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El seguro de vida, un gran olvidado

Uno de los productos que menos suele recordarse a la hora de invertir es el seguro de vida. Los motivos pueden resultar evidentes, ya que, por un lado, tenemos el efecto rechazo que supone una inversión "a fondo perdido", dado que sólo el beneficiario recupera las primas pagadas una vez fallecido el asegurado, lo que puede suponer décadas de "espera" (eso en el caso de que antes la compañía no decida que ya no puede asegurar...); esto supone que sea considerado más un gasto que una inversión. Si a ello le unimos el rechazo que genera plantearse la muerte de uno mismo, podemos entender el porqué de este olvido. Pero, ¿en qué condiciones es interesante mantener un seguro de vida? 

 
En primer lugar, debemos plantearnos si existe alguien que, desde un punto de vista estricta y exclusivamente económico, puede verse perjudicado por nuestro fallecimiento. La respuesta es obvia en el caso de que tengamos pareja y/o hijos, lo cual nos lleva al siguiente paso, que es pensar si deben asegurarse los 2 miembros de la pareja.
 
En términos generales, es aconsejable que ambos miembros mantengan un seguro, si bien las cantidades aseguradoras oscilarán en función del peso económico que cada uno tenga en los ingresos aportados a la unidad familiar. Así, si ambos miembros mantienen un nivel similar de ingresos, ambos deberían asegurarse por la misma cuantía.
 
El caso completamente opuesto es aquel en el que uno de los miembros soporta el peso total de la economía familiar; en este caso, esta persona debería de ser quien soportase el peso fundamental de la cobertura, manteniendo el segundo miembro una cobertura que podríamos denominar simbólica, lo cual nos conduce a la siguiente duda... ¿por qué importe realizar nuestra póliza?
La respuesta a esta duda es complicada, ya que lo que a priori puede parecer una cifra suficiente puede no serlo en la práctica. En todo caso, algunos criterios a tener en cuenta podrían ser:
 

Endeudamiento que mantenemos: Partiendo, como mínimo, de la mitad de nuestras deudas, habría que tener en cuenta en qué medida sería asequible para el/los superviviente/s el importe de las cuotas resultantes en caso de no contar con nuestros ingresos o los de nuestra pareja. Si observamos que, aun con el efecto anulación de deuda del seguro, las cuotas ascienden a más de un 40% de los ingresos del superviviente, convendría aumentar las coberturas.

Cabe recordar en este punto que, si alguno de los cónyuges es empresario y su empresa mantiene deudas avaladas personalmente por las personas propietarias de la misma, deben tenerse en cuenta, especialmente si se considera que, una vez fallecido, el superviviente no podría continuar con la empresa y la liquidación de la misma no cubriría las deudas contraídas. Asimismo, otro detalle a recordar es la conveniencia de incluir como primer beneficiario a la entidad con la que mantenemos las deudas y por el importe o porcentaje de deuda que quisiéramos cancelar en caso de muerte, dado que, en determinadas situaciones, el efecto fiscal sobre el superviviente puede ser inferior que en caso de recibirlo directamente, aunque conviene estudiar cada caso particular.
 
Nivel de ingresos que mantenemos: Conviene mantener un nivel de cobertura, a parte del recomendado por el punto anterior, de, como mínimo, una anualidad de nuestros ingresos, dado que, de este modo, permitiríamos a nuestros supervivientes organizar el patrimonio que hayan heredado sin que exista la necesidad de malvenderlo, ya que podrían contar con el colchón que le proporcionaría el cobro del seguro. En caso de que el asegurad@ no tuviese ningún ingreso, convendría incluir una cantidad “simbólica” de tal manera que el superviviente pudiese normalizar el hecho de no contar con la ayuda y la presencia del asegurad@.
 
Obviamente, cuanto mayores sean las coberturas, mejores condiciones mantendrán los supervivientes… y mayor será el coste del seguro.
 
En todo caso, este es un tema que, normalmente, no es abordado con agrado, pese a que, como, espero, se ha podido ver, puede marcar el devenir de las personas que más nos importan.
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  1. en respuesta a Balta16
    -
    #7
    05/02/13 16:04

    Muy buenas, Balta16,

    en ningún caso se trata de vender miedo, sino de ser consciente de la situación económica de nuestra unidad familiar y de la conveniencia o no de cubrir un riesgo que, nos guste o no, existe.

    Evidentemente, existen casos en los que es ridículo que se contrate un seguro de vida, pero debe de ser cada uno quien decida si ahcerlo o no y cúando, cómo y de qué forma. Con esta entrada, simplemente trato de establecer unos criterios objetivos a tener en cuenta, y, a partir de ahí, cada uno debe establecer los que considere convenientes...

    Saludos

  2. en respuesta a Prostriker
    -
    #6
    05/02/13 15:57

    Muy buenas, Dospir2 y Prostriker,

    la práctica suele desaconsejar esta opción, al resultar más rentable, de manera habitual, la contratación por separado de ambos productos.

    En todo caso, entiendo que el tipo de seguro combinado que mencionas es una opción interesante, dado que cubres una contingencia y, a la vez ahorras. De hecho, he visto alguna que otra póliza con unos tipos de interés que ya quisiera un seguro de ahorro tradicional...

    En todo caso, siempre nos queda la opción (y es lo más conveniente)de comprobar si lo habitual se cumple, y solicitar a la compañía o corredor con el que trabajamos que nos presupueste ambas opciones, viendo cuál es la más conveniente. A tener en cuenta, en este caso, es la rentabilidad ofrecida en el seguro combinado, la que puede ofrecer un seguro de ahorro tradicional y, ojo, en función del planteamiento que hagamos, conviene también compraralo con un P.I.A.S., dadas las ventajas fiscales que este tipo de seguro de ahorro aporta. Una vez analizados, los resultados, optaremos por la solución más eficiente

    Saludos

  3. en respuesta a Prostriker
    -
    #5
    05/02/13 15:35

    Muy buenas, Prostriker,

    un patinazo lo tiene cualquiera, y he confundido un caso particular que tuve que estudiar con el caso general... he corregido la entrada en ese sentido.

    En todo caso, y como verás, depende de cada caso particular, la situación legal, la comunidad autonoma... Por lo que conviene estudiar caso a caso.

    En todo caso, gracias por tu observación.

    Saludos

  4. en respuesta a Dospir2
    -
    #4
    05/02/13 12:15

    Te refieres a instrumentos de ahorro que tienen una pequeña parte de seguro de vida. Estos instrumentos son buenos para complementar la pensión ya que en el momento de la jubilación obtendrás aquello que hayas aportado al fondo. Otra cosa es si el fondo está garantizado o no y si hay una revalorización de las primas pagada para no perder nivel adquisitivo entre hoy y el día que te jubiles. Hay seguros de vida que al finalizar el contrato, en caso de supervivencia, se devuelven la totalidad de la primas pagadas, además de la revalorización de estas y que cada año te dan un bono en participación en beneficios. Es decir que si vives al final de contrato, habrás ahorrado y encima habrás estado asegurado de forma "gratuita".

  5. #3
    05/02/13 11:34

    Hay otros tipos de seguro de vida.
    En particular me refiero al seguro de vida asociado a un "fondo" remunerado que se cobra al llegar a la edad de jubilación(no recuerdo que nombre dais a este tipo de seguros). Normalmente las aportaciones son mensuales y una parte son el pago del seguro de vida, otra va a incrementar el "fondo" y otra a impuestos.
    Acostumbran a tener una rentabilidad mínima garantizada para el dinero invertido en el "fondo".
    Puedes darnos tu opinión sobre este tipo de seguros?, los consideras interesantes?.
    Vale la pena adquirir mejor este tipo de seguro "combinado" que uno exclusivamente de vida?.
    Gracias

  6. #2
    05/02/13 11:08

    El primer beneficiario en caso de muerte nunca debe ser la entidad con la que mantenemos deudas. Si tenemos nuestro seguros bien organizados y tenemos un buen asesor fiscal, debe ser el conyugue y/o hijos quien cobre. Luego, estos con todo el dinero ya harán lo que crean conveniente. Sino , el banco se queda el dinero y el conyugue y/o hijos, se quedan con una mano delante y otra detrás.

  7. #1
    Balta16
    05/02/13 10:38

    Conclusión: para VENDER seguridad, provocamos miedo. Curioso

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