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En medio de la polémica de los controladores, nos han colado una sentencia que es muy, pero que muy peligrosa. Volvamos al problema de las horas máximas que tenían. Por un lado Rubalcaba habló de “peculiar formula de computo”,  y en general todo el mundo está hablando de que los controladores contaban las horas trabajadas de su forma. De esta forma, incluso el decreto de 3 de diciembre se ha vendido como una “aclaración a la formula de computo de las horas”, cuando en realidad fue un cambio en toda regla, (tal y como puse en el post en su día, con las sucesivas redacciones).

En fin, el caso es que el 3 de diciembre se estableció que el límite de horas trabajadas ascendían a 1.670 más 80 horas extraordinarias, pero que no computaban al efecto del límite ni las bajas, ni las imaginarias, ni las licencias. (a pesar de que en febrero se decía que se incluía). Pero debemos saber exactamente qué es lo que propone como normal computo de la jornada laboral  el gobierno ahora.

Y para eso vamos a empezar con el tema de bajas. El tema de bajas es un poco peculiar, porque resulta que cuando un trabajador está de baja, no es que tenga que recuperar el trabajo. De hecho la situación de incapacidad temporal es uno de los supuestos reconocidos en el estatuto de trabajadores, dentro de la casuística de suspensiones del contrato de trabajo. Dicho de otra forma, un trabajador cuando está en situación de incapacidad temporal, no está en realidad contratado, sino que su contrato está suspendido, (en idéntica situación que una excedencia de toda la vida).

Por tanto, imaginemos que un trabajador está medio año de baja, (por simplificar cálculos). En esta situación este trabajador está contratado medio año y otro medio año tendría el contrato en suspenso. En este sentido es una aberración jurídica el hecho de que haya que recuperar las horas de trabajo de la baja. Es más, lo que no tendría sentido es que una persona que no haya estado de baja durante todo el año, trabaje lo mismo que una persona que haya estado medio año de baja. Porque la segunda persona habría estado contratada la mitad de tiempo.

Por tanto, y por puro sentido común, las bajas tienen que computar como horas realizadas, (como pasa o pasaba) en todos y cada uno de los casos de los restos de los trabajadores.

Por supuesto, vamos a ir al caso de las licencias. Y las licencias, que se establecen tanto en el estatuto de trabajadores, como en los distintos convenios o acuerdos, son de varios tipos. Hay licencias retribuidas y no recuperables, hay licencias no retribuidas y no recuperables, y por último nos podemos encontrar con particulares casos de licencias recuperables, (que son las más extrañas).

En lo que respecta a las reconocidas en el estatuto de trabajadores, (que son las de fallecimiento de familiares, paternidad y similares), tienen el carácter de licencias retribuidas y no recuperables, de tal forma que la normativa está clara y de esta forma nos encontramos con que estas licencias, (para todos los trabajadores), suponen dar por realizadas las jornadas que realizan. Es decir, si dos trabajadores tienen una jornada similar, y uno de los trabajadores contrae matrimonio en ese año, el que ha decidido dar el paso, hará menos horas al final del año que el que no haya causado la situación de esa licencia. Es así de simple. Ya que si al final resulta que los dos trabajadores hubiesen hecho las mismas horas, no hubiese tenido una licencia retribuida y no recuperable.

Jamás creí que tendría que hacer un post acerca de estas dos perogrulladas, pero es importante dejar claro que lo que ha cambiado el gobierno son las normas de computar los trabajadores, intentando cambiar mediante reales decretos, leyes fundamentales, lo cual también supone una cierta burrada jurídica por la jerarquía normativa.

Por supuesto, en medio de todo el fregado, nos han colado una curiosa formula de computar las jornadas laborales que nos puede causar no pocos problemas a todos y cada uno de los trabajadores.

En todo caso, hay una crítica a los controladores, conforme no hayan denunciado el caso, y resulta que buceando por ahí me he encontrado una noticia, cuando menos curiosa que ha salido en un medio local de A Coruña.  Y es una noticia muy clarificadora de la situación que se ha generado. En primer lugar me gustaría que nos fijásemos en la fecha, (20 de noviembre de 2010), y por lo tanto unos días antes de todo el lío montado.

En dicha noticia se recogía ya la problemática de que los controladores gallegos estaban llegando al límite de horas, (ojo, que en el caso de los controladores era un límite que por ley no podían traspasar). Y curiosamente desmonta uno de los argumentos que nos decía: “¿Por qué no lo han denunciado?”. Pues resulta que ya había dos denuncias en noviembre de 2010, denuncias de las que no se sabe nada. ¿Por qué no actúan los tribunales con tanta presteza como el fiscal que ha corrido a enjuiciar a los controladores?.

Es más, porque se critica a los controladores por no denunciar en los juzgados la situación antes, cuando la realidad es que si lo han hecho. ¿Por qué AENA no ha explicado su posición?. Pues la realidad es que sí que lo explicó y curiosamente la explicación no tenía desperdicio:

“AENA reconoce que una parte de la plantilla de Santiago está trabajando más para cubrir las carencias de personal, pero lo atribuye al "alto absentismo", que algún mes rondó el 30%”. Más allá de que según el sindicato de controladores se explica que en este absentismo computan bajas, reducciones de jornada y licencias especiales; lo curioso es que nos quedamos con un par de datos.

El 20 de noviembre, AENA, (no los sindicatos), reconocía el problema de las horas de trabajo, aunque trataba de explicarlo, con un índice de absentismo que “algún mes rozó el 30%”, frente a la explicación que ahora se transmite a todo el mundo, conforme a que son los trabajadores los que han realizado un “cálculo peculiar de las horas de trabajo”. Y ya que estamos deberíamos entender lo que establecía AENA en cuanto al cómputo de horas de trabajo en un comunicado de prensa remitido a El Correo Gallego; publicado el 18 de noviembre de 2010; en el que nos contaba que:

“El cómputo de la jornada anual, ha explicado la entidad, es un asunto que "se está tratando en la mesa de negociación del convenio colectivo" y "sobre el que Aena ha ofrecido al sindicato de controladores las explicaciones oportunas de cómo se realiza el cálculo de horas anuales". "Según el artículo 5 del Real Decreto de tiempos de actividad y descanso el límite de las 1.670 horas anuales se refiere al tiempo de actividad aeronáutica, en el que se incluyen las horas en frecuencia, los tiempos de descanso, las imaginarias y la formación", ha sentenciado Aena

Que aún olvidando la otra normativa, ya está bastante claro y que difiere bastante de lo expresado en el decreto de 3 de diciembre, que en teoría “clarifica y no modifica” las condiciones.

Lo realmente grave es que resulta que aquí teníamos una guerra para clarificar una situación que afortunadamente no nos afectaba directamente. (por lo menos a los que ni somos controladores, ni familiares de controladores), no nos hemos dado cuenta y hemos preferido la sangre, aún a costa de que ahora lo peculiar es que las bajas y las licencias las tengamos que recuperar. Sí, sé que esto era para los controladores, pero la bajada de sueldo de los funcionarios también iba para todos los demás.

Está claro que como los controladores son más o menos el demonio, mejor les cambiamos las reglas, aunque luego nos vengan a los demás; de tal forma que los empleados de la privada acaban sufriendo las bajadas de sueldos de los funcionarios, mediante la técnica de “efecto arrastre”, (lo cual viene a ser… “si a los funcionarios les bajaron… a ti también”; y como los funcionarios cabreados por la bajada de sueldos, no protestan por la reforma laboral, luego resulta que se comienza a hablar de despidos de funcionarios, (por aquello de “efecto arrastre”, que en este caso es “si han despedido a todo el mundo, ¿porqué no en la administración?”.

Y por supuesto, como resulta que los pensionistas, no están sindicados ni demasiado organizados, toca bajar las pensiones, de tal forma que al final caeremos en la cuenta de que todos seremos pensionistas, (con un poco de suerte).

Creo que aquí todo el mundo se está equivocando de bando, y creo que pocos trabajadores, (y desde luego ningún sindicato), se han dado cuenta de lo que en Estados Unidos, las guerras mejor cuanto más lejos. De tal forma, que más nos valdría que los controladores no tengan que recuperar las bajas, los funcionarios no tengan bajadas de sueldos y desde luego (y lo más urgente) es que en la empresa privada no sea más fácil despedir que darse de baja del adsl.

La guerra nos llevará a la igualdad; a recuperar bajas, con sueldos ridículos y precariedad extrema, y todo mientras aplaudimos porque el que no es de nuestro colectivo ¡debe pagar el hecho de que no sea de nuestro colectivo!.

Vamos, el divide y vencerás de toda la vida.

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  1. en respuesta a Juan1893
    -
    Top 100
    #80
    14/12/10 22:27

    A ver....

    Estan obligados por la norma que puse antes a cumplir todas las horas para cumplir las....

    te voy a poner un ejemplo....

    estas obligado a pagarme todo lo que te pida....
    con un maximo de 1000 euros al año.

    ¿que supone esto?....

    Puse antes el texto en el que se les obliga a hacer todas las horas que se les pidan.

    y luego se establece un maximo...

    pues resulta que lo que tienen que hacer es ese maximo de horas... y en consecuencia si han estado de baja y eso no cuenta, tienen que hacer ese maximo de horas....

    o dicho de otra forma... si esta obligado a hacer 2000 horas
    si esta un periodo de baja esta obligado a hacer 2000 horas...

    ¿no vemos que realmente está obligado a recuperar las horas que ha estado de baja?

    o dicho de otra forma-....

    si una persona trabaja 6 meses y otra trabaja 12.... y ambas tienen que hacer las mismas horas al cabo del año.... ¿cual trabaja más?

  2. en respuesta a Yo mismo
    -
    #79
    14/12/10 22:26

    Si, los siguientes 14 días le pagan sin trabajar, algo a solucionar en las PYMES porque es la ruina de las mismas, pero............. te estas saliendo de madre dicho sea con todos los respetos, te estas yendo por los cerros de Úbeda o a casuística extrema que no son el caso.

    Cuando hablamos de algo, hablamos de la norma, del régimen estándar o de funcionamiento no de los extremos ni de los sucesos poco o menos frecuentes.

  3. en respuesta a Fercanarias
    -
    #78
    4....s
    14/12/10 22:25

    tenemos claro de quienes son siempre las risas... Y las lagrimas también ... permiso concedido riase usted que ya sabemos que seguira riendo hasta el final... Aquí el refrán no se cumplirá...saludos...

  4. en respuesta a Juan1893
    -
    #77
    14/12/10 22:22

    Enhorabuena, yo la verdad no me tomo tantas molestias, si me pagaran por ello (no digo que a nadie le paguen por ir a favor o en contra, excepto a los propios interesados y a sus asesores), simplemeten opino desde lo que me dice el sentido común.

    Y era justamente eso, que para doblar jornadas hay unos descansos, que ese tipo de jornadas suelen estar muy bien explicadas, tantas horas seguidas de trabajo, tantas de descanso, diaria, semanal, mensual y anualmente. Es lo que dice el sentido común.

  5. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #76
    14/12/10 22:21

    cesar alierta no es empresario, ni botin... amancio si

    y como que a que esperamos...

    yo esto ya lo dije en su dia....

    https://www.rankia.com/blog/nuevasreglaseconomia/427844-esquizofrenia-mercado-laboral-alrededores

    Pero claro, los autonomos contra los funcionarios, los de la privada, los controladores

    los funcionarios contra los autonomos, los de la privada, los controladores

    los de la privada contra los funcionarios, los autonomos y los controladores..

    y los controladores contra los funcionarios, los de la privada y los autonomos...

    pues vamos apañados...

  6. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #75
    14/12/10 22:18

    como que a nadie le contratan por 8 horas, le pagan por 8 y luego trabaja 6?

    pues si señor... el que a las 6 horas tiene un accidente....

    le contrataron por 8, le pagaron por 8 y trabajó 6

  7. en respuesta a Yo mismo
    -
    #74
    14/12/10 22:17

    TV, el sábado, la controladora bloguera de Mallorca en directo, enseñando ingreso en Bankinter.

  8. en respuesta a Yo mismo
    -
    #73
    14/12/10 22:16

    He leído dos líneas de tu comentario ¿¿¡¡¡Y A QUÉ ESPERAMOS!!??.

    Yo es que dicho con todos los respectos creo que aquí estamos acostumbrados a ver los toros desde la barrera, si argumento esto me salgo del hilo y me lío porque podría estar horas, pero es que estamos rasgándonos las vestiduras por unos privilegios y unos privilegiados cuando la gente está pasando hambre en la calle, recogiendo ropa y alimentos en los contendedores, etc, etc, y luego estamos aquí discutiendo si ganar 100 mil o 200 mil, si 20 horas para arriba o 20 para abajo, francamente, no procede.

    El autónomo dependiente, y la contrata, y la contrata de la contrata, y el contrato por obra, etc, etc, es decir todo tipo de subterfugio legal que usa reiteradamente la administración pública con sus interinos, y sus laborales, sus asistencias técnicas, etc, etc.

    Empresarios: Dada la evolución de la humanidad, habría que diferenciar, ¿Es lo mismo Cesar Alierta, Villalonga o Botín o Amancio?, pues creo que no entre ellos, pero..... ¿Son lo mismo cualquiera de los anteriores al panadero de debajo de mi casa o al mecánico de la esquina o al quiosquero de enfrente? También son empresarios, pero entiendo que nada que ver. ¿Qué riesgo ha corrido Villalonga o Pizarro o Alierta?.

    Desde luego que el que asume un riesgo, nada que decir, pero........ aquí el riesgo, que el mayor riesgo que existe es el personal, pues se externaliza....

    No sé porqué hemos ido a parar aquí, pero vamos en la última frase estoy de acuerdo y así pensando pronto, y dado que estamos ante un colectivo que se quiere autogestionar, que quiere ganar mucho, aunque no querían asumir riesgos aunque finalmente lo han hecho, que se constituyan en Sociedad Cooperativa y acudan a la privatización.....

  9. en respuesta a Yo mismo
    -
    #72
    14/12/10 22:07

    Confirmado pone lo que pone, no lo que se está diciendo en este blog, al final me he tenido que ir al BOE.

    "•Para los controladores aéreos se establece que en la jornada máxima anual de 1.670 horas no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral. No obstante estas actividades se tomarán en consideración a los efectos que para tiempos de trabajo efectivo y tiempos de presencia se recogen en la disposición adicional única del Real Decreto 1001/2010 y, por remisión, en el Reglamento de jornadas especiales de trabajo (RD 1561/1995)"

    Y LA PRUEBA DEL NUEVE, MAS CLARO IMPOSIBLE !!!

    Artículo 6. Períodos consecutivos de actividad aeronáutica y descansos.
    1. La duración de los períodos consecutivos de actividad aeronáutica no podrá exceder de 50 horas. Tampoco podrán realizarse más de 6 períodos consecutivos de actividad aeronáutica con independencia de la duración diaria de cada período de actividad aeronáutica.
    Al finalizar los períodos de actividad aeronáutica previstos en el párrafo anterior, se deberá garantizar al controlador de tránsito aéreo un descanso mínimo de 60 horas, que podrán reducirse siempre que se respete, como mínimo, lo previsto en el apartado siguiente.
    2. El descanso mensual mínimo será de 180 horas distribuidas, al menos, en tres períodos de descanso de una duración mínima, cada uno de ellos, no inferior a 54 horas.
    3. Cuando el proveedor de servicios de control de tránsito aéreo programe menos de 6 períodos consecutivos de actividad aeronáutica, siempre que la duración total de la actividad aeronáutica durante ellos sea inferior a 50 horas, el descanso mensual mínimo será el indicado en el apartado anterior. No obstante, podrá reducirse la duración mínima de alguno de los periodos de descanso a 48 horas

    ..........

    Creo Tomás, deberías dar completamente la vuelta a este artículo. Como se puede comprobar, la jornada anual es MAXIMA, es UN DERECHO, y NO se tienen porque recuperar las horas, pues existe una OBLIGACION de descanso entre turnos y MENSUAL para los controladores, muy parecido al resto de los trabajadores españoles de turnos.

    Espero tu rectificación, si lo consideras pertinente. Saludos

  10. en respuesta a Yo mismo
    -
    #71
    14/12/10 22:04

    Pero es que el máximo, es el máximo, es decir es el lugar del cual no puedes o debes pasar, aunque si como decía Abraracurcix el cielo se desploma sobre notros entonces igual sí.

    Cada uno hará las horas que le de tiempo, según como sean sus circunstancias en cada momento, cumpliendo con los descansos legalmente establecidos de carácter diario, semanal, mensual o anual, y si llegas al límite entonces es cuando paras, no que tengas que llegar al límite.

    Lógicamente una buena planificación y un correcto dimesionamiento de la plantilla hará que toda llegue al límite como es lógico porque a nadie lo contratan por 8h, le pagan por 8h para que luego trabaje 6h.

  11. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #70
    14/12/10 22:02

    si te acuerdas donde.. me pasas el link?

  12. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #69
    14/12/10 22:01

    a ver...

    por los autonomos dependientes deberiamos ponernos en huelga. Más que nada por que lo de autonomo dependiente es un engendro que no hay por donde pillarlo, porque realmente es un trabajador sin derecho alguno.

    por los empresarios, lo que tenemos que tener en cuenta que el riesgo va con el beneficio.

    evidentemente un empresario, (que se organice, contrate y sea una empresa de verdad) corre un riesgo a cargo de un beneficio. no es un sueldo, no es un trabajo.... es muy distinto.

    por tanto si quieres el beneficio, es normal el riesgo. pero esto no es un trabajador.

  13. en respuesta a Yo mismo
    -
    #68
    14/12/10 22:01

    Si esa es una, hay 2.400 más, entre ellas el ingreso que pusieron el otro día, de baja, es decir sin complementos ni horas, y con reducción de jornada, esas cosas que algunos empleados aún pueden pedir cuando son padres, es decir mitad de sueldo, ingreso en cuenta 3.950.

  14. en respuesta a Pirata85
    -
    #67
    4....s
    14/12/10 21:57

    Pues si que si mi querido pirata la diferencia estriba en que los que apoyamos a todos , somos los que históricamente hemos defendido la libertad como instrumento pa ra la justicia social y otros según le bailen... Saludos y como diría mi paisano sin acritu...

  15. en respuesta a Hibisu
    -
    #66
    14/12/10 21:56

    Tengo que pintar un piso, estoy de baja, pero todos los meses le voy a cobrar al señor del piso 1.200 euros hasta que me den el alta, porque claro el trabajo se está haciendo, en modo stand by, pero ahí estamos pendientes del tema.

    ¿Esa es la realidad? O cuando regreso de mi baja allí está el piso por pintar con un poco de suerte, y si lleva 40 horas pintarlo no las vas a hacer en un día, las harás en una semana como mucho.

    Si las podemos coger a China por ejemplo, así ya compramos lo mismo que aquí pero en origen y además trabajamos. Aunque lo de protestar no está muy bien visto allí, pero claro aquí se lleva más la hipocresía, muchos derechos y muy pocos deberes y luego todos a comprar made in China, es lo que hay, " luego vinieron a por mi y ya no había nadie a quien medir ayuda"....., esto no es de ahora viene de hace dos décadas y seguirá...

  16. en respuesta a Yo mismo
    -
    #65
    14/12/10 21:53

    Cualquier autónomo, además de estar mucho más sano porque no se pilla una baja ni por recomendación, cuando regresa de una baja allí tiene todo su trabajo esperando, si tiene esa suerte, y ha de sacarlo en el menos tiempo es posible. ¿Se van a poner en huelga los controladores por los autónomos? ¿Y los funcionarios? En fin......, "vinieron a por mí y no había nadie a quien pedir ayuda"..

  17. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #64
    14/12/10 21:47

    pero ¿como debe ser?... si esta el importe en la nomina...importe bruto....

    fijate en la nomina...

  18. en respuesta a Fercanarias
    -
    #63
    14/12/10 21:46

    Lo de estar de baja y no tener ninguna hora computada dónde más ocurre??? Como he mencionado pueden programar hasta 200 hora al mes siempre que no se pasen de 1670 horas anuales, así que no respetan la proporcionalidad para los que hayan estado de baja o con permiso. Los únicos descansos que ahora mismo Aena está obligada a respetar son entre turnos, de siete horas, con lo que para hacer 200 pueden ponerte 28 turnos al mes porque un Decreto Ley lo permite. Si es así cómo se van a decidir las jornadas laborales en este país, mejor vamos cogiendo todos la maleta.

  19. en respuesta a Kunks
    -
    #62
    14/12/10 21:43

    ¿Tu crees? ¿quién te hace a ti las retenciones?.

    No sólo IRPF, que debe ser un 43%, si haces la cuenta al revés te dará unos 18.000 euros a los cuales les debes sumar los 100 del sindicato y resto de retenciones, de entrada creo que 18 mil está más cerca de 20 que de 15. En cualquier caso 10.000 brutos al mes ya son algo de otro mundo por así decir.

  20. en respuesta a Fercanarias
    -
    Top 100
    #61
    14/12/10 21:38

    Pues no se a donde van a ir... pero esto es fácil... ya lo veremos.

    y hombre.... piensa en lo que te dedicas tu....

    tienes que hacer x horas... te das de baja, (espero que no), y cuando llegas de la baja, sigues teniendo que hacer las mismas horas y no tienes ninguna hecha...

    Que es recuperar?... tienes que hacer ocho horas,.... llegas tarde a trabajar,. por lo tanto tienes que recuperar y haces un calculo simple... tenía que hacer ocho horas, llegue una hora tarde y tengo que hacer ahora ocho horas... o dicho de otra forma, tengo que hacer ocho horas, no hice ninguna me quedan ocho horas... eso es recuperar...

    pues eso exactamente es lo que estas diciendo tu

    y ojo... que desde luego no tienen el monopolio de los abusos laborales, y desde luego no son inmigrantes que son los lideres absolutos en el tema... pero vamos... mal vamos si en lugar de arreglamos lo que está mal nos dedicamos a estropear a los que aun tenemos algun derecho.

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