Pixin
21/06/10 19:39
Ha comentado en el artículo
Extinción de condominio: único bien un piso, matrimonio en separación de bienes
Buenas tardes:
He realizado busquedas en la DGT para mi caso particular pero no consigo responder a esta pregunta.
Me he divorciado y en la adjudicación de los bienes me ha sido adjudicada la vivienda y yo he compensado a mi ex-conyuge con dinero. La vivienda inicialmente costó 180.000 €, de cuyo pago (hipoteca) nos dedujimos en el IRPF en su momento.
La valoración de la vivienda a la hora de la disolución de la sociedad de gananciales fue de 300.000€ adecuandola al nuevo precio de mercado. Esta cantidad se la aboné integramente a mi ex-conyuge.
MI pregunta es: ¿Podría deducirme en el IRPF por adquisición de vivienda habitual (he pasado de tener el 50% al 100%), en la parte de la vivienda que hasta la fecha no me he deducido, esto es, en el tramo que va de los 180.000€ que nos costó inicialmente a los 300.000€ que he tenido que abonar ahora?
Muchas gracias.