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¿Por qué no puedo liquidar los impuestos en mi banco?

Lo que es la vida. Hace más de un año guarde  esta entrada de Cybereuskadi (blog que recomiendo), Hacienda obliga a las empresas a abrir una cuenta con una selección de bancos, para comentarla y hasta hoy. Y eso que el asunto no es baladí. Lo que sugería el post me llamaba la atención por varios motivos: primero por la carga de profundidad del tema (que ya adelanto que no hay cuestión de fondo) y segundo por el hecho de que no me esperaba dicha acusación por parte de José Antonio del Moral, un emprendedor a quien considero bien informado de de lo que le rodea, en parte debido a su formación jurídica. Así que aunque tarde, creo que es oportuno dejar algunas cosas claras, y para ello nada mejor que citar las afirmaciones de José Antonio.

Estoy indignado! La Hacienda Foral de Bizkaia me obliga a abrir una cuenta en uno de los bancos o cajas que ellos han seleccionado. Y es que, al igual que a todas las empresas, exigen que la mía declare sus impuestos a través de Internet, lo cual me parece bien, y que el pago se domicilie en una de las entidades financieras con las que tiene suscrito un convenio, lo que no me gusta tanto. Y es que la mía no figura en ese listado.

Por enfocar el asunto, y como sucede en el resto de España, las distintas Haciendas están obligando a las distintas empresas a "telematizar" todo sus procesos. Nada de papeles físicos y nada de dinero en metálico. Y lo que le fastidia a José Antonio es que entre las entidades en las que se pueden domiciliar los pagos correspondientes a los tributos de sus empresas no se encuentra su banco (que, aunque me puedo equivocar, creo recordar que era ING). Y afirma que está indignado...pues me parece bien, lo que no me parece tanto es que esté indignado con quien no de debe estarlo. Y otro tanto digo a los particulares que he oído quejarse por temas similares en relación con su declaración del IRPF.

Sin ser un experto en la materia cabe recordar que las relaciones entre Hacienda (ya sea la central o las forales) y las entidades bancarias se rigen por el Reglamento de Recaudación (en la Foral tienen su normativa propia). Esta normativa establece el marco de derechos y obligaciones de las Entidades Colaboradoras (en la Seguridad Social hay normativa específica). Y sobre estas entidades colaboradoras conviene tener claras determinadas cosas:

1. No existe una obligación del Banco de ser una Entidad Colaboradora. Se parte del principio de voluntariedad. Es el banco el que debe incorporarse al censo de entidades colaboradoras, al convenio, de motu propio.

2. Que yo sepa, tanto en las Haciendas Forales como en la central se trata de listas abiertas. Tu cumples unas bases y te incorporas, teniendo que adecuar tus sistemas y procedimientos a lo que te marquen. Por poner un ejemplo, debes dar acceso a la posibilidad de los llamados embargos telemáticos. De no hacerlo pueden suspenderte como entidad colaboradora.

3.Como ya iréis deduciendo, el hecho de ser entidad colaboradora o no, incorpora una serie de ventajas para la entidad financiera, pero también unas obligaciones, unas cargas (veáse por ejemplo la probemática de la SS). Y es posible que en la valoración de puntos positivos y negativos la entidad con la que trabaja José Antonio entienda que a ella no le resulte interesante trabajar como entidad colaboradora. Incluso es posible (esto es una suposición sin base) que el hecho de ser una sucursal de un banco extranjero, es decir, no ser una SA domiciliada en España suponga algún tipo de problema operativo al respecto. 

En todo caso el problema no es de Hacienda. El problema es del Banco que presta sus servicios a José Antonio, que es el que no le presta el servicio que éste demanda, no habiendo ningún tipo de veto ni de maniobra oculta, más allá de la incapacidad de esa entidad financiera en explicarle a sus clientes la verdad. Y es que solo les interesa parte de la tajada.

Como caso especial tenemos el de las Haciendas Municipales y algunas autonómicas donde si me consta que hay un cierto reino de taifas...

 

 

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  1. en respuesta a rrojasjr
    -
    #4
    08/05/12 18:03

    Gracias...

  2. Nuevo
    #3
    rrojasjr
    14/04/12 17:48

    Soy nieto de espanoles y vivo en Florida. Me guta la forma que enfoca los temas de actualidad y que le afectan a las personas de su comunidad. Lo felicito y estare siguiendo sus escritos gracias.

  3. en respuesta a W. Petersen
    -
    #3
    09/12/11 19:16

    Como ya comentaba en las en las municipales (y en algunas autonómicas) si que hay mamoneo. Pero en el caso quenos ocupaba me parece injusto acusar a quien no es responsable y que encima su banco se vaya de rositas. Que lediga que no le interesa prestar ese servicio a sus clientes y ya está.

  4. Top 10
    #2
    09/12/11 13:13

    Si vale ...... pero es que llegamos al absurdo de que algunos tributos locales (cedidos en gestión a una agrupación provincial de municipios) vamos que no es de un pueblo de tres al cuarto como el mío (de tres al cuarto, pero con una calidad de vida extraordinaria) y que solo puedes pagar a través de una determinada entidad financiera, ésta solo recauda martes y jueves de 8:30 a 10:00 y creo que además solo a partir del 20 del mes. Entonces el ciudadano es el obligado al pago y para la proxima vez sin problemas lo podrá domiciliar, pero de momento y al menos para una sola ocasión, digamos que la "colaboración" de la administración provincial para que el ciudadano proceda a cumplir con sus obligaciones tributarias, no es ... digamos .... de lo mas adecuado. Al menos te dieran 3 ó 4 opciones, pero no, vas a la "estrella" o prepárate para pagar recargos.