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Nueva sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias que acuerda la nulidad de hipoteca multidivisa de Bankinter

La Audiencia Provincial de Asturias ha dictado una sentencia de fecha 11 de noviembre de 2020 por la que confirma la nulidad de una hipoteca multidivisa, en yenes, de Bankinter.

Nuevamente se declara, con los fundamentos de las sentencias del Tribunal Supremo y del TJUE, que no se informó de forma transparente de las onerosas consecuencias económicas que podía tener en referenciar el capital del préstamo a una divisa extranjera: un enorme aumento del importe de las cuotas mensuales; aumento también imprevisible del capital adeudado; posibilidad de que el Banco exigiese garantías adicionales o que cancelase anticipadamente el préstamo debido a ese aumento del capital adeudado aunque se estuviesen pagando las cuotas; ocultación de un margen adicional de beneficio por el precio que cobra el Banco por las operaciones de cambio de divisa, aun cuando éstas no son reales ya que la divisa funciona como referente para calcular capital y cuotas, pero no hay pagos y cobros efectivos en yenes.

También se declara la nulidad de la comisión que impone un interés de demora por encima del límite que el Tribunal Supremo consideró admisible.

Bankinter deberá reliquidar la hipoteca, reintegrar a la prestataria lo que le cobró en exceso con sus intereses legales (incrementados en dos puntos desde la sentencia del Juzgado que estimó la demanda en primera instancia) y reducir el capital adeudado. El perjuicio total (lo pagado en exceso más el capital amortizado de menos) se calculó por informe pericial en 63.000 euros en abril de 2019, por lo que en la actualidad ha de ser una cantidad sustancialmente mayor.

A pesar de que todas las sentencias del Tribunal Supremo y del TJUE son favorables a los consumidores, y que juzgados y Audiencias Provinciales están siguiendo la jurisprudencia, Bankinter y los demás bancos que colocaron estos productos siguen negándose a atender las reclamaciones de los prestatarios, obligándoles a acudir a los tribunales. Se trata de retrasar en lo posible el cumplimiento de sus obligaciones, a pesar de que le sale caro por los intereses y las costas del procedimiento judicial que han de pagar.

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  1. Top 25
    #1
    23/11/20 18:20
    Claro, pero mientras lo demoran, igual hay una fusión de la entidad, o igual al director lo cambian de puesto y el marrón le cae a otro... cortoplacismo tóxico puro.