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¿Qué paraísos fiscales hay en el mundo?

¿Qué paraísos fiscales hay en el mundo?

Muchas veces escuchamos como se habla de los paraísos fiscales para evitar el pago de impuestos, sobre todo en las grandes fortunas. Pero, ¿sabemos realmente qué es un paraíso fiscal? Podemos pensar que un país es un paraíso fiscal que quizá no lo sea debido a los acuerdos que hay en la UE, solo los países recogidos en la Ley están considerados como paraíso fiscal. ¿Qué paraísos fiscales hay en el mundo?

 

Paraísos fiscales en el mundo

¿Qué es un paraíso fiscal?

Podemos entender como paraíso fiscal a aquel país o territorio que tiene un régimen tributario favorable para los no residentes. ¿Qué ventajas suelen tener estos países? Cuando nos referimos a un régimen tributario favorable debido a la exención, bien total o parcial, del pago de impuestos. Por eso, es habitual que empresas o grandes fortunas depositen su dinero en estos países. 

 

¿Qué países son considerados paraísos fiscales?

Según la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, los países considerados como paraísos fiscales son los siguientes:

  • Principado de Andorra
  • Antillas Neerlandesas
  • Aruba
  • Emirato del Estado de Bahrein
  • Sultanato de Brunei
  • República de Chipre
  • Emiratos Arabes Unidos
  • Gibraltar
  • Hong-Kong
  • Anguilla
  • Antigua y Barbuda
  • Las Bahamas
  • Barbados
  • Bermuda
  • Islas Caimanes
  • Islas Cook
  • República de Dominica
  • Granada
  • Fiji
  • Islas de Guernesey y de Jersey (Islas del Canal)
  • Jamaica
  • República de Malta
  • Islas Malvinas
  • Isla de Man
  • Islas Marianas
  • Mauricio
  • Montserrat
  • República de Naurú
  • Islas Salomón
  • San Vicente y las Granadinas
  • Santa Lucía
  • República de Trinidad y Tabago
  • Islas Turks y Caicos
  • República de Vanuatu
  • Islas Vírgenes Británicas
  • Islas Vírgenes de Estados Unidos de América
  • Reino Hachemita de Jordania
  • República Libanesa
  • República de Liberia
  • Principado de Liechtenstein.Gran Ducado de Luxemburgo, por lo que respecta a las rentas percibidas por las Sociedades a que se refiere el párrafo 1 del Protocolo anexo al Convenio, para evitar la doble imposición, de 3 de junio de 1986.
  • Macao
  • Principado de Mónaco
  • Sultanato de Omán
  • República de Panamá
  • República de San Marino
  • República de Seychelles
  • República de Singapur

 

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  • Fiscalidad
  • Impuestos
  • Paraísos fiscales
  1. en respuesta a Murphy
    -
    #3
    12/05/17 10:10

    (1) La relación de países y territorios que tienen la consideración de paraísos fiscales se podrá actualizar atendiendo a los siguientes criterios:
    a) La existencia con dicho país o territorio de un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información, un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE y del Consejo de Europa enmendado por el Protocolo 2010, que resulte de aplicación.
    b) Que no exista un efectivo intercambio de información tributaria en los términos previstos por el apartado 4 de esta disposición adicional.
    c) Los resultados de las evaluaciones inter pares realizadas por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales.
    Véase, a este respecto, la disposición adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, (BOE del 30) en la que se contiene la definición de paraíso fiscal, de nula tributación y de efectivo intercambio de información tributaria.

  2. #2
    12/05/17 10:09

    Esta lista está anticuada, según la legislación actual (Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, BOE del 13, modificado por el Real Decreto 116/2003, de 31 de enero, BOE del 1 de febrero) donde se detalla la Relación de países y territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales (1):
    Principado de Andorra (2)
    Montserrat
    Antillas Neerlandesas (3)
    República de Naurú
    Aruba (3)
    Islas Salomón
    Emirato del Estado de Bahréin
    San Vicente y las Granadinas
    Sultanato de Brunei
    Santa Lucía
    República de Chipre (4)
    República de Trinidad y Tobago (5)
    Emiratos Árabes Unidos (6)
    Islas Turks y Caicos
    Gibraltar
    República de Vanuatu
    Hong-Kong (7)
    Islas Vírgenes Británicas
    Anguilla
    Islas Vírgenes de Estados Unidos de América
    Antigua y Barbuda
    Reino Hachemita de Jordania
    Las Bahamas (8)
    República Libanesa
    Barbados (9)
    República de Liberia
    Bermuda
    Principado de Liechtenstein
    Islas Caimanes
    Gran Ducado de Luxemburgo, por lo que respecta a las rentas percibidas por las Sociedades a que se refiere el párrafo 1 del Protocolo anexo al Convenio, para evitar la doble imposición, de 3 de junio de 1986.
    Islas Cook
    Macao
    República de Dominica
    Principado de Mónaco
    Granada
    Sultanato de Omán (10)
    Fiji
    República de Panamá (11)
    Islas de Guernesey y de Jersey (Islas del Canal)
    República de San Marino (12)
    Jamaica (13)
    República de Seychelles
    República de Malta (14)
    República de Singapur (15)
    Islas Malvinas
    Isla de Man
    Islas Marianas
    Mauricio

    (2) Con efectos desde 10-02-2011, fecha de entrada en vigor del acuerdo de intercambio de información en materia tributaria (BOE del 23-11-2010), el Principado de Andorra dejó de ser considerado paraíso fiscal. El 07-12-2015 se ha publicado en el BOE el Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal y su Protocolo, hecho «Ad Referéndum» en Andorra la Vella el 8 de enero de 2015, que entra en vigor el 26 de febrero de 2016.
    (3) Con efectos desde 27-01-2010, fecha de entrada en vigor de los respectivos acuerdos de intercambio de información (BOE del 24-11-2009), Antillas Neerlandesas y Aruba dejan de ser considerados paraísos fiscales. Las Antillas Neerlandesas dejaron de existir como tales el 10-11-2010. A partir de esa fecha San Martín y Curaçao tienen el mismo estatus que Aruba (forman parte del Reino de los Países Bajos, pero gozan de independencia), mientras que el resto de islas de las antiguas Antillas Neerlandesas (Saba, San Eustaquio y Bonaire) ha pasado a formar parte de los Países Bajos. A San Martín y Curaçao le es aplicable el Acuerdo firmado con Antillas Neerlandesas, mientras que a las otras tres islas les es de aplicación el CDI con Países Bajos. Por ello ninguna de las islas tiene actualmente la consideración de paraíso fiscal. .
    (4) Con efectos desde 28-05-2014, fecha de entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición (BOE del 26-05-2014), la República de Chipre deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (5) Con efectos desde 28-12-2009, fecha de entrada en vigor del respectivo convenio para evitar la doble imposición (BOE del 08-12-2009), la República de Trinidad y Tobago deja de ser considerada paraíso fiscal.
    (6) Con efectos desde 02-04-2007, fecha de entrada en vigor de los respectivos convenios para evitar la doble imposición (BOE del 23-01-2007), los Emiratos Árabes Unidos dejan de ser considerados paraíso fiscal.
    (7) Con efectos desde 01-04-2013, fecha de entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición (BOE del 14-04-2012), Hong Kong (China) deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (8) Con efectos desde 17-08-2011, fecha de entrada en vigor del acuerdo de intercambio de información (BOE del 15-07-2011), Las Bahamas deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (9) Con efectos desde 14-10-2011, fecha de entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición (BOE del 14-09-2011), Barbados deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (10) Con efectos desde 19-9-2015, fecha de entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición (BOE del 08-09-2015), el Sultanato de Omán deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (11) Con efectos desde 25-07-2011, fecha de entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición (BOE del 04-07-2011), República de Panamá deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (12) Con efectos desde 02-08-2011, fecha de entrada en vigor del acuerdo de intercambio de información (BOE del 06-06-2011), República de San Marino deja de ser considerado paraíso fiscal.
    (13) Con efectos desde 16-05-2009, fecha de entrada en vigor del respectivo convenio para evitar la doble imposición (BOE del 12-05-2009), Jamaica deja de ser considerada paraíso fiscal.
    (14) Con efectos desde 12-09-2006, fecha de entrada en vigor del respectivo convenio para evitar la doble imposición (BOE del 07-09-2006), Malta deja de ser considerada paraíso fiscal.
    (15) Con efectos desde 01-01-2013, fecha de entrada en vigor del convenio para evitar la doble imposición (BOE del 11-01-2012), la República de Singapur deja de ser considerado paraíso fiscal.

  3. #1
    Nega16
    09/04/17 11:24

    No solo se trata de paraísos, el problema esta en como tributa las diferentes formas de operativa. No todas lo hace igual, por renta de tarbajo o renta capital.

    El trading , mejor dicho el operar en el dia, es lo mas variado que hay. En función como se entienda esa operativa, puede tributar desde el 50% ( renta de trabajo) 25% ( renta capital ) o 0,5% im puesto especial para trading.

    Y eso tanto en paraísos fiscales, como en países normales.

    No estaría mal, que alguien intentara hacer una recopilación que hace cada país con esto.

    Hay que pensar que viviendo mas de seis meses en un pais, ya puedes pagar impuestos en ese país donde trabajas.

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