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Irseguro.com 18/01/09 13:54
Ha respondido al tema ¿Recomendáis contratar seguro de vida para hipoteca?
No es obligatorio el seguro de vida de amortización de hipoteca, pero sí aconsejable, al objeto de que en caso de fallecimiento de uno de los titulares quede pagado el piso o al menos la mitad del piso , y de esta forma el cónyuge vivo y/o hijos puedan mantener su mismo nivel de vida si pasar verdaderos apuros. Aconsejo un seguro de vida temporal renovable con capital constante y que cada dos o tres años se vaya bajando el capital para que a su vez vaya bajando la prima o al menos que no crezca la prima demasiado por la edad.
Irseguro.com 18/01/09 13:42
Ha respondido al tema Es tiempo de ahorrar. ¿Sabéis lo del PIA?
Todo lo que comentas está bien, pero uno de los grandes problemas de todos los productos de vida, ahorro, pensiones, pias...es que en este pais no existe una armonización fiscal y cada vez que entra un nuevo gobierno cambia lo que le parece, por eso quiero indicar que dentro de 5 , 8 10 años cualquiera sabe por dónde estaremos con estos productos. Hablas de rentabilidades parecidas a la deuda pública ¿sabes por dónde va, la prima de riesgo ahora mismo despues de la Bajada del rating del Reino de España,siendo la misma moneda que Alemania , se está comprando mejor las acciones del Santander y están mas valoradas que la deuda Española , ¿y las deducciones Fiscales? al paso que vamos con la poca liquidez de los mercados actuales , van a tener que poner los planes de Pensiones "rescatables" antes de alcanzar la edad de los 65 años, para que haya más dinero "en la calle" . saludos Irseguro
Irseguro.com 12/01/09 17:17
Ha respondido al tema Compañía de seguros no cumple con Ley del Contrato de Seguro. ¿Cómo proceder?
Estimado Sr. La ley obliga a ambas partes(Tomador y compañía) que con al menos dos meses de antelación y por correo certificado con acuse de recibo y/o burofax , se necesita para anular una poliza. Por tanto es totalmente ilegal que la compañía anule la póliza con un mes de antelación y le devuelva la parte de prima no consumida(extorno). Antes esta práctica sí se podia hacer y estaba permitida , actualmente no. Irseguro.com
Irseguro.com 09/01/09 00:38
Ha respondido al tema Seguro de vida y suicido: alguien que me asesore?
Te ruego aclares algo mas en cuanto a ¿día que se contrató la póliza y profesión que tenía ?, ¿cuando se produjo el siniestro? ¿cuándo comenzó la póliza o fecha de efecto inicial de la póliza ? ¿como pagaba? lo fundamental es saber, fecha que hizo la póliza, fecha del siniestro, vencimiento anual ....o sea cuando aclares esto, se te podrá ayudar.Consulta de camino el registro de seguros de vida qre un año aproximadamente. Irseguro.com
Irseguro.com 07/01/09 12:14
Ha respondido al tema Seguro de vida y suicido: alguien que me asesore?
Se trata de dos cuestiones 1.-el Suicidio y 2.-impagado . 1.-Primera : Normalmente en un seguro de vida está excluido el suicidio en el primer año de la contratación de la poliza , ya a partir del primer año de antigüedad en la misma compañia sí está cubierto este hecho. Si se quiere incluir el suicidio el primer año debe expresamente solicitarse a la compañía y se deben explicar los motivos, por los que se desea dicha inclusion. Con lo cual si esto no se hizo esto en su día y se produjo el suicidio dentro del primer Año, está totalmente excluido, con lo cual lo de llevar a la compañia al juzgado o no por este motivo en concreto , está claro que perderías. 2.-Para ver el tema de impagados puedes " tener alguna posibilidad de que el pago "se haya producido". Normalmente los seguros son pagos anuales, otra cuestión es que las compañías dan facilidades para los pagos y pueden ser pagos mensuales, trimestrales, boimestrales, semestrales y/o anuales o sea si el vencimiento de la póliza es por ejemplo el 10-12-2007 al 10-12-2008 , y has pagado sólo un mes o dos ¿a qué meses corresponde el pago? y en ese periodo se ha producido el fallecimiento Dicimebre-2007 a Diciembre-2008 , podría , y digo podría tener alguna pòsibilidad , basándose el la ley, de que al ser pago anual, vuelvo a insistir, podría reclamar la indemnización, y descontarse la prima no pagada, aunque haya pagado sun mes o dos solamente. Entiendo que por aquí( 2) debería ir la posible reclamación, pero no por el suicidio del primer año, que siempre está excluido. Irseguro.com
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