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Blog Reunificación de créditos, dinero rápido
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Los Prestamos para pagar otros créditos agravan la insolvencia del consumidor

“Tapar agujeros” Contratar nuevos Prestamos por importe mayor a los créditos de menor importe en mora o riesgo de impago, supone un paso decisivo al sobreendeudamiento y la insolvencia del consumidor.

La situación laboral en nuestro país con un desempleo que afecta al 25% de la población, ha hecho que millones de españoles hayan dejado de cumplir con sus compromisos de pago. La forma en la que se ha afrontado esta situación ha provocado que los mismos consumidores contraten nuevos préstamos por importe mayor con el fin de cancelar los créditos vencidos de menor importe provocando su sobreendeudamiento.

La situación se agrava cuando, de manera indiscriminada, el nuevo préstamo es avalado por un miembro de la familia, amigo o tercero, que no era deudor de los créditos vencidos e impagados y sin embargo asume como suyos los nuevos préstamos o créditos por importe mayor en virtud del artículo 1911 de Código Civil.

A esta situación empujan las propias Entidades Financieras, que pretenden afianzar mas si cabe su posición frente al deudor y los mismos deudores quienes, confiando en la mejora de la economía, asumen estas obligaciones con el convencimiento de su pago. Esta situación provoca su sobreendeudamiento y eleva su riesgo de insolvencia hasta un punto de no retorno.

Creditos que agravan el sobreendeudamiento y la situación de insolvencia

Para poder hacer frente a los préstamos adquiridos, los gastos corrientes y los gastos para imprevistos, muchos consumidores contratan nuevos créditos con el fin de aumentar su liquidez.

Al principio, en el corto plazo, esta situación alivia la tesorería familiar aparentemente, pero en el medio plazo, el alivio se convierte en afixia, porque los consumidores deberán asumir el pago de todos los préstamos, tanto los previos, como los nuevos créditos contratados, es decir, estarán sobreendeudados.

Los prejuicios de pagar los préstamos con nuevos créditos, dicho de otro modo, “tapar agujeros”, supone un riesgo indudable para el consumidor:

  • La deuda será de mayor importe globalmente, la deuda estará contraída con mas acreedores, lo que implica un mayor sobreendeudamiento y el riesgo de incumplimiento de pago por insolvencia.

Como conseguir nuevos créditos no resulta sencillo para el que se encuentra endeudado en esta época de escasez de crédito y las Entidades financieras convencionales no quieren arriesgarse, incluso con el cliente buen pagador para no incurrir en mora con él, hay quienes deciden recurrir a las empresas de "créditos rápidos", "préstamos rápidos", que aplican unos intereses muy altos, superiores al 20%.

Si bien ya era difícil cumplir con las obligaciones de pago asumidas a un interés que oscilaba entre el 6% y el 10%, los nuevos créditos de importe superior y a intereses mucho mayores provocarán una situación de insolvencia definitiva.

¿Hay alternativa al sobreendeudamiento por la contratacion de préstamos o créditos?

La estrategia para afrontar las obligaciones cuando el consumidor se haya al borde la insolvencia es acudir a la Entidad Financiera donde se tienen los préstamos en dificultades. El objetivo es renegociar las condiciones para que estas se adapten a la situación actual de ingresos del consumidor.

Se pueden reunificar todas las deudas y créditos a través de un solo préstamo cuyo importe englobe la deuda total, incluso la hipotecaria. Las entidades de créditos prestan soluciones en esta línea que se basan en imponer cuotas más bajas, que puedan ser pagadas con más facilidad por el cliente, pero a cambio de alargar el periodo de amortización. Es decir, se pagará menos al mes pero durante más años.

Para que esta medida sea efectiva, el importe del préstamo debe ser adecuado y proporcional a los ingresos del consumidor para no agravar su sobreendeudamiento y su situación de insolvencia.

  • Si la urgencia del pago del crédito es puntual, de uno o varios meses, no es necesario acudir a un nuevo préstamo. Es posible solicitar uno o varios anticipos de la nómina, algo que se puede formalizar con solo contratar una cuenta nómina u otro tipo de productos financieros.
  • Otra posibilidad pasa por aceptar una ampliación del crédito concedido. Esto debe negociarse de manera directa con el banco o caja de ahorros. Como en el caso de la reunificación, el formato es el del pago de cuotas menores pero durante más tiempo.
  • Si se acude a familiares, amigos o terceros que estén dispuestos a ayudarnos, es posible plantear un acuerdo de quita a la Entidad financiera por un pago al contado. Muchas Entidades financieras son receptivas a esta fórmula, porque les permite cuantificar el importe de la pérdida de una sola vez, probablemente el acuerdo con el consumidor sería mas favorable que el conseguido vendiendo el crédito a un fondo buitre, etc. La estrategia es aumentar la garantía de pago con ayuda de terceros pero disminuir el importe de la deuda.
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  1. #1
    30/12/12 22:25
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