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Pablo7

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Pablo7 29/07/09 12:26
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Jumalopi, perdona pero eres la viva imagen de la falta de idealismo y de sentido de la justicia. Si quieres pactar, pacta con la La Caixa de una vez, pero parece que quieras que te demos la aprobacion a tu comportamiento, y no lo vas a tener, al menos por parte mía y de algún otro. En la pagina de Euribor, aparece un articulo muy interesante,aunque es un problema distininto, el mecanismo de reclamación es identico al nuestro,y es un caso práctico, os lo copio: COMO RECLAMAR A UN BANCO. El artículo que acontinuación os dejo está escrito por un amigo de Droblo, si bien está centrado en una reclamación de carácter bursátil nos puede servir a todos de inspiración y motivación para otras ocasiones en las que nos veamos perjudicados por una entidad financiera. Como reclamar al Broker que no ejecuta tu orden. Mucho tiempo ha pasado desde que el ciudadano de a pie tenía que acudir al banco para poder comprar acciones, cuya cotización era seguida posteriormente mediante el teletexto, con su correspondiente retraso de 15 minutos (para los más impacientes) o por la publicación en prensa al día siguiente de las cotizaciones del mercado. Afortunadamente los tiempos han cambiado y la tecnología e Internet se han impuesto, permitiendo pasar de un sistema bursátil, de difícil acceso y totalmente alejado del ciudadano a una nueva era de la información en tiempo real con multitud de “Brokers on line “que permiten que el ciudadano se pueda convertir en un autentico broker con operativa en tiempo real y desde cualquier sitio, con un ordenador y una conexión a Internet. Sin embargo es muy frecuente leer en los foros de bolsa que tal o cual broker ha dejado de funcionar quedando la operativa bursátil interrumpida en perjuicio del cliente, pues un broker no deja de ser una prestación de servicios contratada entre el cliente y el broker, el cual a cambio de una comisión ejecuta en el mercado las ordenes del cliente. El problema surge cuando uno cursa una orden de venta/compra y por un fallo del sistema del Broker, la orden no se ejecuta y el cliente sufre un perjuicio económico como consecuencia de ese incumplimiento contractual con el Broker. A partir de una experiencia como la descrita y vivida en primera persona, me permito haceros una pequeña guía de como reclamar de forma efectiva a un broker el perjuicio económico causado; a partir de una reclamación que tuve con el Broker de Bankinter y los pasos seguidos hasta acudir a la instancia Judicial correspondiente. Perjuicio económico: Es muy importante que el incumplimiento en la tramitación de una orden por parte del broker os genere un perjuicio económico, por cuanto si no se puede cuantificar el daño, difícilmente se va a poder reclamar una indemnización. No hablo de daño moral, el cual siempre se produce, sino de perjuicio económico cuantificable para que los tribunales puedan estimar un perjuicio, pues desgraciadamente el daño moral es más propio del sistema anglosajón, siendo contadas las ocasiones en que nuestros Tribunales puedan imponer una condena por daño moral. En mi caso, haciendo trading con el Santander, el 21 de enero de 2008 curse una orden de venta a mercado a las 17:34:37 horas con el broker de Bankinter, de 2.500 acciones del Banco Santander que había comprado a las 17:06 horas a 11,22 euros. La subasta de cierre finalizo en 11,32 euros y mis acciones debían haberse vendido a 11,32 euros, dado que el Santander es un valor muy líquido y las órdenes a mercado tienen preferencia sobre el resto de órdenes (por lo mejor o a un precio fijo). Pese a que el broker me confirmo la recepción de la orden y su posterior envió a bolsa (todo ello antes del cierre de mercado a las 17:35:00 horas) a las 17:45 horas la orden aparece incomprensiblemente expirada. En ese momento efectuó una primera reclamación telefónica a la entidad, la cual me dice que cursan mi reclamación y ya se resolverá. El problema de no hacer nada y esperar que te contesten es que aún no ha existido ningún perjuicio económico, dado que no se han vendido las acciones y no sabemos a que precio abrirá mañana el mercado. Por eso y para que nadie pueda alegar mala fe respecto del perjuicio económico causado decido cursar esa misma tarde-noche la venta a mercado para el día siguiente de mis acciones, desconociendo como abrirían al día siguiente las acciones del Santander. Para colmo de males al día siguiente en la subasta de apertura mis acciones se venden a 10,50 euros y tenemos una perjuicio económico de 2050 euros (0,82 euros X 2500 acciones) equivalente a la diferencia de precio al que deberían haberse vendido la víspera a 11,32 euros y el precio al que acaban vendiéndose al día siguiente a 10,50 euros. Una vez determinado el perjuicio económico empieza el periplo de reclamaciones. Reclamaciones Previas a la entidad: Antes de embarcarse en presentar directamente una demanda judicial, es recomendable efectuar una reclamación previa a la entidad, pues aunque no es requisito indispensable para reclamar, si que lo es para que te concedan las costas del procedimiento en virtud del artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Como os podéis imaginar la entidad Bankinter me denegó la reclamación Reclamación al defensor del cliente de Bankinter: A pesar de que dicho defensor debería ser un órgano independiente e imparcial, resulta que el defensor del cliente de Bankinter tiene adherido también las siguientes entidades; Banesto, Bankinter, Credit Suisse, Deutsche Bank, Guipuzcuano; March, Pastor, Santander, UBS Bank S.A. según consta al pie de su contestación. Con ello no quiero poner en duda su imparcialidad, pero a la vista de su contestación, según la cual y sin aportarme prueba alguna al respecto de sus manifestaciones (yo he tenido que acreditar documentalmente todos y cada uno de los puntos de mi reclamación), da la razón a Bankinter alegando que existe un desfase de 59 segundos en tramitar una orden (todos los que operáis con Bankinter sabréis que es falso y que las ordenes son instantáneas) y que además en subasta de cierre no se podían cruzar ordenes…sin comentarios, una pena que quien tenga que resolver no sepa ni lo que esta diciendo, cuando en las subastas de cierre muchas veces en esos 5 minutos que dura la subasta, se acaba moviendo más volumen que en todo el día de cotización del valor. Seguimos adelante y pese a que van pasando los meses, tengo intención de llegar hasta el final, pues en mi caso no vale el dicho de “en casa del herrero cuchillo de palo”; en mi caso el cuchillo es de acero inoxidable y de los buenos, pues si pongo demandas para mis clientes como no las voy a poner para mi. Reclamación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante CNMV): Aquí es importante destacar dos cosas; La primera que no se puede cursar directamente una reclamación ante la CNMV como ocurre con los Tribunales de Justicia, ya que es necesario previamente agotar la reclamación previa ante el Defensor del cliente de la entidad, debiendo acreditarse que se ha interpuesto dicha reclamación aportando la resolución que desestima nuestras pretensiones o acreditar que han transcurrido 2 meses desde que reclamamos y no hemos obtenido respuesta. La segunda que la CNMV no tiene competencia para imponer indemnizaciones, dado que es competencia de los tribunales de justicia, pero resuelve sobre si la actuación del Broker en la tramitación de nuestra orden de venta es correcta o no. Sentadas estas importantes premisas reproduzco íntegramente y literalmente el objeto de la reclamación delimitado por la CNMV “el pronunciamiento de la CNMV sobre la falta de tramitación de la orden de venta a mercado de 2.500 acciones de Banco Santander cursada a las 17:34:37 del día 21 de enero de 2008.” Así como la resolución integra de la CNMV tras evaluar la documentación aportada por ambas partes para justificar sus pretensiones, llegando a la siguiente conclusión de tenor literal “De conformidad con lo anterior se aprecia en el presente caso una actuación incorrecta de BANKINTER en la tramitación de la orden de venta de 2500 acciones de banco Santander“. Aquí os pego el Link para el que quiera toda la información de las posibles reclamaciones que se pueden plantear ante la CNMV y sus competencias. http://www.cnmv.es/inversores/esp/index.htm?con_in_servicio.html~informacion2 Lo que parecía que iba a ser el final del trayecto, resulto ser una mera parada más, pues pese a la resolución de la CNMV, la entidad Bankinter siguió haciendo caso omiso a mi requerimiento para que me abonaran el perjuicio económico causado, cuantificado en 2.050 euros. No sé si es porque la entidad confiaba en que por estos importes no iba a interponer demanda por los costes de abogado y procurador que ello conllevaba, pero hicieron caso omiso a mi requerimiento. Demanda Judicial: Finalmente y pese a que se podía haber efectuado una demanda judicial desde el primer momento, creo que es siempre preferible agotar las instancias previas, dado que una resolución favorable facilita enormemente la labor del magistrado que tiene que resolver la controversia entre las partes. Sobre todo si, como ocurre en el caso que nos ocupa, es la CNMV, el máximo órgano que regula el mercado de valores el que considera que el Broker ha actuado incorrectamente. En el presente caso la demanda es un Juicio Verbal por razón de la cuantía y tras tener señalado juicio para el 8 de julio de 2009, la víspera Bankinter presento un escrito mediante el cual se Allanaba en la demanda aceptando el contenido de la demanda y solicitando la no imposición de costas. Finalmente y pese al allanamiento en la demanda de Bankinter han sido condenados también a las costas habida cuenta los numerosos requerimientos previos. Federico Wahnich
Pablo7 24/07/09 12:25
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Hola Jumalopi: Las sentencias de Madrid se perdieron porque estaban mal enfocadas. Este tema no se puede enfocar solo desde la perspectiva del Código Civil, porque aquí es el juez el que decide si tu estás preparado para entender el contrato. La Ley del Mercado de Valores define quien puede acceder a estos productos y quien no, por lo tanto aquí es la Ley, no el juez, quien define si podemos entender un contrato o no. Y las interpretaciones que hace el Banco de España de acuerdo con esta LEY, es que un minorista no puede entender estos productos y estos contratos. La sentencias que se han ganado se han basado más en estos puntos a que refierzan el BdE y la CNMV, Los contratos del Santande que se han perdido en estos juicios son contratos CMOF, y constan de más de 40 páginas y están muy detallados, así que era dificil cargarselos por la vía del Codigo Vivil. En cambio, la sentencia de la Audiencia de Jaen, si se cargo un contrato de esta entidad, pero por la Ley del Mercado de Valores. Si alguien quiere estas sentencias para que las vea su abogado, se las pasaré, que no se cometan los mismos errores. Un saludo y hasta el sabado.
Pablo7 23/07/09 11:55
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Hola Falcata: Eres la primera persona, después de enésimas participaciones en este foro, que para defender su posición necesita recurrir al insulto y a la descalificación. Entenderás fácilmente que deje de contestarte. No pienso dedicar ni un minuto más de mi tiempo de vacaciones en una persona como tu. ¿Os habéis dado cuenta como se distorsiona el foro y nos desvía de nuestras discusiones cuando aparece un elemento así? Solo quiero hacer dos pequeños comentarios u opiniones. Jumalopi dijo hace poco, “que más vale un mal acuerdo que un buen juicio”. Son palabras sensatas que yo he utilizado en más de una ocasión. Pero solo cuando yo tenía una parte de razón y la parte contraria tenía otra parte de razón. En este caso, creo que nosotros tenemos toda la razón y la otra parte ninguna. Una vez dije que la palabra que más se repetía en este y otros foros similares, era la palabra ESTAFA. Mi opinión personal, y sirve solo para mí, es que como me siento estafado, no voy a aceptar ningún acuerdo que signifique que me conformo con que estafen un poco menos. Mi segunda opinión es sobre los últimos comentarios del foro. Entiendo que es necesario expresar la frustración que sentimos por la forma injusta en que hemos sido engañados por la Caixa y por los directores. Pero a solución a nuestro problema no está en si hubo engaño o no en la contratación. El Banco de España no lo tiene en cuenta porque es algo difícil de demostrar. El BdE se basa en cargarse los contratos por su contenido. Ahí estuvo el verdadero engaño según el BdE, en el contenido de los contratos, por las clausulas abusivas, ocultación de riesgos, etc, etc. El BdE considera que los bancos tenían la obligación de de haber velado por los intereses de los clientes, especialmente si eran Minoristas, y ha considerado que por la redacción de estos contratos, no han cumplido con este deber que legalmente tenían que haber tenido presente. Y todos sabemos por qué lo hemos vivido en nuestras propias carnes, lo lejos que ha estado La Caixa de esta posición. Un saludo
Pablo7 21/07/09 16:21
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Hola Ana: Te he escrito un correo varias veces y siempre me viene devuelto. Tienes otra dirección? Pablo
Pablo7 21/07/09 13:35
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Hola Falcata: Eres el de turno, que vais pasando de cuando en cuando, afirmando que los bancos tienen más derecho que los clientes, que los bancos y los clientes, los domésticos claro, estamos al mismo nivel que el banco cuando contratamos, que no hay posición dominante del banco, que tenemos los mismos conocimientos que ellos, etc.etc. Pero tu afirmas algo nuevo, “que no tenemos la debida cultura bancaria ni la serenidad suficiente”, para firmar una hipoteca variable. De acuerdo es tu opinión, la mía es que es una chorrada, pero te aseguro que aquí no encontrarás a nadie que coincida con tu posición, no creo que sea tu foro adecuado. De todo lo que dices, solo estoy de acuerdo contigo en una cosa: “siempre he estado en contra de las malas prácticas bancarias y más si se practican además con mala fe.” Porque precisamente ESO, es lo que dicen sobre estos contratos las sentencias judiciales de las Audiencias de Jaén y Álava y las Resoluciones del Banco de España y de la CNMV. Porque si te molestas en informarte, verás que los jueces y responsables del BdE opinan que somos clientes minoristas a los que se debían de haber protegido nuestros intereses, y no confundir comercialización con asesoramiento, que estos contratos no contienen la suficiente información para que sepamos los riesgos que nos estaban haciendo correr los bancos, que son contratos que contienen clausulas muy abusivas, que son contratos que no se pueden entender y que los propios jueces reconocen que no fueron capaces de comprender, ni los directores de banco fueron capaces de aclarar en los juicios, que se ha ocultado en la cláusula de rescisión los cálculos de los gastos para que no conociéramos los riesgos en que estábamos incurriendo, que dudan que haya algún Minorista que pueda comprender estos contratos y los riesgos que conlleban, que reconocen que ha sido una mala práctica bancaria, etc, etc. La opinión sobre estos contratos ya la han dado las Autoridades Económicas y Judiciales. Sobran estos comentarios tuyos que contienen juicio de valores sobre personas que ni tan solo conoces ni tienes referencias para juzgarlas. Creo que es de mala educación. Hacéis bien no dando cuartel a esta gente, y no sigáis su consejo, reclamar con toda la mala fe que podáis, aunque no se que signifique esto, pero suena bien. Un saludo
Pablo7 20/07/09 22:08
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Hola Carmen: El camino del Guerrero siempre es como dices tú; largo, pesado y en soledad. Pero es lo que toca ahora. Sobre el mal llamado tema de pagar o no pagar, te explico mi experiencia. Consideré que seguir pagando era tolerar una situación abusiva, así que me leí el contrato, monte una estrategia y me fui a ver a mi abogado. La estrategia era muy sencilla, por contrato puedes pedir la cancelación, lo permite el contrato y la ley. Una vez pedida la cancelación, ya no se generan cuotas, pero mi intención era oponerme a los gastos de cancelación, por abusivos, no estar bien contemplados en el contrato, etc. Primero solicité la cancelación del contrato, no contestaron. Después solicité los gastos de cancelación, tampoco contestaron. Así que les envíe una carta dando por resuelto el contrato y a coste cero, ya que no había habido respuesta. Oponerte a las cuotas es una posición dudosa, pero oponerte a los gastos de cancelación, era un punto fuerte, y lo ha demostrado el BdE, al resolver en contra de los contratos, especialmente por la cláusula de cancelación. Valoramos que con las sentencias en Audiencias, era difícil que la caixa decidiera ir a los juzgados, aunque estábamos preparados para que en caso de que lo decidieran, pedir una reconversión del juicio para juzgar primero el contenido del contrato y solicitar una prueba pericial al Banco de España. Retire todas mis cuentas de la entidad, prohibí por carta los descubiertos, pago la hipoteca por ventanilla, un pago en efectivo vinculado a la hipoteca y me marcho con mi recibo de la cuota del préstamo. Solo queda una cuenta en la que cargan “la cuota” del “seguro” y a continuación un abono por el mismo importe. Es la única respuesta de la caixa. Supongo que el importe de la cuota va a una cuenta de impagos, pero dudo mucho que la caixa se atreva a reclamarlo judicialmente No se han producido descubiertos, no hay RAI, ASNEF, etc. Y tal como están las cosas, creo que es el momento de la demanda en el juzgado. Ahora mi abogado la está preparando, las resoluciones del Banco de España lo han dejado claro. Puedes pedir en el juzgado la prueba del BdE, suspender los pagos de cuotas etc. Te puedes agrupar con otros afectados de la misma entidad y hacer una demanda conjunta con unos costes menores. Mi abogado está en contacto con otros abogados que están presentando las mismas demandas y consensuan estrategias. Creo que estamos llegando a la fase final… Y ya sabes, al final al Guerrero le llega su descanso… Un saludo
Pablo7 20/07/09 22:05
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Perdona Jumalopi, no era mi intención que te sintieras aludido, utilice el último mensaje, el tuyo, para dar una opinión, no para aludirte, disculpame de nuevo. Un saludo
Pablo7 20/07/09 19:21
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Con vuestro permiso, me gustaría como afectado analizar un poco la situación presente, teniendo en cuenta el camino recorrido. Cuando al principio nos encontramos los afectados con este problema, los primero que tuvimos que oír de las entidades poderosas era que “como habíamos firmado un contrato, teníamos que cargar con las consecuencias”, “haberlo leído antes” nos decían. Algunos lo creyeron y se retiraron, pero otros consideramos que era injusto y reclamamos Y descubrimos que existe unas leyes que hablan de vicios en la contratación, de consentimiento nulo por engaño, de cláusulas abusivas, de contratos difíciles de entender para gente como nosotros, etc, que dejaban claro que a pesar de haber firmado, los afectados TENIAMOS RAZON al reclamar. Después descubrimos que no habíamos contratado un seguro, que era un SWAP, y los bancos poderosos nos decían que ese producto funcionaba de esa manera y que había que aceptarlo así. Algunos lo creyeron, lo aceptaron y se retiraron, pero otros consideramos que era injusto y reclamamos. Y descubrimos que existe la Ley del Mercado de Valores y que habla de la MIFID, de Minoristas, de cómo se regula este mercado y de que no podían vendernos estos productos a clientes como nosotros, y vimos que los afectados TENIAMOS RAZON al reclamar. Después, los afectados que quedábamos, nos planteamos que si los contratos tenían el consentimiento viciado y como minoristas no nos lo podían hacer, no era justo seguir pagando. Algunos de los afectados que quedábamos, dijeron que los bancos eran poderosos y si dejábamos de pagar, nos dejarían las cuentas al descubierto, nos enviarían al RAI y nos embargarían los bienes y nos dejarían sin nada. Algunos lo creyeron y se retiraron, pero otros consideramos que era injusto y nos opusimos. Y descubrimos que no nos podían dejar la cuenta al descubierto si no lo autorizábamos, que no nos podían enviar al RAI y que el juez no nos iba a embargar tan fácilmente y que algunos jueces ya habían empezado a cargarse algunos contratos que habían pasado por el juzgado, y los poderosos dejaron de ir a los juzgados porque no tenían claro que pudieran ganar. Y vimos que los afectados TENIAMOS RAZON al reclamar y dejar de pagar. Las entidades poderosas empezaron a ver que a pesar de su poder, este asunto se les escapaba de las manos y empezaban a ver peligrar su negocio. Y empezaron a ofrecer contratos que había que pagar menos, pero más tiempo, a rebajar un poco los intereses de las hipotecas para compensar los gastos de los “seguros” y a hacernos creer que eran “muy generosos” al hacernos este favor. Algunos de los afectados que quedábamos, cedieron a la tentación por miedo y volvieron a firmar otros contratos abusivos e injustos. Los afectados que quedábamos, continuamos reclamando hasta encontrarnos este principio de mes, que el Banco de España se cargaba dos contratos de Bankinter, por unas cláusulas que tienen todos los contratos, dejando claro cuál va a ser la directriz en las resoluciones de estas reclamaciones, y que por lo tanto, se va a cargar todos los contratos, seguros, Swaps, etc. o como quieran llamarles, para consuelo de los afectados que quedábamos y que creíamos que los bancos no eran tan poderosos y que al final habría justicia. Y ahora nos reímos estos afectados cuando vemos como las entidades, cuando ven que lo tienen perdido, corren para preparar “soluciones generosas” para ofrecer a los afectados, creyendo que firmaran por que les tienen miedo, ya que ellos son “entidades poderosas”. ¿Lo conseguirán?¿Cuantos de los que quedan cederán?
Pablo7 04/07/09 01:16
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
La respuesta es que lo que firmastes es válido, porque en realidad no es una cobertura, simplemente compraste un producto de inversión especulativo de ALTO RIESGO, lo dice la CMNV. Por lo tanto no tiene por que estar ligado con nada, solo con tu bolsillo. Otra cosa distinta es lo que te vendieron cuando te informarón. No tienes más remedio que apechugar como todos los que estamos aqui enredados por una razón u otra e iniciar el proceso de reclamaciones según el protocolo establecido. Con esto no quiero decir que no tengas nada que hacer, todo lo contrario, pero es nuestro trabajo ahora demostrar que hemos sufrido un abuso y una injusticia y que hay unos señores que son los responsables de este atropello y hay que pedir responsabilidades. Bienvenido al club y suerte, tienes toda nuestro apoyo y nuestra ayuda Un saludo
Pablo7 03/07/09 03:01
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Mirad; estamos hablando de que con la excusa de un seguro nos han vendido un Swap, catalogado por la CNMV como un producto financiero de ALTO RIESGO, que no puede ser ofertado a los minoristas, NOSOTROS. Es un producto que en el fondo, tal como lo contratan ellos, es una apuesta de cómo evolucionaran los intereses en los próximos, 12, 24 o 36 meses. ELLOS, tienen la información del BdE y BCE que les dice aproximadamente como van a evolucionar. NOSOTROS no tenemos ni idea del tiempo que va a hacer este domingo. ¿Realmente creéis que podemos apostar contra ellos y ganar? Nos han engañado una vez en este juego, ¿realmente tenéis ganas de jugar otra partida después de haber visto las pérdidas de la primera? Repasar los escritos en este foro y en otros similares, ¿Qué palabra se repite más veces?, ESTAFA, ME HAN ESTAFADO, ME SIENTO ESTAFADO, etc. etc. ¿Realmente confías en las personas que os han hecho experimentar esta sensación tan desagradable de impotencia, de traicionar vuestra confianza y que han puesto vuestras economías al límite de la quiebra? ¿Realmente creéis que si tuvieran las de ganar con nuestros actuales contratos estaría haciéndonos el favor de “renegociar nuevas condiciones más favorables para nosotros”? Estamos demostrando a ellos y a nosotros mismos que unidos podemos hacer frente a estos abusos, que con un poco más de constancia, al final habrá justicia, en el DdC, el BdE, o los tribunales. Mi consejo es que no os conforméis con menos. Que no aceptéis un mal menor como solución. NADIE les pidió este producto basura, solo su ambición de ganar dinero y nuestra falta de experiencia ha creado esta situación. Quien ha creado esta situación, debe cargar con las consecuencias, no os conforméis con menos. Solo es mi punto de vista como afectado. Un saludo
Pablo7 12/06/09 03:50
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
Hola Ferran: ¿Desde cuándo estás afectado y que banco te ha cogido? Es cierto que el articulo 13 habla de que “supondra la liquidación de la deuda ejecutablamente reclamable” pero tambien aclara, o más bien confunde que “bastará para el ejercicio de la acción ejecutable la presentación de esta poliza, UNA VEZ INTERVENIDA POR FEDATARIO PÚBLICO”, (notario). Por cierto , esta clausula esta copiada literalmente de los contratos de Bankinter. Quieren dar la impresión de que cogen la poliza, la llevan al notario, la firma, y te ejcutan, ¿no? En realidad, quieren decir que te ejecutaran, pasando el contrato por notario, y que tu tranquilamente iras a firmarlo delante del notario para que te embarguen, porque claro, para pasarlo por el notario, han de firmar las dos partes. Ya hemos demostrado que somos primos, ¡pero no tanto! Un contrato, para que sea ejecutable, y lo nuestro es un contrato, TIENE QUE HABER PASADO POR UN FEDATARIO PUBLICO, (notario). Es cierto que hay documentos, que por ley, son ejecutables sin haber pasado por el notario, pero son los pagarés, talones, letras de cambio. Las polizas, prestamos, etc., son contratos ejecutables por que han pasado por el notario, no porque lo contemple la Ley. Y nuestro contrato no ha pasado por el notario, y no creo, a estas alturas, que a nadie se le ocurra a ir al notario a firmarlo. Aparte de que el notario tendría la obligación de explicarnos la naturaleza del contrato, y se descubría el pastel. En fin, que al no ser ejecuble, tiene que ir por un juicio declarativo, al que te puedes oponer, reconvertir, presentar recurso, etc. etc. Lo que me extraña, es que no te lo hayan explicado tu despacho de abogados de referencia y con amplia experiencia en este tipo de reclamaciones. Un saludo Ferran
Pablo7 17/05/09 03:29
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Gracias por el quite Waldeker. No es lo mismo ver los toros desde la barrera que desde la arena, y hay quien no lo entiende. Esta batalla no va a ser fácil, pero, ¿os dais cuenta de que la estamos presentando? Quizás por primera vez y a este nivel, estamos aprendiendo que ante una situación de injusticia, tenemos herramientas que nos permite buscarnos, encontrarnos y unirnos a afectados que en tiempos pasados, no lo hubieran podido hacer. Están perdiendo poder y son conscientes, y empiezan a tener miedo de este desplazamiento del poder que ellos no pueden controlar. Estamos aprendiendo y están aprendiendo, que la suma de voluntades nos permite enfrentarnos a situaciones de injusticia y plantarles cara a quienes hasta ahora considerábamos, y se consideraban, intocables. La sumisión y el miedo a los que nos han dibujado un panorama de dependencia, la banca y el dinero, está cambiando porque nos damos cuenta que la suma de nuestras voluntades es un gran poder, y esto es un concepto nuevo para nosotros y para ellos, y que a partir de ahora y poco a poco, nos permitirá enfrentarnos a ciertos tipos de injusticias que hasta ahora, estaban asumidas como parte integrante de nuestra forma de vida. Solo nos han tenido que apretar un poco más el cuello de lo que hacían hasta ahora, para tener que decir ¡BASTA, ESTO ES INJUSTO! Y vamos a conseguir que esto cambie. Un saludo
Pablo7 16/05/09 21:47
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Estoy de acuerdo que no conoces bien los productos que nos han ofrecido, ni lo que es un Swap. Ni una permuta financiera, ni un CAP, ni un FLOR un COLLAR, etc. Ni lo que dicen las Leyes al respeto. Nadie está diciendo que sea un delito la comercialización de estos productos, pero si que es cierto que no se puede hacer como lo han hecho ni a quien se lo han hecho. Y esto no lo digo yo, lo está diciendo el BdE, (Banco de España), CNMV, (Comisión Nacional del Mercado de Valores), sentencias de Audiencias Provinciales. Los bancos están obligados a ofrecer este producto, pero no a imponerlos desde su posición de dominio ni superioridad . Y mucho menos a confundir asesoramiento con comercialización. Ni a imponer clausulas abusivas. Ni a engañarte vendiéndote un seguro que no lo es y que no te cubres las subidas de las hipotecas y que resulta que la hipoteca con las subidas no te arruina, pero pagar el seguro lo va a hacer. No tengo ningún inconveniente en continuar hablando contigo, pero por favor, léete lo que dice la CNMV sobre Swaps y demás producto. Léete la MIFID, la normativa anterior a ella, El Código Civil, art. 1081, 1091,1254,1258,1261,1278,1255, 1266. El Real Decreto 629/1993, 2/2003 y 1/2007, circular de la CNMV de 2 de mayo 2009, 3 de mayo 2000, resolución R/273/2007, resolución BdE 3 junio 2008, sentencias Audiencia Provincial de Jaen de 27 marzo 2009, Audiencia Provincial de Álava de 7 abril 2009, Etc. Creo que entonces nos entenderemos mejor y comprenderás de verdad lo que están pasando los que han sido atrapados por los bancos con sus artimañas para colocarnos sus “seguros”. Un saludo
Pablo7 16/05/09 14:03
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Lo siento, pero la legislación no es exactamente así. Esto es de un comunicado del MEH y dice “En primer lugar, el artículo 19 de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica, establece la obligación para todas las entidades de ofrecer a sus clientes al menos un instrumento de cobertura de tipos de interés. Este tipo de contrato tiene como objetivo amortiguar el aumento de las cuotas en caso de subidas de tipos de referencia. No obstante, el cliente tiene total libertad para contratarlo o no. De aceptarlo, para poder volver al sistema anterior antes de la finalización del plazo, tendría que rescindir el contrato de seguro de cobertura, lo que podría llevar aparejados ciertos gastos. Las modalidades de cobertura más usuales, según información del Banco de España, son un seguro que cubra cualquier subida por encima de un tipo máximo que se fije (lo que suele llamarse un CAP) y para un período determinado; o bien, un cambio del tipo de interés variable por uno fijo, de modo que desde el momento de contratación de esta cobertura y por el período acordado para la misma, el deudor paga su préstamo no al tipo variable que figura en el contrato sino al tipo fijo determinado en el contrato de cobertura. Por otra parte, cabe señalar que usted, como usuario de servicios financieros tiene derecho a recibir de la entidad toda la información necesaria para entender bien la operación o producto ofertado. Además, las entidades están obligadas a actuar de un modo transparente y adecuando los productos ofrecidos al perfil de riesgo del inversor. El incumplimiento de estos deberes es tipificado en el ordenamiento español como una infracción grave o muy grave. “ Aprovechando esta ley y nuestro bajo perfil y formación como inversores, nos han colocado unos productos, los Swaps, que no tiene nada que ver lo que pide esa Ley. Los Swaps son productos, catalogados por la CNMV como productos complejos y de alto riesgo, no aptos para clientes minoristas. En realidad es una apuesta contra el banco sobre si subirán o bajaran los interese. ¿Y quien crees que tiene toda la información, previsiones, las fichas, los dados, etc? Y además estás apostando contra quién te dice como tienes tu que hacerlo. Y ha pasado lo que tenía que pasar, que han ganado ellos de calle. Pero hay unas leyes, MIFID, leyes del consumidor, Código Civil, etc. que dicen que nos han hecho trampas. Resoluciones del BdE, la CNMV y las Audiencias Provinciales, en sus sentencias también dicen que nos han hecho trampas y se ha abusado de nuestra poca formación como financieros. Otra cosa es que ellos lo entiendan así, ya que han hecho de situaciones abusivas su forma de trabajo. ¿Te has leído un contrato de los que firmas en el banco? Cualquier cosa que pase, es culpa del cliente, ellos nunca la tienen. Ellos pueden cancelar el contrato cuando quieran y tú para hacer lo mismo tienes que pagar. Pactas unas condiciones que ellos pueden cambiar cuando quieran y tu no, y piensas, ¿para que entonces un contrato? Pues para legalizar la situación abusiva. Y te podría poner un largo etc. de esas situaciones; comisiones que aparecen y suben cuando ellos quieres, intereses de cuentas que te bajan cuando has pactados otros, hipotecas con un suelo por si el Euribor baja, para beneficiarse ellos y no tu, y claro sin techo, para que pringues tu toda la subida, etc. etc. etc.¿Acaso has podido negociar una sola vez, alguna clausula de esos contratos? No opino como tú, esta vez no se saldrán con la suya.
Pablo7 03/05/09 22:13
Ha respondido al tema Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Hola Merinogil: has dicho que te grabaron la conversación cuando contrataste. Si es así, tienes una prueba de que no te avisaron de los riesgos. Pide una copia por escrito de la grabación con copia para ti sellada. No creo que te la quieran dar, pero TIENEN LA OBLIGACION de dártela. Pertenece a la información y datos que tienen de ti como cliente, y que tú tienes derecho a su acceso. Si no te la dan, tienen 30 días para resolver, y 10 hábiles para contestarte, ponles una denuncia en la Agencia de Protección de Datos, se pueden encontrar con una sanción fuerte. Por menos, la Agencia ha puesto sanciones de 300.000€. Creo, como ha dicho Waldeker, que quizás valga la pena unificar los dos foros, el vuestro y el de Caixa Sabadell, nos ahorraríamos viajes. Un saludo Pablo
Pablo7 25/04/09 21:58
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
En cuanto a estos seguros, en términos financieros generales, se trata de un tipo de contrato de derivados, denominado ‘swap’, muy complejo, y cuya suscripción conlleva un serio riesgo para el cliente, puesto que si el tipo de interés no se encuentra entre las barreras que ha marcado la entidad en el momento de la firma, el cliente tendrá que pagar la diferencia entre los tipos de interés sobre los que había ‘apostado’ y los que realmente se están produciendo. En palabras de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (organismo encargado de su supervisión), los contratos de ‘swap’ son “contratos financieros atípicos mediante las cuales las dos contrapartes (cliente y banco) intercambian tipos de interés durante un periodo determinado y en una determinada moneda basados en un importe nocional” (un importe teórico que normalmente coincide con el importe del préstamo hipotecario, que son independientes de él). Por todo lo anterior debe considerarse que el banco ha actuado con oscurantismo negando el derecho de protección para el acceso a productos de alto riesgo, incumpliéndose con ello los principios de buena fe contractual que debe regir en todo contrato. Asimismo el banco tiene la obligación de acreditar que se documento suficientemente y con anterioridad a la firma del contrato del producto que se contrata y el riesgo del mismo que debe ser adecuado al perfil de riesgo y experiencia del cliente. ¿Cómo se puede asegurar que se ha cumplido con el anterior requisito si el Banco de España se está saturando de reclamaciones que dicen que los clientes se querían asegurar un "techo" en la hipoteca "por si acaso subía el Euribor"? ¿Cómo es posible que se pongan tantas personas de tantos puntos distintos de acuerdo para decir que el producto ofrecido no se corresponde a lo que pensaban que habían contratado? ¿Cómo es posible hablar de transparencia cuando se oculta la fórmula de cálculo para cancelar la posición para que el cliente no pueda saber el coste de cancelación y en los altos riesgos en que está incurriendo? ¿Cómo se puede hablar de igualdad si el banco solo corre el riesgo de tener que pagar un 0,10 % y el cliente asume con el riesgo de poder llegar a un 4% o más? ¿Hay igualdad cuando el banco puede cancelar el contrato libremente y sin gasto y al cliente se le obliga a pagar un 7% aproximadamente de penalización por intentar hacer lo mismo? ¿Como se puede hablar de beneficioso para el cliente porque te aseguraron las subidas por encima de un techo, sobre el 5% aproximadamente, y después descubres que ese seguro, la caixa solo te pagará al final del contrato y no como obligación, sino solo como un compromiso? ¿Y si pensaba cumplir este compromiso (?), ¿Por qué se pone una clausula que la exonera de toda responsabilidad? ¿Cómo se puede hablar de libertad entre las partes si se engaña a una de ellas diciéndole que es un seguro? ¿Cuantos de los afectados tenían experiencia previa en contratación de swaps y formación suficiente? Porque ahora en las oficinas cuando reclamas empiezan a nombrar este producto como swaps y han dejado de llamarle seguro? Por todo lo anterior también creo que se incumple un principio fundamental y es que el cliente no tiene capacidad jurídica para obrar ya que lo hace mediante engaño, sobre productos que desconoce y con ocultación de sus consecuencias
Pablo7 23/04/09 22:29
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
De acuerdo Nmarin, yo conozco tu postura y tu la mía, es todo lo que se puede hacer, ¿vale? No te molestes si no te vuelvo a contestar, pero los que estamos aquí, tienen en peligro sus economías particulares y de pequeñas empresas, y todo nuestro esfuerzo deben estar en intentar salvarla. no en discutir con personas a las que les falta información y formación. Un saludo
Pablo7 21/04/09 19:11
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
Para Korv2 y Nmarin, bueno para todostambién : Como veo que alguno todavía no lo tiene muy claro, creo que conviene recordar algunos conceptos. Muchas personas que trabajan en bancos os están contando que si el Euribor estuviera en un 15% no os quejaríais, así que quiero aprovechar este post, para adiestrar a los empleados de Caja de Sabadell, ya que con la que les va a caer encima, poco dinero se van a poder gastar en cursos, además de que tenemos que cuidar a nuestros mayores y más fieles visitantes. En febrero de 2006, presidencia del Gobierno registró el dominio crisis.es, con lo cual todo el mundo sabía que la economía iba a contraerse. Yo, que no soy economista ni cuento con tantos informes y asesores, desde Marzo de 2007 sabía que entrabamos en crisis, aunque no esperaba que fuera tan profunda. En épocas de bonanza la gente consume mucho e incluso se dispara la inflación, entonces los bancos centrales suben los tipos para que la economía no se recaliente y baje la demanda de préstamos y créditos. Es decir, suben el precio para conseguir dinero. En épocas de crisis ocurre lo contrario. La gente tiene miedo a consumir, la menor demanda hace que bajen los precios e incluso tiendas que se ven obligadas a cerrar venden a precio de saldo. Para reactivar la economía se puede acudir a una política fiscal y a la monetaria que es la que para nuestro caso nos interesa. Hacen exactamente lo contrario, bajan los tipos de interés para que el crédito sea mas barato y accesible y la gente se anime a pedir préstamos y empiecen a consumir más. Bajan los tipos, baja también el Euribor y la gente tiene más dinero en sus bolsillos para consumir. ¿Que tiene esta crisis de particular? Una es que los bancos no tienen un duro y no pueden prestar y el que lo presta para conseguir intereses tiene serios riesgos de que al que se lo presta vaya a quebrar, por lo que el Euribor se disparó. Normalmente el Euribor esta entre un 0,25 y un 0,75 por encima del tipo del BCE y llego a estar el tipo del BCE al 3.75 y el Euribor al 4.350. También ocurrió que teníamos una economía que iba camino a la recesión pero debido al petróleo en 150 dólares, teníamos una inflación galopante que llego al 5,1%. A esto se le conoce como estanflación. Cualquier persona con este escenario, sabía que los tipos del BCE tarde o temprano se derrumbarían, al igual que ocurría en otros países como Reino Unido O EEUU. De hecho, lo que hizo Trichet de aguantar sin bajar los tipos hasta que se controló la inflación fue criticadísimo. Caixa de Sabadell frente a vosotros sabe a que juega y tiene las cartas bastante boca arriba. Vosotros tenéis miedo a que la hipoteca os siga subiendo y no podáis afrontar el pago. Yo particularmente, en este escenario me venden algo que creo que es un "techo" para mi hipoteca y me ponen en el contrato 0% de costes de cancelación y pensaría francamente que es una medida para que las personas paguen sus hipotecas y el Banco no se convierta en una inmobiliaria. Al final, resulta que los tipos bajan y a nosotros no nos baja la cuota y lo que era un techo es otra cosa y empiezo a darme cuenta de que no me interesa. Como se puede cancelar voy a hacerlo y me encuentro con la sorpresa que os habéis encontrado todos. Realmente, lo que nos ha ocurrido es que Caixa de Sabadell conoce el producto y su funcionamiento desde el principio y vosotros habéis aprendido a base de palos. Pues después de lo anterior tengo que escuchar dos cosas que me molestan bastante: - Si el Euribor estuviera en un 12% no os quejaríais tanto. - Caixa de Sabadell no gana nada con todo esto. - En cuanto el Euribor se hubiera acercado al tipo fijo o lo hubiera sobrepasado en algo con tendencia alcista, Caixa de Sabadell hubiera hecho lo mismo que vosotros estáis haciendo ahora, Cancelar el contrato, pero ellos sin sin pagar nada, fijaros que en la clausula 4, no sé si todos los contratos son iguales, les reconocemos el derecho de anular el contrato gratis “cuando concurran circunstancias sobrevenidas al mercado que, según el parecer de la Caixa, alteren la situación existentes en los mismos, sin ninguna responsabilidad de la Caixa. Está claro que ese contrato hubiera existido solo cuando la Caixa de Sabadell hubiera estado ganando dinero. Pero la coletilla de ese apartado 4 no tiene desperdicio y dice: “en este caso, (si ellos anulan el contrato), LA CAIXA PODRÁ OFRECER A LOS CLIENTES OTRO PRODUCTO ALTERNATIVO Y DE CARACTERÍSTICAS SIMILARES AL QUE SE LE OFRECIÓ INICIALMENTE. Claro,¿no? Cuando ellos pierdan, rompen el contrato y te hacen uno nuevo donde puedan seguir ganando dinero. El lumbreras de Caixa de Sabadell que diseño este párrafo, es digno de figurar en alguna lista especial. - Si Caixa de Sabadell no gana nada con esto que baje Dios y lo vea, porque si se queda con la posición gana dinero durante la vigencia del contrato y si vende la posición a un tercero, igual que a vosotros os toca pagar por tener una posición perdedora a Caixa de Sabadell le tienen que pagar porque tiene una posición ganadora. El funcionamiento es el mismo. Así que espero que los trabajadores de Caixa de Sabadell no sigáis contándonos estas milongas porque os engañáis a vosotros mismos y las mentiras tienen las patas muy cortas, por lo que vais acabar quedando como mentirosos o como ignorantes del producto que vendéis. Y a los afectados, os ruego que no deis cuartel a quien os cuente una historia así, porque nuestro objetivo no debe ser únicamente que se regularice nuestra situación, si no que esta página desparezca porque tenga 0 visitas de afectados.
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