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Formulario W-8BEN: doble imposición internacional (EEUU)

Formulario W-8BEN: doble imposición internacional (EEUU)

Cuando un contribuyente invierte en valores extranjeros, debe de saber que existe la doble imposición en el dividendo por activos de empresas extranjeras.

En el caso de valores extranjeros, los dividendos o cupones que se reciban pueden disfrutar de un trato fiscal favorable, limitando la retención al 15%. Esto ocurrirá en los casos en que selos paises hayan firmado el convenio referentes.

Alemania o Estados Unidos son dos de los países donde existe el convenio firmado. De este modo, la retención que se aplica al cobro de dividendos o cupones se limita al 15%, o en el caso de que se haya practicado una retención mayor, el inversor tendrá derecho a la devolución del exceso sobre este porcentaje.

En el caso de valores alemanes, el inversor deberá solicitar que se le practique el tipo reducido mediante la cumplimentación del documento DBA-SPANIEN/Kapitalerträge, que facilitan en cualquier oficina de la Agencia Tributaria y que se debe enviar al Bundesamt für Finanzen-Bonn-Bad Godesberg.

En el caso de valores americanos, el inversor deberá solicitar que se le practique el tipo reducido mediante la cumplimentación del formulario W-8BEN “Certificado de estado de persona extranjera del propietario beneficiario para retenciones fiscales de Estados Unidos”, que se debe remitir a las autoridades fiscales de EEUU.

En ambos caso, el propio broker puede facilitar la tramitación y el envio de los documentos.

Formulario W-8BEN

Al rellenar y enviar el formulario W-8BEN el inversor disfruta de una menor retención para los dividendos y cupones obtenidos con valores americanos.

formulario W-8BEN

Este es el formulario W-8BEN a rellenar:

formulario W-8BEN

formulario W-8BEN

Como contribuyente español, se tiene que realizar la Declaración en España; y la retención española que se practique en el cobro de dividendos o cupones se considerará igual que cualquier otra retención, como un pago a cuenta.

En la Declaración de la Renta, existe una casilla denominada Deducción por doble imposición internacional. En el caso en que el contribuyente se pueda acoger a esta casilla, podrá deducirse la menor de las dos cantidades siguientes:

  • Impuesto pagado en el extranjero (retención practicada en el extranjero).
  • Resultado de aplicar el tipo medio efectivo a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero.

Para poder disfrutar de un trato fiscal más favorable, reduciéndose las retenciones de impuestos sobre los pagos de intereses y dividendos de tales valores, es necesario que se haya firmado y enviado el certificado correspondiente que, en el caso de valores americanos es el formulario W-8 BEN acreditando que no es residente en Estados Unidos y que puede beneficiarse de una menor retención en el pago de dividendos y cupones.

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  • dividendos
  • doble imposición
  1. #20
    04/11/14 22:04

    tengo acciones, pero no dan dividendos en usa...tengo que rellenarlo?

  2. en respuesta a Elpajaroloko
    -
    Top 100
    #19
    14/07/14 08:46

    Buenos días,

    En la operativa con CFDs, los dividendos computan de forma diferente en función de la posición que tengamos. Si estamos largos, se adquiere el derecho a recibir un pago equivalente al dividendo. Si estamos cortos, debemos abonar el equivalente al dividendo. En el primer caso, tributarán como dividendos, estando exentos los 1.500 primero euros. Te dejo este artículo: CFD: ¿Cómo afectan los dividendos?

    En ETFs si que creo que ocurre como en las acciones, por tanto, tributarán en la Declaración de la Renta como dividendos, y en la Declaración de la Renta de 2014 todavía se podrá beneficiar del límite de los 1500€ exentos de tributación.

    Te aconsejo que lo consultes con un asesor fiscal especializado en el tema.
    Un saludo,

  3. #18
    11/07/14 14:22

    Amparo,
    dos consultas:
    -los "dividendos" que se obtienen por un CFD se ven afectados por esto,aunque no sean en realidad dividendos?
    me retendrían supongo el origen el 15% .Como el broker no informa a la AEAT de estas operaciones de CFD,no figura en el borrador;donde se incluirian las ganancias o "dividendos" obtenidos ¿como dividendos normales?¿como rendimientos de capital?

    -los dividendos obtenidos por ETF donde se imputan en la declarfacion IRPF ,como dividendos normales,con el tope de 1800e(para este ejercicio)

    Gracias y un saludo

  4. en respuesta a Talweg
    -
    Top 100
    #17
    07/03/14 09:19

    Buenos días Talweg,

    Creo que quién mejor te podrá ayudar será el propio departamento de atención al cliente de tu broker, creo que al rellenar el formulario W-8BEN no deberías de rellenar nada más, pero habla con ellos.
    Un saludo,

  5. #16
    04/03/14 15:46

    Hola Amparo,
    Trabajo con Interactive Brokers, en su momento rellené el formulario W8. Tengo valores del NYSE, y ahora me he llegado una carta de una de las empresas de las que tengo acciones, con un formulario K-1 con la informaciómn tributaria correspondiente al 2013. No entiendo nada, me puedes orientar.
    Muchas gracias

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #15
    17/10/13 12:51

    Gracias Amparo por intentar aclarar en la medida de lo posible el tema de la doble imposición.

    Tan solo aclarar que Clicktrade ni sabe ni quiere saber nada sobre el asunto (literalmente así me lo han dicho), por lo que olvidaros de que este broker os tramite u os de información sobre este tema.
    Salu2

  7. en respuesta a Alex2
    -
    #14
    18/04/13 03:22

    ¿Conoces Interactive Brokers?...yo lo uso: tiene un pago mínimo de 10$ al mes por las cotizaciones del mercado USA (si superas los 10$ en pago de comisiones, te los descuentan). La compra de 100 acciones de una empresa o de un ETF cuesta sólo 1$... Por ejemplo puedes comprar 100 GLD o 100 SPY o 100 KO, etc...por 1$. Lo mismo para las ventas.

  8. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #13
    20/01/13 10:03

    Hay que tramitar la documentación W-8BEN por cada valor, o bien con una vez en la entidad (p.e. ING)que gestiona la compra en un mismo mercado es suficiente? Y si se vende y se vuelve a comprar el valor hay que volver a gestionarlo?
    Gracias.

  9. en respuesta a 1755
    -
    Nuevo
    #12
    18/01/13 09:47

    Yo no entiendo el procedimiento de la hacienda alemana.

    El W-8BEN es cierto que lo que hara es evitar que la hacienda americana te retenga mas del 15% por el cobro de dividendos (entiendo que, de todas formas, eso si que lo retendra) y despues en el IRPF esto se devolverá.

    Sin embargo, buscando en el link de Hacienda por el DBA-SPANIEN/Kapitalerträge lo que veo en Hacienda es el documento para "Reduccion de la retencion de dividendos de empresas ESPANOLAS para residentes en Alemania". Entiendo que lo que nosotros necesitamos es el contrario "Peticion de reduccion de la retencion en fuente de empresas alemanas para residentes españoles". No encuentro este documento por ninguna parte y no esta en ningun sitio del meh.

    Alguien lo tiene?. Porque si no, lo unico que nos queda es pagar por anticipado y despues tener que pedir la devolución

  10. en respuesta a Alex2
    -
    #11
    17/01/13 23:18

    Las propias bolsas de comercio, BME en el caso del Reino de España, si se lo propusiesen podrían ganar una barbaridad de dinero si, a cambio de una comisión razonable, nos ahorrasen ese farragoso asunto.

    En BME cotizan valores de diferentes países Latinoaméricanos que pagan dividendos en euros a los que se les aplica el correpondiente 21% de retención. Es decir, no hay doble imposición.
    Por tanto, si BME es capaz de hacer eso en el Latibex (lidiar fiscalmente con empresas, gobiernos y divisas diversos y entregarme en España un dividendo en euros que ha pagado una Cia latinoamericana "limpio" del 21% de impuestos) no se entiende que no quiera ganar más dinero facilitando al inversor español precisamente eso mismo en valores extranjeros (BME ha firmado acuedos de interconexión y mútuo reconocimiento con casi todas la bolsa europeas), y vivceversa, facilitando al inversor extranjero la toma de posiciones en valores españoles.

    Es paradójico que en estos momentos al inversor español le sea más fácil, práctico y fiscalmente rentable operar en la bolsa USA o Inglesa que no en bolsas de países vecinos con los que comparte divisa y proyecto político y con los que ha decidido abolir fronteras y facilitar la circulación de capitales y personas.

    En fin, que sigo pensado que este país tiene 5'5 millones de parados y deudas del 400% del PIB porque le da la gana.
    Salud.

  11. en respuesta a santiago_naya
    -
    #10
    17/01/13 17:22

    No quieren perder lo que ya cobran.Es un aúténtico abuso.

    De nada nos vale a los españolitos de a pie que Vanguard, por ejemplo, tenga Etfs buenísimos y BARATÍSIMOS y que reparten dividendo.

    Así es aproximadamente el cálculo con una inversión (sea acción o etf) de 5000 E (si se invierte menos,las comisiones resultan aún más caras):

    1) Invertir 5.000E en Renta 4 en un ETf o acción en EUROPA, mantenerlo un año y venderlo supone: 15E comisión compra + 15E comisión venta + 24 E custodia (12 meses: 2euros/mes)= 54 E o sea 1,04 % para Renta 4. Y EL RIESGO inherente a ENTRAR DE UNA SOLA VEZ, tal como está de volatil el mercado.

    2) Invertir 5.000 E en un Etf de AMERICA en Renta4, mantenerlo un año y venderlo:costo 15 dólares al comprar y 15 al vender: Veamos.

    Comisión compra 11,20E (suponiendo el cambio a 0,7520 euro/dólar, por ejemplo, por 15 dólares)+ 10euros comisión de cambio al comprar+ lo mismo al vender= TOTAL 42,40 E
    + 24 custodia 12 meses = Total 66,40 E.

    Sobre 5.000 E = 1,33% para la gestora (más lo que se queda el banco americano, que tampoco cambia gratis).

    Más el riesgo de entrar de una sola vez (mejor 5 entradas de 1000 en un fondo no demasiado caro o un fondo indiciado).

    Hay que añadir el riego inherente a que baje/suba la divisa.
    Además el problema con los dividendos, del que hoy tratamos aquí.

    Más o menos igual ocurre en Saxo bank donde, por ejemplo, puedes tener cuenta en dólares, pero la comisión por cambio al pasar a tu cuenta es de 0,50 % del importe: Baratísimo según ellos.

    Resumen: es un absoluto abuso el de los Brokers que trabajan en España. UNA AUTÉNTICA PIRATERÍA.

  12. en respuesta a Cheldri
    -
    Top 100
    #9
    17/01/13 16:02

    Si, supongo que deberás ser tu el que vayas detrás del broker recordándole que tenéis que rellenar el Formulario W-8BEN y enviarlo. Quizás sería más conveniente y fácil para todos pagar una pequeña comisión a los brokers a cambio de no tener que rellenar nosotros mismos el formulario; o al menos que el inversor pudiera elegir si lo quiere rellenar él o no; pero no esta situación de incertidumbre.

    Un saludo.

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #8
    17/01/13 15:30

    Amparo yo todas las compras de bolsa las hice a través de Banif y Citi y nadie se encargó de nada, así que perdí mi dinero, sería más razonable que el broker cobrara una comision por esa operacion y se encargara de ello, ganariamos el broker y el cliente no las haciendas extranjeras y española.
    Saludos

  14. en respuesta a santiago_naya
    -
    Top 100
    #7
    17/01/13 08:56
    Lo más normal es que tu broker se encargue de realizar esta gestión, como he dicho en el artículo
    En ambos caso, el propio broker puede facilitar la tramitación y el envio de los documentos.
    De todos modos, preguntalo a tu broker, porque seguro que hay más clientes en la misma situación que tu. Un saludo.
  15. #6
    16/01/13 21:01

    Es un atraso que este tipo de gestión no te la haga el propio broker. Esta burocracia hecha para atras a los inversores que quieren invertir fuera en valores con dividendo.

  16. #5
    16/01/13 10:57

    Muy buen articulo Amparo, recomiendo a los inversores el abrirse a otros mercados, sobretodo ahora con la limitación de los interés en IPF por parte de banco de Esapña, en USA existen cientos de Fondos cotizados (ETF) que superan de largo el 5 % de rentabilidad ( en bonos estatales, municipales, corporativos, REIT, trusts canadienses, etc.).
    Evidentemente al invertir en dolares americanos nos afectara el tipo de cambio.

  17. en respuesta a Alex2
    -
    #4
    16/01/13 10:34

    Mi opinión es que todas estas trabas se ponen para que la gente invierta en fondos y así paguemos comisiones a las entidades financieras.

  18. #3
    16/01/13 10:31

    Mi pregunta es: Hay que enviar el formulario a la hacienda extranjera y ya esta o tenemos que comunicárselo a nuestro broker. Creo que este asunto merece un artículo donde se explique bien todo
    el proceso, ya que se escribe mucho sobre ello pero no queda del todo claro.

  19. #2
    16/01/13 00:41

    Entre lo que cuesta comprar acciones extrajeras en los brokers españoles (no digamos si son en divisa distinta al euro: en Renta4, por ejemplo, al precio que establece el banco americano le añaden una comisión del 0,20% con um mínimo de 10 Euros) + comisiones de mantenimiento (en Renta4es 2 euros mes por valor) y el tema de los dividendos es casi una temeridad hacer incursiones fuera con acciones al contado

  20. #1
    15/01/13 21:23

    Desde luego esto de la doble imposición es un rollo manifiesto, mucha libertad de circulación de capitales y luego nos encontramos con esta barrera.
    Yo le perdí dinero a la retención de Telecom Italia,mercado italiano y Nokia,holandés y encima tuve que poner en renta el bruto sin poderme deducir lo retenido en origen, como no haya algún broker que gestione esta burocracia no invertiré más en valores extranjeros porque al final mis dividendos se los lleva el diablo.
    Gracias Amparo por todo el trabajo que te tomas.
    Saludos

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