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  1. en respuesta a Genepopu
    -
    #676
    17/11/22 14:28
    Tendrías que consultarlo con el abogado que te está defendiendo, yo no puedo interferir en un caso defendido por otro compañero.
  2. en respuesta a Consumerista
    -
    #675
    17/11/22 13:55
    Y ya la última que te planteo, crees aconsejable acudir a la via penal que ahora mismo está abierta hasta marzo, aunque esto me cueste un dinero, y  en tal caso si después de x años recibo sentencia de la AP favorable por vía civil, en base a las cuestiones prejudiciales planteadas, esa sentencia revocaría lo reclamado por via penal, o puede haber dos sentencias favorables o desfavorables por el mismo caso aún en instancias diferentes?
    Muchas gracias por tu paciencia
  3. en respuesta a Genepopu
    -
    #674
    17/11/22 11:24
    Un compañero abogado contaba hace años que cuando sus clientes le hacían esta pregunta, contestaba: "Lo más probable es que quién sabe". Creo que el TJUE debería decir que sí se pueden estimar esas demandas, pero a la vista de lo que ha dicho respecto a las acciones, puede ocurrir cualquier cosa.
  4. en respuesta a Consumerista
    -
    #673
    16/11/22 20:04
    abusando de tu confianza piensas que puede tener éxito ante el TSJUE esta cuestión planteada por el TS, pues la sentencia hablaba solo de acciones y tanto las obligaciones como los bonos fueron adquiridos en manifiesto dolo por parte de la entidad que los vendió como si fueran imposiciones normales a personas que no eran expertas, nada que ver con las acciones cuya venta fue pública
  5. en respuesta a Genepopu
    -
    #672
    16/11/22 19:45
    Dependiendo de la tramitación que siga, entre año largo y dos años y medio. desde luego, no antes de marzo de 2023.
  6. en respuesta a Consumerista
    -
    #671
    16/11/22 19:36
    cuánto tiempo crees llevará realizar y contestar esta cuestión prejudicial sobre bonos y obligaciones??, te lo digo porque parece ser que acudir a la vía penal solo es posible hasta marrzo de 2023, es decir que no tenemos mucho tiempo.
  7. en respuesta a Genepopu
    -
    #670
    15/11/22 10:39
    Parece ser que el Tribunal Supremo va a plantear otra cuestión prejudicial al TJUE sobre estos productos.
  8. #669
    14/11/22 19:04
    Buenas tardes ya sabemos que el TS ha decidido abonarse a la expropiación de las acciones de Popular cerrando la vía civil para los demandantes, pero como bien decías en anterior cita estaba pendiente de emitir sentencia relativa a otros productos que nada tienen que ver con la emisión de acciones, sino que fueron contratados por los clientes en fraude y abuso de ley al equipararlos con expertos financieros y etc., tal es el caso de Obligaciones y Bonos convertibles como muy bien se indica en la cita. Mi pregunta como parte interesada es ¿sabemos algo de esto último que menciono, es decir obligaciones y bonos?.
    Yo tengo muchos amigos que ya han recibido sus compensaciones y también tengo sentencia favorable por juzgado recurrida y pendiente de Audiencia Provincial, y no parece muy lógico que si se han estimado el 99% de las causas, ahora quedemos algunos por falta de agilidad y rapidez en los juzgados dando causa sobrevenida a lo que está pasando para la emisión de las acciones. Perdón por la extensión pero el asunto se las trae
  9. en respuesta a W. Petersen
    -
    #668
    16/06/20 18:21
    Así es, el fuero o Juzgado competente es el del domicilio del consumidor.
  10. en respuesta a Consumerista
    -
    Top 10
    #667
    16/06/20 18:12
    Gracias, y salvo error con la ventaja que para un consumidor, un particular, el fuero no es de la empresa reclamada, sino en el partido judicial que corresponde a dicho consumidor !!!
  11. en respuesta a W. Petersen
    -
    #666
    16/06/20 14:44
    Las demandas de menos de 2.000 € van por el trámite del juicio verbal. Puede haber vista si lo solicita cualquiera de las partes.
  12. en respuesta a Consumerista
    -
    Top 10
    #665
    16/06/20 14:33
    Es para un amigo que lo está pasando bastante mal económicamente ....

    Presentó una reclamaciónna consumo por un tema de garantía de un vehículo, concretamente un kit de embrague , que se rompió tras muy pocos kilómetros. La garantía deja claro que al igual que las pastillas de freno, el kit de embrague está sujeto a desgaste, sin embargo, con menos de 40.000 km. es algo muy raro.

    La reclamada no acepta la mediación de consumo, la pregunta es:
    La demanda debe ser a través de un verbal ??? Son unos 600 eur.

    Un verbal se puede presentar sin abogado y solicitar sentencia sin vista,  pero si es un juicio ordinario no.



  13. en respuesta a Enrique Roca
    -
    #664
    29/05/20 14:40
    Habría que ver el contrato. Lo más probable es que sí
  14. Enrique Roca
    #663
    29/05/20 14:14
    Tengo un seguro standar de hogar. Un pino cayo sobre la piscina rompiendo la lona y estropeando el agua. ¿puedo reclamar tambien los gastos de limpieza de la piscina y el coste de agua de llenado de la piscina?.
  15. en respuesta a Consumerista
    -
    Top 10
    #662
    21/05/20 12:23
    Gracias
  16. en respuesta a W. Petersen
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    #661
    21/05/20 10:53
    Hecho.