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En medio de la polémica de los controladores, nos han colado una sentencia que es muy, pero que muy peligrosa. Volvamos al problema de las horas máximas que tenían. Por un lado Rubalcaba habló de “peculiar formula de computo”,  y en general todo el mundo está hablando de que los controladores contaban las horas trabajadas de su forma. De esta forma, incluso el decreto de 3 de diciembre se ha vendido como una “aclaración a la formula de computo de las horas”, cuando en realidad fue un cambio en toda regla, (tal y como puse en el post en su día, con las sucesivas redacciones).

En fin, el caso es que el 3 de diciembre se estableció que el límite de horas trabajadas ascendían a 1.670 más 80 horas extraordinarias, pero que no computaban al efecto del límite ni las bajas, ni las imaginarias, ni las licencias. (a pesar de que en febrero se decía que se incluía). Pero debemos saber exactamente qué es lo que propone como normal computo de la jornada laboral  el gobierno ahora.

Y para eso vamos a empezar con el tema de bajas. El tema de bajas es un poco peculiar, porque resulta que cuando un trabajador está de baja, no es que tenga que recuperar el trabajo. De hecho la situación de incapacidad temporal es uno de los supuestos reconocidos en el estatuto de trabajadores, dentro de la casuística de suspensiones del contrato de trabajo. Dicho de otra forma, un trabajador cuando está en situación de incapacidad temporal, no está en realidad contratado, sino que su contrato está suspendido, (en idéntica situación que una excedencia de toda la vida).

Por tanto, imaginemos que un trabajador está medio año de baja, (por simplificar cálculos). En esta situación este trabajador está contratado medio año y otro medio año tendría el contrato en suspenso. En este sentido es una aberración jurídica el hecho de que haya que recuperar las horas de trabajo de la baja. Es más, lo que no tendría sentido es que una persona que no haya estado de baja durante todo el año, trabaje lo mismo que una persona que haya estado medio año de baja. Porque la segunda persona habría estado contratada la mitad de tiempo.

Por tanto, y por puro sentido común, las bajas tienen que computar como horas realizadas, (como pasa o pasaba) en todos y cada uno de los casos de los restos de los trabajadores.

Por supuesto, vamos a ir al caso de las licencias. Y las licencias, que se establecen tanto en el estatuto de trabajadores, como en los distintos convenios o acuerdos, son de varios tipos. Hay licencias retribuidas y no recuperables, hay licencias no retribuidas y no recuperables, y por último nos podemos encontrar con particulares casos de licencias recuperables, (que son las más extrañas).

En lo que respecta a las reconocidas en el estatuto de trabajadores, (que son las de fallecimiento de familiares, paternidad y similares), tienen el carácter de licencias retribuidas y no recuperables, de tal forma que la normativa está clara y de esta forma nos encontramos con que estas licencias, (para todos los trabajadores), suponen dar por realizadas las jornadas que realizan. Es decir, si dos trabajadores tienen una jornada similar, y uno de los trabajadores contrae matrimonio en ese año, el que ha decidido dar el paso, hará menos horas al final del año que el que no haya causado la situación de esa licencia. Es así de simple. Ya que si al final resulta que los dos trabajadores hubiesen hecho las mismas horas, no hubiese tenido una licencia retribuida y no recuperable.

Jamás creí que tendría que hacer un post acerca de estas dos perogrulladas, pero es importante dejar claro que lo que ha cambiado el gobierno son las normas de computar los trabajadores, intentando cambiar mediante reales decretos, leyes fundamentales, lo cual también supone una cierta burrada jurídica por la jerarquía normativa.

Por supuesto, en medio de todo el fregado, nos han colado una curiosa formula de computar las jornadas laborales que nos puede causar no pocos problemas a todos y cada uno de los trabajadores.

En todo caso, hay una crítica a los controladores, conforme no hayan denunciado el caso, y resulta que buceando por ahí me he encontrado una noticia, cuando menos curiosa que ha salido en un medio local de A Coruña.  Y es una noticia muy clarificadora de la situación que se ha generado. En primer lugar me gustaría que nos fijásemos en la fecha, (20 de noviembre de 2010), y por lo tanto unos días antes de todo el lío montado.

En dicha noticia se recogía ya la problemática de que los controladores gallegos estaban llegando al límite de horas, (ojo, que en el caso de los controladores era un límite que por ley no podían traspasar). Y curiosamente desmonta uno de los argumentos que nos decía: “¿Por qué no lo han denunciado?”. Pues resulta que ya había dos denuncias en noviembre de 2010, denuncias de las que no se sabe nada. ¿Por qué no actúan los tribunales con tanta presteza como el fiscal que ha corrido a enjuiciar a los controladores?.

Es más, porque se critica a los controladores por no denunciar en los juzgados la situación antes, cuando la realidad es que si lo han hecho. ¿Por qué AENA no ha explicado su posición?. Pues la realidad es que sí que lo explicó y curiosamente la explicación no tenía desperdicio:

“AENA reconoce que una parte de la plantilla de Santiago está trabajando más para cubrir las carencias de personal, pero lo atribuye al "alto absentismo", que algún mes rondó el 30%”. Más allá de que según el sindicato de controladores se explica que en este absentismo computan bajas, reducciones de jornada y licencias especiales; lo curioso es que nos quedamos con un par de datos.

El 20 de noviembre, AENA, (no los sindicatos), reconocía el problema de las horas de trabajo, aunque trataba de explicarlo, con un índice de absentismo que “algún mes rozó el 30%”, frente a la explicación que ahora se transmite a todo el mundo, conforme a que son los trabajadores los que han realizado un “cálculo peculiar de las horas de trabajo”. Y ya que estamos deberíamos entender lo que establecía AENA en cuanto al cómputo de horas de trabajo en un comunicado de prensa remitido a El Correo Gallego; publicado el 18 de noviembre de 2010; en el que nos contaba que:

“El cómputo de la jornada anual, ha explicado la entidad, es un asunto que "se está tratando en la mesa de negociación del convenio colectivo" y "sobre el que Aena ha ofrecido al sindicato de controladores las explicaciones oportunas de cómo se realiza el cálculo de horas anuales". "Según el artículo 5 del Real Decreto de tiempos de actividad y descanso el límite de las 1.670 horas anuales se refiere al tiempo de actividad aeronáutica, en el que se incluyen las horas en frecuencia, los tiempos de descanso, las imaginarias y la formación", ha sentenciado Aena

Que aún olvidando la otra normativa, ya está bastante claro y que difiere bastante de lo expresado en el decreto de 3 de diciembre, que en teoría “clarifica y no modifica” las condiciones.

Lo realmente grave es que resulta que aquí teníamos una guerra para clarificar una situación que afortunadamente no nos afectaba directamente. (por lo menos a los que ni somos controladores, ni familiares de controladores), no nos hemos dado cuenta y hemos preferido la sangre, aún a costa de que ahora lo peculiar es que las bajas y las licencias las tengamos que recuperar. Sí, sé que esto era para los controladores, pero la bajada de sueldo de los funcionarios también iba para todos los demás.

Está claro que como los controladores son más o menos el demonio, mejor les cambiamos las reglas, aunque luego nos vengan a los demás; de tal forma que los empleados de la privada acaban sufriendo las bajadas de sueldos de los funcionarios, mediante la técnica de “efecto arrastre”, (lo cual viene a ser… “si a los funcionarios les bajaron… a ti también”; y como los funcionarios cabreados por la bajada de sueldos, no protestan por la reforma laboral, luego resulta que se comienza a hablar de despidos de funcionarios, (por aquello de “efecto arrastre”, que en este caso es “si han despedido a todo el mundo, ¿porqué no en la administración?”.

Y por supuesto, como resulta que los pensionistas, no están sindicados ni demasiado organizados, toca bajar las pensiones, de tal forma que al final caeremos en la cuenta de que todos seremos pensionistas, (con un poco de suerte).

Creo que aquí todo el mundo se está equivocando de bando, y creo que pocos trabajadores, (y desde luego ningún sindicato), se han dado cuenta de lo que en Estados Unidos, las guerras mejor cuanto más lejos. De tal forma, que más nos valdría que los controladores no tengan que recuperar las bajas, los funcionarios no tengan bajadas de sueldos y desde luego (y lo más urgente) es que en la empresa privada no sea más fácil despedir que darse de baja del adsl.

La guerra nos llevará a la igualdad; a recuperar bajas, con sueldos ridículos y precariedad extrema, y todo mientras aplaudimos porque el que no es de nuestro colectivo ¡debe pagar el hecho de que no sea de nuestro colectivo!.

Vamos, el divide y vencerás de toda la vida.

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  1. en respuesta a Taxman
    -
    #120
    15/12/10 01:03

    Bueno, pero no son tampoco 455 ahora, ahora sería el 60% como indicas, es decir 273,0€ creo, de un sueldo que yo considero bueno, de 1.300 netos.

    Luego lo cierto es que la gente enreda, y le comen la cabeza a la gente, esto desde el minuto uno era sabido y "sabible" para los interesados, lo de este mes no debe ser ninguna sorpresa, como no lo es el IRPF salvo para quien pretende ignorar lo irremediable.

  2. en respuesta a Yo mismo
    -
    #119
    15/12/10 01:00

    No se pasa el límite, porque igual que cuando no estaba de baja y me pedía doblar por el para así pillar más días libres juntos, como lo he tenido que hacer por obligación, cuando regresé le tocará como quien dice, chuparse más guardias que yo.

    Pero nunca se pasará del límite anual, nunca se pasará del límite diario, nunca se pasará del límite semanal ni del mensual, es decir, es algo que nadie debe pasar, y contando así, no tiene porque pasar.

    Bueno, yo he pasado mi límite de horas por hoy creo, así que.....

    Buenas noches a todos y buena suerte, jejejeje.

  3. en respuesta a 4....s
    -
    #118
    4....s
    15/12/10 00:54

    pUES SI BIEN SE EXAMINA LOS PARRRFOS ANTERIORES A LOS PARENTESIS MAYUSCULADOS... TENDRIAMOS QUE ENTENDER QUE LOS DEL GOBIERNO SON IMBECILES..(.CON PERDON PARA LOS SUSCEPTIBLES .)..SI NO LO SON PUES YA SABEIS....MANIPULAN

  4. en respuesta a Pedroluisfer
    -
    Top 100
    #117
    15/12/10 00:53

    y justa

  5. en respuesta a Hibisu
    -
    #116
    15/12/10 00:45

    Eso espero. Que la justicie sea implacable.

  6. en respuesta a Taxman
    -
    Top 100
    #115
    15/12/10 00:40

    hay cierta trampa tambien en eso...

    primero fue bajada MEDIA del 5%, que en realidad para los sueldos de 1.300-1.500 que ya son de A2 o administrativos altos fue un 7%...

    pero el problema es que ese 7% no fue sobre la nomina, sino que fue sobre las retribuciones anuales...Lo cual significa que la bajada fue un 7% del salario anual, a repartir entre los distintos meses y la extra de diciembre...

    pero como resulta que se baja el 7% del anual en 7 meses, (comenzó en mayo), lo que hay es una bajada de cerca del 14%...

    y despues se establece congelación para el año que viene.

    si lo quieres ver de otra forma... en una nómina de 1.500 al mes, * 14 pagas, que da unos 21.000 brutos al año, (vamos a obviar que las extras son más pequeñas), la realidad es que la bajada es del 7% anual, que asciende a unos 1500; si lo divides entre los 7 meses que quedaban.. te da unos 230 euros de bajada...

    Trucos de nuestro gobierno...

  7. en respuesta a Fercanarias
    -
    #114
    4....s
    15/12/10 00:37

    Fercanarias esto es del Pais y ya ves desde agosto...armando el barullo...

    Estado de alarma
    Blanco y Chacón pactaron en agosto cómo 'militarizar' el espacio aéreo
    Fomento y Defensa firmaron un protocolo para habilitar a controladores militares

    La cesión al Ministerio de Defensa del control de la circulación aérea general en España, tanto civil como militar, decidida el 4 de diciembre por el presidente José Luis Rodríguez Zapatero, ante el abandono masivo de sus puestos de trabajo por parte de los controladores civiles, no ha sido una medida improvisada.

    * El Gabinete de Crisis movilizó también al CNI
    * Rubalcaba afirma que el decreto de alarma será "santificado"
    * La Asociación de Fiscales acusa al Gobierno de "injerencia intolerable"
    * El Gobierno planea derogar la alarma y mantener el control aéreo militar
    * AENA veía "muy improbable" la huelga salvaje de controladores
    * El PP la emprende contra Zarrías por acusarle de estar con los controladores
    * Blanco no descarta que el Gobierno pida mañana una prórroga del estado de alarma

    El protocolo prevé aprobar planes de contingencia y cursos de capacitación

    El pasado 20 de agosto, los ministros de Fomento y Defensa, José Blanco y Carme Chacón, firmaron un protocolo que fijaba las condiciones en las que habría de aplicarse el artículo 4.4 a) de la Ley de Seguridad Aérea de 2003, en el caso de que el presidente del Gobierno decidiese ponerlo en práctica por primera vez en la historia, con el objetivo de "garantizar el máximo nivel posible de seguridad, eficacia y continuidad en la prestación del servicio de tránsito aéreo".

    Entonces, nadie imaginaba una situación como la del 3 de diciembre,

    ( JA...JA...JA...JA...JA ESTO DE MI COSECHA )

    cuando se produjo un cierre total del espacio aéreo español, pero se sabía que el conflicto con los controladores estaba lejos de arreglarse y que estos habían amagado con una huelga cuyo mero anuncio causó estragos en el sector turístico.

    El objetivo central del protocolo era capacitar a los controladores militares para que, llegado el caso, pudieran hacerse cargo del tráfico aéreo civil. A tal fin, Fomento se comprometía a impartir a los militares "la formación adecuada para la obtención de las habilitaciones necesarias" que les permitieran desempeñar su tarea en los centros y torres de control civiles. Además, debía contratar un seguro de responsabilidad civil que cubriese a los militares cuando controlen vuelos civiles.

    No se trataba de que los controladores militares (unos 280) sustituyeran a los civiles (unos 2.400), algo matemáticamente imposible, sino de identificar un catálogo de puestos críticos que los primeros ocuparían de forma temporal para atender las necesidades más urgentes, lo que requiere la elaboración de planes de contingencia con distintos escenarios e hipótesis.

    Sin embargo, la crisis ha pillado al Gobierno con la tarea a medio hacer.

    ( OJO TAMBIEN DE MI COSECHA )

    Los convenios de desarrollo del protocolo, aunque ultimados, están sin aprobar y, sobre todo, los cursos para habilitar a los controladores militares aún no han comenzado.

    ( O LO QUE ES LO MISMO 5 MESES PARA APROBAR UN PROTOCOLO...VENGA YA )

    El primer paso será homologar su licencia a la de los controladores civiles, una medida a la que el Ejército del Aire se ha resistido durante años por temor a una fuga masiva al sector privado y que ahora resulta inevitable. La homologación de la licencia europea debía haberse producido antes del 15 de octubre, pero ha quedado en suspenso para los controladores militares, mientras que para los civiles se ha aplazado hasta el 15 de marzo. Se trata de un trámite administrativo, pues casi el 80% de los militares tiene el nivel de inglés requerido por la UE.

    Más complejo será acreditarlos para que puedan operar en las torres de control de los aeropuertos de Barajas o El Prat. Aunque los controladores han demostrado su capacidad de adaptación en los aeropuertos de Kabul o Herat, en Afganistán, el Ejército del Aire ha propuesto que, en caso de contingencia, no sean los militares los que acudan a los aeropuertos civiles sino los vuelos civiles, al menos los prioritarios, los que se desvíen a bases como Torrejón de Ardoz (Madrid) o Zaragoza.

    Defensa prefiere centrar sus esfuerzos en los cuatro centros de control del espacio aéreo: Madrid, Sevilla, Barcelona y Canarias. En estos centros hay ya un centenar de militares dedicados al control de los vuelos militares. Habilitarlos para que, en caso necesario, puedan hacer parte del trabajo de sus compañeros civiles requeriría más de un mes de formación, frente a unas pocas semanas por torre. Pero garantizaría que nunca más sea necesario cerrar el espacio aéreo español.

    NADIE PUEDE SALTARSE LA LEY Y MENOS QUIEN ES SU GARANTE.

  8. en respuesta a Taxman
    -
    Top 100
    #113
    15/12/10 00:33

    a ver... si ese fuese el problema.... que no puede ser porque se establece la jornada laboral en un maximo de 1.750 en una orden y la aeronautica en la misma... 1.750 (y por tanto y dado que la aeronautica es la misma que la laboral y a su vez está incluida en la laboral, nos da que el caso sería imposible...)

    pero aunque fuese el caso y obviasemos esto, el resultado es que no tendría sentido que se aclarase que no computan las bajas, los permisos y las imaginarias, (aunque estas ultimas estaban incluidas en el anterior).

    El problema está en que los controladores decían que habían hecho 1750 horas...

    y el gobierno dijo que no... (no porque no estuviesen delante de la pantalla), dijo que no se habían trabajado estas horas, porque estaban de baja, de licencias y demás...

  9. en respuesta a Fercanarias
    -
    #112
    15/12/10 00:28

    Pero es que los 400 quizás salen de (1300*7)*5%=455 euros (Meses de julio a diciembre y pagaextra). Si el 40% lo quitas durante seis meses y el 60% en la paga de diciembre tienes el palo ahora.

  10. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #111
    15/12/10 00:27

    Eres una empresa o eres un trabajador????

    Lo digo porque yo si contrato a una empresa no tengo porque pagarle mientras esta de baja....

    y si contrato a un trabajador, (siendo empresario), la cosa cambia...

    que por cierto al trabajador de baja una parte la paga la s.s..... o sea que en este caso acabaría pagando solo las 2 habitaciones...

    ¿Que porque bajo proporcionalmente?... Por que si estoy un año de baja, tengo que hacer la mitad de la jornada que tendría que hacer ese año yo.

    y por cierto... esto de la media es muy simpática... pero curiosamente... al que le jodiste las vacaciones....¡se pasa el limite!.

    por esto están las extras, para tener cierto margen para estos casos, pero claro, si resulta que si ya calculas tan fino que en diciembre se te ha pasado todo el mundo con extras... (y no es tan raro porque en la exposicion de motivos de febrero se comprueba que todos los años los controladores hicieron mas horas de media que las 1850...)... pues ya tienes el problema montado.

  11. en respuesta a Fercanarias
    -
    #110
    4....s
    15/12/10 00:26

    fercanarias me alegra su respuesta...al menos no me ha parecido defensiva...le explico...9oo al mes por 14 pagas y le haces el 5% peeeeeeeerrroooo... de ese 5% aproximadamente se les quita el 70% durante los meses precedentes al de la paga extra del antisolsticio de invierno...saludos...asi que de lo que quitan de 950 euros ahora les quitan casi 300 de un salario de 1300 al mes...Un saludo...y aqui esta la trampa ...otra mas ...se hace coincidir las protestas de los 400 que usted dice y que es un rumor como bien dices con todo el lio...pero no se preocupen los risueños que como dice el refrán... AÑO NUEVO VIDA NUEVA... y el nudo no se resolvera pero caera en olvido...para la mayoría...un saludo...

  12. en respuesta a Yo mismo
    -
    #109
    15/12/10 00:25

    Está muy clara la chapuza jurídica. Lo de las horas quedó muy bien pero al final resultó una laguna jurídica que han ido rellenando a golpe de reglamento.

    Pongamos un vigilante que tiene que tiene una jornada de 12 horas pero de las cuales 6 son de puesto y seis de retén.

    Si hace su jornada sin incidencias hace sus seis horas de casa y a casa.

    Imagina que se va de hora sindical en su segundo turno de puesto.

    Al final de la jornada ha hecho:

    - Tres horas de puesto
    - Seis horas de retén
    - Tres horas sindicales.

    Y por una imprecisión legal interpreta la norma a su favor y las horas cuentan como de puesto.

    Imaginemos que su tope de horas de puesto son X. Resulta que con las horas sindicales finalmente ha hecho X/2.

    Por una mala gestión de personal, combinando turnos, resulta que a falta de dos meses para finalizar el año ha consumido las horas de puesto dentro de las cuales se encuentran las horas sindicales, pero debe hacer anualmente X horas de puesto e Y de retén y sólo le quedan sus horas de retén y se niega ir al puesto y los dos meses que restande año termina con su jornada Y.

    Con la pepiña interpetación no tiene que recuperar horas de jornada laboral sino de puesto.

    Sí te reconozco que no es buen camino pero de ahí a que la gente tenga que recuperar sus horas laborales perdidas va un trecho.

  13. en respuesta a Yo mismo
    -
    #108
    15/12/10 00:19

    Si yo te cobro por pintar 4 habitaciones, pero en el tiempo de pintar dos estoy de baja por gripe, ¿tu las darías por pintadas?.

    En este caso no recupero el trabajo, pierdo dinero, pero el trabajo no está hecho.

    ¿Porqué bajas proporcionalmente? Si esa jornada está calculada para que a plantilla competa, con los descansos legales y con un absentismo estimado del X % se cumpla el trabajo.

    Si unos faltan otros doblan, cuando unos regresen otros descansan, el trabajo no hecho, es trabajo no hecho, si lo hago y no supero la jornada no estoy recuperando nada, quizás a otro le jodí las vacaciones antes.

  14. en respuesta a 4....s
    -
    #107
    15/12/10 00:15

    No entiendo la fórmula de cálculo que tienen.

    El 5% de 950€ son 47,5€ así a bote pronto.

    De 1.300€ son 65€.

    Sin embargo yo se, porque eso me han dicho, sin que ello signifique que sea verdad, porque es simplemente u eco de la calle, que los sindicatos (algunos, o algunas personas de los mismos) les habían dicho que les quitarían esos 400€ o 650€ etc, etc, perdón pero ese no es el cálculo, salvo que se refieran al cómputo anual, con lo cual entonces están muy engañados.

  15. en respuesta a Tito11934
    -
    Top 100
    #106
    15/12/10 00:08

    pero es que entonces, como no hay limite para la jornada, (salvo el de las 1.750 horas en el decreto de febrero), estamos en la misma situación....

  16. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #105
    15/12/10 00:06

    si quieres saber lo que se cobra en la administración....

    http://www.conselleriadefacenda.es/web/portal/tramites-empregado-publico-sen-certificado

    es la de galicia que tiene un simulador, que le metes los datos, (grupo, antigüedad..), y te da el resultado de todo lo que cobra cualquier funcionario o laboral de la xunta de galicia. los sueldos del estado son aproximados,

  17. en respuesta a Taxman
    -
    Top 100
    #104
    15/12/10 00:02

    A ver...

    me gustaría entender la diferencia entre que te obliguen a recuperar las horas y que no te dejen abandonar el trabajo si no has llegado al límite.

    La clave está en que o bajas proporcionalmente al tiempo de alta el limite o consideras las horas de bajas, licencias y demás hechas... o por a o por b, estás obligando a recuperar las horas.

    ¿que llegado el caso no se necesita?... Pues oye... en el menos malo de los casos, queda al arbitrio de la empresa en cada momento. pero vamos... que tienes una ley que te obliga a ir, y se limita a un numero anual, con un decreto que te dice que no puedes computar bajas para reducir el limite y con una explicación de Rubalcaba, otra de Blanco y otra de ZP que te dicen que los controladores decían que habían trabajado unas horas que no habían trabajado porque estaban de baja o licencias...

    ¡ya me dirás!.

  18. en respuesta a Fercanarias
    -
    #103
    4....s
    14/12/10 23:49

    de cualquier forma me alegro por usted que la correa de transmisión ...se base en el transporte de una irrealidad...saludos...

  19. en respuesta a Fercanarias
    -
    #101
    4....s
    14/12/10 23:46

    No es el tema dediscusion pero le intentare explicar...de 900 euros de un auxiliar...el 5% son 650 euros...si un administrativo 1300 al mes pues sobre los 950 el 5% chispa mas chispa menos...y de memoria ...saludos...

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