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Me han despedido, ¿tengo derecho a indemnización y cuánto me correspondería?

Me han despedido, ¿tengo derecho a indemnización y cuánto me correspondería?

Desde la entrada en vigor de las nuevas leyes en materia de despidos laborales, parece que tenemos dudas si tenemos derecho algún tipo de indemnización y qué importe me correspondería utilizando la calculadora de indemnización por despido de Rankia. En el siguiente artículo está actualizado conforme a la reforma laboral del 12 de febrero de 2012.

Calculadora indemnización despido

 

 

¿Tengo derecho a indemnización si me han despedido en el trabajo?

Para saber si tienes derecho a una indemnización en caso de despido, lo más importante es conocer las causas por las cuales se ha producido el despido o el fin del contrato:

  • Despido improcedente
  • Extinción del contrato por voluntad del trabajador en caso de incumplimiento grave del empresario.
  • Extinción por causas objetivas procedente
  • Despido colectivo procedente
  • Fin del contrato temporal o de un trabajador indefinido no fijo
  • Por movilidad geográfica o cambio de condiciones en el contrato

A continuación indicaremos los casos en los que no se tiene derecho a recibir indemnización con la actual normativa:

  • El despido disciplinario.
  • Fin de un contrato de interinidad.
  • Una baja voluntaria.

 

¿A cuánto asciende la indemnización por despido?

La cuantía que te corresponde por despido depende de los siguientes factores:

  • Tipo de despido: Procedente, improcedente, disciplinario...
  • Fecha de inicio del contrato
  • Fecha de finalización del contrato
  • Salario bruto (diario, mensual o anual). Hay que introducir el salario bruto para que se tengan en cuenta las retenciones del IRPF y la cotización a la Seguridad Social.
  • Número de pagas. Si indicas 12 pagas, es porque está prorrateadas en el salario bruto, si indicas 14, se sumarán estas 2 pagas extra a la indemnización final.
  • Vacaciones: días de vacaciones que te corresponden por año.

 

¿Cómo se calcula la indemnización por despido?

Depende del tipo de despido y de los factores indicados en el apartado anterior. A continuación vamos a indicar, de forma teórica, las fórmulas que se aplican en cada caso. Si quieres calcular tu indemnización por despido o fin de contrato puedes utilizar la calculadora gratuita de Rankia.

 

Despido improcedente

  • Para los contratos que comenzaron antes del 11 de febrero del 2012 se aplican 2 tramos:
    • El periodo trabajado antes del 11 de febrero de 2012: 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
    • El periodo trabajado después del 12 de febrero de 2012: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

 

  • Para los días trabajador a partir del 12 de febrero de 2012 se aplica esta otra:
    • 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. 

 

Despido procedente por causas objetivas, despido colectivo, movilidad geográfica o cambio de las condiciones de trabajo

  • 20 días por año trabajado, con un tope máximo de 12 mensualidades

 

Fin del contrato temporal o de un trabajador indefinido no fijo

  • Hasta el 31/12/2011: sueldo diario x días x 8 / 365
  • Entre el 1/1/2012 y hasta el 31/12/2012: sueldo diario x días x 9 / 365
  • Entre el 1/1/2013 y hasta el 31/12/2013: sueldo diario x días x 10 / 365
  • Entre el 1/1/2014 y hasta el 31/12/2014: sueldo diario x días x 11 / 365
  • A partir del 1/1/2015: sueldo diario x días x 12 / 365

 

Por fallecimiento del trabajador

  •  Indemnización de 15 días por año trabajado a su viuda, hijos menores de 18 años o incapacitados.

 

¿Cómo tributan las indemnizaciones por despido?

Las indemnización por despido tributan en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ya que se considera un rendimiento del trabajo, sin embargo, la gran mayoría de las indemnizaciones estarán exentas.

Según el art. 7 de la Ley del IRPF, las indemnizaciones por despido o fin de contrato estarán exentas de tributar si la indemnización está reflejada de forma obligatoria en el Estatuto de los Trabajadores. Habrá que pagar por la parte de la indemnización que supere los 180.000 euros.

Por otra parte, si finaliza un contrato temporal o de un contrato por obra y servicio y se obtiene una indemnización, el trabajador tiene que tributar por ella en el IRPF.

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  1. #1
    14/08/18 22:14

    "Indemnización de 15 días por año trabajado a su viuda, hijos menores de 18 años o incapacitados" Y viudos...entiendo.

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