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215
  1. Nuevo
    #219
    08/03/21 13:04
    Hola Echevarri,

    me encontre con tu blog por casualidad, agradezco el excelente contenido. Estoy buscando una solucion para un prodindiviso en Mexico, podras referirme donde buscar  que sociedades adquieren o podrian adquirir bajo esta modalidad. 

    Muchas gracias de antemano.
  2. Nuevo
    #218
    23/01/20 13:35

    Buenas dias
    En 2010 adquirimos una vivianda familiar mi expareja de hecho y yo (titulares al 50%) Valor de la vivienda entonces escriturada 320.000€
    En 2012 nos separamos de hecho y decidimos de mutuo acuerdo que ella se quedara a vivir en la vivienda, y continuar pagando la hipoteca (240.000€ de origen) el 50% de la cuotas como seguimos haciendo en la actualidad entre los dos.
    Ahora vamos a ir al notario (la semana que viene) para quedarse ella vivienda al 100% y yo renunciar a la titularidad y dejar de hacer los pagos de hipoteca por mi parte. El banco ha accedido a llevar a cabo esta operación quedandose como deudora/avalista solo ella. En la actualidad quedan aproximadmanete 120.000€ para liquidar la hipoteca, y haciendo ella una novacion de la misma, no se lo que faltará para liquidarla, ya sería un asunto del banco y ella que me desentiendo.
    En esta operación con el notario, sobre la exincion de condominio del proindiviso, no le reclamo ni un solo euro a la adquiriente.
    Mi preguta es, como trasmitente de mi 50%, sin reclamar economicamente su valor.. ¿tengo que pagar plusvalia municipal? ¿tendré consecuancias fiscales en las próximas declaraciones de hacienda?
    Entiendo que hacemos extinción de condominio y no tributa por ITO sino por AJD ?¿ A titulo gratuito..
    Estoy un poco liado es esto.
    Agradeceria un breve comentario
    Muchas gracias
    Jose

  3. Nuevo
    #217
    16/07/19 19:32

    Buenas tardes, quería consultar unas dudas que me traen de cabeza porque he ido a dos asesores y sus opiniones difieren con lo cual no me aclaro.
    Dos personas tienen su vivienda habitual en común durante 20 años, al 50%, y A (66 años) quiere comprar su parte a B (61 años). La vivienda costó 114000€ y en la C. de Madrid su valor actual es de 175000€. A y B pagan una hipoteca sobre la vivienda, que en principio fue de 110.000€, pero han rehipotecado la vivienda en otras dos ocasiones para cubrir otros gastos y deben, en la actualidad, 174.000€.
    A, quiere vender la vivienda cuando tenga el 100% de la misma, por un valor de 310.000€ y asume el pago mensual de la hipoteca, pero se tienen las siguientes dudas:
    - ¿Qué importe tendría que pagar cada uno, tanto impuestos como plusvalías?
    - El importe de hipoteca que resta por pagar, ¿se incluiría en la transacion, aún habiendo sido rehipotecas sobre la vivienda pero no haberse utilizado para pagar ésta?
    - Cuando A venda el 100% de la vivienda ¿tienen que pasar tres años para considerar vivienda habitual el 50% que ha comprado y estar exento de impuestos por ser mayor de 65%? o ¿es suficiente con demostrar los 20 años que ha vivido en la vivienda hasta la adquisición al 100% de la misma?
    Muchas gracias por su atención.

  4. en respuesta a Aelita
    -
    #216
    14/05/19 13:40

    Y añado: mi ex me ha vendido por un precio incluso un poco inferior a la mitad del valor catastral (nos llevamos bien y la idea es mantener el patrimonio para los hijos, pero eso supone una confianza en mi palabra de la que estoy muy agradecida), pero aún así casi duplica el precio que pagó por la mitad en su momento, porque compramos hace más de 20 años. ¿Como es posible que tenga que pagar plusvalía en relación con la mitad del precio de compra de entonces? ¿No ha de tomarse como referencia el valor del precio del inmueble "actualizado"? Eso debería ser la mitad del valor catastral ¿no?

    Por favor, agradecería mucho una respuesta: antes de hacer la operación hicimos varias consultas con abogados y gestores, y seguimos estando perdidos. ¡Es desesperante!

  5. #215
    14/05/19 12:29

    En su entrada "La disolución de condominio..." de 2007 dice lo siguente:
    "B debe tener cuidado con el plazo de los 3 años que marca Hacienda en relación con la Vivienda Habitual. La ley exceptúa de estos supuestos los casos de separación."

    A mi ex-marido le están haciendo pagar IRPF de plusvalía después de separación porque hemos hecho extinciónde condominio pasados los 3 años del divorcio. ¿Donde puedo encontrar la ley que exceptúa este supuesto en caso de separación? Por favor, es muy importante.
    Ciertamente es un caso flagrante de injusticia y desigualdad: si le hubiese vendido yo a el para comprar otra 1a vivienda, estaría exenta, pero como lo hemos hecho al revés, encima de que yo he estado disfrutando de la casa y él pagando un alquiler, pues ahora le toca pagar una barbaridad de impuestos porque ya no era su vivienda habitual. Francamente, aunque no me toca pagar a mi, me hace sentir culpable. Y desde luego perjudica a nuestros hijos, porque aumenta la deuda de su padre y ¿como voy a exigirle que cumpla con su deber para los hijos al 100% con el extrangulamiento económico en que se ve con el tema de la vivienda? Imposible, a poca conciencia que una tenga.

  6. Nuevo
    #214
    02/04/19 16:46

    Tengo una duda respecto a la extincion del condominio.
    al fallecimiento de mi madre, mi hermana y yo heredamos su casa al 50%.
    Esta casa se la va a quedar mi hija. Yo he donado a mi hija mi 50%, y hemos pensado que, mi hija ya como propietaria de mi 50%, extinga el condominio con mi hermana..
    Logicamente sabemos que la extinción del condominio lleva un impuesto del 1.5% frente al 8% si fuera compra-venta
    Nos han dicho que NO lo van a interpretar así, y que obligatoriamente vamos a tener que pagar un 8%.. Yo, sinceramente, no lo entiendo. Puesto que ya mi hija es la propietaria del 50% de la casa
    Hay algún documento o artículo o doctrina que diga que NO PUEDE SER extinción por esta, esta y esta razón...?
    Gracias.

  7. Nuevo
    #213
    21/02/19 10:28

    Buenos días, mi consulta es la siguiente, en junio de 2017 me compré un piso con mi pareja de entonces. El piso costó 282.000€ y pedimos una hipoteca de 253.000€. Mi pareja de entonces aportó 73.000€ en efectivo, con los que se cubrieron los gastos iniciales y el pago del IVA. La hipoteca, aunque a nombre de los dos, la he pagado íntegramente yo hasta la fecha. La relación se acabó y ahora yo me quiero quedar con el piso, y querría saber cuál sería la forma más ventajosa. Quedan pendientes 234.700€ de hipoteca y tengo que devolverle sus 73.000€.
    Muchas gracias

  8. Nuevo
    #212
    02/02/19 18:44

    Hola buenas, mi consulta es la siguiente. Vivo en Navarra en un piso VPO. que compre de segunda mano con mi pareja 3 meses antes de casarnos por 108.000€. En la escritura lo pusimos al 50%, pero yo pague 84.500€. Pedimos una hipoteca conjunta de 42.000€ para los gastos y alguna reforma de la que nos queda de pagar 34.000€. Ahora nos vamos a divorciar y queremos hacer una extinción de condominio. Yo me voy a quedar con el piso y con la deuda de la de hipoteca. Hemos acordado que le voy hacer una compensación económica de 10.000, quisiera saber si esto sería suficiente y si estaría exenta de impuestos a la hora de que ella haga la declaración de la renta. Y también que gastos tendría que asumir yo al poner a mi nombre la Hipoteca y la vivienda. UN saludo y gracias.

  9. Nuevo
    #211
    20/12/18 20:45

    He leído la interesante información sobre la figura de extinción de condominio y observo que la compensación a la persona que entrega o vende su parte (Una casa heredada en mi caso) debe hacerse en metálico. ¿Es esto una simple expresión o debe hacerse inexcusablemente con dinero? ¿El dinero declarado de compra debe ser una transacción real o es suficiente con asumir que se ha recibido? ¿Puede entregarse como compensación de la parte comprada otro inmueble?

    Muchas gracias.

  10. #210
    20/12/18 00:49

    ¿Este blog sigue funcionando?

  11. #209
    18/10/18 17:26

    Buenos días .
    Agradecerle su trabajo de información y ayuna que nos da.
    Mi caso es vivienda escriturada en 240000€ con la hipoteca pagada .Yo puse 60000€ mas que la constructora me pidió en B antes de formalizar las escrituras por lo cual en las escrituras pusimos 40% ella 60% yo.
    Como sería la mejor solución para las dos partes? una escisión de condominio? .Cuales serían los gastos a pagar por cada uno?.
    Éramos pareja pero sin ser matrimonio ni pareja de echo .
    Muchas gracias

  12. Nuevo
    #208
    07/09/18 01:18

    Se puede hacer una disolucion de condominio entre dos hermanas que heredaron un piso PVO , ya está liquidado la hipoteca desde hace 12 años. El piso se compro en 1997. Cada una tiene el 25% de 50%. El otro 50% es del conyungue que lo dejara en testamento a una de las hermanas que quiere el 25% y asi quedar con el 100% en un futuro.Gracias por contestar.

  13. Nuevo
    #207
    05/09/18 18:17

    Buenas tardes,voy a ir directa al grano y espero explicarme bien. Mis tios viven en Argentina y mis padres aqui en España, ahora que ya son mayores quieren ir dejando cosas resueltas, el tema está en que mi tio le quiere comprar a mi padre el 50% de su herencia, ya que está allí.Me gustaria saber cual es la mejor forma de hacerlo sin que le saquen los ojos a mi padre en impuestos y si la transferencia sería mejor en euros o dólares. En el banco nos han dicho que no hay problema siempre y cuando se justifique ese ingreso.¿Sería un condominio?Muchas gracias

  14. Nuevo
    #205
    24/06/18 14:50

    Poseo el 50% de un condominio de una vivienda compartido el otro 50% por 4 personas. De mutuo acuerdo deseo venderle mi parte pero el pago se me hará a lo largo de tres años. Qué tipo de contrato privado (reserva, opción, arras) me recomienda?. Mi idea es formalizar la escritura al cobrar toda la cantidad (a los tres años). ¿Puede haber problemas con hacienda por estos cobros continuados?

  15. Nuevo
    #204
    07/05/18 22:57

    Buenas noches. Yo voy a firmar en breve una extinción de condominio con mi ex pareja de hecho. Actualmente tenemos una vivienda al 50 por ciento en propiedad y al 50 por ciento en la hipoteca. No separamos hace seis años y desde entonces me hago yo cargo de la hipoteca y de todos los demás gastos de la vivienda. Cuando firmemos la extinción yo me quedaré con el 100 de la propiedad pero seguiremos los dos en el préstamo hipotecario, aunque lo seguiré pagando yo sola como hasta ahora. El valor mínimo de referencia que marca la Comunidad de Madrid es de 111.000 euros y la hipoteca que aún se debe es de 92.300. Él no va a recibir ninguna contraprestación monetaria puesto que yo me he hecho cargo de hipoteca y gastos durante 6 años. ¿Cómo se contempla eso en la extinción? ¿Se puede escriturar por los 92.300 de la deuda? En ese caso, ¿Hacienda me podría pedir una comprobación de valores, ya que existe diferencia con el valor mínimo de referencia? Muchas gracias.

  16. #203
    19/04/18 12:41

    Somos dos propietarios al 50% de una FINCA RÚSTICA INDIVISIBLE por su superficie y uno de los copropietarios dejaría su parte al otro que le compensa en metálico.
    Qué gastos impuestos conllevaría la operación para cada uno?
    Saludos y Muchas gracias

  17. #202
    02/03/18 22:48

    Hola, somos dos hermanos P y M, vivimos en Murcia y heredamos dos casas hace 2 años al 50% las dos, con valor declarado para el impuesto de sucesiones de C= 120.000€ y L=100.000€. Ahora P se quiere quedar con el 100% de la casa L y M con el 100% de la casa C, para lo que entendemos que lo mejor es realizar la extinción de condominio de cada una de las casas.
    Cual serian los impuestos que se tendrían que pagar y los gastos derivados de estas dos extinciones de condominio, para cada uno P y M ???
    Muchas Gracias.

  18. Nuevo
    #201
    07/02/18 15:25

    Caixaban no me quiere dar de baja un aval que tengo con ellos para avalar el alquiler de mi vivienda y que di de alta con Abanca, asi que desde hace 2 años estoy pagando 2 avales por 2000 euros por el mismo alquiler.
    CaixaBan me dice que no reconoce el original del aval que le ha dado la inmobiliaria que gestiona mi vivienda,dicha inmobiliaria le ha dado por escrito varias veces que renuncia a pedir nada de ese aval , pero nada estos del banco ni caso, he escrito a atención al cliente de CaixaBan y no me han respondido, que cree usted que sera mejor un escrito al Banco de España o ir al Juzgado de lo Civil y poner una Demanda Juicio Verbal de Reclamación de cantidad?
    Muchas gracias