20:21

    Muchas gracias, me he liado. Lo que aún no me queda claro es que si se determina que el expropietario o arrendatario tiene derecho a permanecer en la vivienda también se tendrá que indicar en qué condiciones y por cuánto tiempo, no?

  7. #13
    27/10/15 20:00

    Ahora que han visto tu lado malo, verás como en ese juzgado en particular te tratan como la seda. El 90% de los funcionarios como el resto de mortales, si algo no quieren son jaleos, y tú eres un jaleo con patas.

    Respecto a lo de la moto; si te vas detrás de él y consigues que se trate de delito flagrante (grave o menos grave), la inviolabilidad de domicilio te la puedes pasar por el arco del triunfo.

  8. en respuesta a daniki
    -
    #12
    27/10/15 19:55

    Creo que la ley 1/2013 solo afecta a los acreedores (banco o quien sea), y solo en el caso de vivienda habitual. Nunca afecta a un adjudicatario ajeno al proceso.
    Si estoy equivocado lo siento!! ¡Y háganlo saber para no llevar a errores a nadie!!

  9. en respuesta a pedrov
    -
    Top 100
    #11
    27/10/15 19:52

    No creo que esto se eternice. En las tres ocasiones previas en las que he presentado reclamaciones el resultado ha sido sorprendentemente positivo.

    Eso respecto al juzgado, porque respecto a la expropietaria, lo tengo aún más claro. Se irá cuando le toque, eso me lo dejó perfectamente clarinete cuando estuvimos hablando, y además, se irá pacíficamente, sin romper nada. Estoy seguro.

    De hecho toda mi verborrea de esta mañana ha ido dirigida contra la tramitadora del expediente judicial. A la expropietaria la he dejado a salvo de mis invectivas.

  10. #10
    27/10/15 19:41

    Pragmatismo........ese caso se te va a eternizar, pero vendrán otros .....que también te los eternizaran.......".los malos" son muchos y vengativos, tienen mucho sentido de clase.

  11. en respuesta a ppeleon
    -
    Top 100
    #9
    27/10/15 19:36

    Es la primera vez que me ocurre, que el expropietario haya ido a asesorarse al juzgado y haya coincidido conmigo dentro. Y sí, he actuado bastante fríamente pero las palabras no me han salido tan bien como luego las he transcrito aquí. Digamos que lo escrito aquí es como me hubiera gustado haber hablado. Pero bueno, en general la cosa ha sido bastante parecida.

  12. Top 10
    #8
    27/10/15 19:36

    Has pensado en hacerte "patrocinador" de la PAH ??????

    Ahora en serio, sabes que soy lector de tu blog, no obstante no siempre convengo contigo, aunque no puedo manifestar ni a favor ni en contra, porque para ello tendría que ponerme a juzgar, no soy juez, ni tengo la suficiente información de ambas partes, ni que la tuviera podría opinar,.....

    Ahora bien, la situación social hay que entenderla, generalizando, generalizando.... esto es como lo que indico a veces, de morosos y morrosos, solo es una erre de diferencia, pero el significado es radicalmente distinto .... todo el tema de desahucios es muy complejo, y se atisba la solución, esto no parece simplemente de normas, hay consideraciones sociales a tener en cuenta, lo que no significa el derecho de "permanecer" en un lugar contra viento y marea, en algún punto hay que asumir que uno se equivocó al adquirir una vivienda que no debía, y no es mera cuestión de suponer que el banco, que la economía, que putada, que no tengo culpa de nada ....etc.

  13. en respuesta a daniki
    -
    Top 100
    #7
    27/10/15 19:34

    No

  14. #6
    27/10/15 19:17

    meses... años???
    Por cierto, si un secretario resuelve que el expropietario se tiene derecho a permanecer en la vivienda o el inquilino ostenta título suficiente, habría que ir a los tiempos fijados en la 1/2013, verdad?

  15. #5
    27/10/15 19:15

    Joder! si la situación es tal la cuentas, qué gran casualidad estar en el sitio en aquel momento. Y lo que me parece digno de ser enmarcado y me produce una envidia terrible es, por un lado, los conocimientos sobre el particular y por otro, el aplomo y la frialdad para imponerte a esa gente en su propio feudo y dejarles las cosas tan claras y bien sentadas.
    Yo me hubiera puesto a gritarles improperios y maldiciones de todo tamaño y me hubieran expulsado del juzgado.

  16. #4
    27/10/15 18:45

    Se olvida de que gracias o desgracias tiene trabajo porque existen estas situaciones y que no debe tomar partido porque todas las partes merecen un respeto.

  17. #3
    27/10/15 18:43

    Totalmente de acuerdo

    Por otra parte decir que hay mucho aprendiz de leguleyo aconsejado por Google o plataformas varias que aconsejan mal y luego, cuando pasa lo que citas en el anterior post, se llevan las manos a la cabeza y dicen que el sistema no funciona, que todos estaban conchabados en su contra,...

    Y claro que el sistema no funciona... ¡Pero porque va muy lento en ponerlos en su sitio!

  18. #2
    27/10/15 18:28

    Bien dicho y hecho. No lo mencionas explícitamente, por lo que supongo que, dentro de lo malo, no se trata de uno de los juzgados del lado oscuro.

  19. #1
    27/10/15 17:21

    En efecto.

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