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Hrizzzz

Se registró el 17/01/2011
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Hrizzzz 09/03/11 10:05
Ha respondido al tema Duda conducción de uso privativo fuera del espacio privativo
Muchas gracias por las respuestas,... de verdad que se agradece. Veréis, en mi caso, la cláusula de mi seguro dice: "entendiéndose como conducciones privativas aquellas que sirven exclusivamente a la vivienda y están situadas dentro de sus límites o espacio privativo" Quizá por mi cabezonería, pero interpreto que la cobertura no es la misma. El uso, evidentemente, es mio; pero no cumple la segunda condición para que a efectos de mi seguro sea privativa, es decir, no está dentro de los límites de mi vivienda. De acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal vigente en Catalunya, hay dos artículos específicos: 553-41: Son elementos comunes...las instalaciones y los servicios situados paredes afuera de los elementos privativos que se destinen al uso comunitario o a facilitar el uso y disfrute de dichos elementos privativos. 553-33: Sólo se pueden configurar como elementos privativos de un edificio las viviendas, los locales y los espacios físicos que pueden ser objeto de propiedad separada y que tienen independencia funcional porque disponen de acceso propio a la vía pública, sea directo o sea a través de un elemento común de disfrute no restringido. Es decir, en función del artículo 553-33, el espacio entre el falso techo y el forjado de mi vecino (donde está mi tubería) no es mi espacio privativo, ya que yo no tengo acceso a él ni desde la vía pública ni desde un espacio común en función del artículo 553-41, también es COMÚN una instalación de uso o disfrute privativo, si ésta se encuentra paredes afuera de los elementos privativos (ES MI CASO) Yo lo interpreto así: ni con la ley en la mano se puede argumentar que ese tubo en cuestión es privativo, y tampoco lo es de acuerdo al clausulado de mi seguro. El seguro de mi vivienda es el mismo q el de la comunidad: es la misma compañía. Y sólo se me ocurre q no lo quieran tratar como comunitario porque de esa forma igual se puedo reclamar también mis posibles daños. Y el coste no es de 300€ si tenemos en cuenta que para arreglarlo es probable que deban romperme el faldón de la bañera, y no sé vosotros, pero a mi no me gusta tener el baño de 18 tipos de baldosa diferentes. Eso tiene un nombre: DAÑOS ESTÉTICOS.
Hrizzzz 08/03/11 08:32
Ha respondido al tema Duda conducción de uso privativo fuera del espacio privativo
Pues verás, digamos que voy a luchar hasta el final, así q el tema no está zanjado. Evidentemente, no hay duda del uso exclusivo del tubo por el propietario del cuarto de baño (yo mismo), pero se te ha olvidado marcar en negrita lo de "dentro de sus límites". ¿Podrías decirme dónde has encontrado que los límites de un espacio privativo sea la propia canalización, y no las paredes y los forjados que delimitann la vivienda? Una conducción es aparente cuando se encuentra, por ejemplo, debajo de las baldosas de tu suelo, el parquet, o debajo del aplacado de tu baño o la cocina, o si me apuras si está escondida tras tu falso techo. Pero no si lo está en el piso de tu vecino. No se trata del coste, que también, sino de que considero que no me corresponde a mi sino a la comunidad la responsabilidad de ese tubo.
Hrizzzz 19/01/11 19:19
Ha respondido al tema Duda conducción de uso privativo fuera del espacio privativo
Gracias por la respuesta. De momento he avisado a las dos compañías (de mi piso y de la comunidad). Ya ha venido la del piso, y por un lado me dice que esa conducción se puede considerar comunitaria, pero a la vez me dice que se hace cargo de la reparación de los daños a terceros y me da 300 € para sustituir el tubo. Eso sería lo correcto si el tubo fuera mio, ya que eso es lo que me tocaría según las condiciones generales del seguro. Por otro lado, a la vez que reconoce que el tubo es comunitario, comenta que nunca NADIE le había dicho que quería que la comunidad se hiciera cargo. Lo que pasa es que en mi caso es importante ya que toda la reparación puede superar los 1000 €, que deberé asumir yo a no ser que lo haga la comunidad. Falta por venir el perito del seguro de la Comunidad, pero me temo que a ellos les dará igual quién se hace cargo de esto, ya que es la misma compañía, por eso quiero tener argumentos legales para insistir a la Comunidad de que es ella y no yo la responsable de la reparación. Me he leido la ley una y otra vez (ya lo había hecho), y no lo veo claro, tengo dudas: 1) La ley 396 habla de instalaciones comunitarias "hasta la entrada al espacio privativo". El tubo en cuestión está en el espacio privativo del vecino de abajo, con lo que podría interpretarse que ya no es comunitario. 2) El artículo 3 de la L.P.H. considera privadas aquellas instalaciones "comprendidos dentro de sus límites y sirvan exclusivamente al propietario, así como el de los anejos que expresamente hayan sido señalados en el título, aunque se hallen fuera del espacio delimitado.", con lo que yo podría alegar que no está en mi espacio privativo y por tanto es comunitario, pero entonces volvemos al punto 1) Bueno, gracias de nuevo si pudieras responderme. Un saludo.
Hrizzzz 17/01/11 18:38
Ha publicado el tema Duda conducción de uso privativo fuera del espacio privativo
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