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¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)?

¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)?

Requisitos para solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)

Puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013) si cumples los siguientes requisitos:

 Si únicamente has obtenido rentas de las siguientes clases, cualquiera que sea su cuantía:
  • Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.
  • Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
  • Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles
  • Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o participes
     
 Si has sido titular, como máximo, de dos inmuebles de uso propio, aunque hayan estado desocupados, distintos de la vivienda habitual y del suelo no edificado.
 

Procedimiento de solicitud del borrador de declaración de la renta (IRPF campaña 2013)

Para que la Agencia Tributaria confeccione y remita el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013), si no solicitaste el borrador del IRPF en la pasada declaración o no confirmaste tu borrador, es necesario que lo solicites desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2013 por cualquiera de las siguientes vías:
  • Solicitar el borrador por Internet: www.agenciatributaria.es
  • Solicitar el borrador por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345  (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
  • Solicitar el borrador personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Para solicitar el borrador de declaración de la renta lo mejor es solicitar el borrador habiendo rellenado la casilla 110 en la declaración de la renta del año anterior.En  la campaña de Renta del próximo año se podrá visualizar la opción más favorable del borrador o los datos fiscales a través de Internet y desde el primer día de la campaña, sin necesidad de haberlo solicitado previamente. Por esta razón, el modelo 100 correspondiente al IRPF 2012 solo incluye, en relación con la obtención del  borrador de declaración o los datos fiscales, dos casillas. Una para que el contribuyente pueda indicar expresamente que desea recibirlos por correo ordinario y no visualizarlos por Internet (casilla 110) y otra para solicitar exclusivamente la opción de tributación individual aunque la misma pueda resultar menos favorable (casilla 111).

Si llamas por teléfono o solicitas el borrador de la declaración de la renta 2012 (IRPF Campaña año 2013) a través de Internet deberás aportar, además de tu Número de Identificación Fiscal (NIF) y, en su caso, el de tu cónyuge, el importe de la casilla 620 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2012. Además, se puede obtener en la web de Hacienda con el DNI electrónico o el certificado digital.

Si ya solicitaste el borrador de la declaración de la renta mediante la cumplimentación de la casilla 110 de la declaración del ejercicio 2012 no es necesario reiterar la solicitud del borrador de declaración. Tampoco deberás reiterar la solicitud del borrador si en la pasada campaña confirmaste el borrador de declaración.Por último, no será necesario solicitar el borrador los que solicitaron la puesta a disposición del borrador a través de Internet, marcando la casilla 112 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2012.

Consulta del borrador de declaración de la renta 2012 (IRPF campaña año 2013)

Del 2 de abril de 2012 hasta el 1 de julio de 2013 puedes consultar tu borrador de la declaración de la renta (siempre que el borrador haya sido confeccionado por la Agencia Tributaria)

 

Si ya tienes claro todo el proceso de solicitud y consulta del borrador de la declaración de la renta pasa al siguiente paso:
  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • Borrador de la Renta
  1. Nuevo
    #20
    01/04/13 11:45

    Gracias, interesante información. Quería consultaros sobre la obligatoriedad de comunicar activos en el extranjero por mayores de 50.000€. En mi caso tengo una pequeña propiedad en Argentina compartida con un familiar y que debe andar por esa cantidad. A la hora de la obligatoriedad de la comunicación entiendo que debería hacerlo si el 50% del valor supera los 50.000€. ¿Podeis confimarlo?
    Saludos

  2. Nuevo
    #19
    29/03/13 01:03

    Buenas noches yo el año,pasado he vendido mi vivienda habitual y también he comprado otra la primera la vendo por 138000 y la segunda la compre por 300000 he dado una entrada de 70000 y los gastos de hipoteca ascienden ha unos 29000 euros de notario , GESTORIA, etc, mi pregunta es que puedo deducir me de esto y si puedo desgravarme hasta el límite la compra de la vivienda y si tengo que tributar la venta tengo entendido que hasta el segundo año no tengo que tributar y si supero el dinero pagado en la nueva con lo que he cogido en la vieja no tengo que declararla, bueno ya me comentan, saludos y gracias de antemano

  3. Enrique Valls Grau
    #18
    26/03/13 16:54

    No podrán suscribir ni confirmar el borrador de declaración en los términos anteriormente comentados los contribuyentes que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

    a) Los contribuyentes que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España.
    b) Los contribuyentes que compensen partidas negativas de ejercicios anteriores.
    c) Los contribuyentes que pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.
    d) Los contribuyentes que tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejerciten tal derecho.

  4. en respuesta a Brian Sanz
    -
    Top 100
    #17
    25/03/13 12:00

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que me comentas, entiendo que no superas el límite que se establece en 22.000 € brutos anuales por rendimientos del trabajo, cuando procedan de un único pagador ya que has comentado que solo has recibido 200€ por rendimientos del trabajo. Por tanto, no tienes que realizar la Declaración de la Renta.

    Puedes consultar los límites a la obligación de tributar el IRPF en el siguiente enlace: Declaración de la renta e IRPF: ¿estoy obligado a declarar?

    Un saludo.

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #16
    25/03/13 11:55

    Muchas gracias Amparo. tengo que incluir el dinero de la comisión de la agencia? tiene el valor de un mes de alquiler.

    gracias

  6. Nuevo
    #15
    21/03/13 16:12

    Buenas Tardes:

    Yo he trabajado un mes por 200 € el año pasado ¿Tendría que hacer la declaración?

  7. en respuesta a Danympp81
    -
    Top 100
    #14
    20/03/13 09:29

    Buenos días,

    En el caso que vayas a realizar la Declaración de la Renta con el Programa PADRE, deberás cumplimentar la casilla 716 y la casilla F del anexo A.1. En el anexo se recogerá la información sobre la deducción por alquiler de vivienda habitual, y para ello es necesario introducir el NIF del arrendador (casilla 793), las cantidades satisfechas con derecho a deducción (con límite de deducción del 10,05%), y en la casilla 716, el importe de la deducción, que es el 10,05 % de las cantidades satisfechas con derecho a deducción.

    Un saludo.

  8. #13
    17/03/13 09:32

    buenos días,

    sabéis en que casillero se ha de declaran lo que pago de alquiler? es la primera vez que estoy de alquiler y no tengo mucha idea al respecto. también se incluye la comisión de la agencia en la declaración como alquiler ? o no se declara o se pone en otro casillero?

    gracias

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #12
    estrellacaixatimada
    15/03/13 09:26

    Gracias Amparo, estaré a las espera del nuevo post. Nunca he conseguido incorporar los datos fiscales al programa Padre del ejercicio correspondiente, ojala que este próximo ejercicio lo consiga con vuestra estimada y apreciada ayuda,sería un ahorro de tiempo y esfuerzo importante.Me toca hacer las declaraciones de toda la familia y de los colaboradores de la campaña de la renta-AEAT no me fio nada de nada, ya hemos tenido que presentar varios escritos aclaratorios por la actuación de los susodichos, sin mayores consecuencias pero ............
    SL2

  10. en respuesta a flankia
    -
    Top 100
    #11
    15/03/13 09:03

    Así como dices! En el post que haremos sobre el Programa PADRE 2012 informaremos de los pasos que se tienen que seguir para descargar, hacer y presentar la Declaración de la Renta con el Programa PADRE.

    Un saludo.

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #10
    14/03/13 20:00

    Muchas gracias Amparo. Siendo así lo descargaré. Entiendo que cuando esté el programa de este año el primer paso es descargarlo y hacerla en mi ordenador y posteriormente, si la deseo confirmar por internet, tendría que instalar el certificado y sólo entonces rellenarla de nuevo desde la web de aeat.
    O quizá se pueda utilizar la que previamente descargué en mi ordenador y me redirija a aeat a fin de no volver a rellenar los datos.

  12. en respuesta a flankia
    -
    Top 100
    #9
    14/03/13 16:44

    Si solo has percibido los intereses de los bonos autonómicos entiendo que si que recibirás el borrador, puesto que como dices estos rendimientos no excluyen la percepción del borrador.

    Respecto al programa PADRE, todavía no está disponible la descarga del programa de 2012. Tal como digo en este hilo Calendario de la Declaración de la Renta 2012, esperamos que a principios de Mayo ya esté disponible.
    De todos modos, puedes descargarte la versión del pasado año 2011 y ir probando, aunque te recomiendo esperarte a la del 2012, porque vas a tener tiempo suficiente.
    Las pruebas que hagas no quedan reflejadas en Hacienda y dudo que la Agencia Tributaria se pusiera en contacto con tu amigo solo por haber hecho la prueba, esto es imposible ya que el programa PADRE es un software que te instalas en tu ordenador y al que no tiene acceso nadie (ni la Agencia Tributaria) y que te permite hacer la Declaración de la Renta y presentar por Internet o imprimirla.

    Te dejo este artículo sobre el Programa PADRE 2011, en cuanto esté disponible la nueva versión del Programa PADRE actualizaremos el artículo.

    Un saludo.

  13. en respuesta a flankia
    -
    #8
    14/03/13 16:34

    Hola de nuevo. Acabo de leer lo siguiente:
    "Bonos autonómicos. Si durante el año pasado liquidó los Bonos que la Generalitat de Catalunya emitió para inversores minoristas a finales de 2010, no tiene derecho a percibir el borrador. La causa se encuentra en que la percepción de los intereses correspondientes no excluye del borrador; pero la obtención de beneficios por la venta de los bonos, sí. Deberá incluir estos datos en las páginas de "Ganancias y Pérdidas Patrimoniales".

    Me queda una duda: Los bonos los adquirí por 2 años y me vencen en mayo 2013. Como no los he vendido aún, sólo he recibido unos intereses el año pasado. En ese caso quizás me envien el borrador de 2012 ya que no ha existido venta.

    Otra duda: dado que nunca he utilizado el programa padre ¿es posible "desde ya" ir practicando/simulando en la web de hacienda sin problema? ¿hay alguna otra manera de hacer pruebas para coger soltura sin que quede reflejado en hacienda?. ¿es posible hacer las pruebas sin certificado digital?.
    Me dicen que es muy fácil ir metiendo los datos pues te va dando indicaciones, pero supongo que habrá que tener cuidado en no marcar algo concreto. También me comentó un amigo que en una ocasión que tras simularla, hacienda le contactó de inmediato.

    Muchas gracias.

  14. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #7
    14/03/13 09:24

    Muchas gracias, lástima que sea así pues el borrador facilita mucho. Lo extraño es que la posesión de ese tipo de activos 'patrióticos' excluya el borrador dificultando la tarea del contribuyente.
    Un saludo.

  15. en respuesta a flankia
    -
    Top 100
    #6
    13/03/13 16:10

    Buenas tardes,

    En el caso en que hayas tenido durante 2012 bonos autonómicos, primas de obligaciones convertibles en acciones o la Renta Básica de Emancipación no se recibirá el borrador de la Declaración de la Renta.

    Un saludo.

  16. #5
    13/03/13 08:54

    Si has tenido bonos autonómicos ¿te envian también el borrador?

  17. en respuesta a Antonia Grillo
    -
    Top 100
    #4
    28/01/13 09:33

    Bienvenida a Rankia,

    Las becas están exentas de tributación en el IRPF, según lo establecido en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Aunque no se exactamente si el caso de la beca salario es diferente. De todos modos, aunque no estés obligado a realizar la Declaración de la Renta (Declaración de la renta e IRPF: ¿estoy obligado a declarar?), puedes solicitar el borrador y ver si en tu caso es más conveniente realizarla o no.

    Un saludo.

  18. Nuevo
    #3
    26/01/13 09:22

    En caso de tener como únicos ingresos una beca salario y trabajos de internet y clases particulares (sin estar de alta en autónomos debido al monto, menos de 200 euros al mes)Se puede hacer la declaración?, lo pregunto porque este año me han puesto muchas pegas para tan sólo aceptarme la solicitud de beca y aun no se si me la darán porque no tengo ingresos en blanco. Mi pregunta es para cubrirme para la próxima solicitud de beca. Gracias.

  19. en respuesta a Sampaz1988
    -
    Top 100
    #2
    09/01/13 17:26

    Buenas tardes,

    Si que podrás solicitar tu borrador de la Declaración de la Renta por Internet desde la web de la Agencia Tributaria. Un saludo.

  20. #1
    03/01/13 14:16

    Buenos días.

    En mi caso, que no trabajo ni he trabajado nunca, pero este año he comprado y vendido acciones y cobrado dividendos, ¿Puedo solicitar el borrador?

    Muchas gracias