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La incompetencia en las subastas alcanza a la AEAT

He mencionado por activa y por pasiva que casi cualquier administración pública es capaz de organizar "ventas forzosas de bienes" (es decir subastas) con bastante más eficacia que la Administración de Justicia, debido a que cualquier asunto humano que sea judicializado, entra inmediatamente en un agujero negro del que o no sale o sale tarde y mal. 

Y de todos es conocido que los agujeros negros se caracterizan, entre otras cosas, por su oscuridad. 

Y ahí me quedo. 

O sea, que sí, que en general las subastas de la Seguridad Social y de la AEAT suelen organizarse mejor, recaudar más y acelerar el negocio inmobiliario desde el punto de vista del adjudicatario.

Y ello a pesar de lo que comenté en:           Las adjudicaciones directas de Hacienda

post en el que expliqué que a pesar de ser las subastas preferidas por los novatos, también eran en las que más y peores follones se metían.

Por esto mismo no os podéis perder el último post que he publicado en Subastanomics referente a la venta en adjudicación directa de un velero precioso pero en estado catatónico:   "Hacienda a toda vela en Banana Republic"

 

                                                   

 

En este caso que allí relato la organización ha sido peor que pésima: nadie responde en el teléfono que figura en la web de la oficina de subastas de la AEAT encargada de esta subasta, no informan del ruinosos estado del velero, ni de las cargas de atraque.

Y lo peor es que ya hubo un anterior adjudicatario que se vio obligado a quebrar la subasta cuando vio lo que le habían colado y ahora lo intentan subastar otra vez sin haber mejorado nada.

Así nos va a todos.

 

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  1. en respuesta a Anónimo 162119
    -
    Top 100
    #24
    14/04/15 16:06

    Y así la gran mayoría

  2. #23
    Anónimo 162119
    14/04/15 15:10

    Os invito a comprobar en qué se parecen las descripciones de los inmuebles con la realidad según las referencias catastrales aportadas de esta subasta: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wcl2/SOLexterno/pages/subastaLotes.faces?idEnajenacion=012R29860201501S

    RC: 3664115UF7636S0001SE Suelo sin edificar 58 m2 - VIVIENDA CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 70,61 m2

    RC: 3664116UF7636S0001ZE Suelo sin edificar 90 m2 - VIVIENDA CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 93 m2

    RC: 3664117UF7636S0001UE Suelo sin edificar 89 m2 - VIVIENDA CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 163,61 m2

    Las valoraciones 495.225,95 €, 652.259,08 € y 1.147.485,03 €, respectivamente, que son un disparate total por la zona que es.

  3. en respuesta a daniki
    -
    Top 100
    #22
    20/03/15 20:03

    Al contrario, más bien creo está completamente de acuerdo, solo que manifiesta que "en ocasiones (...) ha conseguido que parte del sobrante vaya a cubrir las deudas de comunidad".

    Yo también lo conseguí en ocasiones, cuando las cosas judiciales eran más sencillas.

    Como da a entender Jotaerre, presentar una demanda, embargar y personarse en el juzgado para embargar el sobrante es algo que se puede hacer, siempre que dispongas de tiempo, teniendo en cuenta que la cosa suele llevar varios años.

    Obviamente, si pretendes hacer en unas semanas lo que suele tardar varios años, pues... lo llevas crudo.

  4. #21
    20/03/15 20:01

    Es que son dos cosas distintas, daniki: Inversius no se refiere a embargar la finca, que podrá hacerse siempre sea quien sea el propietario, sino a pedir el embargo del sobrante.
    Saludos,

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