Fiscalidad
22/02/10 12:40
Ha comentado en el artículo
Sobre las operaciones vinculadas II
Al anonimo 1 decirte que lo mejor es poner en google operaciones vinculadas y ver los primeros enlaces al tema, y echarle un ojo a este blog de vez en cuanto. Hay un modelo de master file rodando por ahi, que no está mal aunque merecería algo más... sino incumpliera el copyright colgaría un modelo... pero ya sabeís como están las cosas del derecho de propiedad.Luis David... a ver:1) El IVa de laopción lleva IVA al 16 % 2)Si el IVA de la opción se puede regularizar cuando se ejercite al opción al 7% devolviendole al cliente esa diferencia. Se debe rectificar la factura del IVA siempre que no hayn pasado cuatro años desde la misma, sino se debe practicar factura de abono especificando dicho importe, y por supuesto ajustarlo mediante el 303.