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El derecho a la plena propiedad es mío, lo he comprado

Lo que me ha sucedido esta mañana ha sido el colmo de los colmos.

Estaba tranquilamente examinando unos expedientes en un juzgado de la capital cuando veo que la expropietaria de un piso que me adjudiqué en julio entra en el juzgado y, tras preguntar brevemente a uno de los funcionarios, se dirige con paso resuelto a la tramitadora del expediente de la subasta en la que perdió su vivienda.

Breve inciso. A esta señora la visité por segunda vez la semana pasada y le ofrecí una salida digna de la casa y una pequeña oferta económica.

Esta fue su respuesta:

 

Mira listillo, ambos sabemos que el juzgado va a tardar al menos doce o dieciocho meses en echarme y con lo que tu me ofreces no tengo ni para tres meses de alquiler, así que o me das el alquiler de veinticuatro meses o me ofreces un alquiler social de diez años a 250 euros al mes, que es lo que yo puedo pagar, o yo no me muevo de aquí hasta que venga el juzgado a echarme.

 

Eso fue lo que me dijo esta señora que ahora se dirigía directamente hacia la funcionaria que estaba tramitando el procedimiento judicial.

Yo estaba a menos de cinco metros de ambas, así que he puesto los radares en marcha y he dejado de escribir.

La expropietaria le estaba contando a la funcionaria que un subastero (y aquí cuchichearon en voz baja) se había presentado en su casa y la había conminado a que hiciera las maletas diciéndole que si no lo hacía por las buenas lo acabaría haciendo por las malas.

(Mentira podrida. Yo jamás actúo de esa manera y es precisamente porque nunca hago cosas parecidas por lo que hasta hoy jamás me han hecho destrozos vandálicos en las casas que me he adjudicado. La clave está en tratar con respeto a los demandados).

¡¡Será lianta!!

No importa, yo he seguido callado mordiéndome la lengua.

Pero lo que ya no he podido tragar es cuando la funcionaria ha elevado la voz para que yo y todos los presentes la oyéramos (es o era así de chula) y le ha dicho a la demandada que ella no tenía por qué abandonar su casa antes de tiempo, que el subastero que se había adjudicado la subasta no tenía ningún derecho a entrar en esa casa hasta que el juzgado le entregara la posesión y que ella tenía el derecho a permanecer allí hasta el último minuto anterior a la fecha del lanzamiento y que aún faltaba mucho tiempo para eso. Meses, según ella, quizás años.

Y aquí es cuando he saltado:

 

Eso no es cierto. Todo lo que aquí se está diciendo es falso.

Lo cierto es que tu no eres nadie para asesorar a esta señora. Tu trabajo es sacar adelante el procedimiento a las órdenes del secretario y no estás aquí para asesorar a nadie, lo primero, porque no eres abogada y puedes meterles en un buen lío y lo segundo porque como funcionaria del juzgado debes ser escrupulosamente neutral y no puedes andar compadreando con los demandados en contra de las otras partes.

Y lo que te está diciendo esta señora también es falso.

Porque lo que yo hice la semana pasada y tengo perfecto derecho a hacer, dado que soy el legítimo propietario de esa casa, es ofrecerle dinero a cambio de que me entregase la posesión, porque para tu información, y aquí he mirado a la funcionaria, el juzgado no es el único que me puede poner en posesión de ese piso sino que, si quien la tiene, que es esta señora, me la quiere entregar, por la cara o a cambio de dinero, es un medio tan legítimo como otro cualquiera de obtenerla. 

Digo esto para que veas que no estás cualificada para asesorarle a nadie.

Esta señora tiene la posesión y si ella lo desea me la podría entregar ahora mismo.

                                                          

Si la funcionaria se hubiera callado, la cosa no habría pasado a mayores y ahora podría dormir más tranquila, pero le ha podido la soberbia de no poder soportar que un usuario de la Justicia, habitualmente tan acongojaditos ellos, le haya puesto por una vez en su sitio.

De manera que ha respondido, persistido en sus anteriores errores y añadiendo algunas dosis del rencor social que lleva dentro.

Conclusión, que como yo soy una persona muy educada y no me gustan las discusiones a voces he bajado el volumen de mi voz y le he pedido que me entregue inmediatamente los impresos para realizar una reclamación ante el Consejo General del Poder Judicial.

Ostras, se ha quedado de piedra. Se le ha ido el color de la cara.

Me he mantenido firme porque a estas alturas ya me importaba más el fuero que el huevo y aunque normalmente soy muy pragmático y suelo medir mucho las consecuencias de mis actos, en esos momentos ya solo me importaba defender mis derechos.

A los dos minutos ha salido el secretario y me ha pedido que le acompañase a su despacho, donde le he contado lo que había pasado y, como he persistido en presentar la reclamación contra la empleada pública, no le ha quedado más remedio que darme el impreso. Lo he rellenado, firmado y listo.

Ignoro si esto me va a perjudicar con los trámites de esta subasta o si, al contrario, ahora que conocen mi lado malo todo va a ir como la seda, pero ya empiezo a estar bastante harto de que funcionarios, que deberían ser más asépticos en su trato con las partes, se dediquen a llenar la cabeza de los demandados y okupas con falsedades acerca de derechos inexistentes. 

Los demandados NO TIENEN DERECHO a permanecer en la vivienda hasta el último minuto.

No se trata de un derecho de ellos.

El derecho es nuestro, de los adjudicatarios.

De lo que se trata es de que los adjudicatarios NO podemos echarles a palos sino que si ellos no respetan NUESTRO DERECHO a tomar pacíficamente posesión de la vivienda, en tal caso no nos queda más remedio que esperar a que sea la Justicia quien lo haga.

Y eso, en España, toma su tiempo.

Meses... a veces años.

Supongamos que un macarrilla entra en mi casa y se lleva la moto de mi hijo. Yo no puedo ir a su casa, entrar en ella, darle de hostias y quitarle la moto.

¿Significa eso que el macarrilla tiene derecho a disfrutar de la moto hasta que la autoridad policial o judicial decida quitársela?

No, el macarrilla no tiene ese derecho.                                                   

El derecho a disfrutar de la moto sigue siendo de mi hijo.                        

Lo que no significa que yo pueda liarme a hostias y recuperarla.

O sea, que mucho ojo con llenarle la cabeza de pájaros a los demandados acerca de sus derechos.

El derecho es nuestro, de los adjudicatarios.                             

¿O no?

 

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  1. en respuesta a newzel
    -
    Top 100
    #34
    04/11/15 20:05

    A ver, newzel, por supuesto que esta web es de legos en Derecho. Yo mismo he dejado dicho docenas de veces que no soy abogado sino Piloto de la Marina Mercante y licenciado en Historia del Arte.

    Ahora bien, además de legos en Derecho, también somos usuarios intensivos de la Administración de Justicia, en muchas ocasiones sufridores intensivos de la misma. Cómo no vamos a parecer ingenuos e infantiles si los profesionales de la cosa han (o habéis) convertido esto en una especie de palacio de justicia kafkiano en el que el usuario pierde la esperanza de entender nada de lo que le está sucediendo.

    Pero gracias a Jotaerre y a otros como él que nos iluminan con sus conocimientos y nos ayudan a presentarlos... ingenuamente.

    Respecto a lo que tu crees que fueron ofensas a los Letrados de la Administración de Justicia, coloquialmente aún llamados secretarios judiciales, lo que te digo es que aquel post sobre la penosa información aportada en el Portal de Subastas Judiciales estaba escrito en tono de broma.

    Cierto que la broma era a costa de los susodichos secretarios, pero era broma al fin y al cabo.

    Y tu indignación y cabreo, aunque los entiendo, los entendería aún mejor si fueran acompañados de una crítica hacia los comportamientos criticados en aquellos post.

    Por mi parte es mucho el respeto que siento por muchos secretarios judiciales y desde luego siempre he respetado y me he conformado con sus decisiones. No tanto con el tiempo que han tardado en tomarlas.

  2. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #33
    04/11/15 19:44

    Y estás en tu legítimo derecho de emprender las acciones que estimes pertinentes, desde luego, con independencia de que, en mi opinión, esa queja carece de sentido.

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #32
    04/11/15 19:42

    En mi opinión, eso no es aconsejar sino advertir al ejecutado que puede entregar la posesión de forma voluntaria, o bien se hará de forma forzosa. No dudo de la veracidad de las afirmaciones de Tristan, pero esa queja sólo conseguirá que el SJ pierda una hora elaborando un informe

    Por supuesto que no creo que este foro sea rival del de SJ, básicamente porque este foro es de legos en Derecho, y en ocasiones, ingenuo e infantil. Pero si la regla primera es la de poner a parir a los SJ como si fuesen retrasados mentales, y la mayor de las veces con razonamientos absurdos y tópicos, con errores de bulto, evidentemente yo me siento aludido, como miembro del Cuerpo.

  4. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #31
    04/11/15 19:33

    Y no solo porque la asesorara, que NO debe hacerlo pero que puedo comprender perfectamente la necesidad de ayudar a los que lo necesitan, sino sobre todo porque la estaba asesorando en contra de la Ley, la estaba diciendo que aguantara en el piso hasta el último minuto y que se aprovechara del atasco monumental que están sufriendo los juzgados y, especialmente, el SCNE.

    A ver, es algo que no me pilla de nuevas porque lo he visto muchas veces, pero esta es la primera vez que lo hacen en mi contra, estando yo delante y sabiendo que yo estaba delante.

  5. #30
    04/11/15 19:03

    Y éso mismo es lo que afirma Tristán, newzel: su queja es que en el Juzgado se asesoraba a la ejecutada (lo que, como dejan claro las normas de UdAcción, está prohibido).
    No quisiera que te tomaras este foro como rival del otro, para mí son complementarios, y tu reconocida sabiduría puede ser igual de valiosa en este, dejando aparte posibles piques.
    Saludos,

  6. #29
    04/11/15 18:34

    Ah Tristán, qué haríamos sin la teoría del título y el modo. Tu queja no tiene ni pies ni cabeza, pero bueno, si así todo el mundo se queda tranquilo, no seré yo quien lleve la contraria.
    Para entendernos, en el caso de subasta de bien inmueble, el dominio se adquiere con el decreto de adjudicación unido al testimonio, que se expide una vez es firme. Y en base a ese título, el adjudicatario puede solicitar la entrega de la posesión, previo abono del ITPAJD. Posesión que puede ser voluntaria, o forzosa, ya sea a través del SCNE o a través del oportuno proceso de desahucio si ya ha transcurrido más de un año desde que era posible solicitarlo.

  7. #28
    02/11/15 21:18

    buenas tardes Tristán:

    Me ha encantado el relato. Eres un crack, ojalá le metan un buen puro a la funcionaria.

    Un saludo cordial

  8. en respuesta a darwin255
    -
    Top 100
    #27
    30/10/15 14:44

    En realidad yo no hubiera reaccionado igual si no me hubiera súper cabreado la actitud desafiante de la funcionaria, encantada de como se estaba desarrollando la situación y convencida de que me iba a achicar como tantas veces nos sucede a los usuarios de la Justicia cuando esta gente se crece.

  9. #26
    30/10/15 14:33

    ¡Madre mía vaya historia! Aunque en la realidad no lo hicieras al 100% como cuentas aquí me parece que tienes unas tablas tremendas.

    Bajo mi punto de vista tu obraste correctamente. Espero que el que vean que tienes carácter te allane el camino y no lo contrario.

  10. en respuesta a Falcata
    -
    #25
    30/10/15 00:07

    No es exactamente una barbaridad sino un delito de coacciones y si accedes al inmueble siendo vivienda de una persona suma el de allanamiento de morada penado con hasta dos años de prisión. Ahora bien habrás puesto la pelota en el tejado ajeno y será otro el que tenga que empezar a preocuparse de ejercer sus derechos jejeje

  11. en respuesta a Falcata
    -
    Top 100
    #24
    29/10/15 23:58

    Eso es una barbaridad que no haría ningún profesional inmobiliario.

  12. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #23
    29/10/15 23:35

    Una pregunta desde la ignorancia ¿ eso de cambiar la cerradura cuando el "ocupa" se ha ido a comprar el pan? tanto para subastas como para inquilinos que no pagan. ¿es una solución viable? ¿es una leyenda urbana? ¿que puede pasar?

    gracias

  13. en respuesta a Anónimo 162119
    -
    Top 10
    #22
    28/10/15 11:07

    Estoy haciendo una reflexión en voz alta, porque evidentemente el derecho de cobro del acreedor existe y debe existir, y también que un tercero que no tiene relación con la deuda si ha adquirido un bien, debe tener la plena posesión. Ahora bien lo que pretendo indicar es que todo es no es tan simple a efectos sociales, y más de la forma que ha golpeado la crisis a las famílias mas modestas. Dicho ello hago la comparación entre en moroso y el morroso, a efectos de indicar que siendo un mismo asunto de deuda, hay quien tiene una desgracia, y quien a demás le pone un morro que se lo pisa.
    Solo eso una reflexión en voz alta, de la cual obviamente no tengo la solución.

  14. en respuesta a W. Petersen
    -
    #21
    Anónimo 162119
    28/10/15 10:28

    No entiendo a donde quieres llegar con este mensaje. La situación es la que es, Tristán se ha adjudicado una vivienda y la anterior propietaria no quiere irse, la funcionaria le aconseja de forma errónea y parcial (a lo PAH), ¿donde está el problema si Tristán no ha sugerido actuar de forma diferente a la legalidad? ¿O es que sugieres que debería aceptar el precio que le pone la anterior propietaria para entregarle la posesión?

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