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El Lado Oscuro de algunos abogados (muy pocos, por suerte)

A estas alturas de mi vida profesional he oído docenas de veces las quejas de los que pierden pleitos argumentando que sus letrados se han vendido a la otra parte o que el juez tenía oscuras simpatías con ella. Eso es un clasico que se debe a que generalmente las partes que se enfrentan en los tribunales no son precisamnte ejemplo de sensatez y raciocinio sino que al menos una de ellas suele ser más bien corta de vista y/o de entendederas.

Sobre este tipo de perdedores contumaces traté en uno de los post de Subastanomics.

Sin embargo este no es el caso de nuestro amigo Lluis que, por lo que me cuenta, ha sido objeto de una auténtica conspiración.

Primero leedle y luego decidme si le dais crédito o si le consideráis otro perdedor contumaz.

 

Buenas noches, Tristán. Me dirijo a usted, ya qué mi abogado me acompaño a la subasta qué mi mujer interpuso para vender nuestra vivienda tasada en 310.000 euros, propiedad de ambos. Vivimos en Barcelona.

El día de la subasta, solo estábamos mi ex mujer y su abogado y yo con el mío, el cuál me aseguro con anterioridad y aquél mismo día que tenía derecho a retracto una vez se postulasen los pujadores. El abogado de mi ex ofreció la ridicula cantidad de 10.000 euros y yo le dije a mi abogado qué pujara 20.000, pero me contestó que mejor no hacerlo por 2 razones, la primera que su cantidad era tan ridicula (no llegaba ni al 15℅ del valor tasado) que no la aprobarían. Y la segunda razón que al yo tener derecho de retracto no habría problema alguno. Lógicamente yo confié totalmente en mi abogado.

Resumiendo, no sólo aceptaron su postura como lícita sino que yo no tenía derecho de retracto.

Entonces mi abogado dijo con toda la cara dura que el nunca había dicho tal cosa.

Ahora me encuentro que en un mes me echan de mi casa y sólo cobro 5.000 euros. 30 años trabajando para tener un valor económico y este señor me ha arruinado.

Luego me he enterado de que mi exmujer dijo en la subasta que se reservaban el derecho de la venta a terceros.

Mis preguntas son y sin querer abusar de su confianza:

¿Cómo es posible qué pudieran aceptar un precio tan ridículo? ¿No hay un mínimo estipulado por ley?

¿Qué significa que se reservan el derecho de la venta a terceros? Ya que ella consta todavía como propietaria del piso, a un mes de echarme.

¿Puedo pedir un aplazamiento? Tengo la custodia integra de mis 2 hijos menores, y viven conmigo. Me la dieron  hace 2 meses y aún así pedí el aplazamiento del deshaucio y solamente conseguí 2 meses más.

Hace medio año me diagnosticaron un cáncer de próstata, con lo cual tengo unos ingresos nulos ya que soy autónomo.

¿Cómo es posible qué esto no sirva para poder aplazar un año el deshaucio? Es el tiempo que necesito para poder recuperarme y empezar a trabajar.

No puedo entender por qué no puedo hacer nada al respecto sobre una injusticia tan obvia, ya qué es un robo a mano armada y se ve la mala fe de mi ex y de mi abogado (al cual compraron por una cantidad. Lo sé, peró no puedo demostralo) y un abuso en toda regla, injusto y carente de sentido común.

Para colmo ella gana más qué yo actualmente

¿No hay ninguna manera, para poder anular el proceso?

¿Qué me aconseja usted, o qué haría usted en mi lugar?

Le doy las gracias de antemano, tanto por robarle unos minutos de su tiempo, cómo por su respuesta.

 

¿Y bien? Queridos lectores que aún me soportáis con infinita paciencia y creciente antipatía...

¿Qué opináis de este correo recibido recientemente?

 

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  • Abogados
  1. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #81
    28/09/17 08:18

    Bien, entiendo que conseguisteis que la adjudicación cubriera la deuda aunque no superara la mejor puja provisional. Me alegro de que lo digas en público porque cuando yo explico esto nadie cree que eso sea posible y algunos me miran con cara de que les estoy mintiendo.

  2. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #82
    28/09/17 08:28

    Así es, y lo hemos comentado muchas veces: el 670.4 es interpretable, y el Auto que confírma la decisión del LAJ es muy expeditivo, simplemente viene a decir que, ante la falta de Jurisprudencia del Supremo, gana la mayoría de Audiencias.
    Éso sí, primero hay que tener suerte con el LAJ: si piensa distinto, no vas a convencerle de que cambie...
    Saludos,

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #83
    28/09/17 08:39

    Jotaerre di también que en otro caso no nos lo han permitido!!! Estamos a 50%-50%... a ver que pasa con el tercero y donde tenemos que llegar

  4. en respuesta a tonigs
    -
    #84
    28/09/17 08:48

    Efectivamente, porque todo depende de hasta dónde quieras llegar recurriendo, y de si la AP de tu provincia ya se ha pronunciado.

  5. en respuesta a Jotaerre
    -
    #85
    28/09/17 09:47

    JOTAERRETONIGS SUBASTAS SA.

    Ni sniper ni leches, conocimientos y capital nos avalan, además de seriedad, confie plenamente en: JOTAERRETONIGS SA, dice un eslogan en un cartel situado en la Gran vía en el año 2.030. Yo estuve allí.

    Saludos.

  6. en respuesta a mfmelo
    -
    #86
    28/09/17 12:20

    Yo no aspiro a tanto Mfmelo, somos unos pequeños inversores que vamos trampeando por aquí y por allí. Este magnifico foro me ha aportado el mejor a fecha de hoy de los abogados que me he cruzado y lo agradezco enormemente. Un saludo

  7. en respuesta a tonigs
    -
    Top 100
    #87
    28/09/17 12:35

    Y mucha interacción entre inversores para que aprendamos unos de otros

  8. en respuesta a Inversius
    -
    #88
    Hotwu
    09/02/18 17:48

    ¿ Y como se realiza un análisis masivo de cargas sin bordear, más bién incumplir directamente la LOPD ? Para analizar las cargas, entiendo que es necesario analizar la certificación de dominio y cargas de CADA uno de las subastas y/o lotes. Para esto último, entiendo que será necesario aplicar técnicas de OCR a dichos documentos, pero HAY UN GRAN PERO, y es que por LOPD, y según reza al pie de cada certificación de dominio y cargas, nota simple, etc , ( y si no lo dice, la ley por defecto así lo contempla ), NO está permitido incorporar dichos documentos, ni los datos en ellos contenidos, a archivo alguno, ni siquiera comunicando dicha circunstancia a la agencia de protección de datos. Por otro lado, para descargar dichos documentos del portal del BOE, es necesario validar con un certificado ( que identifica univocamente a quien realiza el "escrapeo" ). Dicho de otro modo, tienen formar de saber que el señor X, está descargando "a saco" todos los documentos del portal del BOE. Ergo ante un requerimiento del BOE vía LOPD, ¿ Que respuesta se le puede dar a la siguiente pregunta ? ¿ Que está Vd. haciendo con TODOS los pdf que se descarga el portal ? ¿ Los consulta y los borra ? Cuidadito, que eso es jugar con fuego, las multas por incumplir la LOPD no son de broma.

  9. en respuesta a Hotwu
    -
    #89
    09/02/18 18:10

    Le dices que tienes 10.000 empleados subcontratados en India, y que cada Nota solo la leé uno y luego la quema jajaja.

    ¿No se hace similar para la resolución de Captchas? Pues ya tienes respuesta. Es lo que tiene el mundo globalizado, que estos todavía viven el su universo de visera y manguitos.

    Ahora en serio, tienes toda la razón en lo delicado del asunto.

  10. en respuesta a clanderjander
    -
    #90
    Hotwu
    09/02/18 18:17

    Mejor aún, le argumentas a modo de Fahrenheit 451, que tienes a 10000 indios (de la India ) en nómina, y que cada uno memoriza una nota simple y/o anotación preventiva de embargo, eso sí encriptada en su memoría ( guardada en sánscrito que es lo mismo ), y después la queman.

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