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"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
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franjgr 01/06/24 16:27
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
Es muy poca la gente que se ha tenido que acoger a este subsidio, la mayoría de los que les han quitado la incapacidad han cobrado paro y en este caso después cobran el subsidio por agotamiento del paro y de ahí al de mayores de 52 años si cumplen los requisitos.Para los casos que no puedan cobrar paro, la idea de este gobierno es que pasen al IMV, esto no es malo en si por ingresos, el problema es que no cotizarán para la jubilación y lo que tarde el INSS en tramitar la ayuda.
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franjgr 01/06/24 16:19
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
No, el requisito de los seis años cotizados a desempleo es en toda la vida laboral, no está ligado a un tiempo determinado.Por cierto que este requisito cambia ligeramente el 1 de noviembre, los seis años cotizados a desempleo tienen que ser en España.
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franjgr 31/05/24 09:19
Ha respondido al tema Subsidio +52 y cesión vivienda a un hijo
Si ese punto no habia cambiado desde hace muchos años, un mes de espera desde que se agote el paro. Estuvo suspendido un tiempo entre 2009-2012 (no recuerdo fechas exactas) y desaparecerá esperemos que definitivamente el 1 de noviembre de 2024
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franjgr 30/05/24 23:35
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
Estoy totalmente seguro.Casi mejor puede verlo en la Ley General de la Seguridad Social.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724Acudiendo al artículo 274, en la parte de abajo puede navegar entre las diferentes modificaciones que este artículo ha tenido. En la actual, que acaba de entrar en vigor por el RDL que le enlacé antes, no se menciona este subsidio, pero si va a las modificaciones anteriores lo encontrará. En el RDL 2/2024 no se menciona este subsidio porque cambian este artículo y deja de aparecer referencia a él, como desaparece también el subsidio para excarcelados y en ese artículo también desaparece el subsidio de emigrantes retornados, si bien este lo han metido en una disposición adicional.
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franjgr 30/05/24 17:26
Ha respondido al tema Duda subsidio para mayores de 52 años
No se puede evitar el tener patrimonio y engañar no es recomendable, le pillarán.Debería comunicar todos los ingresos que tiene, pero sólo le pueden sancionar por no comunicar aquellas situaciones que sean determinantes de suspensión o extinción del subsidio.El resto de situaciones que no sean determinantes no pasa nada por no declararlas.
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franjgr 30/05/24 17:21
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
Creo haber dicho que las cotizaciones se rehabilitan y están disponibles de nuevo. Y el que sea situación asimilada al alta implica que ese tiempo de incapacidad permanente hay que retrotraerlo a buscar cotizaciones anteriores.
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franjgr 30/05/24 14:51
Ha respondido al tema Subsidio +52 y cesión vivienda a un hijo
Todo el patrimonio que no tenga un interés explícito, se le aplica un interes presunto del 3,25% anual.Lo que tenga un interés explícito pues el interés que tenga. Y sobre las cuentas corrientes no hay consenso ni en el foro ni en el SEPE, podrán aplicarle interés presunto o no dependiendo de donde viva
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franjgr 30/05/24 08:54
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
Tendría que solicitar la reincorporación a la empresa, si la empresa le mantiene trabajando no cobra del SEPE, si la empresa le despide por la causa que sea, por ejemplo porque su incapacidad no es compatible con el trabajo, entonces cobra el paro y después del paro el subsidio
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franjgr 30/05/24 08:51
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
Debo corregirme y completar la información que di Hablé de memoria recordando que hay muchos casos en los que después de la incapacidad permanente se cobra el paro y no recordaba exactamente el proceso La retirada de la incapacidad permanente no es situación legal de desempleo, pero si esa retirada se produce en un plazo creo que son dos años, la persona tiene derecho a reincorporarse a la empresa y si luego la empresa le despide es cuando puede cobrar el paro. También si la persona estaba cobrando el paro cuando quedan incapacidad permanente puede reanudar ese paro cuando se la retiran
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franjgr 29/05/24 23:35
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
A día de hoy, existe un subsidio por retirada de la incapacidad permanente por mejoría. Por lo tanto puede acceder a este subsidio si le retiran la incapacidad permanente.Y luego, uno de los requisitos para el subsidio de mayores de 52 años es cumplir los requisitos para otro subsidio, así que el paso de uno a otro es instantáneo.Pero ojo, que esto cambia el 01 de Noviembre, desaparece el subsidio por retirada de la incapacidad permanente, por lo tanto tendría que cotizar 90 días para acceder al subsidio para mayores de 52 años tras la retirada de la incapacidad permanente.Eso si no tiene derecho a paro, porque la retirada de la incapacidad es situación legal de desempleo y las cotizaciones se restauran y se pueden usar para pedir el paro (si le corresponde).
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franjgr 29/05/24 23:29
Ha respondido al tema Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
Veo un error en lo que comentas: No Compatible: En general, la pensión por incapacidad permanente total y el subsidio para mayores de 52 años no son compatibles si la suma de ambos ingresos supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.No se suman ambos ingresos para saber si supera el 75% del SMI.Todos los ingresos que tenga la persona, excepto el propio subsidio, sumados, no pueden superar el 75% del SMI. Sin sumar el subsidio.
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franjgr 29/05/24 16:50
Ha respondido al tema Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena
Es una buena pregunta y yo también tengo la duda.Creo que la intención es que todos los subsidios, incluso los nacidos antes del 01/11/2024 tengan como método de compatibilidad el complemento de apoyo al empleo, porque ¿en base a que artículo de la Ley de Seguridad Social se puede conceder una compatibilidad de las actuales a partir de esa fecha?Pero no es menos cierto que la disposición transitoria tercera en su punto 1 dice:  Las personas que, a 1 de noviembre de 2024, hubieran solicitado, fueran beneficiarios o tuvieran suspendidos cualquiera de los subsidios por desempleo existentes en el momento de la entrada en vigor de este real decreto-ley, incluido el subsidio extraordinario por desempleo, o la renta activa de inserción, seguirán rigiéndose por la normativa anterior a este real decreto-ley hasta la extinción del derecho actual ¿seguirán rigiéndose por una normativa derogada? Mientras no haya que hacer cambios en esa prestación no hay problema, pero una compatibilidad apoyada en una redacción que ya no existe...A ver que instrucciones saca el SEPE pero veo aquí una posible fuente de sentencias judiciales contra el complemento de apoyo al empleo.
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franjgr 29/05/24 15:19
Ha respondido al tema Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena
Hoy haciendo cálculos con la tabla de complemento al empleo, me he dado cuenta que perjudica cuanto mas pequeño sea el contraro.Alguien que trabaja un 50% y que este en el tercer trimestre del subsidio ya sale perdiendo con el complemento al empleo frente al sistema actual. Si es un contrato del 10% sale perdiendo este en el trimestre que esté. Esto a añadir a que solo pueda cobrarlo seis meses.No entiendo que mente maquiavélica ha pensado esto
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franjgr 28/05/24 22:48
Ha respondido al tema Eliminación de parcialidad en los subsidios
Los subsidios que comiencen (no reanudaciones) a partir del 01 de noviembre de 2024 no tendrán parcialidad por el contrato que haya dado acceso al subsidio o al paro del que venga derivado el subsidio. Estos nuevos subsidios a partir de esa fecha tendrán un importe de 570 euros los primeros 180 días, 540 euros los siguientes 180 días y 480 euros el resto del tiempo.El subsidio para mayores de 52 años, sigue sin tener parcialidad y con un importe de 480 euros todo el tiempo.
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franjgr 28/05/24 22:34
Ha respondido al tema Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena
Tengo que darte la razón, no entiendo que vean esta nueva regulación como apoyo al empleo.Otro precepto que no entiendo es que no se podrá pagar el complemento de apoyo al empleo a contratos con empresas en las que el trabajador haya estado contratado en los últimos 12 meses, lo que deja sin poder cobrar este "compatibilidad" a fijos discontinuos o trabajadores de ETT's.Sobre el importe del salario, dejará de ser un problema, el salario de ese trabajo por el que se recibe el complemento al apoyo está excluido del cálculo de los 850,50, se podrá percibir incluso por contratos a tiempo completo, eso sí con ese límite de 180 días, entiendo que por cada subsidio. Lo que me lleva a otro punto ¿un subsidio de mayores de 52 años que se puede cobrar hasta por 14 años, solo podrá cobrar este complemento 180 días en esos 14 años? 
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franjgr 28/05/24 10:34
Ha respondido al tema Información sobre subsidio de ayuda de 480 € - SEPE
La reforma que iba a entrar en vigor en Junio no fue convalidada en el parlamento y no incluía ninguna subida para los subsidios ya reconocidos. Y la información que proporcione un periódico no es fiable porque lo hacen en base a sus conocimientos que no tienen porque ser la realidad. Tampoco hay que tomar como cierto al 100% la que se lea en este foro, por supuesto.La única reforma en vigor, pendiente de su convalidación en el congreso a lo largo del próximo mes (si no se aprueba pasará a ser papel mojado), eleva la cantidad a esos 570 los primeros seis meses, pero sólo a los nuevos solicitantes a partir del 01 de noviembre.Los subsidios que tengan su nacimiento antes de esa fecha seguirán regulados con la normativa actualmente vigente y por lo tanto con los mismos importes.En el RDL publicado en el BOE no establece la posibilidad de cambiar de regulación vieja a la nueva a subsidios ya reconocidos y no hay instrucciones del SEPE todavía para saber si el SEPE va a admitir este cambio y en que condiciones.
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franjgr 27/05/24 23:23
Ha respondido al tema Duda subsidio para mayores de 52 años
Si tiene tantas propiedades que se puede pasar de ingresos por el interés presunto, quizás debiera plantearse alquilar alguna de las propiedades en lugar de cobrar el subsidio.En caso contrario no es obligatorio comunicar nada, estaría dándole vueltas a algo que no tendría ninguna importancia.
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franjgr 27/05/24 23:14
Ha respondido al tema Presentación de RAI - SEPE - Subsidio
No conozco el funcionamiento interno de la página web del SEPE y cuando muestra los datos, pero si sé que la RAI tarda un día o a veces dos en volcar sus datos en la base de datos del SEPE, podría ser que hasta que no se produzca este vuelco no aparezca nómina aunque esté aprobado.
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