Hola a todos, yo os cuento mi pequeña historia.
Me hice un seguro con Sanitas, en concreto, Sanitas más salud, sin carencias ni preexistencias (salvo enfermedades graves).
Lo elegí únicamente por que era el único seguro que me cubría preexistencias, porque me quería operar de lo oídos. Contrate el seguro, me hicieron el cuestionario de salud (importante, no omiti nada) y ellos me aceptaron.
¿Es eso un fraude al asegurador? Directamente NO y no da lugar a dudas. Es Sanitas el que me asegura, siempre puede no asegurarme. Otra cosa es que me hagan un cuestionario y mienta, entonces claro, pero si hago esto, directamente si fuese ha juicio, estoy perdido.
Es Sanitas el que ofrece un producto, y en que condiciones. Si me admiten el contrato, y luego se dan cuenta que se han equivocado (que no me tenían que asegurar), es su problema, no el mio.
Recordemos, varios puntos a este respecto, los seguros juegan con todas las cartas a su favor, si no quieren no dan explicaciones, "no te cubre, que no te cubre..."; el tiempo pasa a su favor, te siguen cobrando las cuotas, mes a mes; la persona que se quiera operar va a ir a la defensiva, va a pedir lo justo para que la demanda tenga más fuerza (por ejemplo, en mi caso, como veremos más adelante, podía haber pedido la devolución de seis meses de cuotas, pero no lo hice, por que mi objetivo era operarme); la gente no suele demandar, va al bar y pone al posible demandado de h.. p.. para arriba y se quedan ahí, cuando lo mejor es demandarles y seguir yendo al bar para hacer lo mismo (para mi, seguro que 7 de 10 no demandan)...
Sigo con mi historia.
Al mes siguiente, fui al otorrino, y me dijo que me tenía que hacer un TAC para ver si luego me podía operar.
Respuesta de Sanitas, no me autoriza el TAC, por enfermedad preexistente. Pero bueno!!!!, si mi seguro es sin preexistencias. Más preguntas, misma respuesta... al final me remiten al departamento de calidad (tienen dos meses para contestarme), no me contestan.
Demando a Sanitas y no llegamos a juicio, directamente consigna la pasta del TAC en el juzgado admitiendo que tengo razón.
Cosas que he aprendido durante el proceso:
0-la creencia general es que el seguro siempre tiene la razón (muchos amigos me decían lo mismo, ¿un seguro? estas perdido... Cuando yo creo que lo que pasa es que al seguro no cubrir le viene a salir gratis. Y en el peor de los casos, como el mio, ganan tiempo, las cuotas las sigues pagando. La ley de este país protege a las grandes compañias. Si el juez, pudiese poner multas, otro gallo cantaría.
1-el departamento de calidad, no sirve para nada. 2 meses de espera.
2-el defensor del paciente, no sirve para nada. 2 meses de espera (y van 4).
3-no seguí por esta vía, pero son otros 2 meses (y serian 6).
4-si demando directamente, no pierdo ni un segundo.
5-a la hora de demandar interesa que sea por una prueba (por ejemplo el TAC que costo 160 euros) inferior a 2000 euros. ¿por que? porque podemos poner una demanda verbal que si es inferior a 2000 euros, no necesita ni abogado ni procurador. Muchos dirán, ya pero si vamos sin abogado, nos comen. Respuesta, no, el juez es una persona sensata, nos guiara en el proceso (evidentemente es mejor siempre un abogado, pero cuesta pasta). Ventajas de demanda verbal frente a demanda ordinaria: no necesita abogado ni procurador, más barato (incluso con abogado, yo lo recomiendo), más rápido, no admite recurso (lo que diga el juez, para mi es ventaja, acato lo que diga el juez y me olvido si pierdo, si me meto en recursos va para años y yo paso). Desventajas: no se sabe hasta el día del juicio la estrategia de la parte demandada, así que hay que ir bien armado (yo tarde en preparar la demanda un mes). No soy un jurista pero me he quedado con esto. Me disculpen los abogados del foro, si he dicho algo incorrecto.
6-¿que son las condiciones generales? (Ley de las condiciones generales) son todas aquellas condiciones que no se negocian. Y esto es importante, ya que puede ponernos en nuestra póliza, un apartado donde pone en grande "CONDICIONES PARTICULARES" y no exista ninguna condición particular. Por ejemplo, en mi poliza, estan las condiciones generales (convencido que son comunes a todos los seguros que comercializa SANITAS de este tipo) y las condiciones particulares son digamos las condiciones generales de la promoción en concreto (sin carencias, sin preexistencias) que como yo no he negociado son GENERALES. Y por último están las condiciones particulares que si he negociado y que son las enfermedades que SANITAS me ha excluido.
7- Entra en juego la ley del consumidor, que viene a decir que si una clausula general no esta clara, en caso de duda, va para el consumidor.
Bueno y creo que esto es todo. En el caso concreto de Tango33, si tuviese únicamente que valorar lo que dice dicha clausula, creo que tiene razón. Ahora bien, yo me leería toda la poliza, por si hubiese otras clausulas asociadas. La putada, es que directamente no le dicen por que no le cubren.
Saludos. Uff, espero no haberos aburrido. ;-)