Ciquitrake
24/05/20 18:04
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Deducción seguro impagos alquiler
Buenas, el año pasado deduje la parte proporcional del seguro impago a los meses de alquiler, en deducciones de seguros.Aunque tengo dudas si esno deducible o no.En la AEAT encuentro,,,,"El importe de las primas de contratos de seguro, bien sean de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga, sobre los bienes o derechos productores de los rendimientos."Al ver esto, tengo dudas, no sé si es lo mismo,10.5.25 Por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagoslos contribuyentes podrán deducir el 75 por ciento de los gastos satisfechos durante el ejercicio en concepto de primas de seguros de crédito que cubran total o parcialmente el impago de las rentas a las que el contribuyente tanga derecho por razón del arrendamiento de un inmueble a un tercero destinado a vivienda con un máximo de 150 euros anuales.Importante: Esta deducción no es aplicable a contribuyentes fallecidos antes del 5 de diciembre de 2018Requisitos- El inmueble arrendado debe estar situado en territorio de las Islas Canarias.Alguien puede aclarar algo al respecto.Gracias