Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Italia Rankia México Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder
¡Bienvenido a Rankia España! Volver a Rankia USA
Nueva numeración Cuentas Corrientes: De 20 a 24 dígitos

Nueva numeración Cuentas Corrientes: De 20 a 24 dígitos

A partir del 1 de Febrero de 2014 las cuentas corrientes tendrán cuatro números más: dos del país y otros dos de un nuevo dígito de control.

La razón es la Zona Única de Pagos en Euros(denominada SEPA), que facilitará a los ciudadanos abrir cuentas en cualquier país de Europa y domiciliar allí sus recibos o ingresos con independencia de la ubicación.

SEPA Euro

Por ejemplo, un turista alemán que tenga un apartamento en Gandía, pagará el recibo de la luz en su cuenta corriente del banco de Frankfurt.

El consumidor debe tener claro que su cuenta corriente consta ahora de 24 dígitos, y que se denomina IBAN frente a la cuenta tradicional denominada CCC. Tanto para hacer transferencias como para recibir cobros, se deberán usar esos 24 dígitos a partir del próximo mes de Febrero.

 

¿Cómo obtener el IBAN?

Los clientes financieros pueden solicitar el IBAN en su entidad financiera de manera gratuita.

El Ministerio de Economía aprobó una medida que permitirá a las entidades financieras ofrecer servicios de conversión gratuita de CCC a IBAN hasta el año 2016. A diferencia de lo que ocurrirá con las empresas, ya que si no disponen del nuevo identificador europeo antes de Febrero de 2014, deberán contratar un especialistas convertir de cuentas de CCC a IBAN.

Los Requisitos

A partir del 1 de Febrero, el campo de referencia que viaja en el fichero que emite la entidad financiera no podrá superar los 140 carácteres. El Banco de España ha activado la página de Internet www.sepaesp.es para informar del nuevo sistema y facilitar un convertidor de la cuenta.

La Operativa

Esta nueva manera de operar permitirá realizar transferencias o domiciliar facturas en cualquier banco de un país de la zona Euro, pero también obligará a las empresas a saber manejar cuenta bancarias domiciliadas en el extranjero.

El nuevo código IBAN permitirá hacer operaciones en cualquier punto de la zona Euro.

En caso de no disponer el nuevo IBAN, el ciudadano no podrá hacer transferencias o domiciliaciones ni dentro ni fuera de España.

El Banco de España ha advertido que son las empresas, las que tienen la obligación de conseguir el IBAN de sus empleados.

Las Pymes

La mayor preocupación del Banco de España está en las Pymes, así como las Comunidades de Vecinos, los Clubes y Asociaciones que deberán actualizar sus cuadernos bancarios si quieren facturas o poder pagar el salario a sus trabajadores.

Los datos que maneja el Banco de España señalan que sólo el 0,25% de las operaciones que se realizan en el país, usan el IBAN.

La previsión es que ese porcentaje supere el 80% a finales de 2013.

¿Cuáles son las Ventajas de la nueva cuenta corriente?

La principal ventaja es el Proceso de Unificación Bancaria en Europa y que pasa por la facilidad para abrir una cuenta en el extranjero y domiciliar allí recibos o ingresar, como si se tratará de una cuenta corriente de tu propio país.

Este hecho debe fomentar la competencia entre entidades financieras, ya que cualquier europeo podrá elegir entre una gran variedad de ofertas de las distintias entidades(no sólo nacionales sino también extranjeras), y elegir de acuerdo a sus necesidades. Además, reducirá el número de cuentas al facilitar los pagos.

Las ventajas pueden ser aún mayores para las empresas, pues facilitará su salida al exterior y la reducción de gastos administrativos.

Al simplificar el número de cuentas, logrará concentrar su tesorería con una mejor gestión de la misma y lograr un rendimiento mayor al tenerla agrupada. Unas ventajas que también beneficiarán a las Administraciones Públicas, menores costes de gestión y automatización de procesos.

 

 

Cuenta Online Sabadell

2,5% TAE + 200 € por llevar la nómina

  • Cuenta online sin comisiones
  • Tarjeta de débito gratuita. 3% devolución en todas tus compras.
  • Llévate 2,5% TAE al hacerte cliente y además 200€ con tu nómina.
    1. en respuesta a Africacanarias
      -
      #20
      10/12/14 20:20

      Si los recibos ya los tenías domiciliados en el banco, es la propia entidad la que debe de haber encargado de adaptar el antiguo código cuenta cliente (CCC), a la nueva numeración con la entrada en vigor de SEPA.

      Si por el contrario, es una nueva domiciliación, entonces sí que debes ser tú el que facilite el nuevo IBAN de la cuenta a Movistar.

      Un saludo.

    2. en respuesta a Borja Cañete
      -
      #18
      10/12/14 18:04

      pues ya han pasado los meses de adaptacion y aun no funciona en muchos sitios...

      por lo tanto me tengo que joder como siempre el usuario... viva la pepa

      por ejemplo movistar aun no sabe hacerlo tengo que buscar otra compañia que si sepa domiciliar cuentas extranjeras EUROPEAS que parece que aun no somos europeos.

      otra que todavia no se entera es CANARAGUA suministro de agua en Canarias... lo lleva una empresa de Barcelona... a ver si se dan prisa.

      DEBERIAN DE SER MULTADAS LAS ENTIDADES QUE NO HAYAN ACTUALIZADO SU SITEMA OPERATIVO

    3. en respuesta a Marta Pereira
      -
      #17
      16/02/14 17:23

      Pues tienen menos de 6 meses para adaptarse a la normativa SEPA, y después de que se prorrogue el plazo de entrada en vigor del nuevo IBAN de 24 dígitos, no hay excusas...
      Esperemos que cause los menores problemas posibles.

      Un saludo.

    4. en respuesta a Borja Cañete
      -
      Nuevo
      #16
      15/02/14 11:25

      pues nada tenemos que jodernos porque en los ayuntamientos no se enteran con cuentras extranjeras para domiciliar los pagos.

      vaya gracia

      adios mundo cruel

    5. Nuevo
      #15
      15/02/14 11:23

      que bueno seria si funcionara

      en los ayuntamientos no saben como hacer con una cuenta extranjera

      a ver si ALGUIEN LES CLASES PORQUE NADA NO SABEN NADA

    6. en respuesta a Marta Pereira
      -
      #14
      13/02/14 08:56

      La decisión del Parlamento y la Comisión Europea de aplazar la entrada en vigor de los parámetros SEPA al 1 de Agosto de 2014, afecta a todos los países(no sólo a España). Es una medida para que las entidades financieras, Pymes y particulares tengan más tiempo para adaptarse a los cambios.

      Hasta esa fecha (1 de Agosto), se podrán realizar transferencias con el "viejo" y "nuevo" IBAN.

      Un saludo.

    7. en respuesta a Freefigh
      -
      Nuevo
      #13
      11/02/14 13:28

      estamos tan por debajo de los demas paises

      a chikitispain le han dado 6 meses más porque no se "enteran"
      con cuentas en el extranjero

      saludos

    8. en respuesta a Bizkaitarra
      -
      #12
      11/11/13 12:15

      Deberías hablar con un sucursal de tu entidad financiera, pero a partir de Febrero de 2014 no podrás realizar transferencias o cualquier movimiento con la cuenta si no tiene el IBAN nuevo.

      No se si debes cambiar la libreta, el talonario y demás o sólo con que pidas el nuevo IBAN es suficiente.

      Le preocupa al Banco de España que se pueda producir un "colapso" porque se paralicen transferencias, cheques y demás y todo sea debido a que las empresas no se hayan preocupado de actualizar el número IBAN.

    9. en respuesta a Borja Cañete
      -
      #11
      11/11/13 11:20

      Hace años que mi comunidad de vecinos tiene IBAN, en las libretas y extractos viene en IBAN, entonces no tenemos que hacer nada. Además los talonarios de cheques también tienen puesto el IBAN.

      Lo único que tendremos que hacer es informar a los vecinos de los 24 digitos del IBAN para pagar las cuotas y derramas.

      Yo la verdad es que no entiendo que esto le preocupe al banco de España.

    10. en respuesta a Bizkaitarra
      -
      #10
      11/11/13 10:57

      La Comunidad de Vecinos realizará su actividad financiera mensual a través de una cuenta bancaria, pues a partir del 1 de Febrero de 2014 la cuenta bancaria debe tener el nuevo IBAN de 24 dígitos y para ello puede acudir a su entidad financiera para poder actualizar su CCC.

      Los cuadernos bancarios son una serie de normas y protocolos comunes a todas las entidades financieras que operan en España, es decir, cheques, pagarés, transferencias..etc, todas estás actuaciones se deberán calcular de nuevo y actualizar en su entidad financiera debido al cambio en el número de dígitos de 20 a 24.

      En caso de dudas, consulta este enlace: http://www.aeb60.com/#

      Por ejemplo, si la Comunidad quiere emitir un cheque, en el mismo debe aparecer el Código Cuenta Cliente para identificar la cuenta desde la que se emite el cheque, pues ese identificador pasará de 20 a 24 dígitos.

      En resumidas cuentas, para cualquier actuación(emitir facturas, pagar empleados, transferencias..),que tengáis que realizar a través de la entidad financiera, debe ser con la nueva numeración que será obligatoria a partir de Febrero del próximo año.

    11. en respuesta a Borja Cañete
      -
      #9
      09/11/13 18:55

      podrías aclarar que problema podría tener mi comunidad de vecinos?
      Es que no lo acado de entender. Porque desde hace varios años todos los extractos y libretas bancarias vienen con su CCC y su IBAN.
      Y tampoco se lo que es actualizar cuadernos bancarios, podrías explicarlo?
      muchas gracias.

    12. en respuesta a Brainstorm
      -
      #8
      06/11/13 09:13

      Es una información que deben conocer todos los ciudadanos y empresas para que no se produzcan problemas a partir de Febrero de 2014.

      Un saludo.

    13. #7
      05/11/13 23:28

      Buen aporte informativo para la comunidad sobre la SEPA (Single Euro Payment Area).


      Salut,

    14. en respuesta a Freefigh
      -
      #6
      05/11/13 14:22

      No considero Internet como una fuente fiable de información, pero es un instrumento que ayuda a contrastar datos y poder ver las publicaciones oficiales.

      Gracias de nuevo por las aclaraciones, así cumpliré un dicho: "nunca te acostarás sin saber una cosa más".

    15. en respuesta a Borja Cañete
      -
      #5
      05/11/13 14:18

      a)No lo digo yo sólo, sino todo el mundo(puedes navegar por Internet si quieres y comprobarlo), el cambio en las cuentas corrientes de 20 a 24 dígitos.

      Ese es el problema de considerar Internet, a pelo, como una fuente fiable de información. Digan lo que digan, el IBAN es un estandar bancario que está operativo, al menos que yo recuerde, desde 2008 (cuando hice mi primer proyecto relacionado con este asunto).

      b)Una de las ventajas será el poder realizar transferencias a cualquier sitio de Europa,lo que tu dices es opinión, ¿y si el propietario está en Alemania trabajando?.

      Lo que digo es que puede pagar en España, en Alemania o donde quiera, que no es obligatorio. Y ya podía hacerlo así desde 2009.

      c)Entonces en que quedamos, ¿cambia o no cambia la cuenta corriente?. Aunque cambie sólo el código de identificación como dices, ya cambia algo, con lo que me das la razón.

      No cambia. Solamente a efectos operativos de cobros y pagos, se sustituye la identificacion mediante el CCC (un estandar español, del antiguo CSB) por el IBAN (un estandar paneuropeo). Y ya digo que ambos coexisten desde hace al menos 5 años.

      d)Yo me refiero siempre al IBAN y a partir de Febrero de 2014 hay que adaptarse a la nueva normativa,es decir, no he dicho ninguna burrada en el artículo.

      Insisto. No hay normativa nueva en 2014. Lo que hay es un deadline. Desde 2008-09 vienen coexistiendo los instrumentos de pago tradicionales españoles(TRFS y DOMIs) con los nuevos paneuropeos (SCT y SDD). En 2014 dejarán de poder usarse los instrumentos tradicionales y ya solo se podrán usar los paneuropeos (que exigen el IBAN, con el matiz de la conversion hasta 2016).

      e)El Banco de España supervisa y vigila a las entidades financieras, pero quién emitió esa medida fue el Ministerio de Economía(también lo puedes leer en Internet).

      Insisto en lo peligroso de considerar Internet como fuente fiable. Esa medida se solicitó formalmente al BdE en la comisión de seguimiento de la migracion a SEPA (presidida por la subdirectora de operaciones de La Caixa) que se celebró el 7 de junio de este año, y fue ratificada posteriormente por el BdE.

      f)Es cierto que lo aclaras más, pero eso no significa que no se entienda lo que digo y menos para ti, que parece ser sabes mucho.

      Cierto. Sé mucho. Es mi trabajo.

      g)Es un artículo, si tengo que poner todo paso por paso y explicarlo detalladamente, haría una novela de 300 hojas. Explico los conceptos de manera resumida.

      h)Si desaparece algo, es que se implanta algo nuevo, entonces no he errado en mis argumentos.

      No. Lo "nuevo" se implantó en 2008 (SCT) y 2009 (SDD) y hemos tenido un periodo de coexistencia. Ahora lo que se hace es dar de baja lo "antiguo": los instrumentos de pago nacionales.

      Un saludo.

    16. en respuesta a Freefigh
      -
      #4
      05/11/13 13:47

      Gracias por los comentarios y voy a responder a todos y cada uno de ellos.

      a)No lo digo yo sólo, sino todo el mundo(puedes navegar por Internet si quieres y comprobarlo), el cambio en las cuentas corrientes de 20 a 24 dígitos.
      http://www.noticias.com/de-20-a-24-digitos-europa-trae-en-febrero-nuevas-cuentas-corrientes-para-todos.2195424
      http://www.invertia.com/noticias/digitos-europa-trae-febrero-nuevas-cuentas-corrientes-2916784.htm

      b)Una de las ventajas será el poder realizar transferencias a cualquier sitio de Europa,lo que tu dices es opinión, ¿y si el propietario está en Alemania trabajando?...

      c)Entonces en que quedamos, ¿cambia o no cambia la cuenta corriente?. Aunque cambie sólo el código de identificación como dices, ya cambia algo, con lo que me das la razón.

      d)Yo me refiero siempre al IBAN y a partir de Febrero de 2014 hay que adaptarse a la nueva normativa,es decir, no he dicho ninguna burrada en el artículo.

      e)El Banco de España supervisa y vigila a las entidades financieras, pero quién emitió esa medida fue el Ministerio de Economía(también lo puedes leer en Internet).

      f)Es cierto que lo aclaras más, pero eso no significa que no se entienda lo que digo y menos para ti, que parece ser sabes mucho.

      g)Es un artículo, si tengo que poner todo paso por paso y explicarlo detalladamente, haría una novela de 300 hojas. Explico los conceptos de manera resumida.

      h)Si desaparece algo, es que se implanta algo nuevo, entonces no he errado en mis argumentos.

      i)Cuando digo la imposibilidad de realizar transferencias, será a partir de 2016. Especificaré mucho más en el futuro.

      j)Es cierto, las empresas son las que deben pedir el nuevo IBAN, sólo expongo el caso de los empleados, porque los proveedores y clientes ya se darán prisa en hacerlo.

      Irán con muchos respectos pero no dejas "títere" con cabeza.

      Un saludo.

    17. #3
      05/11/13 13:23

      Con todos mis respetos y con animo constructivo, el artículo es muy flojito y además dice varias cosas incorrectas.

      a) "A partir del 1 de Febrero de 2014 las cuentas corrientes tendrán cuatro números más: dos del país y otros dos de un nuevo dígito de control." No es cierto, hoy ya tienen los 24 digitos. Cualquiera que vaya a su banca electronica o mire su talonario de cheques los verá. Y esto es solo para España, resultado de añadir al CCC los caracteres "ES" y dos nuevos digitos de control. El IBAN de otros paises puede tener hsata 28 posiciones.

      b) "Por ejemplo, un turista alemán que tenga un apartamento en Gandía, pagará el recibo de la luz en su cuenta corriente del banco de Frankfurt". Obviamente, esto es si lo desea, tb puede pagar en una cuenta en España.

      c) "El consumidor debe tener claro que su cuenta corriente consta ahora de 24 dígitos, y que se denomina IBAN frente a la cuenta tradicional denominada CCC" La cuenta es la misma y su denominacion no cambia, lo que cambia es la denominacion del codigo de identificacion.

      d) "Tanto para hacer transferencias como para recibir cobros, se deberán usar esos 24 dígitos a partir del próximo mes de Febrero" No es cierto, ya se están usando desde 2008 (hacer transferencias) y desde 2009 (domicliaciones). Lo que cambia es que hasta 2014 tb se podía utilizar el CCC, y desde 2014 (esto en teoria, ver notas siguientes) solo se podrá usar el IBAN.

      e) "El Ministerio de Economía aprobó una medida que permitirá a las entidades financieras ofrecer servicios de conversión gratuita de CCC a IBAN hasta el año 2016". En realidad fue el Banco de España.

      f) "A diferencia de lo que ocurrirá con las empresas, ya que si no disponen del nuevo identificador europeo antes de Febrero de 2014, deberán contratar un especialistas convertir de cuentas de CCC a IBAN". Aparte de que no se entiende, no es cierto. Las empresas ordenantes de pagos pueden tb utilizar los servicios gratuitos de conversion que les dé su banco habitual. Es más, en el caso de comsunidores, la conversion solo se podrá ofrecer para IBAN nacionales, mientras que en el casod e emprsas no existe esta limitacion.

      g) "A partir del 1 de Febrero, el campo de referencia que viaja en el fichero que emite la entidad financiera no podrá superar los 140 carácteres." No queda claro. Se refiere a que en el caso de las nuevas domiciliaciones (los denominados SDD, o Sepa Direct Debits)el campo que las entidades utilizan para introducir el concepto de la domiciliacion (y que es lo que las entidades domiciliatarias nos notifican) solo constará de 140 caracteres en lugar de los 650 anteriores, con lo que podrán comunicarnos menos informacion del detalle del cargo en cuenta. Pero quedará salvado por la obligacion del ordenante de enviar una notificacion al librado en D-5 con el detalle del cargo.

      h)"Esta nueva manera de operar permitirá realizar transferencias o domiciliar facturas en cualquier banco de un país de la zona Euro, pero también obligará a las empresas a saber manejar cuenta bancarias domiciliadas en el extranjero." Como ya he dicho, esta nueva forma de operar ya esta funcionando desde 2008-2009. La unica diferencia es que el 1 de febrero de 2014 los antiguos instrumentos nacionales desaparecen, salvo algunos denominados "de nicho". Y no haca falta "manejar cuentas", solo conocer su IBAN.

      i) "En caso de no disponer el nuevo IBAN, el ciudadano no podrá hacer transferencias o domiciliaciones ni dentro ni fuera de España". En teoria si, pero dado que las entifdades ofreceran la conversion automatica del CCC al IBAN hasta 2016, la imposibilidad no será real.

      j) "El Banco de España ha advertido que son las empresas, las que tienen la obligación de conseguir el IBAN de sus empleados." De sus empleados (para las nominas) y de sus clientes en general.
      Las Pymes

    18. en respuesta a piqueras
      -
      #2
      05/11/13 08:58

      Más comodidad para realizar transacciones por toda Europa o abrirte una cuenta en cualquier país.

      El único problema el proceso de adaptación que tengan las empresas.

    19. #1
      04/11/13 17:06

      Bueno, la verdad es que ventajas para los usuarios de banca.

    Cookies en rankia.com

    Utilizamos cookies propias y de terceros con finalidades analíticas y para mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias a partir de tus hábitos de navegación y tu perfil. Puedes configurar o rechazar las cookies haciendo click en “Configuración de cookies”. También puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar”. Para más información puedes visitar nuestra política de cookies.

    Aceptar