¡Buenas noticias! En menos de 20 días, los bancos ya no podrán cobrar una comisión superior a 3 euros mensuales a sus clientes por la realización de las gestiones más básicas en su cuenta. Con esta orden, se estará introduciendo en el ordenamiento jurídico español una Directiva de la Unión Europea en relación a esta materia. ¡Sigue leyendo para informarte de todo!
El fin de la comisión de más de 3 euros mensuales
Así es, a partir del 25 de marzo los bancos ya no podrán cobrar más de 3 euros al mes por las gestiones de una cuenta básica. Esta orden fue publicada ayer, 05/03/2019, en el Boletín Oficial del Estado, BOE, y reza exactamente eso, que los bancos y otras entidades de crédito no podrán cobrar una comisión superior a 3 euros al mes por la utilización de una cuenta bancaria básica.
El cambio en esta comisión se verá implementado en las operaciones más básicas y los bancos sólo podrán cobrar un máximo de 3 euros mensuales al cliente por la realización de las mismas. Te las nombramos a continuación para que las tengas presentes:
- Apertura, uso y cierre de la cuenta.
- Depósito de fondos en efectivo en euros.
- Retirada de dinero en efectivo, ya sea en oficinas o en cajeros automáticos de España o cualquier otro lugar perteneciente a la UE.
- Operaciones de pago mediante tarjeta de débito o prepago.
- Realización de hasta 120 operaciones de pago anuales (transferencias, domiciliaciones...)
Actualmente, el coste que ofrecen las entidades bancarias españolas para estas operaciones es muy superior a los 3 euros establecidos y deberán ser adaptadas inmediatamente. Las comisiones más importantes que aplican ahora mismo los bancos son la de mantenimiento, que varía desde los 0 hasta los 96 euros anuales dependiendo de cada entidad, y la de administración, la cual implica que cada entidad cobra una comisión por movimiento en la cuenta.
En caso de que se realizasen más operaciones de las que están consideradas como básicas, las comisiones aplicadas no podrían superar anualmente los gastos medios aplicados por la entidad para cada tipo de operación. El Banco de España será el encargado de publicar trimestralmente dichas comisiones o gastos.
A pesar de todo, la comisión máxima mensual, en este caso de 3 euros, podrá ser actualizada cada 2 años por el Banco de España en base a cómo evolucionen los criterios establecidos. Esto se debe a que incluye una disposición que le da poder para modificar las normas de contabilidad y adaptarlas a los estados financieros de las entidades bancarias o de crédito.
Esta orden también dicta que no se podrá obligar a ningún cliente a adquirir algún otro producto para acceder a la cuenta de pago básica, así como que todas aquellas personas vulnerables, con residencia móvil o que no disponen de cuenta bancaria, deberán ser informadas de la existencia de dicha cuenta.
Aquellas personas que estén en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera, dispondrán de otros requisitos que deberán ser fijados por el Gobierno.
Según esta nueva orden, en un futuro podría analizarse el uso que han hecho los consumidores de las cuentas de pago básicas y, dependiendo de este, se podría evaluar el hecho de extender la obligación de prestar este servicio a otros proveedores de servicios de pago.
La Cuenta 1|2|3 del Banco Santander ya cobra la mencionada comisión de 3 euros mensuales pero, además, disponer de la tarjeta mundo 1|2|3 supone otros 3 euros mensuales. Con esto, el pago mensual sería de 6€/mes, lo que ya estaría por encima de lo dictado por la nueva orden, ¿creéis que bajará sus costes pronto para adaptarse al reglamento?
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