Hay buena parte de tus reflexiones o conjeturas con las que estoy de acuerdo, si bien, para enriquecer el debate, quiero hacer algunas breves puntualizaciones:
l.- Los políticos trabajan a corto y medio plazo y casi nunca a largo plazo, y nuestro asunto como Clientes de las empresas de bienes tangibles es, de los de largo plazo, dado el ritmo lento y cansino con el que funciona el aparato de la Justicia en España (salvo que a los políticos les interese un "alegro non tropo" y prefieran la rapidez, como ocurrió con las reclamaciones y recursos contencioso administrativos, muy al contrario que la vía penal que les interesa demorar "sine díe" para que un 25.35% fallezcan antes de que haya Sentencia firme penal.
2.- Independientemente de los años que aún faltan hasta que recaiga Sentencia firme penal, EL DAÑO YA ESTÁ HECHO Y CONSUMADO, A LAS eMPRESAS, A LOS cLIENTES Y A LOS DIRIGENTES Y EMPLEADOS DE LAS EMPRESAS. lA SITUACIÓN es ya IRREVERSIBLE y los DAÑOS sóo pueden compensarse mediante las consiguientes INDEMNIZACIONES. Estamos ante un SINIESTRO TOTAL.
3.- En la actualidad, muchos de los políticos que estaban en el poder en 2006 (en especial del PSOE) están ya fuera de la política y los que quedan en política (en especial del PP) seguro que estarán fuera de la política dentro de 7 u 8 años que es lo que calculo se tardarfá hasta la primera Sentencia firme Penal del Tribunal Supremo, que parece será la referida a Afinsa y su cúpula dirigente. Quiero decir que a los políticos que han estado relacionados con el affaire de los bienes tangibles, y muchos de los funcionarios vinculados de una u otra forma con este asunto, les preocupa más bien nada lo que pase a 7/8 añosvista pues, para entonces, ya estarán fuera de la política activa y/o jubilados los funcionarios. Con neste MUERTO TENDRÁSN QUE LIDIAR la próxima hornada de políticos que estudiaban el Bachiller cuando se produjo la intervención.
4.- Dices "es posible que opten por preparar una salida en falso. A cano le sacarán algún delito más o menos imaginario aunque, quizas, no debería ir a la cárcel. Con eso justificarían la destrucción de la Compañía y la absolución de la responsabilidad patrimonial del Estado...". Las cosas no las tienen tan fáciles pues, la cuestión no es el número ni la clase de delitos ni las penas que se impongan a Cano y otros dirigentes.
Como bien sabemos todos, la intervención y clausura de las empresas, su declaración en Concurso de Acreedores, su disolución y liquidación, NADA TIENE QUE VER CON LA NATURALEZA Y GRAVEDAD DE LOS DELITOS Y PENAS QUE SE ATRIBUYEN A LOS DIRIGENTES DE LAS EMPRESAS, SINO con la naturaleza de la actividad habitual de dichas empresas y con la calificación legal que merecen los contratos de adhesión firmados por las Compaías de Tangibles y su numerosísima clientela, y sobre este tema, ya se han pronunciado en firma algunos Tribunales, lo que, desde el momentto en que haya Sentencia firme de la Jurisdicción civil (pues se trata de contratos privados y no de contratos administrativos), no cabe duda que se puede iniciar una 2ª tanda de reclamaciones patrimoniales al quedar sin base legal alguna la reformulación de los Estados Contables, la absoluta insolvencia patrimonial y la actividad financiera de esquema piramidal, que fueron los argumentos en los que se basaron la AEAT, las Querellas de la Fiscalía, los Juzgados de Instrucción y los Mercantiles para justificar la intervención, clausura, bloqueo de cuentas, disolución y liquidación de las empresas, lo que ha producido la imposibilidad sobrevenida de que dichas empresas no hayan podido satisfacer s sus Clientes las sumas de dinero pactadas en los denominados Contratos de Mandato de Venta (Afinsa y Arte y Naturaleza) o Compromiso de Compra (Forum Filatélico).
Repito que ESTE DAÑO YA ESTA HECHO A LOS CLIENTES Y ES IRREEVERSIBLE, COMO LO ES EL DIERRE Y DESAPARICIÓN DE LAS EMPRESAS Y LA EXTINCIÓN DE LAS RELACIONES ENTRE ELLAS Y SUS EMPLEADOS Y AGENTES AUTÓNOMOS.
5.- la 1ª SENTENCIA FIRME PENAL abrirá una 3ª. TANDA DE RECLAMACIONES PATRIMONIALES, SIENDO EL MOTIVO DE LAS MISMAS y el Organo de la Administración al que deban dirigirse.diferentes,, en función de cual sea la calificación de la actividad habitual de las empresas y la de los contratos con sus clientes.
6.- Imposible que "se saquen algún delito más o menos imaginario", pues los delitos enjuiciados son los contenidos en el Auto de Procesamiento y los escritos de calificación de las partes acusadoras y el Fiscal. Por otra parte, si todo se quedase en un delito penado con menos de 2 años, es evidente que tal "nimiedad" EN ABSOLUTO PODRIA JUSTIFICAR LA MAGNITUD DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LOS JUSGADOS PENALES Y LA ENORMIDAD DE LOS PERJUICIOS CAUSADOS A LAS VICTIMAS, QUE LEJOS DE VErse favorecidas con tales medidas, habrían sido dañados en la totalidad de sus derechos contractuales precisdamente por esas medidas "supuestamente cautelares y protectoras de las victimas de los presuntos delitos".
Necesitarán mucho más que un leve e imaginario delito para desembarazarse de nosotros.
7.- A mí no me preocupa que el Estado sea muy fuerte y pueda seguir manipulando a la gente (opinión pública). Lo que realmente es muy preocupante es que el Estado SIGA MANIPULANDO A LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, PRIVÁNDOLES DE LA INDISPENSABLE IMPARCIALIDAD E INDEPENDENCIA COMO TÚMISMO INDICAS ("ES POSIBLE QUE OPTEN POR UNA SALIDA EN FALSO..")pues cualquier estratagema o ratimaña de los políticos en vía o sede judicial NECESARIAMENTE HABRIA DE CONTAR CON LA COMPLICIDAD DE LOS TRIBUNALES (