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Taxman

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Taxman 28/09/11 22:56
Ha comentado en el artículo Escapando del León
Entonces podemos deducir que siendo el dinero un recurso finito que satisface necesidades también finitas cuanto mayores sean las necesidades respecto del dinero mas se apreciará este. Si el dinero no puede estar en dos sitios a la vez, se supone que estará allí donde haya más necesidades que satisfacer por unidad monetaria... ¿no?
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Taxman 27/09/11 23:21
Ha comentado en el artículo Escapando del León
una pregunta... son los capitales limitados a corto y medio plazo?...es decir si existiera un capital (entendiendolo como un montante concreto de dinero) con fuerza global tendría la suficiente fuerza para cubrir todas las necesidades de dinero mundiales o tendría que buscar determinadas zonas para poder ser rentable en perjuicio de otras... no se si me he explicado......... Saludos
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Taxman 23/09/11 00:54
Ha comentado en el artículo Tenemos que prepararnos
vamos a ponernos en un caso extremo... Un buen día el gobierno dice que no tiene dinero suficiente y que se va a pagar a los tenedores de bonos y que funcionarios (policías y ejército también), desempleados, pensionistas, etc... ese mes y quizás los siguientes no cobren, qué crees que sucedería? Pues eso, el fin del orden público, eso es el peor escenario de un inversor. Mira el lado bueno, con la misma facilidad que se ha aprobado esta reforma de la CE la inversa será igual de fácil o más. Insisto en que es una reforma retórica aunque tu pienses que no. El inversor que quiere, que la CE ponga que ellos van a cobrar primero? Pues se pone, si es por eso. cuando llegue el momento ya veremos si cobra o no. La CE también dice muchas cosas y mira por donde se lo pasan. No se respeta ni el artículo 14 se va a respetar el 135.3. Además el 135.3 se interpretará en el contexto de la constitución, es decir en relación con el resto de artículos, y esa prioridad estará supeditada a otros principios y mandatos que son superiores. Desde luego estoy convencido que si un bonista cobra su dinero o no, no va a depender de lo que diga la Constitución. Mientras nos puedan exprimir sin piedad lo harán y cuando ya no demos más de sí nos dejarán en paz y se buscarán otro país al que extorsionar. Saludos.
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Taxman 22/09/11 00:02
Ha comentado en el artículo La situación de Grecia
Y si están empujando a Grecia a marcharse? A veces parece que le piden grandes sacrificios para tentarla a salirse....y Papandreu en su soberbia se niega a marcharse y es capaz de arruinar el país. Si Papandreu jugara al mus vería el órdago a la grande y se lo llevaba con pito cuatro, de eso estoy seguro. Es una situación absurda. Si hoy no tiene 8 mil millones para pagar sus deudas por qué los va a tener el mes que viene? Yo no se si desde el punto de vista financiero Papandreu hace bien o mal pero desde el punto de vista de la dignidad, libertad, soberanía e independencia de un país yo mandaba a la mierda al euro y todo lo que le rodea y que ¡Viva el dracmaaaaa! Saludos
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Taxman 07/09/11 23:48
Ha comentado en el artículo Una entrada de problemas: Recapitalizaciones de bancos
De todas formas, te digo una cosa....si algún inversor extranjero ( o español si cabe) se cree que va a cobrar primero o simplemente cobrar porque lo diga la Constitución es que es un iluso.......y como creo que los inversores no son ilusos....esta reforma no deja de ser una pantomima.... Yo suspendería pagos, a tomar por saco con todos....yo me hundo pero arrastro a todo el sistema financiero a los avernos.
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Taxman 02/09/11 21:48
Ha comentado en el artículo ¿Inspiración de USA y Alemania en la reforma constitucional?. Ojo a la situación
Yo no creo que se llegue a una situación de suspensión de pagos formal....no digo que ne la práctica no sea posible....te imaginas España suspendiendo pagos? o Italia? la que se liaría sería buena. Aun así el que un país suspenda pagos tampoco es tan grave. Quiero decir que ya ha pasado anteriormente, (USA o UK) y mira su trayectoria. Es una situación posible pero no es el fin del mundo...otra cosa es que se quiera dramatizar. Si los inversores pensaran con una certeza meridiana que España puede suspender pagos no comprarían deuda ni al 3 ni al 15%. No es racional. Así que la conclusión es que quien controla la oferta de dinero está jugando al exprimidor con los países. S2.
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Taxman 31/08/11 23:04
Ha comentado en el artículo ¿Inspiración de USA y Alemania en la reforma constitucional?. Ojo a la situación
De todas formas se puede llegar a una situación curiosa: La deuda tiene prioridad de pago. Pago la deuda y no los salarios pero eso no quiere decir que no los deba, también son deuda. Y por aplicación del principio de igualdad entran en la misma prioridad. Vamos que es un absurdo porque habría que establecer por ley una prelación de créditos.... S2
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Taxman 12/07/11 20:39
Ha comentado en el artículo OPV Bankia: las acciones de Bankia salen a bolsa tirando de "favores"
A mi suegro también se la quisieron colocar. Acababa de recoger el plan de pensiones y ya lo estaban abduciendo. Desde el primer momento he pensado como tú. La única diferencia es que yo distingo dos momentos: - La suscripción - La cotización. Los que han suscrito por favores es muy posible que se salgan del valor en seguida para recuperar el dinero (porque aunque no sea suyo sí tienen que responder de él) Cumplen con la suscripción, Bankia obtiene lo que quiere que es la pasta y después, cuando el valor cotice, que arree el que lo compre. También se saldrán los que hubieran suscrito con expectativas alcistas y estas se vean truncadas. Lo mismo los incautos "pero poco" que en cuanto vean saldo negativo soltarán papel. Así que tendrá que haber alguien que recoja todo ese papel ofertado, no? Tú que crees? Un saludo.
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Taxman 06/07/11 00:15
Ha comentado en el artículo La salida a bolsa de Bankia y Banca Cívica
Tomás, hay algo de lo que dices que me hace dudar. Si como indicas hay interés por parte de inversores muy importantes en que la bolsa suba (y en consecuencia Bankia) por qué no sube. ES evidente que existen inversores que intentan que la bolsa suba pero hay otros que frenan las subidas con ventas constantes y es evidente también que el segundo grupo aguanta bien las embestidas del primero. Es cierto que ahora todo es pesimismo con Bankia pero tampoco faltan motivos. Y otra cosa...no es lo mismo la OPS que la cotización...son dos juegos distintos....el que haya interés en que Bankia posteriormente sea mejor valorada no quiere decir que necesariamente vaya a cotizar alcista. S2
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Taxman 21/06/11 23:47
Ha comentado en el artículo Los alrededores del caso Botín
Imagínate que Botín tenía pensado no dar ni un duro para financiar la campaña de las generales del PSOE a la vista del desastre electoral que se avecina..... Si tu fueras Gargamel qué harías....además es indispensable para el gobierno que la Banca, la gran banca, le apoye para poder llegar a la primavera que viene. S2
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Taxman 21/06/11 23:44
Ha comentado en el artículo Los alrededores del caso Botín
No se trata de pasado sino de futuro....es posible que le quieran tocar a Botín los botines un poco de cara a unos meses....a cambio de....? De Gargamel es posible cualquier cosa.... Saludos.
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Taxman 21/06/11 22:01
Ha comentado en el artículo Los alrededores del caso Botín
No creo que sea un tema de inspectores. Es cierto lo de las imputaciones pero dada la importancia del sujeto a mi me huele a maniobra de más arriba, de nuestro amigo Gargamel..... Un saludo.
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Taxman 04/06/11 23:44
Ha comentado en el artículo Amnistía Fiscal; Ayuda para la Adquisición del Stock de Viviendas y Vehículos
Tu propuesta de rebaja fiscal, en cuanto al fondo, me parece bien, no ya así la técnica. Si partimos de un mercado con exceso de oferta y como bien dices sobre valorada y luego una demanda deprimida por dos razones básicas: 1.- Expectativas negativas. 2.- Falta de poder adquisitivo. El problema no es que los sujetos no vendan por cuestiones fiscales, es una cuestión exclusivamente de demanda. Por tanto la intervención pública debe orientarse hacia la demanda. En cualquier mercado un exceso de oferta lleva consigo una bajada en el precio de los bienes así que en el mercado de la vivienda no veo por qué tiene que ser diferente. Por otro lado como bien dices la vivienda es un bien que debe ser objeto de protección social. En consecuencia yo haría lo siguiente: 1.- Exención de impuestos indirectos en caso de adquisición de la vivienda habitual (medida que debería estar en vigor hasta el inicio del siguiente ciclo expansivo inmobiliario) 2.- Eliminación de la deducción por vivienda en el IRPF para todos los supuestos. 3.- A cambio incrementar las ayudas directas a la compra de vivienda habitual introduciendo un factor de información asimétrica en el mercado pero a favor de la demanda. 4.- Mantener la exención por re inversión. El resto de viviendas, pues se siente, que realicen pérdidas o aguanten. Un saludo.
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Taxman 15/04/11 00:39
Ha comentado en el artículo Tras las sutilezas; ¡otro golpe a la competencia!
Con la primera bajada de tipos en 2009 las entidades debieron pactar una menor retribución a los depósitos. Se notó un montón. Mi impresión es que te empujaban a productos donde el riesgo era mayor y la rentabilidad la misma que antes. Es decir añadieron el factor riesgo. Ahora hacen lo mismo, como el mercado no ha funcionado, y alguien ha roto el pacto pues a limitar la remuneración de los depósitos. El otro día una entidad me ofrecía bonos ICO al 3,75 anual a 4 años, con comisiones y liquidez en el mercado secundario. Lo tenía muy claro, los he mandado a paseo. Habiendo depósitos a esa rentabilidad no iba a asumir riesgos, que los asuma el Banco. Ahora veremos qué sucede lo mismo deciden aportar más a los Fondos de Garantía con tal de captar pasivo. Recordemos que la guerra es por el pasivo. Tendrán que inventarse productos como los fondos de inversión con rentabilidad garantizada. Si quieren empujar al consumo van listos porque si la gente ahorra es porque tiene miedo al futuro. Es el principio básico del ahorro. Prefiere posponer el consumo. Mientras haya incertidumbre lagente ahorrará. Un saludo.
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Taxman 20/03/11 14:00
Ha respondido al tema ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?
No te calientes las cabeza. Insisto que es una cuestión de prueba. Y la prueba ha de valorarse. Demostrar que no has recibido una remuneración por una prestación es una prueba diabólica. Cómo lo haces. Es un asunto muy polémico y mi consejo es no complicarse la vida porque frente a la Administración llevas las de perder salvo que estes dispuesto a una guerra a largo plazo. Ten en cuenta que es una operación con dos vertientes la del prestamista y la del prestatario. Un problema es que el primero tributa por el criterio de devengo y el segundo por el de caja. Así que si se pacta un tipo cero y la Administración no se lo cree entonces entonces el prestamista tendrá que tributar por el interés devengado pero el prestatario sólo podrá deducirse respecto lo pagado, es decir, nada (por intereses, claro). Curioso verdad? Otro asunto es que a efectos de otros tributos venga bien. En definitiva habrá que buscar jurisprudencia. Un saludo.
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Taxman 18/03/11 22:08
Ha respondido al tema ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?
De acuerdo con el Código Civil, art. 1227 creo recordar, un documento privado surte efectos frente a terceros, en cuanto a la fecha, cuando se presenta ante un funcionario público. Es decir que un contrato privado presentado ante una oficina liquidadora de la Comunidad de Madrid lo único que prueba es la fecha pero no el contenido del mismo. No se si me he explicado. Sólo tendrá efectos frente a terceros que en fecha tal fulano y mengano presentaron un contrato privado y esa será la fecha que tendrá efectos frente a terceros (la Administración), pero el resto de elementos no pueden ejercer la misma eficacia probatoria por una razón que seguro que no se te escapa. El funcionario que recibe el documento privado no tiene porqué comprobar todos los elementos del mismo por el mero hecho de recibir el documento. Desde luego en el ámbito del IRPF no existe ninguna exención que ampare un tipo de interés cero entre familiares. Tendría que mirarlo pero creo recordar que queda dentro del ámbito de la doctrina. Eso significa que hoy sí pero mañana no. Con la Ley en la mano el contribuyente tiene que demostrar que existe un tipo de interés cero. Y desde luego una escritura pública no lo demuestra. Piensa que si no sería muy fácil burlar a la Hacienda Pública. Mañana voy al Notario y otorgo una escritura en la que mi sociedad no tiene beneficios y hala! a disfrutar. Si es posible, pues, que se admita una escritura pública pero quedas en manos del funcionario y como sea peleón vas listo. Por supuesto que la deducción por vivienda la dá esta y no el préstamo, y de hecho el Tribunal Supremo anuló una disposición reglamentaria que exigía que el préstamo fuera hipotecario. La financiación puede venir de donde quieras, el problema es insisto, de prueba. De hecho cuando las entidades financieras subvencionan los préstamos de sus empleados estos tienen que computar en us base impoonible como renta del trabajo el diferencial entre el tipo de mercado y el pactado. Se puede hacer un préstamo con un familiar y pactar unas condiciones ventajosas de amortización pero la remuneración tiene que ser a valor de mercado. Ahora bien cuando vaya a deducirse sólo lo puede hacer por las cantidades satisfechas en concepto de amortización e intereses (sin olvidar la parte del precio pagada directamente) y los pagos tiene que demostrarlos. Si el tipo de interés es cero desde luego no cabe deducirse por intereses, eso es evidente. Por eso en estos casos hay que valorar. Teniendo en cuenta que el prestamista tendrá que pagar el 19% de los intereses devengados (los haya cobrado o no) y el prestatario sólo se deducirá el 15% de los mismos parce claro que lo mejor es pactar un tipo cero. Pero también es verdad que ese diferencial de cuatro puntos quizás compense el no estar esclavizado por una entidad bancaria. Si es que queremos sopa y teta. Saludos
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Taxman 15/12/10 19:57
Ha comentado en el artículo La nueva definición de las horas laborales. Otra batalla perdida
No tengo mucho tiempo para cálculos pero hay dos bajadas: - Una que afecta a las retribuciones básicas más complemento de destino - Otra que afecta a los complementos y productividad. La primera es progresiva y la segunda es proporcional al 5%. Por eso un A2 o un A1 tienen bajadas superiores al 5%. En el Real Decreto Ley viene bien como se calcula y no te meten en la nómina una bajada en relación al salario bruto anual concentrada en seis meses. La distribución se hace "ligerita" en las nóminas de julio a diciembre y en la paga extra de diciembre nos dan la galleta, para que no duela. La trampa está en que afecta a las pagas extras del año que viene. Pero bueno tendría que calcular los nuevos complementos haber cual es el porcentaje exacto, pero por ejemplo la productividad que sufre un 5% de bajada, tengo en nómina un 5% menos.
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