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Holdenc 23/06/15 00:00
Ha respondido al tema ¿Qué incentivos tienen los gestores?
¡Sobrevivir! Intuyo que, en fondos de "gestoras no independientes", o sea, en la mayoría de los casos, la supervivencia comienza por servir fielmente a los intereses del Grupo Financiero al que pertenece el fondo de inversión
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Holdenc 22/06/15 22:49
Ha respondido al tema Reclamación Colectiva a la CNMV de separación plena entre Gestoras y Depositarios de Fondos de Inversión
Tomo buena nota de las correcciones de Plumilla y de Buenallave. Incluiré esas correcciones en el segundo borrador.Acabo de leer hace unos minutos tu aportación, Bravepawn. ¡Se te echaba de menos! ¡Felicidades por lo del U.D. Las Palmas! Como quería contar otras cosas no tengo tiempo ahora de estudiar tus sugerencias (que son de calado) pero serán tenidas muy en cuenta a la hora de redactar el Borrador 2. Cuando pueda te devuelvo mi opinión. Os sugiero que también opinemos unos y otros sobre las diferentes sugerencias de cambio que proponéis que van surgiendo.Gracias por los piropos, Plumilla. ¡Bueno ya somos un pequeño ejército de cinco! Debemos de tener a la CNMV asustada… No digamos ya a la industria financiera. Me gustaría pedir a aquellos que comparten el objetivo y están dispuestos a participar en esta protesta simbólica, que manifiesten su presencia (aunque no tengan ninguna sugerencia especial que realizar en este momento). Sería interesante tener una idea precisa de nuestra fuerza (más bien de nuestra debilidad) en esta batalla “contra los molinos de viento”.Mientras esperamos unos días más El artículo está dedicado a explicar las funciones de los asesores de los fondos de inversión. Por cierto, una figura que la CNMV cuestiona últimamente, como ya hablamos de pasada en el otro hilo: http://www.elconfidencial.com/mercados/2015-06-12/la-cnmv-persigue-la-gestion-encubierta-de-fondos-y-sicav-mediante-asesores_879853/ El tema da para echar un rato pero no me quiero dispersar. Pues bien, en el artículo de Unience de camino que explica (y justifica) las funciones del asesor también explica, y bastante bien, las funciones de la sociedad gestora, el depositario y la comercializadora… y en eso dice:“Pongamos un ejemplo. Avantage Fund FI es un fondo de inversión, gestionado por Renta 4 Gestora SGIIC, depositado en Renta 4 Banco, comercializado por Renta 4 Banco y asesorado por Avantage Capital EAFI”.En vez de poner Renta 4 podría poner, Santander, BBVA, Sabadell, La Caixa… si habláramos de otros muchos fondos españoles. ¿No os da repelus el sólo hecho de ver el mismo nombre copando todas las figuras (gestora, depositario, comercializador…) que la ley, para protección del inversor, establece que han de ser independientes y supervisarse de forma mutua? ¿Es la ley en la práctica un puro adorno? ¿Se ríen de nosotros? ¿Cuál es nuestra cuota de culpa? ¿Creéis que una gestora cuando contrata a un depositario de su mismo grupo lo hace porque este es el depositario que ofrece una mejor relación calidad/precio, esto es, lo elige en beneficio del partícipe? ¿Creéis que una gestora cuando elige a un broker de su mismo grupo lo hace porque es el broker que ofrece una mejor calidad/precio, esto es, lo elige en beneficio del partícipe? ¿Es casualidad que cada gestora elija siempre al depositario y al broker de su grupo como la mejor opción? ¿la mejor opción para quién? ¿Creéis que cuando depositario y gestora son del mismo grupo se supervisan con disciplina y férrea rectitud? ¿Creéis que si detectan un problema lo comunican rápidamente a la CNMV o tratan de disimularlo “debajo de la alfombra” para proteger la imagen del grupo? ¿Dónde creéis que hay más riesgo de que un día pudiera aparecer un escándalo importante…. entre las gestoras realmente independientes o entre las gestoras en que todas las figuras internas pertenecen al mismo grupo? Saludos
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Holdenc 21/06/15 01:16
Ha respondido al tema Reclamación Colectiva a la CNMV de separación plena entre Gestoras y Depositarios de Fondos de Inversión
BORRADOR 1 (RECLAMACIÓN A LA CNMV) La legislación española sobre Instituciones de Inversión Colectiva establece que la Gestora y el Depositario de los fondos de inversión deben de ser independientes. De esa forma se minimiza el riesgo de que surjan conflictos de interés que puedan perjudicar a los partícipes. Asimismo, la independencia entre Gestora y Depositario posibilita que ambas figuras se supervisen de forma genuina y efectiva para beneficio y seguridad de los partícipes. Desgraciadamente, y a diferencia de otros países más garantistas como Luxemburgo, la legislación española también permite, de forma excepcional, que la Gestora y el Depositario de los fondos de inversión pertenezcan a un mismo Grupo financiero. Este resquicio legal abre en la práctica la puerta a la endogamia y compromete decisivamente la independencia entre Gestora y Depositario, por muchas salvedades y requisitos que se les exija legalmente a posteriori a ambas figuras para intentar reconstruir la apariencia de una auténtica separación. Con la independencia disminuida, los partícipes de fondos de inversión estamos en mayor riesgo de ser víctimas de conflictos de interés, sutiles o flagrantes, ocasionales o continuos, que perjudiquen nuestros legítimos intereses. De igual forma, resulta ingenuo creer que Gestora y Depositario, cuando pertenecen al mismo Grupo, van a poder ejercer una supervisión mutua en beneficio del partícipe de la misma calidad y efectividad que si fueran realmente independientes. Además, el caso “Banco Madrid”, que a día de hoy todavía sigue pendiente de una completa resolución, también ha puesto de manifiesto que la pertenencia al mismo Grupo de Gestora y Depositario no facilita, y sí dificulta, una resolución ágil de problemas de ese cariz. De hecho, muchos fondos paralizados por este proceso concursal han requerido la sustitución simultánea del Depositario y de la Gestora. Si estas figuras no hubieran pertenecido a un mismo Grupo financiero, el riesgo podría haber estado más diversificado y, en caso de concurso del Depositario no habría sido necesario sustituir también a la Gestora, agilizándose el proceso en beneficio del inversor. Quien sí se ha visto claramente beneficiado por la no separación taxativa entre Gestora y Depositario, a diferencia del partícipe, son las entidades financieras que, de este modo, han podido integrar verticalmente en su beneficio todos los potenciales ingresos derivados del negocio de los fondos de inversión (comisiones de gestión, de depositario, de comercialización…). No en vano, la inmensa mayoría de los fondos de inversión españoles cuenta con Gestora y Depositario perteneciente al mismo Grupo financiero y, por tanto, han elegido acogerse mayoritariamente a la vía legal que nuestro legislador estableció inicialmente como excepcional. En definitiva, en el mundo real la excepción legal se ha convertido en norma mayoritaria en perjuicio del partícipe y ante la aparente indiferencia del regulador. Por todo ello, y apelando a su mandato de velar por la protección de los inversores, le insto a promover y defender, tanto en el ámbito nacional como en el europeo, los cambios legislativos que sean necesarios para que en un futuro podamos disfrutar de una independencia real y taxativa entre las Gestoras y los Depositarios de fondos de inversión españoles. De esa forma solicito su mediación e influencia para eliminar lo antes posible esta fuente estructural de riesgo para los partícipes, que es ajena al mercado, y que no por largamente soportada deja de ser alarmante.
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Holdenc 20/06/15 18:17
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
¡Hola Bravepawn¡ ¡Aleluya¡ Ya lo he cogido. Cuando me atasco me cuesta… Me dices que un TER más exhaustivo (que incluyera los gastos de “brokerage”) no impediría la pillería de la industria en perjuicio de los partícipes. Así, la industria podría elegir presionar al gestor a que hiciera menos movimientos (aunque éste tuviera una estrategia activa y eficiente que requiera muchas operaciones de bróker) en vez de sentirse incentivada a contratar un bróker con precios más competitivos pero fuera de su órbita de influencia (que es lo que es objetivamente bueno siempre para el partícipe). En realidad, lo realmente irracional es que los fondos no tengan que publicar de forma desglosada y detallada todos los gastos en que incurren (y que no se les obligue legalmente a ello) cuando, al fin y al cabo, pagan esos gastos con nuestro dinero. De todas formas, si tuviera que establecer una jerarquía de reivindicaciones en este terreno mantendría en primer lugar la solicitud de exhaustividad del TER. La reivindicación de conocer el precio medio de las operaciones del bróker y el número de transacciones me suena casi a ciencia ficción en un mundo tan interesadamente oscurantista como éste. Lo mismo, en ese caso, terminaba apareciendo una cabeza de caballo en nuestras camas. Total, queda claro que cada espacio de opacidad es una oportunidad, al menos teórica, para que la industria obtenga beneficios ilegítimos aunque no necesariamente ilegales (p.e. los derivados de contratar a depositarios y bróker de su círculo con precios poco competitivos) en perjuicio de los inversores. Gracias por el enlace sobre el TER. Me ha venido muy bien. Saludos Posdata: En cualquier momento de las próximas 24 horas abro un nuevo hilo para convocar una reclamación masiva a la CNMV, como tenía comprometido. El texto base lo tengo bastante avanzado. Saludos
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Holdenc 19/06/15 23:28
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
Como estoy seguro que sabes, TER es el acrónimo de “Total Expense Ratio”, esto es, Ratio de Gasto Total. Es una aberración semántica que ese índice no recoja todos los gastos reales al dejar fuera los costes de las operaciones del bróker. No tengo duda de que el dislate no es inocente y que esa falta de transparencia responde a intereses ajenos al inversor. Creo que en eso coincides conmigo. Imaginemos, que por arte de birlibirloque, ya hemos conseguido que se obligue legalmente a todos los fondos a presentar un TER absolutamente transparente y que, por tanto, recoja también los costes de operación del bróker. Creo que tú dices que ese conocimiento sería necesario pero no suficiente para que el inversor pudiera tomar decisiones informadas y sensatas a la hora de seleccionar fondos. Necesitarías también que te dieran el dato sobre el coste medio de las operaciones del bróker y el número de transacciones realizadas. Yo, sin embargo, sin despreciar el valor de ninguna información añadida que pudiéramos recibir (cuanta más, mejor), creo que sí me podría apañar bastante bien si contara, simplemente, con un TER transparente: 1. En general, un TER real bajo sería un factor que puntuaría a favor de cualquier fondo (de hecho ese es uno de los grandes encantos de la gestión indexada y pasiva). 2. En general, un TER real elevado sería un factor que puntuaría en contra de cualquier fondo. Aunque claro (y creo que esto es lo que tú quieres subrayar), que un fondo presente un TER elevado no lo invalida a priori como opción sensata de inversión. Eso sí, ante un TER elevado los inversores exigiríamos muchas explicaciones que justifiquen esa estrategia de inversión y, seguramente, un largo historial de buenos resultados en esa estrategia. Aquí ya se preocuparía el gestor de proporcionarnos información sobre sus ajustados costes de bróker, su demostrado alfa,… 3. En general, la industria se vería obligada a reducir los costes de "brokerage" porque ya no estarían ocultos como ahora. Y un TER elevado obligaría lógicamente a dar muchas explicaciones a los potenciales inversores. Aplicado a los ejemplos reales que me expones: 1) Si al gestor value le presionan para que genere más comisiones de bróker los inversores nos daríamos cuenta por el incremento del TER. Podríamos comparar el TER del fondo respecto a años anteriores o respecto al TER habitual en otros fondos value y pediríamos explicaciones. 2) Vayamos a tu segundo ejemplo de un gestor poco trabajador, con altas comisiones de gestión y elevados costo de "brokerage" por utilizar un sistema automático. Tendría muy difícil vender el fondo por tener éste un TER muy elevado. El TER funcionaría aquí como un indicador centinela que nos serviría de alarma justificada 3) En tu tercer ejemplo de un gestor de RV con una estrategia dinámica pero eficiente en términos de resultados. Tendría difícil también vender el fondo, en principio, por tener éste un TER elevado. Sin embargo, podría hacerse un hueco en el mercado explicando su estrategia y, sobre todo, acumulando un historial de buenos resultados que justificara sus elevados gastos. Se me viene a la cabeza el Belgravia Epsilon, en esa línea, aunque se trate de un fondo mixto. 4) En tu cuarto ejemplo de un gestor de un fondo total return que genera mucho gasto de "brokerage" por intereses ajenos al partícipe. Pues, al igual que en el caso 2, el elevado TER junto a un historial de resultados poco consistentes nos serviría de alarma a los clientes. En resumen, como en cualquier empresa, si hay costes elevados y son públicos hay que demostrar que son más bien “inversiones” y no simplemente “gastos”. Claro que si te ocultan parte de los costes (como ahora con el TER) ya no hay que dar explicaciones ni demostrar nada. Se dan, entonces, las condiciones apropiadas para que haya abusos contra el interés del partícipe que, además, van a pasar desapercibidos y no van a ser necesariamente ilegales (como tú bien describes en varios de tus ejemplos). Creo que la sola transparencia del TER sería suficiente para prevenir muchos conflictos sutiles de interés y connivencias dentro de los fondos de inversión que funcionan en perjuicio del partícipe. Saludos.
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Holdenc 18/06/15 20:40
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
Hola Zetineb... El tema de las cuentas omnibus es cierto que es otra cuestión que genera inseguridad (yo también tengo inversiones en fondos de gestoras extranjeras mediados por esa parafernalia). Creo haber leído hace meses hilos de rankia que hablan de ese tema. Recuerdo que, no obstante, había mucha gente que las defendía por ser un procedimiento muy extendido internacionalmente y que no había generado grandes problemas históricamente... pero es verdad que había mucho debate al respecto y que genera inseguridad que la gestora final no te tenga registrado como cliente. También me preocupa, por ejemplo, el abuso que se suele dar en el proceso de cambio de comercializadora de una cartera de fondos. Sabéis que suelen tardar más de un mes en llevarse a cabo el cambio de comercializadora solicitado y que no hay una normativa que oriente y proteja al cliente en este proceso. Está el tema de la opacidad de los gastos del broker en los fondos de inversión que señala Ufano... En fin, hay muchos temas (seguro que habrá más) que tienen como denominador común que remiten a espacios de insuficiente protección del inversor frente a riesgos ajenos al mercado. Quizás se podría abrir en el futuro un hilo general para enumerar y comentar todos esos problemas pero con vistas a organizarnos posteriormente (esa sería la novedad) y realizar acciones, aunque sea simbólicas, de presión frente al regulador demandando cambios concretos y argumentados. Saludos
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Holdenc 18/06/15 20:22
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
Es cierto Plumilla que, como dice el artículo que enlazas, hay rumores de cambio para el futuro. Pero aparte de las opiniones de Cecabank, los demás comentarios que leo en la buena dirección remiten a fuentes inespecíficas. Ojalá tuviera razones o datos para creerme este párrafo: "Los bancos tradicionales, de hecho, ya han comenzado a contactar con firmas especializadas para ceder su negocio a estas entidades, previo pago de comisiones, claro. “Desde que estalló el caso Banco Madrid las propuestas de otras entidades para que seamos su firma depositaria se han multiplicado”, explica el responsable de una de estas entidades" De hecho, Renta 4 NO nos dijo eso precisamente en su artículo. Dejaron claro que mientras no les obligue la ley continuaran con el modelo de identidad gestora/depositario porque, además, según ellos, resulta más económico para el inversor (en mi opinión seguirán mientras se lo permita la ley, por justo lo contrario, porque le resulta más rentable a ellos aunque se corra claramente más riesgo de conflicto de intereses en perjuicio de los partícipes). Presupongo que los demás grupos bancarios harán lo mismo. A muy largo plazo lo lógico es, desde luego, la independencia plena de ambas figuras. Ojalá lo veamos. Saludos
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Holdenc 18/06/15 18:28
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
Muy interesantes los dos artículos, Ufano... Entonces te imponen el broker (el que interesa al grupo y no al inversor), te imponen el depositario (lo mismo), la comercializadora del grupo se lleva también su tajada y como resultado: 1) Comisiones gestora + depositario próximos a máximos legales (sin contar los precios no competitivos del broker que están ocultos) 2) Y para el gestor contratado, que es el que pone el talento, supongo que las migajas ¿No? Conclusión: el mercado de fondos de inversión es poco eficiente y poco competitivo en buena medida aprovechando la ignorancia del inversor En el futuro me voy a limitar a fondos de gestoras independientes (ya lo hacía mayoritariamente) y a la indexación pasiva diversificada (aunque, por ahora, estoy pez en el tema) Como te pedía, creo que Valentín en el comentario a uno de tus artículos, cuéntanos cuando puedas como terminan tus negociaciones y mucha suerte con tu proyecto. Saludos
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Holdenc 18/06/15 18:01
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
Hola Plumilla… como ya señaló creo que Manolok al principio de este hilo, CECABANK es un banco cuyo principal accionista es la CECA (Confederación Española de Cajas de Ahorros) y está especializado en servicios financieros mayoristas, como por ejemplo el rol de depositario de IIC y fondos de pensiones. Digamos que es una entidad financiera nacida con vocación de centrar su actividad, de forma especializada, en el desempeño del papel de depositaria de fondos de inversión y de fondos de pensiones (entre otras actividades mayoristas). De hecho ha sido el depositario elegido por la CNMV para los fondos afectados por el concurso de Banco Madrid. Dada la orientación de su negocio se encuentra muy interesada en la defensa de la separación entre ambas figuras (en caso de un cambio regulatorio en esa dirección se encontraría en una posición ventajosa para ofertarse como depositaria independiente a la mayoría de las gestoras de fondos). Por ello, es la única entidad financiera que hace declaraciones defendiendo la necesidad de separar gestora y depositario, coincidiendo en ello accidentalmente con nuestra demanda. Saludos
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Holdenc 17/06/15 23:40
Ha respondido al tema Separación entre gestoras y depositarios - fondos de inversión
Bueno...Ya he leído el artículo de Renta 4 y las respuestas que les habéis ido dando... Yo acabo de dar la mía ahora mismo allí en el hilo de Unience. Me ha pillado en el día que he tenido menos tiempo. No me ha parecido tan mal la respuesta de Renta 4. Se han centrado en frenar cualquier pánico a raíz del caso Banco Madrid. Sin embargo, de manera incluso expresa, han reconocido que "hay razones" para defender la separación entre gestora y depositario y, además, auguran que la legislación procedente de Europa irá en el futuro en esa dirección (no esperaba tantas concesiones argumentales por su parte) Eso sí, con sutil desfachatez, terminan rehusando la idea de separar gestora y depositario amparándose en que la ley, por ahora, no les obliga (eso no es un argumento sino una excusa) y en que, ¿cómo no?, en el fondo, el actual status quo es económicamente beneficioso para los inversores (he tratado de demostrarles que ese argumento es básicamente una mentira para ingenuos). Vamos a ver que continuidad tiene ese hilo allí los próximos días. Otra cosa Bravepawn. Yo sí creo que el TER debería de recoger TODOS los gastos reales del fondo, incluyendo los provenientes de la actividad del broker. Se trata de tener un dato transparente. Sería simplemente tarea de los gestores justificar, si lo estiman conveniente, las razones por las que el TER de un fondo alcanza una determinada magnitud en función de su estrategia y de los resultados que persigue (Quizás no te he entendido bien). Saludos (Pongo otra vez el enlace para poder seguir el hilo que se inicia con el artículo de Renta 4: https://www.unience.com/blogs-economia-finanzas/renta_4_gestora/sobre_gestoras_y_depositarias)
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