Cuando compramos una vivienda, son varios los trámites a los que debemos hacer frente. El último de ellos, pero no menos importante, es la inscripción en el Registro de la Propiedad. En la mayoría de los casos, este paso engloba tanto la inscripción de la compra como la inscripción de la hipoteca; y lejos de ser meras cuestiones burocráticas, la inscripción en el Registro supone una serie de garantías para el comprador. ¿Quieres saber cuáles son?
Razones para inscribir la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad
Debes saber que la inscripción de la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad no se considera obligatoria por ley. Esto puede llevar a ciertas personas a pensar que no es necesaria o que es un dinero que podemos ahorrarnos. Nada más lejos de la realidad, la inscripción en el Registro supone una serie de garantías para el comprador que a continuación te explicamos:
- Serás considerado como propietario único, siempre que una sentencia judicial no establezca lo contrario.
- Quedarás protegido frente a los acreedores del vendedor, y podrás defenderte de cargas ocultas que puedan afectar a tu vivienda. Con esto último, nos referimos a obligaciones que pesan sobre la vivienda, y que pueden transmitirse al comprador. Si anteriormente a la compraventa acudes al Registro, podrás conocer si el inmueble tiene cargas y encontrar una solución antes de firmar la compraventa. Ejemplos de tipos de cargas que te puedes encontrar son los siguientes:
- Hipoteca, que suele ser la carga más habitual. Debe ser cancelada antes de la compra del inmueble, a menos que, como compradores, decidamos subrogarnos en la hipoteca, todo ello con el consentimiento de la entidad bancaria correspondiente.
- Anotación preventiva de embargo, que quiere decir que los bienes del vendedor están sujetos a un procedimiento de ejecución, y son garantía del pago de su deuda; de manera que este embargo vincula a los futuros propietarios de la vivienda.
- Usufructo, servidumbre, etc. Cargas que suelen afectar al uso del inmueble. Por ejemplo, si existe una servidumbre de vistas, deberemos respetar cierta distancia respecto del vecino a la hora de construir. Es importante que nos informemos ante posibles limitaciones que afecten a la vivienda, por si éstas pueden causarnos alguna incomodidad en el futuro.
- Podrás obtener protección judicial de tu derecho si éste fuera discutido por otros o en el caso de que se perturbe tu posesión.
- Al inscribir la compra en el registro, nadie podrá adquirir ningún derecho sobre tu vivienda sin tu consentimiento previo.
Como ves, son muchas las ventajas que supone el hecho de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad, además de prevenir posibles complicaciones posteriores.
A continuación, os dejamos a modo de resumen esta infografía elaborada en el blog Registradores de España:
Fuente: blog de Registradores de España
Además, la inscripción de la compra es necesaria para que el comprador pueda obtener un préstamo hipotecario con el que financiar la adquisición de la vivienda, ya que solamente cuando el comprador inscriba su derecho de propiedad, se podrá inscribir la hipoteca que garantiza la devolución del préstamo otorgado por el banco.
En el caso de las hipotecas tradicionales, te asociarán una gestoría durante el proceso, la cual se encargará de solicitar y presentar los documentos requeridos. En el caso de las hipotecas contratables de forma online, como por ejemplo la Hipoteca Coinc, estos documentos se podrá entregar a la entidad de forma telemática. De esta forma, se pueden agilizar mucho más los trámites, lo cual supone un ahorro de tiempo y dinero.
¿Cómo inscribo la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad?
Los documentos necesarios para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad son los siguientes:
- Copia autorizada ante notario de la escritura pública de venta,
- Impreso de Autoliquidación que justifique el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales correspondiente a tu comunidad autónoma,
- Justificación de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal.
La manera de presentar dichos documentos puede ser o bien presencial, acudiendo a la Oficina Registral del territorio en el que se encuentra la casa; o de forma telemática por el notario ante el que se otorga la escritura. Respecto al plazo, suele ser de quince días hábiles desde la presentación.
¿Puedo comprar una vivienda sin registrar?
Comprar una vivienda sin registrar es posible, pero puede ser un problema en varios aspectos:
- A la hora de dar fe de que la persona que pretende vender el inmueble es efectivamente propietaria del mismo, puesto que es necesario demostrar que los documentos acreditados por el vendedor son auténticos y legales.
- No podremos saber si sobre la vivienda existe alguna carga, lo cual supone un riesgo bastante alto para nosotros como compradores.
- Por otra parte, el coste de la inscripción se encarece notablemente, ya que la vivienda que se pretende comprar no constaba en el registro.
- El proceso también resulta más complicado, ya que primeramente un juez debe determinar la propiedad del bien por parte del vendedor, antes de que podamos inscribirlo en el registro a nuestro nombre. Aún así, deberemos esperar los dos años que establece la Ley desde que se formaliza el registro hasta que nos encontramos protegidos frente a terceros.